Definición de Salario Base

Salario Base. Debe entenderse como el definido en el artículo 2 de la Ley N.º 7337, de 5 xx xxxx de 1993, y sus reformas; base económica de referencia que se actualiza todos los años.
Salario Base. Es el que figura en el anexo II de este Convenio para cada una de los niveles profesionales que se especifican en el mismo.
Salario Base. Es la parte de la retribución de cada trabajador fijada por uni- dad de tiempo, según su categoría profesional (art. 12).

Examples of Salario Base in a sentence

  • A los trabajadores que tengan que realizar labores que resulten excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas, deberá abonárseles un incremento del 20 por ciento sobre su Salario Base, incluido de lunes x xxxxxxx.

  • Hasta que se alcancen los acuerdos de adecuación salarial, se recomienda que los incrementos en las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado no sean abonados en el concepto Salario Base para evitar aumentar las diferencias en los conceptos salariales básicos.

  • La retribución del trabajador a tiempo parcial estará determinada, proporcionalmente al tiempo de trabajo pactado, por el Salario Base establecido en este Convenio Colectivo para la categoría profesional que ocupe.

  • Este complemento no será absorbible, ni compensable y será revisable en el mismo porcentaje que se incremente el Salario Base.

  • Son complementos salariales las cantidades que, en su caso, deban adicionarse al Salario Base por cualquier concepto distinto al de la jornada anual.


More Definitions of Salario Base

Salario Base. Es el salario mínimo garantizado marcado en tablas salariales pactadas en este Convenio para cada grupo y nivel profesional.
Salario Base. Es la parte de la retribución para cada grupo profesional co- mo contrapartida a la prestación de trabajo por unidad de tiempo y que sirve de base para el cálculo de todos los complementos. El salario base anual esta constituido por once mensualidades por actividad laboral y una por vacaciones. El salario base diario será el resultado de dividir el salario ba- se mensual entre 30 días. La tabla salarial se especifica en el Anexo I.
Salario Base. Es la parte de la retribución del trabajador/a fijada para la jornada de trabajo establecida en el artículo 20, remunera igualmente los periodos de descanso establecidos en este convenio. Sus cuantías figurarán en Anexo, sobre las que se aplicarán los incrementos anuales que se determinan en el Art. 18, según categorías y grupos profesionales. Pagas Extraordinarias – Los/as trabajadores/as tienen derecho a dos pagas extraordinarias de cuantía igual al salario base más el complemento de antigüedad, no afectando a esta cuantía ningún otro complemento incluido en este artículo, salvo la parte proporcional del tiempo durante el que se realicen trabajos de superior categoría. Se percibirán entre el día 10 y 15 de los meses xx Xxxxx y Diciembre respectivamente. Al trabajador/a que ingrese o cese en el transcurso del año se le abonarán las pagas extraordinarias prorrateando su importe por sextas partes, en relación con el tiempo de trabajo efectivo realizado. Los/as trabajadores/as que presten sus servicios en jornada inferior a la normal, o por horas, tendrán derecho a percibir las partes proporcionales de dichas pagas. Dado que esta cuantía equivale a la jornada diaria completa prevista en el artículo 20 del Convenio, en caso de prestar servicios a tiempo parcial, se percibirá la parte proporcional a las horas trabajadas. Su abono se producirá en el mes siguiente a su realización. Las cuantías de los complementos anteriores se entenderán vigentes durante el año 2.002, actualizándose en los siguientes años con un porcentaje igual al que se determine como incremento máximo de la masa salarial para el sector público en las Leyes de Presupuestos para la Comunidad Autónoma de Andalucía. Dichos incrementos se producirán en el mes siguiente en que dichas leyes fueran publicadas, con efecto desde el 1 de enero de cada año. No se actualizará el Plus xx Xxxxxxx Xxxxxxxxx.
Salario Base. Es la parte de retribución de los/as trabajadores/as fijada por unidad de tiempo que con tal denominación se incluye en la Tabla Salarial anexa al presente Convenio Colectivo. Fecha de Pago: Como norma general, el pago de los salarios y demás remuneraciones se efectuará mensualmente en el último día hábil de cada mes.
Salario Base. Es una cantidad igual para todos los niveles retributivos, que será incrementada anualmente en la misma proporción que el salario mínimo interprofesional.
Salario Base. Se entiende por salario base la retribución correspondiente a cada categoría profesional, por desarrollar las tareas inherentes a las mismas y correspondientes a una jornada efectiva de trabajo según se regula en el artículo 14 del presente convenio. El personal contratado a tiempo parcial percibirá el salario base en proporción al tiempo estipulado en sus contratos.
Salario Base. Es la retribución del trabajador, fijada por la unidad de tiempo.