AYUNTAMIENTO DE ALBACETE Cláusulas de Ejemplo

AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. 8º) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. Además, al tratarse de contratos de obras, la empresas extranjeras, no comunitarias, deberán acreditar que tienen abierta una sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, y que están inscritas en el Registro Mercantil. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 214/2001, de 18 de diciembre, por el que se crea el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha y la Orden de 8 xx Xxxxx de 2002, que establece las normas de su funcionamiento, los licitadores que figuren inscritos en dicho Registro, aportarán el certificado en vigor expedido por el citado órgano, en copia auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo. Esta certificación dispensará de la obligación de presentar la documentación que haya sido inscrita en el Registro, y en concreto, la acreditativa de la personalidad y capacidad de obrar, del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y, en su caso, de la clasificación empresarial.  Instancia de solicitud. Los licitadores deberán presentar una instancia en modelo normalizado solicitando la participación en el procedimiento de contratación como licitador.  Certificado en vigor de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores del Estado, expedido por el citado órgano, en copia auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la no alteración de los datos que constan en el mismo.  Acreditación de la solvencia económica y financiera y de la técnica a través de los requisitos exigidos en este pliego.  Domicilio a efectos de notificaciones legales.  Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social.  Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre.  Instancia de solicitud. Los licitadores deberán presentar ...
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AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. 3º) Documentos acreditativos de la representación: Cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores o los que actúan lo hacen en representación de la sociedad, deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados. Además, se deberá aportar una declaración responsable de vigencia del poder de representación.
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. 23.6. En el plazo indicado en el apartado segundo, deberá de aportar la documentación siguiente, que será requerida a través de SMS certificado y fax:
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. 17.1.- Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados en el Servicio de Contratación del Ayuntamiento, en horario de oficina, hasta el día que se determine en las invitaciones que se cursen a los posibles interesados. Las invitaciones para participar en este procedimiento se cursarán a través de correo electrónico o vía Fax, remitiéndose con dicha comunicación los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. 17.2.-Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. 17.4.- Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando así se establezca. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. 32.2. La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los arts. 222 y 292 del TRLCSP. A cuyos efectos, se ha de tener en cuenta las siguientes consideraciones: Dentro del plazo del mes siguiente de haberse producido la entrega total o realización del objeto del contrato, la Administración realizará un acto formal y positivo de conformidad con el suministro realizado y dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de ese acto, deberá acordarse y ser notificada al contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele el saldo resultante. A la Intervención General del Ayuntamiento de Albacete le será comunicado por el responsable del contrato, la fecha y lugar del acto de recepción, para su eventual asistencia en ejercicio de sus funciones de comprobación de la inversión. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. 27.2.- En concreto el responsable del contrato asumirá los cometidos siguientes:  En general, se encargará de la correcta ejecución del contrato, a cuyos efectos, dará las instrucciones precisas al contratista.  Propondrá al órgano de contratación la aplicación al contratista de las penalidades previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares.  Concurrirá al acto de recepción del contrato y se encargará de la tramitación de dicho procedimiento.  Tramitará de oficio el expediente de devolución de la garantía definitiva.
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AYUNTAMIENTO DE ALBACETE. 7.3.- Además del presente pliego, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:  El Pliego de Prescripciones Técnicas.  La oferta económica que resulte adjudicataria de este contrato, de acuerdo con la propuesta concretada en los distintos criterios objetivos de adjudicación incluidos en el presente pliego.  El documento en que se formalice el contrato.