ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN Cláusulas de Ejemplo

ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN. 9.1. De conformidad con el artículo 13 de los Estatutos de la Fundació per a la Universitat Oberta de Catalunya (FUOC) y del régimen vigente de delegación de facultades aprobado por el Patronato de la FUOC en virtud del Acuerdo de 25 de noviembre de 2013, el director general de la FUOC
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación es el Director - Gerente de la Fundación CESGA de conformidad con sus facultades estatutariamente previstas para su cargo. El mencionado órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las facultades de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su ejecución, modificarlo y acordar su resolución con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la jurisdicción competente. El órgano de contratación estará asistido, para la adjudicación del contrato, por una Mesa de Contratación. La Mesa de Contratación estará formada por: - Un Presidente, cargo que ostentará X. Xxxxxx Xxxxxx Tobío, en su condición de Director Gerente del CESGA. - Una Secretaria, cargo que ostentará X. Xxxx Xxxxxxxxx Acevedo, en su condición de Técnico Superior de Administración del CESGA. - Vocal 1, cargo que ostentará X. Xxxx Xxxxxxx López Cabido, en su condición de Subdirector Técnico del CESGA. - Vocal 2. cargo que ostentará X. Xxxxxx Xxxxxxxxx Sánchez, en su condición de Administrador de Sistemas del CESGA. - Vocal 3, cargo que ostentará X. Xxxxxx Xxxxx Cacheiro, en su condición de Técnico de Sistemas del CESGA. En el caso de ausencia de cualquiera de sus miembros, las personas encargadas de su designación nombrarán a quien los deba sustituir. La Mesa podrá estar asistida por los técnicos y asesores que se consideren necesarios, los cuales informarán sobre las cuestiones de sus respectivas competencias, por requerimiento de la Mesa o por propia iniciativa pero sin derecho a voto.
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN. Cláusula 3. Responsable del contrato
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN. El Órgano de Contratación es el Director Gerente de Mutualia y se identifica en el apartado 0.2 del cuadro de características particulares y la Mesa de Contratación de Mutualia estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario, será la determinada en el apartado 1 del Cuadro de Características Particulares, y su composición será publicada en el perfil de contratante de Mutualia de acuerdo con lo establecido en el artículo 326.3 de la LCSP 9/2017. De conformidad con el artículo 326 LCSP 9/2017 el Órgano de Contratación de Mutualia, estará asistido por una Mesa de Contratación, que como Órgano de Asistencia técnica especializada, ejercerá las siguientes funciones:
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación competente para la adjudicación del contrato será el Consejo de Administración de cada una de las entidades contratantes (TITSA-MTSA) El examen de la capacidad y solvencia de los licitadores, así como la valoración de las ofertas recibidas se llevará a cabo por la Mesa de Contratación, constituida a estos efectos e integrada por los siguientes miembros: Presidente. Presidente Administración (TITSA) del Consejo de Vocal. Director Económico-Financiero (TITSA) Vocal. Director Gerente (TITSA) Vocal. Director de Informática y Nuevas Tecnologías (TITSA) Vocal. Director Gerente (MTSA) Vocal. Responsable de informática e ingeniería de sistemas (MTSA)
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación actuante en este procedimiento será el Consejo de Administración Sermugran S.L.. El mencionado órgano tiene facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN. El Órgano de Contratación es el Ayuntamiento de Urduliz y se identifica en el apartado 0.2 del cuadro de características particulares y la Mesa de Contratación estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario, siendo la determinada en el apartado 1 del Cuadro de Características Particulares. De conformidad con el artículo 326 de la LCSP, el Órgano de Contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, que como Órgano de Asistencia técnica especializada, ejercerá las siguientes funciones:
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN. 4. Vigencia del Acuerdo Marco y de los contratos derivados
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación competente para la selección de las empresas que hayan de formar parte del Acuerdo Marco y para la adjudicación de los contratos derivados del mismo, es el Consejo de Administración de TITSA. Tanto la previa selección de empresas para celebrar el Acuerdo Marco, como la negociación y la valoración de las propuestas definitivas para adjudicar los suministros, se llevarán a cabo por la Mesa de Contratación, constituida a estos efectos e integrada por los siguientes miembros: - Presidente. Presidente del Consejo de Administración Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Santa Xxxx de Tenerife, Inscripción 25º,Hoja 1.087, Tomo 205, Libro 107, Sección 3ª, Folio 96. CIF X-00000000 - Vocal. Consejero Delegado - Vocal. Director Gerente - Vocal. Director Económico-Financiero - Vocal. Director Técnico - Vocal. Director General de Patrimonio (Ayto. S/C de Tenerife) - Secretario. Letrado asesor Todos los miembros de la Mesa tendrán derecho de voz y voto. En caso de ausencia o vacante por cualquier causa de un miembro de la Mesa, el Presidente estará facultado para nombrar a un sustituto.
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN. El órgano de contratación competente para la adjudicación del contrato es el Director Gerente de Transportes Interurbanos de Tenerife, S.A.U. (TITSA). Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Santa Xxxx de Tenerife, Inscripción 25º,Hoja 1.087, Tomo 205, Libro 107, Sección 3ª, Folio 96. CIF X-00000000 El examen de la capacidad y solvencia de los licitadores, así como la valoración de las ofertas recibidas se llevará a cabo por la Mesa de Contratación, constituida a estos efectos e integrada por los siguientes miembros: - Presidente. Director Económico y Financiero - Vocal. Controller - Vocal. Jefe de Mantenimiento e Infraestructuras - Secretario. Asesor Jurídico Todos los miembros de la Mesa tendrán derecho de voz y voto. En caso de ausencia o vacante por cualquier causa de un miembro de la Mesa, el Presidente estará facultado para nombrar a un sustituto.