APERTURA PREVIA DE CUENTA CORRIENTE EN EUROS Cláusulas de Ejemplo

APERTURA PREVIA DE CUENTA CORRIENTE EN EUROS. Para que el CLIENTE pueda empezar a operar con una Cuenta Corriente en Divisa, será necesario que aperture previamente en el BANCO una cuenta corriente en euros, teniendo que ser Titular de ésta última, por lo menos, uno de los Titulares que lo vaya a ser de la Cuenta Corriente en Divisa.
APERTURA PREVIA DE CUENTA CORRIENTE EN EUROS. Para que el CLIENTE pueda empezar a operar con un Depósito en Divisa, será necesario que aperture previamente en el BANCO una cuenta corriente en la divisa en que vaya a realizar el citado Depósito en Divisa o en una cuenta corriente en euros, en la que se ingresarán los intereses y abonos que se generen a favor del CLIENTE o contra la que se liquidarán las comisiones y gastos que en su caso correspondan a favor del BANCO. Asimismo, en el supuesto de apertura de cuenta corriente en euros, se le aplicará al CLIENTE el tipo de cambio y las comisiones correspondientes para realizar el cambio de euros a la divisa elegida por el CLIENTE, de acuerdo con lo dispuesto en las presentes Estipulaciones Particulares. A estos efectos, el CLIENTE reconoce y acepta expresamente que la formalización de los productos y servicios contemplados en las presentes Estipulaciones Particulares requiere necesariamente la contratación y aceptación de las Estipulaciones Particulares de cuentas corrientes en euros y/o en divisa del CONTRATO MARCO.
APERTURA PREVIA DE CUENTA CORRIENTE EN EUROS. Para que el CLIENTE pueda empezar a operar con una Cuenta Corriente en Divisa, podrá ser necesaria la contratación previa de una cuenta corriente en euros, teniendo en cuenta que sólo podrán ser Titulares de la Cuenta Corriente en Divisa todos o parte de los Titulares de la cuenta corriente en euros a la que se asocie la Cuenta Corriente en Divisa, sin que pueda figurar como titular ninguna tercera persona que no sea titular en la cuenta corriente en euros. Banco Inversis, S.A. • Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx xx 0 - 00000 Xxxxxx • CIF: X-00000000 • Registro de Banco de España: 0232 R. M. de Madrid T. 17.018, F. 69, S. 8 H. M-291233, Insc. 1 Las órdenes e instrucciones relativas a las Cuentas Corrientes en Divisa, así como la contratación de nuevos productos y servicios que deseen asociarse a la mismas, podrán realizarse por los diferentes canales habilitados por INVERSIS BANCO en cada momento o, en su caso, con la intervención de un PRESENTADOR INDEPENDIENTE REGULADO con el que INVERSIS BANCO haya establecido tales acuerdos, de acuerdo con la normativa vigente y con sujeción a los restricciones y demás requisitos previstos por el BANCO y a la formalización de cuantos documentos, públicos o privados, pueda requerir INVERSIS BANCO.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.