AGRAVANTES DE RIESGO Cláusulas de Ejemplo

AGRAVANTES DE RIESGO. A los efectos de lo indicado en la Cláusula 15, AGRAVACIÓN DEL RIESGO, de las CONDICIONES GENERALES de este Contrato de Seguro, constituyen supuestos de hecho modificativos y agravantes del riesgo, los siguientes:  Cualquier modificación o cambio de condiciones o la naturaleza de los riesgos cubiertos por este contrato de seguros.  Cambio de uso del vehículo.  Falla o desinstalación de los equipos de seguridad del vehículo.  Modificación del diseño original del vehículo o instalación de partes o piezas adicionales.  Cambio del Conductor habitual.  Modificación del lugar habitual de pernocta del vehículo.  Cambio del propietario del vehículo.  Pérdida o robo de las llaves del vehículo. Otorgado por las partes en el lugar y fecha indicados en el CUADRO PÓLIZA. Aprobado por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora mediante oficio Nº 17627 del 6/7/2016
AGRAVANTES DE RIESGO. A los efectos de lo indicado en la Cláusula 15, AGRAVACIÓN DEL RIESGO, de las CONDICIONES GENERALES de este Contrato de Seguro, constituyen supuestos de hecho modificativos y agravantes del riesgo, los siguientes: • Cualquier modificación o cambio de condiciones o la naturaleza de los riesgos cubiertos por este contrato de seguros. • Cambio de uso del vehículo. • Falla o desinstalación de los equipos de seguridad del vehículo. • Modificación del diseño original del vehículo o instalación de partes o piezas adicionales. • Cambio del Conductor habitual. • Modificación del lugar habitual de pernocta del vehículo. • Cambio del propietario del vehículo. • Pérdida o robo de las llaves del vehículo. • Reparaciones del vehículo asegurado sin que el ASEGURADOR haya ordenado y aprobado el ajuste de los daños.
AGRAVANTES DE RIESGO. A los efectos de lo indicado en la Cláusula 15, AGRAVACIÓN DEL RIESGO, de las CONDICIONES GENERALES de este Contrato de Seguro, constituyen supuestos de hecho modificativos y agravantes del riesgo, los siguientes: • Cualquier modificación o cambio de condiciones o la naturaleza de los riesgos cubiertos por este contrato de seguros. • Cambio de uso del vehículo. • Modificación del diseño original del vehículo o instalación de partes o piezas adicionales. • Cambio del Conductor habitual. Otorgado por las partes en el lugar y fecha indicados en el CUADRO PÓLIZA ASEGURADOR TOMADOR Aprobado por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora mediante oficio Nº 17627 del 6/7/2016
AGRAVANTES DE RIESGO. A los efectos de lo indicado en la Cláusula 15, AGRAVACIÓN DEL RIESGO, de las CONDICIONES GENERALES de este Contrato de Seguro, constituyen supuestos de hecho modificativos y agravantes del riesgo, los siguientes:  Cualquier modificación o cambio de condiciones o la naturaleza de los riesgos cubiertos por este contrato de seguros.  Cambio de uso del vehículo.  Modificación del diseño original del vehículo o instalación de partes o piezas adicionales.  Cambio del Conductor habitual. Otorgado por las partes en el lugar y fecha indicados en el CUADRO PÓLIZA ASEGURADOR TOMADOR Aprobado por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora mediante oficio Nº 17627 del 6/7/2016

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