CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO A CONTRATAR Cláusulas de Ejemplo

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO A CONTRATAR. La Empresa Adjudicataria garantizará en todo momento la prestación del servicio en las condiciones contratadas. Al menos con una semana de antelación del comienzo del servicio se cerrará una planificación de actividades basada en la presentada en la oferta técnica y que deberá ser aprobada por Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía. Para la prestación de los servicios la EA dispondrá del personal preciso con categoría y cualificación suficientes para la realización de sus actividades, tanto para aquellos que se presten de forma habitual como de los que se soliciten ocasionalmente. Este personal estará vinculado a efectos laborales únicamente con la EA. Corresponderá en cada caso y cuando procede a la EA, la selección del personal que, reuniendo los requisitos y experiencia necesarios, formarán parte del equipo de trabajo asignado para la ejecución de los servicios. La EA queda obligada a facilitar a su personal la formación y la actualización profesional necesaria para su cometido, así como la obligada formación en materia de prevención de riesgos laborales para la adecuada prestación de los servicios contratados. La EA intentará mantener la estabilidad de los trabajadores destinados a la prestación del servicio durante el mismo. No obstante, cualquier cambio o nueva asignación que la EA quiera realizar en relación con el personal asignado, deberá ser notificado previamente por escrito al responsable del servicio designado por AOPJA. La EA nombrará un coordinador encargado del servicio que actuará como interlocutor con AOPJA, y se encargará de transmitir instrucciones o directrices propias de cada servicio a su personal. Asimismo se encargará de la distribución del trabajo entre su personal, impartiéndole al respecto las órdenes o instrucciones que estime necesarias para el cumplimiento de la prestación del servicio, supervisando la ejecución de las funciones encomendadas, así como la asistencia de su personal al puesto de trabajo. También será responsable de la distribución entre su personal de las vacaciones o permisos sin que ello suponga una alteración del buen funcionamiento del servicio. La empresa adjudicataria deberá suscribir una cláusula de confidencialidad con sus trabajadores en relación al servicio, dado el acceso a determinada información que puede obtener el trabajador por las funciones encomendadas.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.