ASISTENCIA EN VIAJES Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA EN VIAJES. PRIMERA. Por "LA COMPAÑÍA" se entenderá X.X.X. Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Los servicios de XXX Asistencia serán proporcionados en la República Mexicana, pero siempre a más de 100 kms. del domicilio permanente del Beneficiario. Quedan fuera de este beneficio los vehículos de servicio público de transporte de mercancías o personas; de servicio privado de transporte de mercancías, de personal de empresas; escolar, o de asociaciones, e instituciones de asistencia privada, así como los vehículos de capacidad de carga superior a 1,500 kgs.
ASISTENCIA EN VIAJES. El Asegurado con residencia en España tendrá, tanto en España como en el Extranjero, la cobertura del Seguro de Asistencia en Viajes, cuyas condiciones figuran en el Anexo IV.
ASISTENCIA EN VIAJES. Información turística sobre: Carreteras y autopis- tas, espectáculos, talleres, restaurantes y hoteles; además, información sobre médicos y hospitales. • Si durante un viaje el vehículo presenta fallas o averías que le imposibilitaran continuar con el recorrido, Club GNP Autos le ofrece: Pago de hotel para los ocupantes del vehículo averiado (hasta $ 300 diarios por persona con lí- mite máximo de tres días. Los gastos de alimen- tos, bebidas, llamadas telefónicas y otros gastos adicionales de hospedaje serán a cargo del Ase- gurado) o bien, Traslado de los ocupantes del vehículo averiado, hasta el destino previsto, o a su domicilio (con lí- mite de $900 por persona) o bien, Renta de un automóvil, ya sea para trasladarse al destino previsto o para llegar a su domicilio. (con límite de $ 1,500 por evento). • Club GNP Autos efectuará los trámites necesa- xxxx para garantizar la pensión del vehículo que tenga que ser reparado, en caso de que dicha reparación requiera más de 96 horas de inmovi- lización. El límite para este servicio es de $ 500 por evento. • Traslado de un conductor para recoger el vehícu- lo hasta la Ciudad en donde éste haya sido repa- rado. Con límite de $ 900. La prestadora de servicios efectuará todas las lla- madas telefónicas dentro de la República Mexi- cana, necesarias para transmitir los mensajes ur- gentes relativos a la situación de emergencia que se presente. El Asegurado podrá solicitar, durante las 24 horas del día, asistencia para localizar y en su caso ob- tener boletos para eventos de tipo deportivo y tu- rístico. El Proveedor hará todas las gestiones a su alcance para obtener las localidades solicitadas. El importe de los boletos y cuotas adicionales se- rán por cuenta del Asegurado. Teléfonos de atención del Club GNP Autos, Asis- tencia Vial con servicio las 24 hrs, los 365 días del año: “La documentación contractual y la nota técnica que integran este producto, están registrados ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de conformidad con lo dis- puesto por los artículos 36, 36-A, 36-B y 36-D de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Xxxxxxx, bajo el (los) registro(s) número CNSF-S0043-0066-2013 de fecha 14 de febrero de 2013-02-14.”
ASISTENCIA EN VIAJES. En el caso de que el Asegurado haya contratado esta asistencia, lo cual deberá hacerse constar en la carátula de la póliza, tendrá derecho a los beneficios de Asistencia Automovilística, a Personas, Legal por Xxxxxx, en Viajes Internacionales, en Reembolso, Asistencia a personas KM “0” (kilómetro cero) y Xxxxxxx Xxxx XX “0” (xxxxxxxxx xxxx), de acuerdo a las siguientes condiciones:
ASISTENCIA EN VIAJES. En el caso de que el Asegurado haya contratado esta asistencia, deberá hacerse constar en la Carátula de la Póliza, y de este modo tendrá derecho a los beneficios de Asistencia Automovilística, a Personas, Legal por Xxxxxx, en Viajes Internacionales, en Reembolso, Asistencia a personas KM “0” (kilómetro cero) y Xxxxxxx Xxxx XX “0” (xxxxxxxxx xxxx), de acuerdo a las siguientes condiciones: Queda excluido de esta asistencia cualquier Vehículo Asegurado cuyo año de modelo sea mayor a 30 (treinta) años de antigüedad.
ASISTENCIA EN VIAJES. En el caso de que el Asegurado haya contratado esta Cobertura, lo cual deberá hacerse constar en la carátula de la póliza, tendrá derecho a los beneficios de Asistencia Automovilística, a Personas, Legal por Xxxxxx, en Viajes Internacionales, en Reembolso, Asistencia a personas KM “0” y Auxilio Vial KM “0”, de acuerdo a las siguientes condiciones: Queda excluido de esta Cobertura cualquier Vehículo Asegurado cuyo año de modelo sea mayor a 20 años de antigüedad. Para Automóviles de Uso Comercial con capacidad de carga mayor a 4.5 toneladas se excluyen los beneficios referidos en la presente sección (2.Asistencia en Viajes) bajo los puntos II, III, IV, V y VI, así como los beneficios mencionados en los incisos b), e), f), g) y h) del punto I. Asistencia Automovilística, los mencionados en las secciones a.7 y a.8 del punto VII y los beneficios de Cambio de llanta, Paso de corriente y Auto Sustituto del punto VII. Auxilio Vial Km “0”.
ASISTENCIA EN VIAJES. PRIMERA. Por "LA COMPAÑÍA" se entenderá XXX Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Los servicios de XXX Asistencia serán proporcionados en la República Mexicana, pero siempre a más de 100 kilómetros. del domicilio permanente del Beneficiario.
ASISTENCIA EN VIAJES. Los Servicios de Asistencia en Viajes de la COMPAÑÍA, serán proporcionados en la República Mexicana, pero siempre a más de 100 Km. del domicilio permanente del BENEFICIARIO.
ASISTENCIA EN VIAJES. Mediante este beneficio, si el Asegurado sufre un accidente o enfermedad cubierto, mientras se encuentre de viaje, se cubrirá: Si el Asegurado falleciere estando de viaje, "La Compañía" realizará todas las formalidades necesarias (incluyendo cualquier trámite legal) y se hará cargo de los gastos inherentes a la repatriación de sus restos mortuorios al sitio de inhumación o cremación, indicado por el Beneficiario, en el Lugar de Residencia del Asegurado. Si el beneficiario decide que los restos mortuorios del Asegurado sean inhumados o cremados en el lugar donde se haya producido el deceso, "La Compañia" se hará cargo de los gastos que resulten de dicha inhumación o cremación. En caso de que el Beneficiario decida cremar los restos del Asegurado en el lugar del deceso, "La Compañía" se hará cargo de los gastos con motivo del transporte en viaje redondo de un familiar, con origen en el Lugar de Residencia del Asegurado y destino en el lugar del deceso del Asegurado.
ASISTENCIA EN VIAJES. Riesgos amparados El seguro al que se refiere esta cobertura cubre: