CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL Cláusulas de Ejemplo

CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres número uno presentados por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.
CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres n°1 presentados por los licitadores. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo notificará al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. En el caso de que en esta licitación haya algún criterio de adjudicación del contrato que sea evaluable mediante un juicio de valor, la Mesa de contratación concederá al licitador el plazo que estime conveniente para garantizar que la apertura del sobre que contiene dicha documentación tiene lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura del sobre n°1. La comunicación de los defectos u omisiones subsanables se podrá realizar por teléfono, por fax o por correo electrónico. La falta de subsanación en plazo de los defectos u omisiones advertidos dará lugar a la exclusión. Si la documentación de un licitador contiene defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. La Mesa de contratación, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre los certificados y documentos presentados, así como requerirles para la presentación de otros documentos complementarios.
CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. (arts. 82 TRLCSP y 22, 81 y 82 RG)
CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. 16.1.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores.
CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. 20.1.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación o Unidad Técnica procederá a la calificación de la documentación general contenida en el Sobre nº1 presentados por los licitadores. 20.2.-En la calificación de la documentación contenida en dichos archivos por parte de la Mesa de Contratación o Unidad Técnica se observarán las determinaciones siguientes:
CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre A en acto privado. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará a los interesados, concediéndoles un plazo no superior a tres días hábiles para que los corrijan o subsanen, antes de proceder a la apertura de las proposiciones económicas. El requerimiento de subsanación se realizará mediante carta, telegrama, correo electrónico o fax y el plazo de tres días hábiles será de caducidad, sin que pueda interrumpirse por no haberse recibido por el licitador, siempre que la Administración acredite su intento de notificación por alguno de los referidos medios. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se declarará no admitida a trámite la proposición.
CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Valoración procederá en acto interno, que se celebrará el primer martes o el primer jueves siguientes a la fecha de finalización del plazo para la presentación de las proposiciones, a la calificación de la documentación general contenida en el sobre Nº 1 presentado por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días para que lo subsane; para el caso de que la finalización del plazo citado coincidiera en sábado o festivo, dicha finalización tendrá lugar el primer día hábil siguiente. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación. Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa de Valoración, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, de conformidad con lo dispuesto en el art. 82 del TRLCSP. Id. document: uLRf BWSK bBkO X7IB PfsT aErw Wac= CÒPIA INFORMATIVA (NO VERIFICABLE EN SEU ELECTRÒNICA) Cuando, conforme a lo establecido en la cláusula 9.6 del presente Xxxxxx, se anuncie al órgano competente la presentación de proposiciones por correo, la apertura del sobre Nº 2 de todas las proposiciones tendrá lugar como máximo transcurridos 7 días naturales desde la apertura de las últimas recibidas por correo, teniendo en cuenta la limitación xx xxxx días naturales desde la terminación del plazo para su admisión.
CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. 16.1.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres n° 1 presentados por los licitadores. Si observase defectos u omisiones subsanables en la declaración responsable o en el resto de la documentación presentada, lo notificará al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días naturales para que los subsane. En este momento el licitador tendrá la consideración de admitido provisionalmente.
CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. La mesa de contratación se constituirá a las 10.00 horas del tercer día hábil a aquél en el que termine el plazo señalado para la presentación de las proposiciones, a fin de proceder a la calificación de la documentación contenida en el sobre "A". Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables, lo comunicará por correo electrónico (Plataforma Contratación Sector Público) a los interesados concediéndoles un plazo de tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. Una vez calificada la documentación del Sobre A, y solventado, de existir, el trámite de subsanación de errores y, en su caso, una vez se hubiese procedido a determinar las empresas que se ajusten a los criterios de selección referidos en los artículos 75 y siguientes del TRLCSP, se procederá al acto público de apertura del sobre B, que contiene documentación relativa a criterios de adjudicación automática. El Presidente manifestará el resultado de la calificación de los documentos presentados con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de estas últimas, y notificará el resultado de la calificación en los términos previstos en el artículo 82 del RGCAP. Las ofertas que correspondan a las proposiciones rechazadas quedarán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato y los sobres que las contengan no podrán ser abiertos. Antes de la apertura de la primera proposición, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa de contratación a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en ese momento pueda aquella hacerse cargo de documentos que no habían sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o de corrección o subsanación de defectos a que se refiere el artículo 81.2 del RGCAP. La apertura de tales documentaciones se llevará a cabo en un acto de carácter público. En este acto sólo se abrirá el sobre correspondiente a los criterios cuantificables automáticamente, dejándose constancia documental de todo lo actuado. El día y hora de celebración de este acto será comunicado a las empresas licitadoras por mail dirigido a la dirección indicados por el interesado en el sobre de su proposición. Tras lo anterior se levantará la sesión levantando acta de la misma el Secretario con el Vo B° del Presidente. Si alguna proposición no guardara concordancia con la documentación examinada ...
CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. 16.1.- Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres n°1 presentados por los licitadores. Si observase defectos u omisiones subsanables en la declaración responsable o en el resto de la documentación presentada, lo notificará al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que los subsane. En el caso de que en esta licitación haya algún criterio de adjudicación del contrato que sea evaluable mediante un juicio de valor, la Mesa de contratación concederá al licitador el plazo que estime conveniente para garantizar que la apertura del sobre que contiene dicha documentación tiene lugar en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura del sobre n°1.