Common use of Clasificación profesional Clause in Contracts

Clasificación profesional. El presente capítulo sobre Clasificación Profesional se ha establecido fundamental- mente atendiendo los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del grupo profesional, es decir, aptitudes profesionales, titulaciones y conte- nidos de la prestación, incluyendo en cada grupo diversas funciones y especialidades pro- fesionales. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen y coordinan las distintas actividades propias del desarrollo de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido o a la política adop- tada; el establecimiento y el mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el des- arrollo de la política industrial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos cargos de direc- ción o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etc. en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular or- denación de cada una de ellas. Los trabajadores pertenecientes a este grupo, tienen la responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa o realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la definición de objetivos concretos. Desempeñan sus funciones con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabili- MASTER, Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector pro- fesional. Son trabajadores/as que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad realizan tareas técnicas complejas, con objetivos globales definidos o que tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana. También aquellos responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de co- laboradores en una misma área funcional. GRADO, Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa, completados con una experiencia dilatada en su sector profesio- nal. Eventualmente podrán tener estudios universitarios de grado superior y asimilarse a los puestos definidos en este grupo “Titulados superiores de Entrada”. Son aquellos trabajadores/as que con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humano, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media con autonomía dentro del proceso. Re- alizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homo- géneas, realizadas por un conjunto de colaboradores en un estadio organizativo menor.

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Clasificación profesional. El presente capítulo sobre Clasificación Profesional Ambas partes convienen mantener el sistema de clasificación profesional de Grupos Profesionales y niveles salariales pactado en el anterior convenio, más apropiado y adecuado y que se ha establecido fundamental- mente atendiendo los criterios que presta en mayor medida a lograr el artículo 22 del Estatuto cumplimiento de los Trabajadores fija para la existencia del grupo profesionalobjetivos expresados en el preámbulo de este convenio. 00039104 Grupos Profesionales. Quedan estructurados en cuatro, es decirrecogiendo y sistematizando distintas actividades y funciones y conjugando de forma más ponderada el resultado de los siguientes factores: • conocimiento y formación • Adaptación, aptitudes profesionales, titulaciones experiencia y conte- nidos desarrollo • iniciativa y proactividad • Responsabilidad y compromiso • Mando y autonomía • complejidad y flexibilidad niveles salariales. cada Grupo funcional se estructura en niveles retributivos. el número de la prestación, incluyendo en niveles dentro de cada grupo diversas depende lógicamente del volumen de funciones y especialidades pro- fesionalesactividades, y por lo tanto de trabajadores, que engloba cada grupo, siguiendo para ello el esquema recogido en el Anexo ii. Los trabajadores pertenecientes Grupo Profesional 1. Pertenecen a este grupo planifican, organizan, dirigen y coordinan las distintas actividades propias del desarrollo de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido o a la política adop- tada; el establecimiento y el mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el des- arrollo de la política industrial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos cargos de direc- ción o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etc. en aquellos trabajadores que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular or- denación de cada una de ellas. Los trabajadores pertenecientes a este grupo, tienen la responsabilidad directa en la gestión de una una, varias o varias todas las áreas funcionales de la empresa empresa, o realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la definición de objetivos empresariales concretos. Desempeñan sus funciones con un alto total grado de autonomía, iniciativa y responsabili- MASTERresponsabilidad. son responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de la actuación del conjunto de diferentes departamentos, áreas funcionales, geográficas o similares. Formación: Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equi- parados equiparados por la empresa y/o completados con experiencia consolidada dilatada en el ejercicio de su sector pro- fesionalprofesional. Son sólo comprende un nivel salarial «A» y es personal exento. A título orientativo y para mejor entendimiento de esta clasificación profesional se englobarían aquí los puestos de dirección. A los que corresponden normalmente los Grupos de cotización 1 y 2. Grupo Profesional 2. Pertenecen a este Grupo aquellos trabajadores/as que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad realizan tareas técnicas complejas, complejas con objetivos particulares y globales definidos definidos, o que tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana, actuando con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad. También aquellos son responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas la actuación efectuada por un conjunto de co- laboradores colaboradores en un mismo departamento o una misma área funcional, geográfica o similar. GRADO, Formación: Titulación universitaria de grado superior o medio o conocimientos equivalentes equi- parados equiparados por la empresa, empresa completados con una experiencia dilatada en su sector profesio- nalprofesional. Eventualmente podrán tener estudios universitarios comprende dos niveles salariales: «A» y «B» y es personal exento. simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de grado superior esta clasificación profesional, se englobarían aquí los puestos de Directores Regionales, Jefes de servicio, Formadores e inspectores Técnicos (FiT) y asimilarse determinados responsables de área, sección o equipo en función de los mismas/os, que se clasifican en el Grupo 2, nivel A o B según fije la empresa de manera individualizada. También a título orientativo corresponden normalmente a los puestos definidos en Grupos de cotización 1, 2 y 3. Grupo Profesional 3. Pertenecen a este grupo “Titulados superiores de Entrada”. Son aquellos trabajadores/as que que, con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humanohumana, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media técnica, con autonomía dentro del proceso. Re- alizan si ostentan responsabilidad de mando realizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homo- géneashomogéneas, realizadas por un conjunto de colaboradores colaboradores, en un estadio organizativo menormenor a los anteriores. Formación: Titulación universitaria de Grado superior o medio o titulación profesional del grado más alto en cada momento o con experiencia dilatada en actividades o funciones similares a lo que el puesto requiere. comprende tres niveles salariales: «A» y «B» para personal exento y «c» para personal no exento. simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva clasificación profesional, se engloban aquí los puestos de Responsables de Área, sección o equipo en función de los mismas/os, Técnicos cualificados de Formación, de Producto, Técnicos cualificados de servicios de Atención y similares y que pasan a ser Grupo 3, nivel A, B o c según tengan mando y sean exentos o no. También a título orientativo, corresponden normalmente a los Grupos de cotización 2, 3 y 4. Grupo Profesional 4. 00039104 Pertenecen a este grupo aquellos trabajadores/as que realizan funciones bajo dependencia de mando o de profesionales de más alta cualificación, que requieren ejecución autónoma con complejidad media, y que aún normalmente guiados por procesos establecidos, exigen habitualmente cierta iniciativa y razonamiento por su parte, comportando bajo supervisión la responsabilidad de las mismas. no comportan mando y requieren principalmente del uso de herramientas de manipulación de bienes, herramientas técnicas de diseño, herramientas y sistemas informáticos, herramientas y medios de comunicación, herramientas y procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos industriales y similares. Formación: BuP, eso, Titulación Profesional o equivalente o conocimientos equivalentes equiparados por la empresa, completadas ambas con formación y adaptación en el puesto de trabajo durante al menos tres años. comprende cuatro niveles salariales: «A», «B», «c», «D» y «e». simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva clasificación profesional, se englobaron aquí los hasta ese momento puestos de oficiales administrativos 1.ª (A y B) y técnicos de organización 1.ª y 2.ª que pasaron a ser Grupo 4 nivel «A», los puestos de oficiales administrativos 2.ª (A y B) y almaceneros 1.ª que pasaron a ser a Grupo 4 nivel «B», los puestos de almacenero 2.ª, telefonista sin idiomas y mozo almacén que pasaron a ser Grupo 4 nivel «c», y los puestos técnico reparador y preparador de avisos (siempre que por cuestiones de redistribución de tareas no se trate de personal exento, en cuyo caso se respetarán categoría y salario. Del mismo modo, cuando la actividad del preparador de avisos, sea llevada a cabo por un técnico reparador, será de aplicación lo dispuesto en el art. 39 del estatuto de los Trabajadores, así como lo dispuesto en los artículos 21 y 22 del presente convenio, pudiéndose dar por tanto la alternancia entre ambas tareas y puestos) que pasaron a ser Grupo 4 nivel «D» y los puestos o funciones de instalación, demostración y puesta en marcha que pasan a ser Grupo 4 nivel «e». También a título orientativo corresponden normalmente a los Grupos de cotización 4, 5, 6 y 7, y Grupos 8, 9 y 10 si los hubiera. niveles 4 «Acoge». Pertenecen a estos niveles los trabajadores/as de los Grupos 4 c y 4 D denominados AcoGes. son aquellos que recién entrados en la empresa todavía están en período de acogida y adaptación, y que bajo dependencia de mando de profesionales de más alta cualificación y/o experiencia, van adquiriendo los conocimientos y experiencia adecuada para asumir y entender los procesos establecidos, adquirir destreza en el uso de herramientas de manipulación de bienes, herramientas técnicas de diseño, herramientas y sistemas informáticos, herramientas y medios de comunicación, herramientas y procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos industriales y similares. Durante ese período van paulatinamente compartiendo autonomía, iniciativa y responsabilidad bajo supervisión. Formación: BuP, eso, Titulación Profesional o equivalente o conocimiento equivalentes equiparados por la empresa. comprenden, dependiendo de su evolución, de tres niveles salariales progresivos: 4c-1, 4c-2, 4c-3 y 4D-1, 4D-2 y 4D-3. simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva clasificación profesional, se englobarían aquí los actuales puestos de cualquier área o función en fase de aprendizaje, como los puestos acoges, promotores/as, demostradores/as y auxiliares que pasarían a ser Grupo 4 Acoge excepto si han cumplido ya los períodos de adaptación por nivel. También a título orientativo, pueden corresponder a los Grupos de cotización 6, 7, 8 y 9 y Grupos 10 y 11 si los hubiera.

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Clasificación profesional. CVE-2015-13383 El personal sujeto al presente capítulo Convenio Colectivo, se clasificará en alguno de los siguientes grupos profesionales, en atención a las funciones y cometidos que desempeñen, distinguiéndose los factores de autonomía, iniciativa, responsabilidad, especialización, titulaciones y/o certificaciones profesionales y contenido general de la prestación. La presente clasificación profesional pretende lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la Empresa, sin merma alguna de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de los trabajadores y sin que se produzca discriminación alguna por razones de edad, sexo o cualquier otra índole. Grupo I.- Jefes de Unidad y Titulados Superiores. Grupo II.- Especialistas / Encargados Grupo III.- Profesionales Grupo IV.- Formación El sistema de clasificación profesional será la base sobre Clasificación Profesional la que se ha establecido fundamental- mente atendiendo regule la forma de llevar a cabo la movilidad funcional y sus distintos supuestos. Esta descripción de las funciones se realiza al objeto de facilitar la comprensión en cuanto al tipo de tareas a realizar, no siendo la misma, en absoluto, cerrada ni excluyente, sino meramente enunciativa y orientativa, no suponiendo ello, por tanto, un obstáculo en cuanto a la movilidad funcional que pueda derivarse legalmente, sin más límites que los criterios que establecidos en el artículo 22 39 del Estatuto de los Trabajadores fija y la idoneidad y aptitud necesarias para el desempeño de las tareas que se encomienden. Criterios generales: Funciones que suponen la existencia del grupo profesionalrealización de tareas técnicas complejas y heterogéneas, es decircon objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, aptitudes profesionalesiniciativa y responsabilidad. Funciones que suponen la integración, titulaciones coordinación y conte- nidos supervisión de la prestaciónfunciones, incluyendo realizadas por un conjunto de colaboradores en cada grupo diversas funciones y especialidades pro- fesionalesuna misma unidad funcional. Los trabajadores pertenecientes a Se incluyen también en este grupo planifican, organizan, dirigen y coordinan las distintas actividades propias del desarrollo de la empresa. Sus profesional funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido o a la política adop- tada; el establecimiento y el mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el des- arrollo de la política industrial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos cargos de direc- ción o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etc. en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular or- denación de cada una de ellas. Los trabajadores pertenecientes a este grupo, tienen la responsabilidad directa en suponen responsabilidades concretas para la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa o realizan Empresa, a partir de directrices generales muy amplias emanadas de la propia Dirección, a la que debe dar cuenta de su gestión. Funciones que suponen la realización de tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como e incluso la participación en la definición de los objetivos concretos. Desempeñan sus funciones con concretos a alcanzar en un alto grado de autonomíacampo, iniciativa y responsabili- MASTER, Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector pro- fesional. Son trabajadores/as que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad realizan en dicho cargo de especialidad técnica. En este grupo profesional estarían adscritos, entre otros, los Directores de Ventas, Supervisores y Especialistas de productos frescos x xxxxx. Los contenidos concretos que definen sus puestos de trabajo están definidos con todo detalle en los manuales de puesto, así como articulados en las instrucciones internas definidas por la Empresa y a disposición de todos los trabajadores en la intranet de la Empresa. La excelencia en la atención al cliente es, como ya se ha detallado, un objetivo prioritario y de obligado cumplimiento para este colectivo (igual que para el resto de los grupos profesionales que se definen a continuación). CVE-2015-13383 Formación: Titulación a nivel de educación universitaria o equivalente, complementada con una formación específica en el puesto de trabajo, o conocimientos profesionales equivalentes tras una experiencia acreditada. Criterios generales: Personal cualificado y especializado en la ejecución de tareas técnicas complejaspropias de un área, varias áreas o divisiones. Realiza trabajos cualificados, que conllevan tareas complejas pero homogéneas con objetivos globales definidos o que tienen un alto contenido intelectual o grado de interrelación humana. También aquellos responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de co- laboradores en una misma área funcional. GRADO, Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa, completados con una experiencia dilatada en su sector profesio- nal. Eventualmente podrán tener estudios universitarios de grado superior y asimilarse a los puestos definidos en este grupo “Titulados superiores de Entrada”. Son aquellos trabajadores/as que con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humano, en un marco de instrucciones precisas generales, con objetivos globales definidos y alto grado de complejidad técnica media con autonomía dentro del procesoexigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Re- alizan funciones que suponen Se responsabiliza de la integración, coordinación y supervisión ejecución de tareas homo- géneasde mayor complejidad, realizadas e integrando, coordinando y supervisando tareas a un equipo formado por un conjunto especialistas o profesionales solucionando los problemas que se les planteen. Apoya a su Jefe de colaboradores Unidad en un estadio organizativo menortareas básicas, así como en los periodos vacacionales y ausencias ocasionales. Las funciones pueden implicar incomodidad temporal o esfuerzo físico. Formación: Titulación a nivel de educación universitaria o equivalente, Bachillerato, Formación Profesional de Grado Superior o Medio, o conocimientos profesionales equivalentes tras una experiencia acreditada. Criterios generales: Xxxxxx que consisten en la ejecución de trabajos que, aunque se realizan bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa o sistemática. Las funciones pueden implicar incomodidad temporal o esfuerzo físico.

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Samples: Convenio Colectivo De La Empresa Alpa Alimentos Frescos, s.l.u. Cantabria Capítulo I – Ámbito Y Revisión

Clasificación profesional. El presente capítulo sobre Clasificación Profesional se ha establecido fundamental- mente atendiendo los criterios Todas las personas trabajadoras de la empresa CTC estarán encuadradas en Grupos Profesionales que atienden a: aptitud profesional para el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del grupo profesional, es decir, aptitudes profesionalesdesempeño, titulaciones regladas y conte- nidos no regladas, contenido de la prestaciónprestación que se realiza, incluyendo en cada grupo diversas funciones y especialidades pro- fesionalesentre otros. Los trabajadores pertenecientes Grupos profesionales definidos serán ocho, de menor a este grupo planificanmayor, organizanen función de lo citado en el párrafo anterior. Grupo profesional 0. Criterios generales: Comprende al personal no cualificado (grupos 1 al 3), dirigen y coordinan las distintas actividades propias del desarrollo de nueva incorporación en la empresa. Sus funciones comprenden Este personal, permanecerá como máximo un periodo de seis meses, al inicio xxx xxxxxxx mes pasará de forma automática a ser adscrito al grupo que le corresponda por la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido o a la política adop- tada; el establecimiento y el mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el des- arrollo de la política industrial, financiera o comercialfunción que desarrolle. Toman decisiones o participan en su elaboraciónGrupo profesional 1. Desempeñan altos cargos de direc- ción o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etcCriterios generales. en Operaciones que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular or- denación de cada una de ellas. Los trabajadores pertenecientes a este grupoejecutan según instrucciones concretas, tienen la responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa o realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la definición de objetivos concretos. Desempeñan sus funciones claramente establecidas, con un alto grado de autonomíadependencia, iniciativa que requieren básicamente de esfuerzo físico y responsabili- MASTER, Titulación universitaria / o atención sin requerir de grado superior o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa una formación específica. Formación: Conocimientos a nivel elemental. Ejemplos de adscripción a este grupo: • Actividades manuales de acondicionado y/o con experiencia consolidada en el ejercicio envasado, ensamblaje de su sector pro- fesionalpiezas sin regulación o puesta a punto, manipulación. Son trabajadores• Operaciones elementales de máquinas sencillas, entendiendo por tales aquellas que no requieren adiestramiento y conocimientos específicos. • Operarios/as de montaje, manipulaciones y producción en general. • Operaciones de carga y descarga manuales o con ayuda de elementos mecánicos simples. Mozos/as xx xxxxxxx. • Operaciones de limpieza. • Lecturas de contadores o suministros en general. • Todas aquellas que, por asimilación o analogía puedan ser equiparadas a las enunciadas. cve: BOE-A-2012-14635 Grupo profesional 2. Criterios generales: Funciones que consisten en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso y concreto, con un alto grado de autonomíasupervisión que, iniciativa normalmente, exigen conocimientos profesionales de carácter elemental. Formación: Graduado escolar, ESO, Formación profesional de primer grado, o formación equivalente. Ejemplos de adscripción a este grupo: • Ayuda y responsabilidad realizan tareas técnicas complejassoporte en procesos de elaboración de productos. • Actividades operativas en ensamblaje de piezas, reparaciones, acondicionado y/o envasado con regulación y puesta a punto. • Operarios xx xxxxxxxx. • Labores elementales de laboratorio. • Funciones de recepción y centralita telefónica, atención telefónica que no exijan una cualificación especial o conocimientos de idiomas. • Tareas de ayuda en almacenes que, además de labores de carga y descarga, impliquen otras complementarias de los almacenistas, clasificadores. • Tareas propias de los responsables de marcas en almacenes. • Clasificar, separar pedidos y cumplimentación de los mismos. • Carretilleros. • Conductores. • Lecturas de contadores expertas, con objetivos globales definidos movilidad a distintas zonas. • Auxiliares administrativos; tareas de apoyo en oficinas. • Todas aquellas que por asimilación y / o que tienen un alto contenido intelectual o analogía, puedan ser equiparadas a las enunciadas. Grupo profesional 3. Criterios generales: Funciones consistentes en la ejecución de interrelación humanaoperaciones que, aun cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieren conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa y sistemática. También aquellos responsables directos Formación: Graduado escolar, ESO, complementadas por formación específica de la integraciónlas tareas asignadas, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de co- laboradores en una misma área funcional. GRADOrequiriendo, Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresaa ser posible, completados con una experiencia dilatada en su sector profesio- nal. Eventualmente podrán tener estudios universitarios de grado superior y asimilarse a los puestos definidos en este grupo “Titulados superiores de Entrada”. Son aquellos trabajadores/as que con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humano, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media con autonomía dentro del proceso. Re- alizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homo- géneas, realizadas por un conjunto de colaboradores en un estadio organizativo menoranterior.

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Samples: www.ccoo.cat

Clasificación profesional. El presente capítulo sobre Clasificación Profesional Ambas partes convienen mantener el sistema de clasificación profesional de grupos profesionales y niveles salariales pactado en el anterior convenio, más apropiado y adecuado y que se ha establecido fundamental- mente atendiendo los criterios que presta en mayor medida a lograr el artículo 22 del Estatuto cumplimiento de los Trabajadores fija para la existencia del objetivos expresados en el preámbulo de este convenio. Grupos profesionales. Quedan estructurados en cuatro, recogiendo y sistematizando distintas actividades y funciones y conjugando de forma más ponderada el resultado de los siguientes factores: - Conocimiento y formación. - Adaptación, experiencia y desarrollo. - Iniciativa y Pro actividad. - Responsabilidad y compromiso. - Mando y autonomía. - Complejidad y flexibilidad. Niveles salariales. Cada grupo profesional, es decir, aptitudes profesionales, titulaciones y conte- nidos funcional se estructura en niveles retributivos. El número de la prestación, incluyendo en niveles dentro de cada grupo diversas depende lógicamente del volumen de funciones y especialidades pro- fesionalesactividades, y por lo tanto de trabajadores, que engloba cada grupo, siguiendo para ello el esquema recogido en el anexo II. Los trabajadores pertenecientes Grupo profesional 1. Pertenecen a este grupo planifican, organizan, dirigen y coordinan las distintas actividades propias del desarrollo de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido o a la política adop- tada; el establecimiento y el mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el des- arrollo de la política industrial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos cargos de direc- ción o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etc. en aquellos trabajadores que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular or- denación de cada una de ellas. Los trabajadores pertenecientes a este grupo, tienen la responsabilidad directa en la gestión de una una, varias o varias todas las áreas funcionales de la empresa empresa, o realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la definición de objetivos empresariales concretos. Desempeñan sus funciones con un alto total grado de autonomía, iniciativa y responsabili- MASTERresponsabilidad. Son responsables directos de la integración, Titulación coordinación y supervisión de la actuación del conjunto de diferentes departamentos, áreas funcionales, geográficas o similares. Formación: titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equi- parados equiparados por la empresa y/o completados con experiencia consolidada dilatada en el ejercicio de su sector pro- fesionalprofesional. Son A título orientativo y para mejor entendimiento de esta clasificación profesional se englobarían aquí los puestos de dirección/gestión. También a título orientativo corresponden normalmente a los grupos de cotización 1 y 2. Grupo profesional 2. Pertenecen a este grupo aquellos trabajadores/as que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad realizan tareas técnicas complejas, complejas con objetivos particulares y globales definidos definidos, o que tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana, actuando con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad. También aquellos Son responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas la actuación efectuada por un conjunto de co- laboradores colaboradores en un mismo departamento o una misma área funcional, geográfica o similar. GRADO, Titulación Formación: titulación universitaria de grado superior o medio o conocimientos equivalentes equi- parados equiparados por la empresa, empresa completados con una experiencia dilatada en su sector profesio- nalprofesional. Eventualmente podrán tener estudios universitarios A título orientativo y no limitativo pertenecen a este grupo los puestos de grado superior y asimilarse gestión/técnicos. También a título orientativo corresponden normalmente a los puestos definidos en grupos de cotización 1, 2 y 3. Grupo profesional 3. Pertenecen a este grupo “Titulados superiores de Entrada”. Son aquellos trabajadores/as que que, con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humanohumana, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media técnica, con autonomía dentro del proceso. Re- alizan Si ostentan responsabilidad de mando realizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homo- géneashomogéneas, realizadas por un conjunto de colaboradores colaboradores, en un estadio organizativo menormenor a lo anteriores. CVE-Núm. de registre: 062017000022 Formación: titulación universitaria de grado superior o medio o titulación profesional del grado más alto en cada momento o con experiencia dilatada en actividades o funciones similares a lo que el puesto requiere. A título orientativo y no limitativo pertenecen a este grupo los puestos técnicos/operativos. También a título orientativo, corresponden normalmente a los grupos de cotización 1, 2, 3 y 4. Grupo profesional 4. Pertenecen a este grupo aquellos trabajadores/as que realizan funciones bajo dependencia de mando o de profesionales de más alta cualificación, que requieren ejecución autónoma con complejidad media, y que aun normalmente guiados por procesos establecidos, exigen habitualmente cierta iniciativa y razonamiento por su parte, comportando bajo supervisión la responsabilidad de las mismas. No comportan mando y requieren principalmente del uso de herramientas de manipulación de bienes, herramientas técnicas de diseño, herramientas y sistemas informáticos, herramientas y medios de comunicación, herramientas y procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos industriales y similares. Formación: BUP, eso, titulación profesional o equivalente o conocimientos equivalentes equiparados por la empresa, completadas ambas con formación y adaptación en el puesto de trabajo durante al menos tres años. Comprende cuatro niveles salariales: "a", "b", "c", "d" y "e". A título orientativo y no limitativo pertenecen al grupo 4 puestos operativos como: - Nivel a o b: los puestos de administrativo, supervisor telefónico, asistente de dirección regional o jefatura de servicio. - Nivel c: los puestos de almacenero, almacenero-vendedor, mozo de almacén, oficial administrativo, administrativo- vendedor, vendedor service shop, telefonista, así como los puestos auxiliares de cada área funcional. - Nivel d: los puestos técnico reparador y preparador de avisos (siempre que por cuestiones de redistribución de tareas no se trate de personal exento, en cuyo caso se respetarán categoría y salario. Del mismo modo, cuando la actividad del preparador de avisos, sea llevada a cabo por un técnico reparador, será de aplicación lo dispuesto en el Art. 39 del estatuto de los trabajadores, así como lo dispuesto en los artículos 21 y 22 del presente convenio, pudiéndose dar por tanto la alternancia entre ambas tareas y puestos). - Nivel e: los puestos o funciones de instalación, demostración y puesta en marcha. También a título orientativo corresponden normalmente a los grupos de cotización 4, 5, 6 y 7, y grupos 8, 9 y 10 si los hubiera. Niveles 4 "acoge". Pertenecen a estos niveles los trabajadores/as de los grupos 4 c y 4 d denominados acoges. Son aquellos que recién entrados en la empresa todavía están en período de acogida y adaptación, y que bajo dependencia de mando de profesionales de más alta cualificación y/o experiencia, van adquiriendo los conocimientos y experiencia adecuada para asumir y entender los procesos establecidos, adquirir destreza en el uso de herramientas de manipulación de bienes, herramientas técnicas de diseño, herramientas y sistemas informáticos, herramientas y medios de comunicación, herramientas y procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos industriales y similares. Durante ese período van paulatinamente compartiendo autonomía, iniciativa y responsabilidad bajo supervisión. Formación: BUP, eso, titulación profesional o equivalente o conocimiento equivalentes equiparados por la empresa. Comprenden, dependiendo de su evolución, de tres niveles salariales progresivos: 4c-1, 4c-2, 4c-3 y 4d-1, 4d-2 y 4d-3. Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva clasificación profesional, se englobarían aquí los actuales puestos de cualquier área o función en fase de aprendizaje, como los puestos acoges, promotores/as, demostradores/as y auxiliares que pasarían a ser grupo 4 acoge excepto si han cumplido ya los períodos de adaptación por nivel.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo De La

Clasificación profesional. El presente capítulo sobre Clasificación Profesional se ha establecido fundamental- mente atendiendo los criterios Todas las personas trabajadoras de la empresa CTC estarán encuadradas en Grupos Profesionales que atienden a: Aptitud profesional para el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del grupo profesional, es decir, aptitudes profesionalesdesempeño, titulaciones regladas y conte- nidos no regladas, contenido de la prestaciónprestación que se realiza, incluyendo en cada grupo diversas funciones y especialidades pro- fesionalesentre otros. Los trabajadores pertenecientes Grupos profesionales definidos serán ocho, de menor a este grupo planificanmayor, organizanen función de lo citado en el párrafo anterior. Grupo profesional 0. Criterios generales. Comprende al personal no cualificado (grupos 1 al 3), dirigen y coordinan las distintas actividades propias del desarrollo de nueva incorporación en la empresa. Sus funciones comprenden Este personal, permanecerá como máximo un periodo de seis meses, al inicio xxx xxxxxxx mes pasará de forma automática a ser adscrito al grupo que le corresponda por la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido o a la política adop- tada; el establecimiento y el mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el des- arrollo de la política industrial, financiera o comercialfunción que desarrolle. Toman decisiones o participan en su elaboraciónGrupo profesional 1. Desempeñan altos cargos de direc- ción o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etcCriterios generales. en Operaciones que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular or- denación de cada una de ellas. Los trabajadores pertenecientes a este grupoejecutan según instrucciones concretas, tienen la responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa o realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la definición de objetivos concretos. Desempeñan sus funciones claramente establecidas, con un alto grado de autonomíadependencia, iniciativa que requieren básicamente de esfuerzo físico y responsabili- MASTER, Titulación universitaria / o atención sin requerir de grado superior o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa una formación específica. Formación: Conocimientos a nivel elemental. Ejemplos de adscripción a este grupo: ○ Actividades manuales de acondicionado y/o con experiencia consolidada en el ejercicio envasado, ensamblaje de su sector pro- fesionalpiezas sin cve: BOE-A-2011-13493 regulación o puesta a punto, manipulación. Son trabajadores○ Operaciones elementales de máquinas sencillas, entendiendo por tales aquellas que no requieren adiestramiento y conocimientos específicos. ○ Operarios/as de montaje, manipulaciones y producción en general. ○ Operaciones de carga y descarga manuales o con ayuda de elementos mecánicos simples. Mozos/as xx xxxxxxx. ○ Operaciones de limpieza. ○ Lecturas de contadores o suministros en general. ○ Todas aquellas que, por asimilación o analogía puedan ser equiparadas a las enunciadas. Grupo Profesional 2. Criterios generales. Funciones que consisten en operaciones realizadas siguiendo un método de trabajo preciso y concreto, con un alto grado de autonomíasupervisión que, iniciativa normalmente, exigen conocimientos profesionales de carácter elemental. Formación: Graduado escolar, ESO, Formación profesional de primer grado, o formación equivalente. Ejemplos de adscripción a este grupo: ○ Ayuda y responsabilidad realizan tareas técnicas complejassoporte en procesos de elaboración de productos. ○ Actividades operativas en ensamblaje de piezas, reparaciones, acondicionado y/o envasado con regulación y puesta a punto. ○ Operarios xx xxxxxxxx. ○ Labores elementales de laboratorio. ○ Funciones de recepción y centralita telefónica, atención telefónica que no exijan una cualificación especial o conocimientos de idiomas. ○ Xxxxxx de ayuda en almacenes que, además de labores de carga y descarga, impliquen otras complementarias de los almacenistas, clasificadores. ○ Tareas propias de los responsables de marcas en almacenes. ○ Xxxxxxxxxx, separar pedidos y cumplimentación de los mismos. ○ Carretilleros. ○ Lecturas de contadores expertas, con objetivos globales definidos movilidad a distintas zonas. ○ Auxiliares administrativos; tareas de apoyo en oficinas. ○ Todas aquellas que por asimilación y / o que tienen un alto contenido intelectual o analogía, puedan ser equiparadas a las enunciadas. Grupo profesional 3. Criterios generales. Funciones consistentes en la ejecución de interrelación humanaoperaciones que, aún cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieren conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa y sistemática. También aquellos responsables directos Formación: Graduado escolar, ESO, complementadas por formación específica de la integraciónlas tareas asignadas, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de co- laboradores en una misma área funcional. GRADOrequiriendo, Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresaa ser posible, completados con una experiencia dilatada en su sector profesio- nal. Eventualmente podrán tener estudios universitarios de grado superior y asimilarse a los puestos definidos en este grupo “Titulados superiores de Entrada”. Son aquellos trabajadores/as que con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humano, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media con autonomía dentro del proceso. Re- alizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homo- géneas, realizadas por un conjunto de colaboradores en un estadio organizativo menoranterior.

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Clasificación profesional. El presente capítulo sobre Clasificación Profesional Ambas partes convienen mantener el sistema de clasificación profesional de Grupos Profesionales y Niveles Salariales pactado en el anterior convenio, más apropiado y adecuado y que se ha establecido fundamental- mente atendiendo los criterios que presta en mayor medida a lograr el artículo 22 del Estatuto cumplimiento de los Trabajadores fija para la existencia del grupo profesionalobjetivos expresados en el preámbulo de este convenio. Grupos Profesionales. Quedan estructurados en cuatro, es decirrecogiendo y sistematizando distintas actividades y funciones y conjugando de forma más ponderada el resultado de los siguientes factores: • Conocimiento y formación • Adaptación, aptitudes profesionales, titulaciones experiencia y conte- nidos desarrollo • Iniciativa y proactividad • Responsabilidad y compromiso • Mando y autonomía • Complejidad y flexibilidad Niveles Salariales. Cada Grupo funcional se estructura en Niveles retributivos. El número de la prestación, incluyendo en Niveles dentro de cada grupo diversas depende lógicamente del volumen de funciones y especialidades pro- fesionalesactividades, y por lo tanto de trabajadores, que engloba cada grupo, siguiendo para ello el esquema recogido en el Anexo II. Los trabajadores pertenecientes Grupo Profesional 1. Pertenecen a este grupo planifican, organizan, dirigen y coordinan las distintas actividades propias del desarrollo de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido o a la política adop- tada; el establecimiento y el mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el des- arrollo de la política industrial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos cargos de direc- ción o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etc. en aquellos trabajadores que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular or- denación de cada una de ellas. Los trabajadores pertenecientes a este grupo, tienen la responsabilidad directa en la gestión de una una, varias o varias todas las áreas funcionales de la empresa empresa, o realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la definición de objetivos empresariales concretos. Desempeñan sus funciones con un alto total grado de autonomía, iniciativa y responsabili- MASTERresponsabilidad. Son responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de la actuación del conjunto de diferentes departamentos, áreas funcionales, geográficas o similares. Formación: Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equi- parados equiparados por la empresa y/o completados con experiencia consolidada dilatada en el ejercicio de su sector pro- fesionalprofesional. Son Sólo comprende un Nivel Salarial «A» y es personal Exento. A título orientativo y para mejor entendimiento de esta clasificación profesional se englobarían aquí los puestos de dirección. A los que corresponden normalmente los Grupos de Cotización 1 y 2. Grupo Profesional 2. Pertenecen a este Grupo aquellos trabajadores/as que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad realizan tareas técnicas complejas, complejas con objetivos particulares y globales definidos definidos, o que tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana, actuando con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad. También aquellos Son responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas la actuación efectuada por un conjunto de co- laboradores colaboradores en un mismo departamento o una misma área funcional, geográfica o similar. GRADO, Formación: Titulación universitaria de grado superior o medio o conocimientos equivalentes equi- parados equiparados por la empresa, empresa completados con una experiencia dilatada en su sector profesio- nalprofesional. Eventualmente podrán tener estudios universitarios Comprende dos Niveles Salariales: «A» y «B» y es personal Exento. Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de grado superior esta clasificación profesional, se englobarían aquí los puestos de Directores Regionales, Jefes de Servicio, Formadores e Inspectores Técnicos (FIT) y asimilarse determinados responsables de área, sección o equipo en función de los mismas/os, que se clasifican en el Grupo 2, Nivel A o B según fije la empresa de manera individualizada. También a título orientativo corresponden normalmente a los puestos definidos en Grupos de Cotización 1, 2 y 3. Grupo Profesional 3. Pertenecen a este grupo “Titulados superiores de Entrada”. Son aquellos trabajadores/as que que, con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humanohumana, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media técnica, con autonomía dentro del proceso. Re- alizan Si ostentan responsabilidad de mando realizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homo- géneashomogéneas, realizadas por un conjunto de colaboradores colaboradores, en un estadio organizativo menormenor a los anteriores. Formación: Titulación universitaria de Grado Superior o medio o titulación profesional del grado más alto en cada momento o con experiencia dilatada en actividades o funciones similares a lo que el puesto requiere. Comprende tres Niveles Salariales: «A» y «B» para personal Exento y «C» para personal no exento. Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva clasificación profesional, se engloban aquí los puestos de Responsables de Área, Sección o Equipo en función de los mismas/os, Técnicos Cualificados de Formación, de Producto, Técnicos Cualificados de Servicios de Atención y similares y que pasan a ser Grupo 3, Nivel A, B o C según tengan mando y sean Exentos o no. También a título orientativo, corresponden normalmente a los Grupos de Cotización 2, 3 y 4. Grupo Profesional 4. Pertenecen a este grupo aquellos trabajadores/as que realizan funciones bajo dependencia de mando o de profesionales de más alta cualificación, que requieren ejecución autónoma con complejidad media, y que aún normalmente guiados por procesos establecidos, exigen habitualmente cierta iniciativa y razonamiento por su parte, comportando bajo supervisión la responsabilidad de las mismas. No comportan mando y requieren principalmente del uso de herramientas de manipulación de bienes, herramientas técnicas de diseño, herramientas y sistemas informáticos, herramientas y medios de comunicación, herramientas y procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos industriales y similares. Formación: BuP, ESO, Titulación Profesional o equivalente o conocimientos equivalentes equiparados por la empresa, completadas ambas con formación y adaptación en el puesto de trabajo durante al menos tres años. Comprende cuatro Niveles Salariales: «A», «B», «C», «D» y «E». Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva clasificación profesional, se englobaron aquí los hasta ese momento puestos de oficiales administrativos 1.ª (A y B) y técnicos de organización 1.ª y 2.ª que pasaron a ser Xxxxx 0 Xxxxx «X», los puestos de oficiales administrativos 2.ª (A y B) y almaceneros 1.ª que pasaron a ser a Grupo 4 Nivel «B», los puestos de almacenero 2.ª, telefonista sin idiomas y mozo almacén que pasaron a ser Grupo 4 Nivel «C», y los puestos técnico reparador y preparador de avisos (siempre que por cuestiones de redistribución de tareas no se trate de personal Exento, en cuyo caso se respetarán categoría y salario. Del mismo modo, cuando la actividad del preparador de avisos, sea llevada a cabo por un técnico reparador, será de aplicación lo dispuesto en el art. 39 del Estatuto de los Trabajadores, así como lo dispuesto en los artículos 21 y 22 del presente convenio, pudiéndose dar por tanto la alternancia entre ambas tareas y puestos) que pasaron a ser Grupo 4 Nivel «D» y los puestos o funciones de instalación, demostración y puesta en marcha que pasan a ser Grupo 4 Nivel «E». También a título orientativo corresponden normalmente a los Grupos de cotización 4, 5, 6 y 7, y Grupos 8, 9 y 10 si los hubiera. Niveles 4 «Acoge». Pertenecen a estos Niveles los trabajadores/as de los Grupos 4 C y 4 D denominados ACOGES. Son aquellos que recién entrados en la empresa todavía están en período de acogida y adaptación, y que bajo dependencia de mando de profesionales de más alta cualificación y/o experiencia, van adquiriendo los conocimientos y experiencia adecuada para asumir y entender los procesos establecidos, adquirir destreza en el uso de herramientas de manipulación de bienes, herramientas técnicas de diseño, herramientas y sistemas informáticos, herramientas y medios de comunicación, herramientas y procesos de distribución y almacenaje, uso de vehículos industriales y similares. Durante ese período van paulatinamente compartiendo autonomía, iniciativa y responsabilidad bajo supervisión. Formación: BuP, ESO, Titulación Profesional o equivalente o conocimiento equivalentes equiparados por la empresa. Comprenden, dependiendo de su evolución, de tres Niveles Salariales progresivos: 4C-1, 4C-2, 4C-3 y 4D-1, 4D-2 y 4D-3. Simplemente a título orientativo y para mejor entendimiento de esta nueva clasificación profesional, se englobarían aquí los actuales puestos de cualquier área o función en fase de aprendizaje, como los puestos acoges, promotores/as, demostradores/as y auxiliares que pasarían a ser Grupo 4 Acoge excepto si han cumplido ya los períodos de adaptación por Xxxxx. También a título orientativo, pueden corresponder a los Grupos de Cotización 6, 7, 8 y 9 y Grupos 10 y 11 si los hubiera.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Clasificación profesional. El presente capítulo sobre Clasificación Profesional se ha establecido fundamental- mente atendiendo los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del grupo profesional, es decir, aptitudes profesionales, titulaciones y conte- nidos de la prestación, incluyendo en cada grupo diversas funciones y especialidades pro- fesionales. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen y coordinan las distintas actividades propias del desarrollo de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración de la política de organización, los planteamientos generales de la utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, la orientación y el control de las actividades de la organización conforme al programa establecido o a la política adop- tada; el establecimiento y el mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el des- arrollo de la política industrial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos cargos de direc- ción o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etc. en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular or- denación de cada una de ellas. Los trabajadores pertenecientes a este grupo, tienen la responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales de la empresa o realizan tareas técnicas de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la definición de objetivos concretos. Desempeñan sus funciones con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabili- MASTER, Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa yLos/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector pro- fesional. Son as trabajadores/as que con presten sus servicios en la Empresa serán clasificados en grupos o niveles profesionales. Esta estructura profesional pretende obtener una estructura productiva más razonable y adaptada a la especial actividad de la Empresa, todo ello sin merma de la dignidad, oportunidad de promoción y adecuada retribución de los/as trabajadores/as. Los actuales puestos de trabajo y categorías se ajustarán a los grupos establecidos en el presente Convenio. El encuadramiento de los/as trabajadores/as en la estructura profesional pactada y la asignación a cada uno de ellos de un alto grado determinado grupo o nivel profesional será el resultado de la conjunta ponderación de los siguientes factores: Formación, iniciativa, autonomía, iniciativa responsabilidad, mando y responsabilidad realizan tareas técnicas complejascomplejidad. En la valoración de los factores antes mencionados se tendrá en cuenta: Formación: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta, con objetivos globales definidos o que tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana. También aquellos responsables directos además de la integraciónformación básica necesaria para cumplir la prestación laboral pactada, coordinación la experiencia adquirida, el conocimiento y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de co- laboradores experiencia en una misma área funcional. GRADO, Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa, completados con una experiencia dilatada entendiendo por tal el dominio de sus herramientas de gestión y de la globalidad del oficio y la dificultad para la adquisición de dichos conocimientos y experiencia. Iniciativa: Factor para cuya valoración se tendrá en su sector profesio- nalcuenta el mayor o menor grado de seguimiento de normas o directrices para la ejecución de tareas o funciones. Eventualmente podrán tener estudios universitarios Autonomía: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado de dependencia jerárquica en el desempeño de las tareas o funciones que se desarrollen. Responsabilidad: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado superior de autonomía de acción, el nivel de influencia sobre los resultados y asimilarse a la relevancia de la gestión sobre los puestos definidos recursos humanos, técnicos y productivos. Mando: Factor para cuya valoración se tendrá en este grupo “Titulados superiores cuenta el grado de Entrada”. Son aquellos trabajadores/as supervisión u ordenación de funciones y tareas, la capacidad de interpelación de las funciones desarrolladas por las personas sobre las que con o sin responsabilidad de se ejerce el mando, realizan tareas con un contenido medio las características del colectivo y el número de actividad intelectual y de interrelación humano, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media con autonomía dentro personas del proceso. Re- alizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homo- géneas, realizadas por un conjunto de colaboradores en un estadio organizativo menormismo.

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Samples: www.ccoo-servicios.es

Clasificación profesional. El presente capítulo sobre Clasificación Profesional se ha establecido fundamental- mente atendiendo Se establecen los criterios siguientes grupos profesionales: – Grupo I. Se encuadran en este grupo los trabajadores que, reuniendo las cualificaciones técnicas necesarias para ello y estando en posesión de un título universitario superior o medio, o de grado, realizan trabajos de alto contenido técnico. – Grupo II. Se encuadran en este grupo los trabajadores que realizan operaciones relacionadas con la producción, el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del grupo profesional, es decir, aptitudes profesionales, titulaciones y conte- nidos mantenimiento o las tecnologías de la prestacióninformación, incluyendo contando para ello con las cualificaciones técnicas necesarias, o bien, con la experiencia suficiente para su correcto desempeño, sin que se requiera para ello un título universitario superior o medio, o de grado. – Grupo III. Se encuadran en cada grupo diversas funciones y especialidades pro- fesionales. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planificanlos trabajadores que, organizancontando con la titulación (diferente del título universitario superior o medio, dirigen y coordinan las distintas actividades propias del o de grado) o experiencia necesarias, realizan los trabajos administrativos, comerciales, de organización, etc., necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa. Sus funciones comprenden la elaboración Dentro del Grupo Profesional I se establecen cuatro niveles, y tres para los Grupos II y III, en función de la política aportación de organizaciónvalor del trabajador a la empresa, valorada sobre el desempeño y el tiempo de permanencia en el nivel. – Nivel inicio. En él se encuadran los planteamientos generales profesionales que aportan los conocimientos y competencias básicas requeridas para el ingreso. – Nivel operativo. En él se encuadran los profesionales que han adquirido las competencias técnicas suficientes para desempeñar las funciones correspondientes a su grupo y ocupación de forma autónoma. – Nivel avanzado. En él se encuadran los profesionales que han alcanzado el máximo nivel de conocimientos y competencia técnica en la función. – Xxxxx xxxxxxx. En él se encuadran los profesionales que, además de haber alcanzado el máximo nivel de competencia técnica, aportan al puesto competencias adicionales. Este nivel se establece exclusivamente en el Grupo I. cve: BOE-A-2012-2518 La contratación de los trabajadores se efectuará en los niveles de inicio de cada grupo profesional. No obstante, y con carácter excepcional en función de las características individuales de algún candidato o trabajador con contrato en vigor, la Dirección General podrá autorizar la contratación o asignación, respectivamente, en alguno de los niveles establecidos dentro del grupo diferentes al de inicio. Anualmente se llevará a cabo la evaluación del desempeño de todos los trabajadores, siguiendo para ello el procedimiento y los documentos o formularios establecidos al efecto. El resultado de la utilización eficaz evaluación se clasificará como: – Negativa: para una puntuación inferior a 5. – Media-baja: para una puntuación de los recursos humanos y 5 o superior e inferior a 7. – Media-alta: para una puntuación de los aspectos materiales, la orientación y el control 7 o superior e inferior a 9. – Alta: para una puntuación de las actividades de la organización conforme al programa establecido 9 o a la política adop- tada; el establecimiento y el mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el des- arrollo de la política industrial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos cargos de direc- ción o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etc. en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular or- denación de cada una de ellassuperior. Los trabajadores pertenecientes podrán progresar por las siguientes vías: – Progresión dentro del nivel. Se realiza mediante retribución variable no consolidable, y su cuantía se obtendrá aplicando el porcentaje correspondiente al año de permanencia sobre el salario inicial correspondiente al nivel, según la tabla recogida en el Anexo I, y en función de lo dispuesto en el artículo 20. – Progresión al siguiente nivel. Para la progresión será necesario el cumplimiento de todos y cada uno de los siguientes requisitos: – Obtener cada uno de los años evaluaciones del desempeño positivas. – Superar con aprovechamiento todas las acciones formativas que le sean asignadas. – No haber sido sancionado por falta laboral, según el régimen disciplinario. – Permanecer en situación de actividad al menos el 75 % del tiempo de permanencia en el nivel, excepto para los casos de accidente laboral o enfermedad profesional, maternidad o paternidad, en los que no se aplicará este requisito. La empresa notificará por escrito al trabajador el resultado de su evaluación y en qué nivel y años de permanencia queda adscrito. En el caso de que alguno de los años de permanencia en el nivel el trabajador obtuviera un informe de evaluación del desempeño negativo, no generará la retribución variable asociada ni ese año se computará como de tiempo de permanencia en el nivel a este grupoefectos de progresión. En el caso de evaluaciones negativas, tienen se comunicará a la responsabilidad directa representación de los trabajadores, quien podrá informar sobre la misma en el plazo máximo de 10 días. En el caso de no superar con aprovechamiento las acciones formativas asignadas, no se devengará la gestión retribución variable ni se producirá el cambio de una nivel hasta que sean superadas. En el supuesto de trabajadores sancionados por faltas laborales, el año en que fueran sancionados no podrán progresar ni percibir la retribución variable, no computándose dicho año a estos efectos. Para progresar del Nivel de Inicio al Nivel Operativo, además de los requisitos señalados anteriormente, se requerirá un tiempo mínimo de permanencia de dos años. Para la progresión del Nivel Operativo al Nivel Avanzado, además de los requisitos señalados anteriormente, se requerirá un tiempo mínimo de permanencia de tres años. cve: BOE-A-2012-2518 Adicionalmente, para la progresión al Nivel Avanzado en el Grupo I, se requerirá haber participado en, al menos, tres proyectos distintos desde la fecha de incorporación o varias áreas funcionales tres actividades diferentes dentro del mismo proyecto. La progresión al Nivel Experto se producirá por libre designación de la empresa o realizan tareas técnicas Dirección. Se adjunta como Anexo I la tabla de porcentajes correspondientes a la más alta complejidad retribución variable por niveles y cualificación. Toman decisiones o participan tiempo mínimo de permanencia en su elaboración así como en la definición de objetivos concretos. Desempeñan sus funciones con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabili- MASTER, Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio de su sector pro- fesional. Son trabajadores/as que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad realizan tareas técnicas complejas, con objetivos globales definidos o que tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana. También aquellos responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones realizadas por un conjunto de co- laboradores en una misma área funcional. GRADO, Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa, completados con una experiencia dilatada en su sector profesio- nal. Eventualmente podrán tener estudios universitarios de grado superior y asimilarse a los puestos definidos en este grupo “Titulados superiores de Entrada”. Son aquellos trabajadores/as que con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un contenido medio de actividad intelectual y de interrelación humano, en un marco de instrucciones precisas de complejidad técnica media con autonomía dentro del proceso. Re- alizan funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas homo- géneas, realizadas por un conjunto de colaboradores en un estadio organizativo menorcada nivel.

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Samples: www.boe.es

Clasificación profesional. Se establecen cuatro grupos profesionales definidas en los siguientes términos: Grupo 0: El presente capítulo sobre Clasificación Profesional se ha establecido fundamental- mente atendiendo los criterios que el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores fija para la existencia del grupo profesional, es decir, aptitudes profesionales, titulaciones y conte- nidos contenido general de la prestaciónprestación vendrá determinado entre otras por funciones de coor- dinación, incluyendo en cada grupo diversas funciones planificación, organización, dirección y especialidades pro- fesionales. Los trabajadores pertenecientes a este grupo planifican, organizan, dirigen y coordinan control al más alto nivel de las distintas actividades propias del desarrollo áreas de actividad de la empresa. Sus Las funciones comprenden del personal perteneciente a este grupo están dirigidas a la elaboración realización de las directrices empresariales u organizacionales orientadas a la política de organización, los planteamientos generales de la eficaz utilización eficaz de los recursos humanos y de los aspectos materiales, asumiendo la orientación y el control responsabilidad de las actividades alcanzar los objetivos planificados. También se incluyen la toma de decisiones que afecten a aspectos fundamentales de la organización conforme al programa establecido o a la política adop- tada; el establecimiento y el mantenimiento de estructuras productivas y de apoyo y el des- arrollo de la política industrial, financiera o comercial. Toman decisiones o participan en su elaboración. Desempeñan altos cargos de direc- ción o ejecución de los mismos niveles en los departamentos, divisiones, grupos, fábricas, plantas, etc. en que se estructura la empresa y que responden siempre a la particular or- denación de cada una de ellas. Los trabajadores pertenecientes a este grupo, tienen la responsabilidad directa en la gestión de una o varias áreas funcionales acti- vidad de la empresa o realizan tareas técnicas u organización y el desempeño de puestos directivos en las diversas áreas de actividad y departamentos. El personal de este grupo profesional es designado libremente por la empresa valorando sus capacidades profesionales y personales A título orientativo: Director/a de, Gestión, Subdirector/a, Director/a de Área, Coordinador/a de Área... Grupo 1: El contenido general de la más alta complejidad y cualificación. Toman decisiones o participan en su elaboración así como en la definición de objetivos concretos. Desempeñan sus prestación viene definido, entre otras, por funciones con que requieren un alto grado de autonomía, iniciativa conocimientos profesionales y responsabili- MASTERresponsabilidades que se ejercen sobre uno o varios departamentos o secciones de la organización. Parten de directrices muy amplias, Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el ejercicio debiendo dar cuenta de su sector pro- fesionalgestión a los Directores de las áreas de actividad o departamentos existentes. Son trabajadores/as Funciones que consisten en la realización de tareas complejas y diversas, con un objetivos definidos y con alto grado de autonomíaexigencia en autonomía y responsabilidad. Se incluyen, iniciativa además, la realización de tareas complejas que pueden o no implicar responsa- bilidad de mando, y responsabilidad realizan tareas técnicas complejas, con objetivos globales definidos o que tienen en todo caso exigen un alto contenido intelectual o de interrelación humana. También aquellos responsables directos Pueden desarrollar la coordinación de colaboradores en su ámbito funcional o de actividad. A modo orientativo Técnico Superior de Gestión, Técnico Superior de Orientación Laboral, Técnico de Comunicación, Profesores/as, gestores de equipo, Tecnico de control, tecnico de recursos humanos, Técnicos de Informática y telecomunicaciones. Grupo 2: Criterios generales: son puestos que exigen la integracióncomprensión y dominio de fundamentos teóricos y prácticos. Las decisiones que se toman y su nivel de autonomía están relacio- nadas con la aplicación de sistemas, coordinación pautas, procedimientos y supervisión métodos de funciones realizadas trabajo previa- mente definidos. Funciones: consisten en la realización de tareas de complejidad media y caracterizadas por el desempeño de un conjunto de co- laboradores actividades profesionales operativas bien determinadas, con la capacidad de utilizar instrumentos y técnicas que conciernen principalmente a un trabajo de ejecución, que puede ser autónomo en el límite de dichas técnicas. Estas actividades se circunscriben a áreas de especialización profesional. A título orientativo: Experto/a en Alfabetización tecnológica, experto/a en medio ambien- te, técnico en educación para el desarrollo, personal técnico documentalista, personal técnico especialistas en economía social, personal técnico de administración,… y otros puestos análogos. Grupo 3: Criterios generales: La autonomía y complejidad vienen dadas por el propio marco normativo o procedimental de las actividades y pueden tener responsabilidad operativa de actualiza- ción, tratamiento, disponibilidad y control de la información, documentación, especialmente en los puestos de apoyo administrativo. Su responsabilidad está limitada por una misma supervisión directa y sistemática. Funciones: tareas consistentes en la ejecución de actividad que, aun cuando se realicen bajo instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas. Requieren conocimientos, destreza y dominio dentro de su especialidad enmarcada en un área de actividad funcional. GRADO, Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equi- parados por la empresa, completados con una experiencia dilatada en su sector profesio- nal. Eventualmente podrán tener estudios universitarios de grado superior y asimilarse a los puestos definidos en este grupo “Titulados superiores de Entrada”. Son aquellos trabajadores/as que con o sin responsabilidad de mando, realizan tareas con un contenido medio de actividad intelectual Ejecutan actividades auxiliares y de interrelación humanosoporte o apoyo a otros puestos o proyectos, correspondientes a procesos normalizados y bien definidos. A título orientativo: Administrativo, personal de apoyo, operador/a técnico de cabina,… y otros puestos análogos. Grupo 4: Criterios generales: Normalmente serán puestos de soporte auxiliar que siguen rutinas e instrucciones concretas simples y repetitivas. Funciones: tareas que consisten en actividades realizadas siguiendo un marco método de instrucciones precisas trabajo preciso, con alto grado de complejidad técnica media con autonomía dentro del procesosupervisión. Re- alizan funciones que suponen la integraciónExigen conocimientos profesionales de carácter elemental y un periodo breve de adaptación. A título orientativo: Personal de limpieza, coordinación personal xx xxxxxxx y supervisión de tareas homo- géneasconductor/a-repartidor/a, realizadas por un conjunto de colaboradores en un estadio organizativo menorTelefonista.

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Samples: Convenio Colectivo Preámbulo