DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA Cláusulas de Ejemplo

DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA. Dentro del plazo de 15 días anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, la Dirección facultativa, a instancia del responsable del contrato o del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. Si este fuera favorable, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad y se procederá a la devolución o cancelación de la garantía, la liquidación del contrato y en su caso el pago de las obligaciones pendientes. Si el informe no fuese favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso durante el plazo de garantía, se dictaran las instrucciones oportunas al contratista para su reparación, concediéndole un plazo para ello, durante el cual continuara encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por la ampliación del plazo de garantía. No podrá solicitarse la cancelación o devolución parcial de la garantía en el supuesto de recepción parcial.
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA. DEFINITIVA.-
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA. Dentro del plazo de quince días naturales anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el Director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. Si éste fuera favorable, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo lo dispuesto en el art. 244 de la LCSP, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del contrato y, en su caso, al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse en el plazo de sesenta días naturales. En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido, durante el plazo de garantía, el Director facultativo procederá a dictar las oportunas instrucciones al contratista para la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F ello durante el cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE No podrá solicitarse la cancelación o devolución parcial de la garantía en el supuesto de recepción parcial. FECHA DE FIRMA: HASH DEL CERTIFICADO:
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA. Dentro del plazo de quince días naturales anteriores al cumplimiento del plazo de garantía, el Director facultativo de la obra, de oficio o a instancia del contratista, redactará un informe sobre el estado de las obras. Si éste fuera favorable, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad, salvo lo dispuesto en el art. 244 de la LCSP, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía, a la liquidación del contrato y, en su caso, al pago de las obligaciones pendientes que deberá efectuarse en el plazo de sesenta días naturales. En el caso de que el informe no fuera favorable y los defectos observados se debiesen a deficiencias en la ejecución de la obra y no al uso de lo construido, durante el plazo de garantía, el Director facultativo procederá a dictar las oportunas instrucciones al contratista para la debida reparación de lo construido, concediéndole un plazo para ello durante el cual continuará encargado de la conservación de las obras, sin derecho a percibir cantidad alguna por ampliación del plazo de garantía. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx No podrá solicitarse la cancelación o devolución parcial de la garantía en el supuesto de recepción parcial.
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA. Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultasen responsabilidades contractuales o extracontractuales, que hayan de ejercitarse sobre el aval al que se refiere la Disposición Decimoquinta transcurrido el período de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquél.
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA. 29.1 Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla, para cada lote, previo informe técnico.
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA. DEFINITIVA.- Cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se dictará acuerdo de devolución o cancelación de aquélla, artículo 102 T.R.L.C.S.P. Transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y liquidación hubiere tenido lugar por causas no imputables al contratista (artículo 102.5 del T.R.L.C.S.P.), se procederá, sin más demora, a la devolución o cancelación de las garantías, una vez depuradas las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del T.R.L.C.S.P.
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA. El plazo de garantía del presente contrato será el fijado en el ANEXO I letra G, y comenzará a contar desde la fecha del acto formal y positivo de recepción o conformidad. Si durante dicho plazo se acreditase la existencia de vicios o defectos en los trabajos efectuados, tendrá derecho CIRJESA a reclamar de la persona contratista la subsanación de los mismos. Durante este plazo de garantía tendrá derecho la persona contratista a conocer y ser oída sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada. Transcurrido el plazo de garantía, sin que CIRJESA haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, la persona contratista quedará exenta de responsabilidad por razón de la prestación efectuada, sin perjuicio de las previsiones que la LCSP contiene sobre subsanación de errores y responsabilidad en los contratos que tengan por objeto la elaboración de proyecto de obras.
DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA. Una vez efectuada la recepción de la totalidad del trabajo y cumplido el plazo de garantía que, en su caso, se indique en el Anexo I, se procederá a la devolución de la garantía prestada, si no resultaren responsabilidades que hubieran de ejercitarse sobre la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 102 del TRLCSP.