MESA DE CONTRATACION Cláusulas de Ejemplo

MESA DE CONTRATACION. El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Cuando el órgano de contratación sea la Junta de Contratación, ella misma actuará como Mesa de Contratación. Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 TRLCSP. En su caso, y en los supuestos contemplados en la normativa, se designará un organismo técnico especializado o un Comité de Expertos de apoyo a la Mesa de contratación, y a los que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios establecidos en los Pliegos.
MESA DE CONTRATACION. El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 TRLCSP. En su caso, y en los supuestos contemplados en la normativa, se designará un organismo técnico especializado o un Comité de Expertos de apoyo a la Mesa de contratación, y a los que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios establecidos en los Pliegos. Documento firmado electrónicamente por XXXXXX XXX XXXXXXXXXXX - DNI 00000000X como JEFA DE SERVICIO de SERVICIO DE OBRAS Y CONTRATACIÓN. Fecha de la firma 26/02/2014 09:13:27. ESTE DOCUMENTO ES VÁLIDO SÓLO EN FORMATO ELECTRÓNICO.
MESA DE CONTRATACION. La Mesa de contratación estará integrada o constituida por: - Presidente designado para la Mesa de Contratación. - Presidente de la Comisión de Servicios Generales. - Un Concejal representante del P.R.C. - Un Concejal representante del P.S.O. E. - Un Concejal representante del P.P. - La Jefa del Servicio de Movilidad, Energía y Medio Ambiente. - El Interventor Municipal o funcionario en quien delegue. - El Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. Actuará como Secretario: Técnico Municipal Jefe del Servicio de Contratación y Compras u otro funcionario propio de la Corporación.
MESA DE CONTRATACION. La Mesa de Contratación será el órgano competente para valorar las ofertas y elevara al órgano de Contratación propuesta de adjudicación, siendo de aplicación lo dispuesto con carácter general en el artículo 295 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico y Disposición Adicional segunda. La Mesa de Contratación podrá solicitar antes de formular su propuesta cuantos Informes Técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. Cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato, de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de Contratación, deberá de motivar su decisión. La Mesa de Contratación estará presidida por el Sr. Alcalde‑Presidente o, en su defecto, el Sr. Concejal que tenga delegadas las competencias en materia de Urbanismo, no obstante lo anterior, el Alcalde podrá delegar la presidencia en otro miembro de la Corporación si fuera necesario ; asistido por un Secretario, que será el Jefe de Servicio Central y Económico de la Gerencia de Urbanismo, o en su defecto, el Jefe de Sección de Intervención urbanística; formando además parte de la misma como vocales los siguientes: - El Gerente de Urbanismo El Director de Servicios de la Gerencia. El jefe del Servicio de obras, Urbanización y Medio ambiente El Jefe del Servicio de Planeamiento y Gestión. El Sr. Secretario General de la Corporación Un concejal representante de cada uno de los grupos políticos que integran la Corporación. Para el caso de que coincida la constitución de la Mesa señalada con la convocatoria de otros órganos colegiados, se entenderá que la Mesa habrá de constituirse al día hábil siguiente. La Mesa de Contratación se constituirá el día hábil siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, a las 10 horas, al objeto de calificar los documentos presentados en el sobre primero, en tiempo y forma; a tal efecto, el Presidente, ordenará la apertura de los sobres, con exclusión al relativo a la proposición económica y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observarse defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicara verbalmente a los interesados, si no estuvieran presentes se les comunicara mediante fax o correo electrónico, si es posible, y si no mediante correo, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores lo corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación, bajo apercibimiento...
MESA DE CONTRATACION. Ha quedado dispensada la necesidad de constitución de la Mesa de Contratación en base a la posibilidad prevista en el artículo 320 del texto refundido de la LCSP.
MESA DE CONTRATACION. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
MESA DE CONTRATACION. El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa constituida conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que xxxx celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 146 TRLCSP. Documento electrónico del Servicio Murciano de Salud, según Ley 11/2007, firmado a 23/05/2017 14:34, por: XXXXXXXXXXX XXXXXX XXX (22965201T) La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación (CSV): 57A3F737400BE679A5C57A357B5383F0 En su caso, y en los supuestos contemplados en la normativa, se designará un organismo técnico especializado o un Comité de Expertos de apoyo a la Mesa de contratación, y a los que corresponderá realizar la evaluación de las ofertas conforme a los criterios establecidos en los Pliegos.
MESA DE CONTRATACION. 11.1. El órgano de contratación para la adjudicación de los contratos estará asistido por una Mesa de Contratación constituida conforme a lo establecido en el artículo 36 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, si bien no podrán formar parte de la misma los cargos públicos representativos ni el personal eventual.
MESA DE CONTRATACION. La Mesa de Contratación estará integrada por el Concejal Delegado de tal presidencia, por delegación de la Alcaldía, como vocales el Titular de la Asesoría Jurídica, el Interventor, el Jefe de Sección de Informática o funcionarios que los sustituyan, y como secretaria la Técnico de Gestión de Contratación Administrativa o personal que le sustituya. La Mesa podrá solicitar los informes necesarios que considere para la asignación de puntuación en los criterios de adjudicación del contrato.
MESA DE CONTRATACION. La Mesa de Contratación estará integrada de la siguiente manera: * Presidente: Un Diputado a propuesta de la Presidencia de la Corporación. * Vocales: - Un miembro de cada uno de los Grupos Políticos de la Corporación. - La Secretaria General de la Diputación o funcionario de la Secretaría en quien delegue. - La Interventora o funcionario de la Intervención en quien delegue * Secretario: El Adjunto a la Secretaría General ó, en su defecto, un funcionario de la Diputación.