Common use of ÓRDENES DEL CLIENTE Clause in Contracts

ÓRDENES DEL CLIENTE. En virtud de este Contrato, Miraltabank queda facultada para transmitir las órdenes cursadas por el Cliente, a otro intermediario habilitado para su ejecución, liquidando, cuando proceda, las operaciones efectuadas, constituyendo y cancelando los oportunos depósitos y firmando cuantos documentos sean necesarios o convenientes a los expresados fines. En caso de que el Cliente ordene, o crea haber colocado, una instrucción u orden a través de la Plataforma, pero el Cliente no haya recibido confirmación de liquidación/negociación asimismo en la Plataforma, el Cliente debe ponerse en contacto con Miraltabank para verificar si se ha transmitido o no o las circunstancias por las que no se ha confirmado por el Banco al Cliente. Por lo que respecta a la suscripción o traspasos que el Cliente puede ordenar de fondos de inversión extranjeros al amparo del presente Contrato respecto de los cuáles Miraltabank actúe como distribuidor o sub-distribuidor, se informa de que el comercializador será el responsable de la llevanza del registro de partícipe, figurando en el registro de la sociedad gestora de cada fondo únicamente el comercializador. De esta forma las participaciones suscritas por el Cliente figurarán en una cuenta global en la que Miraltabank aparecerá como el comercializador o distribuidor o sub-distribuidor. Miraltabank actuará, en el ámbito del presente Contrato, con sujeción a las reglas y usos de los mercados en los que los Valores se negocien, intentando conseguir la mejor contraprestación total (precio del instrumento financiero y costes) y en todo caso, atendiendo a la Política de Mejor Ejecución. El Cliente será único responsable de cuantas órdenes sean transmitidas por él, así como de cuantas incidencias pudieran derivarse con motivo de las mismas debiendo mantener indemne a Miraltabank de cualquier daño o perjuicio que a ésta se le pudiera causar en relación con las mismas. Las operaciones sobre valores e instrumentos financieros se ejecutarán a través de las oportunas entidades debidamente habilitadas para llevar a cabo la ejecución en el mercado de que se trate, teniendo en cuenta que Xxxxxxxxxxx sólo aceptará órdenes para su ejecución en un mercado cuando, a su exclusivo juicio, tenga directamente, o a través de las entidades antes referidas, plena capacidad operativa y el mismo ofrezca la adecuada seguridad jurídica y de procedimientos para la realización de operaciones. Todas las operaciones sobre Valores se efectuarán por Miraltabank por cuenta del Cliente previa orden del Cliente, en la que habrán de indicarse expresamente, al menos, los siguientes datos: Tipo de operación, Identificación de la clase de Valor, Mercado o Entidad en el caso de órdenes relativas a acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva nacionales o extranjeras, Número de títulos o contratos o importe efectivo, Cambio o precio de los títulos o contratos, Vigencia temporal de la orden, Divisa de la operación, Identificación del ordenante, Identificación del número de Cuenta de Valores a la que se asignará la orden; tipo de orden (mercado, límite, stop, etc.). El Cliente deberá cursar sus órdenes por vía telemática, con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato. La aceptación puntual por parte de Miraltabank de una orden presencial o entregada en soporte papel no vincula a la entidad para aceptar en el futuro órdenes por dichas vías. Miraltabank canalizará al correspondiente mercado o entidad toda orden que le transmita el Cliente cumpliendo con los requisitos señalados, tan pronto como la reciba y siempre que el mercado esté abierto o la entidad acepte la orden, según el caso. Dicha orden se ejecutará, cuando las condiciones xxx xxxxxxx o la entidad lo permitan, de conformidad con las normas que resulten de aplicación. Miraltabank dispone de los procedimientos necesarios para adoptar las medidas razonables que permitan obtener el mejor resultado posible para las operaciones de sus clientes, así como de sistemas de gestión de órdenes que permiten una rápida y correcta ejecución y posterior asignación de las mismas. Un mayor detalle de estas medidas se recoge en la Política de Mejor Ejecución. El Cliente ha obtenido la debida información de esta Política manifestando su conformidad a la misma. El Cliente conoce que Miraltabank mantendrá esta Política actualizada y disponible en todo momento en el sitio xxx.xxxxxxxxxxx.xxx La Política de Mejor Ejecución aplicada por Miraltabank especifica los criterios para determinar la mejor ejecución para los Clientes (minoristas). Dichos criterios también deberán ser observados por los miembros xx xxxxxxx seleccionados por Miraltabank para la ejecución de las órdenes de los clientes. Miraltabank advierte de que si hay una instrucción específica por parte del Cliente podría no aplicarse la Política de Mejor Ejecución lo cual podría impedir la adaptación de medidas por parte de Miraltabank para obtener el mejor resultado posible. En consecuencia, se entenderá que el Banco cumple con sus obligaciones de adoptar los medios razonables para alcanzar el mejor resultado posible al ejecutar o recibir y transmitir a terceros para su ejecución órdenes del Cliente cuando se limite a seguir instrucciones especificas del Cliente.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Gestión Discrecional De Carteras De, www.miraltabank.com

ÓRDENES DEL CLIENTE. Las órdenes de suscripción, traspaso o reemboIso serán formuIadas por eI CLIENTE aI COMERCIALIZADOR por cuaIquiera de Ios medios aceptados por éste con Ia debida cIaridad y precisión en cuanto a su aIcance y sentido, de Ia manera que se indica a continuación, y serán ejecutadas por Ia ENTIDAD dentro de Ios pIazos que en eIIas se indiquen o con Ia mayor ceIeridad posibIe: * En virtud Ia primera aportación, eI cIiente deberá indicar en Ia soIicitud de suscripción deI Fondo que ésta corresponde a Ia primera suscripción. Esta documentación deberá cumpIimentarse para cada uno de Ios Fondos en que se desee invertir. * La ENTIDAD adjudicará un código de cIiente aI TituIar/es de Ia soIicitud. Este código será eI que identificará siempre aI Partícipe. * EI medio de pago autorizado será eI de transferencia bancaria a favor deI Fondo. No se considerará hecho eI ingreso en Ia cuenta deI Fondo hasta Ia fecha de abono de Ia trasferencia. * Para Ia tramitación de REEMBOLSOS, eI Partícipe deberá entregar aI COMERCIALIZADOR directamente, o bien a Ia ENTIDAD, según proceda, una orden de reemboIso, teniendo presente que Ia firma deI Partícipe deberá estar reconocida por eI COMERCIALIZADOR o por Ia Sociedad Gestora. Se recomienda entregar Ias órdenes de reemboIso aI COMERCIALIZADOR con eI fin de agiIizar Ia operativa. * EI tituIar autoriza expresamente que, en caso de soIicitud de traspaso, se cedan Ios datos personaIes de su Fondo a Ia Entidad de destino que soIicitara, por cuenta deI mismo, dicho traspaso. Suscripción a nombre de varios tituIares, poderes y autorizaciones: EI CLIENTE puede ser tanto una, como varias personas físicas o jurídicas. Se pacta expresamente que cuando Ia tituIaridad esté ostentada por más de una persona, actuarán de forma soIidaria y con disponibiIidad indistinta, de manera que se entenderá que Ios cotituIares se conceden poder recíproco, para que cuaIquiera de eIIos, indistinta y soIidariamente, pueda reaIizar en representación de Ios restantes, todos Ios derechos dimanantes de este Contratocontrato, Miraltabank queda facultada para transmitir las órdenes cursadas así como toda cIase de actos de reemboIso y traspaso de Ias participaciones suscritas. No obstante Io anterior, Ias modificaciones, renuncias o revocaciones de Ias facuItades de Ios cotituIares, deberán ser ordenados por el ClienteIa totaIidad de Ios cotituIares. En todo caso, a otro intermediario habilitado para su ejecución, liquidando, cuando proceda, las operaciones efectuadas, constituyendo y cancelando los oportunos depósitos y firmando cuantos documentos sean necesarios o convenientes a los expresados finestodos eIIos responderán soIidariamente por eI incumpIimiento de cuaIquiera de Ias obIigaciones contenidas en eI presente contrato. En caso de que el Cliente ordenefaIIecimiento de aIguno de Ios tituIares se estará a Io contenido en Ias disposiciones hereditarias. Asimismo, Ios herederos, Iegatarios o crea haber colocadoejecutores testamentarios deI faIIecido no podrán disponer de Ias participaciones mientras no acrediten su derecho a suceder aI causante o a disponer de Ios mismos, una instrucción u orden previa acreditación, en su caso, deI cumpIimiento de Ias obIigaciones fiscaIes vigentes y Ia aportación de Ia documentación necesaria para reaIizar Ios cambios de tituIaridad pertinentes. EI Partícipe TituIar conoce Ias autorizaciones dadas a través de la Plataforma, pero el Cliente no haya recibido confirmación de liquidación/negociación asimismo en la Plataforma, el Cliente debe ponerse en contacto con Miraltabank para verificar si se ha transmitido o no o las circunstancias por las que no se ha confirmado por el Banco al Cliente. Por lo que respecta a la suscripción o traspasos que el Cliente puede ordenar de fondos de inversión extranjeros al amparo del presente Contrato respecto de los cuáles Miraltabank actúe como distribuidor o sub-distribuidorterceros, se informa responsabiIiza de Ias mismas y acepta Ios reemboIsos y disposiciones pertinentes. Asimismo, está obIigado a notificar por escrito a Ia Sociedad Gestora Ia revocación de Ios poderes canceIados, independientemente de Ias inscripciones que el comercializador será el responsable puedan causarse en eI Registro MercantiI, si a eIIo estuviera obIigado. EI COMERCIALIZADOR o LA ENTIDAD confirmará aI CLIENTE Ia ejecución de la llevanza del registro Ias órdenes recibidas que se entenderán conformes si eI CLIENTE no manifiesta su disconformidad dentro de partícipeIos quince días naturaIes siguientes a aqueI en eI que reciba deI COMERCIALIZADOR o Ia ENTIDAD Ia correspondiente notificación. En caso de faIIecimiento deI CLIENTE, figurando en el registro Ia ENTIDAD quedará exonerada de la sociedad gestora cuaIquier responsabiIidad derivada o que se pudiera derivar de cada fondo únicamente el comercializadoroperaciones efectuadas con anterioridad aI conocimiento de su muerte por parte de Ia ENTIDAD. De esta forma las participaciones suscritas Las actuaciones deI COMERCIALIZADOR o Ia ENTIDAD se desarroIIarán siguiendo Ias órdenes dadas por el Cliente figurarán en una cuenta global en la eI CLIENTE que Miraltabank aparecerá como el comercializador o distribuidor o sub-distribuidor. Miraltabank actuaráse integrarán, en el ámbito del presente Contratosu caso, con sujeción a las reglas y usos en eI archivo de los mercados en los que los Valores se negocien, intentando conseguir la mejor contraprestación total (precio del instrumento financiero y costes) justificantes de órdenes y en todo caso, atendiendo a la Política de Mejor Ejecución. El Cliente será único responsable de cuantas órdenes sean transmitidas por él, así como de cuantas incidencias pudieran derivarse con motivo de las mismas debiendo mantener indemne a Miraltabank de cualquier daño o perjuicio que a ésta se le pudiera causar en relación con las mismas. Las operaciones sobre valores e instrumentos financieros se ejecutarán a través de las oportunas entidades debidamente habilitadas para llevar a cabo la ejecución en el mercado de que se trate, teniendo en cuenta que Xxxxxxxxxxx sólo aceptará órdenes para su ejecución en un mercado cuando, a su exclusivo juicio, tenga directamente, o a través de las entidades antes referidas, plena capacidad operativa y el mismo ofrezca la adecuada seguridad jurídica y de procedimientos para la realización eI archivo de operaciones. Todas las operaciones sobre Valores se efectuarán En reIación con Ias actuaciones que eI COMERCIALIZADOR o Ia Sociedad Gestora IIeve a cabo, tomando en consideración Ias instrucciones o indicaciones dadas por Miraltabank eI CLIENTE, que tengan Ia apariencia de haber sido suministradas por cuenta del Cliente previa orden del ClienteeI TituIar o sus apoderados, en la que habrán de indicarse expresamente, al menos, los siguientes datos: Tipo de operación, Identificación de la clase de Valor, Mercado o Entidad en el caso de órdenes relativas cuanto a acciones o Ias participaciones en Instituciones eI Fondo de Inversión Colectiva nacionales Inversión, eI TituIar acepta indemnizarIes y hacerse cargo de todas Ias recIamaciones, demandas, responsabiIidades, costas, daños, pérdidas, gastos y consecuencias de cuaIquier naturaIeza que pudieran ser promovidas contra eI COMERCIALIZADOR o extranjerasIa Sociedad Gestora o que éstas puedan sufrir, Número contraer o sostener, por razón o en función de títulos haber actuado siguiendo taIes indicaciones. EI TituIar renuncia a cuaIquier recIamación contra Ia Sociedad Gestora o contratos o importe efectivo, Cambio o precio de los títulos o contratos, Vigencia temporal de la orden, Divisa de la operación, Identificación del ordenante, Identificación del número de Cuenta de Valores a la eI COMERCIALIZADOR por su actuación en eI sentido indicado por Ias instrucciones que se asignará la orden; tipo de orden (mercado, límite, stop, etcIes haya cursado.). El Cliente deberá cursar sus órdenes por vía telemática, con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato. La aceptación puntual por parte de Miraltabank de una orden presencial o entregada en soporte papel no vincula a la entidad para aceptar en el futuro órdenes por dichas vías. Miraltabank canalizará al correspondiente mercado o entidad toda orden que le transmita el Cliente cumpliendo con los requisitos señalados, tan pronto como la reciba y siempre que el mercado esté abierto o la entidad acepte la orden, según el caso. Dicha orden se ejecutará, cuando las condiciones xxx xxxxxxx o la entidad lo permitan, de conformidad con las normas que resulten de aplicación. Miraltabank dispone de los procedimientos necesarios para adoptar las medidas razonables que permitan obtener el mejor resultado posible para las operaciones de sus clientes, así como de sistemas de gestión de órdenes que permiten una rápida y correcta ejecución y posterior asignación de las mismas. Un mayor detalle de estas medidas se recoge en la Política de Mejor Ejecución. El Cliente ha obtenido la debida información de esta Política manifestando su conformidad a la misma. El Cliente conoce que Miraltabank mantendrá esta Política actualizada y disponible en todo momento en el sitio xxx.xxxxxxxxxxx.xxx La Política de Mejor Ejecución aplicada por Miraltabank especifica los criterios para determinar la mejor ejecución para los Clientes (minoristas). Dichos criterios también deberán ser observados por los miembros xx xxxxxxx seleccionados por Miraltabank para la ejecución de las órdenes de los clientes. Miraltabank advierte de que si hay una instrucción específica por parte del Cliente podría no aplicarse la Política de Mejor Ejecución lo cual podría impedir la adaptación de medidas por parte de Miraltabank para obtener el mejor resultado posible. En consecuencia, se entenderá que el Banco cumple con sus obligaciones de adoptar los medios razonables para alcanzar el mejor resultado posible al ejecutar o recibir y transmitir a terceros para su ejecución órdenes del Cliente cuando se limite a seguir instrucciones especificas del Cliente.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Apertura De Cuenta, Contrato De Apertura De Cuenta

ÓRDENES DEL CLIENTE. En virtud Las órdenes serán formuIadas por eI CLIENTE a ESFERA CAPITAL a través de este ContratoIos diferentes medios faciIitados por Ia Entidad, Miraltabank queda facultada para transmitir las con Ia debida cIaridad y precisión en cuanto a su aIcance y sentido. ESFERA CAPITAL informará aI CLIENTE Ia ejecución de Xxx órdenes cursadas por el Cliente, recibidas que se entenderán conformes si eI CLIENTE no manifiesta su disconformidad dentro de Ios quince días naturaIes siguientes a otro intermediario habilitado para su ejecución, liquidando, cuando proceda, las operaciones efectuadas, constituyendo y cancelando los oportunos depósitos y firmando cuantos documentos sean necesarios o convenientes a los expresados finesaqueI en eI que reciba de ESFERA CAPITAL Ia correspondiente información. En caso de faIIecimiento deI CLIENTE, ESFERA CAPITAL quedará exonerada de cuaIquier responsabiIidad derivada o que el Cliente ordenese pudiera derivar de operaciones efectuadas con anterioridad aI conocimiento de su muerte por parte de ESFERA CAPITAL. Las actuaciones de ESFERA CAPITAL se desarroIIarán siguiendo Ias órdenes dadas por eI CLIENTE que se integrarán, en su caso, en eI archivo de justificantes de órdenes y en eI archivo de operaciones. En reIación con Ias actuaciones que ESFERA CAPITAL IIeve a cabo, tomando en consideración Ias instrucciones o crea indicaciones dadas por eI CLIENTE, que tengan Ia apariencia de haber colocadosido suministradas por eI CLIENTE o sus apoderados, una instrucción u orden en cuanto a Ios vaIores o eI efectivo vincuIados aI Contrato de Apertura de Cuenta para Ia contratación, custodia y administración en ESFERA CAPITAL, eI CLIENTE acepta indemnizarIes y hacerse cargo de todas Ias recIamaciones, demandas, responsabiIidades, costas, daños, pérdidas, gastos y consecuencias de cuaIquier naturaIeza que pudieran ser promovidas contra ESFERA CAPITAL o que ésta pueda sufrir, contraer o sostener, por razón o en función de haber actuado siguiendo taIes indicaciones. EI CLIENTE renuncia a cuaIquier recIamación contra ESFERA CAPITAL por su actuación en eI sentido indicado por Xxx instrucciones que Xxx haya cursado. ESFERA CAPITAL podrá permitir aI CLIENTE eI envío de órdenes o instrucciones por correo eIectrónico a través de la PlataformaIa dirección faciIitada por eI CLIENTE. Las condiciones asociadas a Ia operativa por este canaI serán Ias mismas que Ias recogidas en este contrato, pero el Cliente no haya recibido confirmación garantizándose Ia seguridad y confidenciaIidad de liquidación/negociación asimismo en la Plataforma, el Cliente debe ponerse en contacto con Miraltabank para verificar si se ha transmitido Ias transacciones. Las órdenes o no o las circunstancias instrucciones por las que no se ha confirmado correo eIectrónico deI CLIENTE deberán reaIizarse a Ia dirección: xxxx@xxxxxxxxxxxxX.xx. EI CLIENTE acepta expresamente Ia vaIidez de Ias órdenes e instrucciones por el Banco al Cliente. Por lo que respecta correo eIectrónico a la suscripción o traspasos que el Cliente puede ordenar través de fondos de inversión extranjeros al amparo del presente Contrato respecto de los cuáles Miraltabank actúe como distribuidor o sub-distribuidor, se informa de que el comercializador será el responsable de la llevanza del registro de partícipe, figurando en el registro de la sociedad gestora de cada fondo únicamente el comercializador. De esta forma las participaciones suscritas por el Cliente figurarán en una cuenta global en la que Miraltabank aparecerá como el comercializador o distribuidor o sub-distribuidor. Miraltabank actuará, en el ámbito del presente Contrato, con sujeción a las reglas y usos de los mercados en los que los Valores se negocien, intentando conseguir la mejor contraprestación total (precio del instrumento financiero y costes) y en todo caso, atendiendo a la Política de Mejor Ejecución. El Cliente será único responsable de cuantas órdenes sean transmitidas por élsu dirección faciIitada, así como decIara conocer adecuadamente eI funcionamiento de cuantas incidencias pudieran derivarse con motivo este canaI. En virtud deI ArtícuIo 3 de las mismas debiendo mantener indemne Ia DIRECTIVA 2006/73/CE DE LA COMISIÓN EUROPEA, Ia provisión de información mediante comunicaciones eIectrónicas se considerará apropiada en eI contexto en que Ia actividad entre Ia empresa y eI cIiente sea, o vaya a Miraltabank de cualquier daño o perjuicio que a ésta se le pudiera causar en relación con las mismas. Las operaciones sobre valores e instrumentos financieros se ejecutarán a través de las oportunas entidades debidamente habilitadas para llevar ser, IIevada a cabo la ejecución en el mercado si existen pruebas de que se trateeI cIiente tiene acceso reguIar a Internet. Se considerará que Ia comunicación por parte deI CLIENTE de una dirección de correo eIectrónico a efectos deI desarroIIo de esa actividad constituye una prueba váIida. EI TituIar, teniendo en cuenta que Xxxxxxxxxxx sólo aceptará órdenes para su ejecución en un mercado cuando, a su exclusivo juicio, tenga directamente, o a través de las entidades antes referidas, plena capacidad operativa y el mismo ofrezca la adecuada seguridad jurídica y de procedimientos para la realización Ia reaIización de operaciones. Todas las operaciones sobre Valores se efectuarán por Miraltabank por cuenta del Cliente previa orden del Cliente, en la que habrán de indicarse expresamentedecIara, al menos, los siguientes datos: Tipo de operación, Identificación de la clase de Valor, Mercado o Entidad en el caso de órdenes relativas a acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva nacionales o extranjeras, Número de títulos o contratos o importe efectivo, Cambio o precio de los títulos o contratos, Vigencia temporal de la orden, Divisa de la operación, Identificación del ordenante, Identificación del número de Cuenta de Valores a la que se asignará la orden; tipo de orden (mercado, límite, stop, etc.). El Cliente deberá cursar sus órdenes por vía telemática, con sujeción a los términos acepta y condiciones del presente Contrato. La aceptación puntual por parte de Miraltabank de una orden presencial o entregada en soporte papel no vincula a la entidad para aceptar en el futuro órdenes por dichas vías. Miraltabank canalizará al correspondiente mercado o entidad toda orden que le transmita el Cliente cumpliendo con los requisitos señalados, tan pronto como la reciba y siempre que el mercado esté abierto o la entidad acepte la orden, según el caso. Dicha orden se ejecutará, cuando las condiciones xxx xxxxxxx o la entidad lo permitan, de conformidad con las normas que resulten de aplicación. Miraltabank dispone de los procedimientos necesarios para adoptar las medidas razonables que permitan obtener el mejor resultado posible para las operaciones de sus clientes, así como de sistemas de gestión de órdenes que permiten una rápida y correcta ejecución y posterior asignación de las mismas. Un mayor detalle de estas medidas se recoge en la Política de Mejor Ejecución. El Cliente ha obtenido la debida información de esta Política manifestando su conformidad a la misma. El Cliente conoce que Miraltabank mantendrá esta Política actualizada y disponible en todo momento en el sitio xxx.xxxxxxxxxxx.xxx La Política de Mejor Ejecución aplicada por Miraltabank especifica los criterios para determinar la mejor ejecución para los Clientes (minoristas). Dichos criterios también deberán ser observados por los miembros xx xxxxxxx seleccionados por Miraltabank para la ejecución de las órdenes de los clientes. Miraltabank advierte de que si hay una instrucción específica por parte del Cliente podría no aplicarse la Política de Mejor Ejecución lo cual podría impedir la adaptación de medidas por parte de Miraltabank para obtener el mejor resultado posible. En consecuencia, se entenderá que el Banco cumple con sus obligaciones de adoptar los medios razonables para alcanzar el mejor resultado posible al ejecutar o recibir y transmitir a terceros para su ejecución órdenes del Cliente cuando se limite a seguir instrucciones especificas del Cliente.conoce:

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Apertura De Cuenta, Contrato De Apertura De Cuenta

ÓRDENES DEL CLIENTE. En virtud El Cliente podrá realizar, a través de este Contratolos canales disponibles en cada momento, Miraltabank queda facultada para transmitir el envío de las órdenes cursadas sobre instrumentos financieros, para su intermediación por el Cliente, a otro intermediario habilitado para su ejecución, liquidando, cuando proceda, Banco. Todas las operaciones efectuadas, constituyendo y cancelando los oportunos depósitos y firmando cuantos documentos sean necesarios o convenientes a los expresados fines. En caso de que el Cliente ordene, o crea haber colocado, una instrucción u orden se realizarán a través de la Plataforma, pero el Cliente no haya recibido confirmación correspondiente orden de liquidaciónvalores y/negociación asimismo en la Plataforma, el Cliente debe ponerse en contacto con Miraltabank para verificar si se ha transmitido o no o las circunstancias por las que no se ha confirmado por el Banco al Cliente. Por lo que respecta a la suscripción o traspasos que el Cliente puede ordenar participaciones de fondos de inversión extranjeros al amparo del presente Contrato respecto de los cuáles Miraltabank actúe como distribuidor o sub-distribuidor, se informa de que el comercializador será el responsable de la llevanza del registro de partícipe, figurando en el registro de la sociedad gestora de cada fondo únicamente el comercializador. De esta forma las participaciones suscritas cursada por el Cliente figurarán o las personas expresas, formal y/o legalmente apoderadas, bajo su responsabilidad y a su propio nombre, a través del Banco. Las órdenes enviadas por el Cliente se entenderán realizadas en firme. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá cancelar o modificar las órdenes, poniéndolo en conocimiento del Banco con la antelación suficiente para que la ejecución de las mismas pueda realizarse de acuerdo con la nueva instrucción enviada. El Banco le comunicará la aceptación de la orden, así como la cancelación o modificación de la misma, en su caso. Las órdenes recibidas fuera del horario y calendario laboral del Banco o de los previstos en el correspondiente folleto informativo de los instrumentos financieros, se tramitarán en el día hábil inmediato siguiente. Las órdenes recibidas, una cuenta global vez aceptadas por el Banco, serán transmitidas a las entidades legalmente habilitadas para ejecutarlas, todo ello de conformidad con lo establecido en la que Miraltabank aparecerá como normativa aplicable a estos mercados. En el comercializador caso de acciones y/o distribuidor participaciones de IIC distribuidas por el Banco, el presente servicio consistirá en la recepción de sus órdenes de suscripción, reembolso y traspaso de las acciones y/o sub-distribuidorparticipaciones de dichas IIC y la transmisión por parte del Banco a la Sociedad Gestora para su formalización y ejecución. Miraltabank actuará, en el ámbito Las órdenes objeto del presente Contrato, con sujeción a las reglas y usos de los mercados en los que los Valores contrato se negocien, intentando conseguir la mejor contraprestación total (precio del instrumento financiero y costes) y en todo caso, atendiendo ejecutarán conforme a la Política de Mejor Ejecuciónmejor ejecución y selección seguida por el Banco. El Cliente será único responsable declara haber recibido información sobre la Política de cuantas órdenes sean transmitidas por élmejor ejecución y selección del Banco. La versión actualizada de la Política está disponible en nuestra página web xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxx.xxxx El Banco se reserva el derecho de, así como de cuantas incidencias pudieran derivarse con motivo de las mismas debiendo mantener indemne carácter previo a Miraltabank la ejecución de cualquier daño orden, asegurarse de la identidad del ordenante, comprobar el saldo de su cuenta, y abstenerse de ejecutar aquellas órdenes que excedan el saldo disponible existente o perjuicio que a ésta criterio del Banco impliquen un nivel de riesgo elevado. El Banco, una vez se le pudiera causar en relación con las mismas. Las operaciones sobre valores e instrumentos financieros se ejecutarán a través de las oportunas entidades debidamente habilitadas para llevar a cabo haya ejecutado la ejecución en el mercado de que se trate, teniendo en cuenta que Xxxxxxxxxxx sólo aceptará órdenes para su ejecución en un mercado cuando, a su exclusivo juicio, tenga directamente, o a través de las entidades antes referidas, plena capacidad operativa y el mismo ofrezca la adecuada seguridad jurídica y de procedimientos para la realización de operaciones. Todas las operaciones sobre Valores se efectuarán por Miraltabank orden por cuenta del Cliente, proporcionará al Cliente, en un soporte duradero, la información esencial referente a la ejecución de la misma y enviará una notificación al Cliente, en un soporte duradero, confirmando la ejecución de la orden tan pronto como sea posible y a más tardar el primer día hábil tras la ejecución o, si el Banco recibe la confirmación de un tercero, a más tardar el primer día hábil tras la recepción de la confirmación xxx xxxxxxx. A estos efectos se entenderá confirmada la orden cuando el Banco comunique al Cliente previa orden la ejecución y el Cliente no manifieste su disconformidad fehaciente en el plazo de dos (2) días desde la recepción de la información. El Banco, facilitará también, a petición del Cliente, en información sobre la que habrán situación de indicarse expresamente, al menos, los siguientes datos: Tipo de operación, Identificación de la clase de Valor, Mercado o Entidad en su orden. En el caso supuesto de órdenes de Clientes relativas a acciones o participaciones en Instituciones un organismo de Inversión Colectiva nacionales o extranjeras, Número de títulos o contratos o importe efectivo, Cambio o precio de los títulos o contratos, Vigencia temporal de la orden, Divisa de la operación, Identificación del ordenante, Identificación del número de Cuenta de Valores a la inversión colectiva que se asignará la orden; tipo de orden (mercadoejecuten periódicamente, límite, stop, etc.). El Cliente deberá cursar sus órdenes por vía telemática, con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato. La aceptación puntual por parte de Miraltabank de una orden presencial o entregada en soporte papel no vincula a la entidad para aceptar en el futuro órdenes por dichas vías. Miraltabank canalizará al correspondiente mercado o entidad toda orden que le transmita el Cliente cumpliendo con los requisitos señalados, tan pronto como la reciba y siempre que el mercado esté abierto o la entidad acepte la orden, según el caso. Dicha orden se ejecutará, cuando las condiciones xxx xxxxxxx o la entidad lo permitan, de conformidad con las normas que resulten de aplicación. Miraltabank dispone de los procedimientos necesarios para adoptar las medidas razonables que permitan obtener el mejor resultado posible para las operaciones de sus clientes, así como de sistemas de gestión de órdenes que permiten una rápida y correcta ejecución y posterior asignación de las mismas. Un mayor detalle de estas medidas se recoge en la Política de Mejor Ejecución. El Cliente ha obtenido la debida información de esta Política manifestando su conformidad a la misma. El Cliente conoce que Miraltabank mantendrá esta Política actualizada y disponible en todo momento en el sitio xxx.xxxxxxxxxxx.xxx La Política de Mejor Ejecución aplicada por Miraltabank especifica los criterios para determinar la mejor ejecución para los Clientes (minoristas). Dichos criterios también deberán ser observados por los miembros xx xxxxxxx seleccionados por Miraltabank para la ejecución de las órdenes de los clientes. Miraltabank advierte de que si hay una instrucción específica por parte del Cliente podría no aplicarse la Política de Mejor Ejecución lo cual podría impedir la adaptación de medidas por parte de Miraltabank para obtener el mejor resultado posible. En consecuencia, se entenderá que el Banco cumple con sus obligaciones de adoptar los medios razonables para alcanzar el mejor resultado posible facilitará al ejecutar o recibir y transmitir a terceros para su ejecución órdenes del Cliente cuando se limite a seguir instrucciones especificas del Cliente, al menos semestralmente, la información exigida legalmente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Custodia Y Administración De Instrumentos Financieros

ÓRDENES DEL CLIENTE. En virtud de este Contrato, Miraltabank queda facultada para transmitir las Las órdenes cursadas serán formuladas por el Cliente, CLIENTE a otro intermediario habilitado para su ejecución, liquidando, cuando proceda, las operaciones efectuadas, constituyendo y cancelando los oportunos depósitos y firmando cuantos documentos sean necesarios o convenientes a los expresados fines. En caso de que el Cliente ordene, o crea haber colocado, una instrucción u orden ESFERA CAPITAL a través de los diferentes medios facilitados por la Plataforma, pero el Cliente no haya recibido confirmación de liquidación/negociación asimismo en la Plataforma, el Cliente debe ponerse en contacto con Miraltabank para verificar si se ha transmitido o no o las circunstancias por las que no se ha confirmado por el Banco al Cliente. Por lo que respecta a la suscripción o traspasos que el Cliente puede ordenar de fondos de inversión extranjeros al amparo del presente Contrato respecto de los cuáles Miraltabank actúe como distribuidor o sub-distribuidor, se informa de que el comercializador será el responsable de la llevanza del registro de partícipe, figurando en el registro de la sociedad gestora de cada fondo únicamente el comercializador. De esta forma las participaciones suscritas por el Cliente figurarán en una cuenta global en la que Miraltabank aparecerá como el comercializador o distribuidor o sub-distribuidor. Miraltabank actuará, en el ámbito del presente ContratoEntidad, con sujeción a las reglas la debida claridad y usos de los mercados precisión en los que los Valores se negocien, intentando conseguir la mejor contraprestación total (precio del instrumento financiero y costes) y en todo caso, atendiendo a la Política de Mejor Ejecución. El Cliente será único responsable de cuantas órdenes sean transmitidas por él, así como de cuantas incidencias pudieran derivarse con motivo de las mismas debiendo mantener indemne a Miraltabank de cualquier daño o perjuicio que a ésta se le pudiera causar en relación con las mismas. Las operaciones sobre valores e instrumentos financieros se ejecutarán a través de las oportunas entidades debidamente habilitadas para llevar a cabo la ejecución en el mercado de que se trate, teniendo en cuenta que Xxxxxxxxxxx sólo aceptará órdenes para su ejecución en un mercado cuando, cuanto a su exclusivo juicio, tenga directamente, o a través de las entidades antes referidas, plena capacidad operativa alcance y el mismo ofrezca la adecuada seguridad jurídica y de procedimientos para la realización de operacionessentido. Todas las operaciones sobre Valores se efectuarán por Miraltabank por cuenta del Cliente previa orden del Cliente, en la que habrán de indicarse expresamente, ESFERA CAPITAL informará al menos, los siguientes datos: Tipo de operación, Identificación de la clase de Valor, Mercado o Entidad en el caso de órdenes relativas a acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva nacionales o extranjeras, Número de títulos o contratos o importe efectivo, Cambio o precio de los títulos o contratos, Vigencia temporal de la orden, Divisa de la operación, Identificación del ordenante, Identificación del número de Cuenta de Valores a la que se asignará la orden; tipo de orden (mercado, límite, stop, etc.). El Cliente deberá cursar sus órdenes por vía telemática, con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato. La aceptación puntual por parte de Miraltabank de una orden presencial o entregada en soporte papel no vincula a la entidad para aceptar en el futuro órdenes por dichas vías. Miraltabank canalizará al correspondiente mercado o entidad toda orden que le transmita el Cliente cumpliendo con los requisitos señalados, tan pronto como la reciba y siempre que el mercado esté abierto o la entidad acepte la orden, según el caso. Dicha orden se ejecutará, cuando las condiciones xxx xxxxxxx o la entidad lo permitan, de conformidad con las normas que resulten de aplicación. Miraltabank dispone de los procedimientos necesarios para adoptar las medidas razonables que permitan obtener el mejor resultado posible para las operaciones de sus clientes, así como de sistemas de gestión de órdenes que permiten una rápida y correcta ejecución y posterior asignación de las mismas. Un mayor detalle de estas medidas se recoge en la Política de Mejor Ejecución. El Cliente ha obtenido la debida información de esta Política manifestando su conformidad a la misma. El Cliente conoce que Miraltabank mantendrá esta Política actualizada y disponible en todo momento en el sitio xxx.xxxxxxxxxxx.xxx La Política de Mejor Ejecución aplicada por Miraltabank especifica los criterios para determinar la mejor ejecución para los Clientes (minoristas). Dichos criterios también deberán ser observados por los miembros xx xxxxxxx seleccionados por Miraltabank para CLIENTE la ejecución de las órdenes recibidas que se entenderán conformes si el CLIENTE no manifiesta su disconformidad dentro de los clientesquince días naturales siguientes a aquel en el que reciba de ESFERA CAPITAL la correspondiente información. Miraltabank advierte En caso de fallecimiento del CLIENTE, ESFERA CAPITAL quedará exonerada de cualquier responsabilidad derivada o que se pudiera derivar de operaciones efectuadas con anterioridad al conocimiento de su muerte por parte de ESFERA CAPITAL. Las actuaciones de ESFERA CAPITAL se desarrollarán siguiendo las órdenes dadas por el CLIENTE que se integrarán, en su caso, en el archivo de justificantes de órdenes y en el archivo de operaciones. En relación con las actuaciones que ESFERA CAPITAL lleve a cabo, tomando en consideración las instrucciones o indicaciones dadas por el CLIENTE, que tengan la apariencia de haber sido suministradas por el CLIENTE o sus apoderados, en cuanto a los valores o el efectivo vinculados al Contrato de Apertura de Cuenta para la contratación, custodia y administración en ESFERA CAPITAL, el CLIENTE acepta indemnizarles y hacerse cargo de todas las reclamaciones, demandas, responsabilidades, costas, daños, pérdidas, gastos y consecuencias de cualquier naturaleza que pudieran ser promovidas contra ESFERA CAPITAL o que ésta pueda sufrir, contraer o sostener, por razón o en función de haber actuado siguiendo tales indicaciones. El CLIENTE renuncia a cualquier reclamación contra ESFERA CAPITAL por su actuación en el sentido indicado por las instrucciones que les haya cursado. ESFERA CAPITAL podrá permitir al CLIENTE el envío de órdenes o instrucciones por correo electrónico a través de la dirección facilitada por el CLIENTE. Las condiciones asociadas a la operativa por este canal serán las mismas que las recogidas en este contrato, garantizándose la seguridad y confidencialidad de las transacciones. El CLIENTE acepta expresamente la validez de las órdenes e instrucciones por correo electrónico a través de su dirección facilitada por él mismo, así como declara conocer adecuadamente el funcionamiento de este canal. En virtud del Artículo 3 de la DIRECTIVA 2006/73/CE DE LA COMISIÓN EUROPEA, la provisión de información mediante comunicaciones electrónicas se considerará apropiada en el contexto en que la actividad entre la empresa y el cliente sea, o vaya a ser, llevada a cabo si existen pruebas de que si hay una instrucción específica el cliente tiene acceso regular a Internet. Se considerará que la comunicación por parte del Cliente podría no aplicarse la Política CLIENTE de Mejor Ejecución lo cual podría impedir la adaptación una dirección de medidas por parte correo electrónico a efectos del desarrollo de Miraltabank para obtener el mejor resultado posible. En consecuencia, se entenderá que el Banco cumple con sus obligaciones de adoptar los medios razonables para alcanzar el mejor resultado posible al ejecutar o recibir y transmitir a terceros para su ejecución órdenes del Cliente cuando se limite a seguir instrucciones especificas del Clienteesa actividad constituye una prueba válida.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Apertura De Cuenta De Autotrading Para

ÓRDENES DEL CLIENTE. Las órdenes serán formuladas por el CLIENTE a ESFERA CAPITAL GESTIÓN a través de los diferentes medios facilitados por la Entidad, con la debida claridad y precisión en cuanto a su alcance y sentido, de la manera que se indica a continuación, y serán ejecutadas por la ENTIDAD dentro de los plazos que en ellas se indiquen o con la mayor celeridad posible. No se considerará hecho el ingreso en la cuenta del Fondo hasta la fecha de abono de la trasferencia. Para la tramitación de REEMBOLSOS, el Partícipe deberá entregar a ESFERA CAPITAL GESTIÓN, una orden de reembolso, teniendo presente que la firma del partícipe deberá estar reconocida por la Sociedad Gestora. ESFERA CAPITAL informará al CLIENTE la ejecución de las órdenes recibidas que se entenderán conformes si el CLIENTE no manifiesta su disconformidad dentro de los quince días naturales siguientes a aquel en el que reciba de ESFERA CAPITAL GESTIÓN la correspondiente información. En caso de fallecimiento del CLIENTE, ESFERA CAPITAL GESTIÓN quedará exonerada de cualquier responsabilidad derivada o que se pudiera derivar de operaciones efectuadas con anterioridad al conocimiento de su muerte por parte de ESFERA CAPITAL GESTIÓN. Las actuaciones de ESFERA CAPITAL GESTIÓN se desarrollarán siguiendo las órdenes dadas por el CLIENTE que se integrarán, en su caso, en el archivo de justificantes de órdenes y en el archivo de operaciones. En relación con las actuaciones que ESFERA CAPITAL GESTIÓN lleve a cabo, tomando en consideración las instrucciones o indicaciones dadas por el CLIENTE, que tengan la apariencia de haber sido suministradas por el CLIENTE o sus apoderados, en cuanto a las participaciones vinculadas al Contrato de Apertura de Cuenta partícipe en ESFERA CAPITAL GESTIÓN, el CLIENTE acepta indemnizarles y hacerse cargo de todas las reclamaciones, demandas, responsabilidades, costas, daños, pérdidas, gastos y consecuencias de cualquier naturaleza que pudieran ser promovidas contra ESFERA CAPITAL GESTIÓN o que ésta pueda sufrir, contraer o sostener, por razón o en función de haber actuado siguiendo tales indicaciones. El CLIENTE renuncia a cualquier reclamación contra ESFERA CAPITAL GESTIÓN por su actuación en el sentido indicado por las instrucciones que les haya cursado. ESFERA CAPITAL GESTIÓN podrá permitir al CLIENTE el envío de órdenes o instrucciones por correo electrónico a través de la dirección facilitada por el CLIENTE. Las condiciones asociadas a la operativa por este canal serán las mismas que las recogidas en este contrato, garantizándose la seguridad y confidencialidad de las transacciones. Las órdenes o instrucciones por correo electrónico del CLIENTE deberán realizarse a la dirección: xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx. El CLIENTE acepta expresamente la validez de las órdenes e instrucciones por correo electrónico a través de su dirección facilitada por él mismo, así como declara conocer adecuadamente el funcionamiento de este canal. En virtud del Artículo 3 de este Contratola DIRECTIVA 2006/73/CE DE LA COMISIÓN EUROPEA, Miraltabank queda facultada para transmitir las órdenes cursadas la provisión de información mediante comunicaciones electrónicas se considerará apropiada en el contexto en que la actividad entre la empresa y el cliente sea, o vaya a ser, llevada a cabo si existen pruebas de que el cliente tiene acceso regular a Internet. Se considerará que la comunicación por el Cliente, parte del CLIENTE de una dirección de correo electrónico a otro intermediario habilitado para su ejecución, liquidando, cuando proceda, las operaciones efectuadas, constituyendo y cancelando los oportunos depósitos y firmando cuantos documentos sean necesarios o convenientes a los expresados finesefectos del desarrollo de esa actividad constituye una prueba válida. En caso de que el Cliente ordene, o crea haber colocado, una instrucción u curse la orden a través de la Plataforma, pero el Cliente no haya recibido confirmación compra de liquidación/negociación asimismo en la Plataformaun Fondo de Inversión por teléfono, el Cliente debe ponerse conoce que le será de aplicación lo dispuesto en contacto con Miraltabank para verificar si se ha transmitido o no o las circunstancias por las el presente contrato y que no se ha confirmado por el Banco al Cliente. Por lo que respecta a podrá solicitar la suscripción o traspasos que el Cliente puede ordenar de fondos de inversión extranjeros al amparo del presente Contrato respecto de los cuáles Miraltabank actúe como distribuidor o sub-distribuidor, se informa de que el comercializador será el responsable grabación de la llevanza del registro conversación durante un período de partícipe, figurando en el registro de la sociedad gestora de cada fondo únicamente el comercializador. De esta forma las participaciones suscritas por el Cliente figurarán en una cuenta global en la que Miraltabank aparecerá como el comercializador o distribuidor o sub-distribuidor. Miraltabank actuará, en el ámbito del presente Contrato, con sujeción a las reglas y usos de los mercados en los que los Valores se negocien, intentando conseguir la mejor contraprestación total (precio del instrumento financiero y costes) y en todo caso, atendiendo a la Política de Mejor Ejecución. El Cliente será único responsable de cuantas órdenes sean transmitidas por él, así como de cuantas incidencias pudieran derivarse con motivo de las mismas debiendo mantener indemne a Miraltabank de cualquier daño o perjuicio que a ésta se le pudiera causar en relación con las mismas. Las operaciones sobre valores e instrumentos financieros se ejecutarán a través de las oportunas entidades debidamente habilitadas para llevar a cabo la ejecución en el mercado de que se trate, teniendo en cuenta que Xxxxxxxxxxx sólo aceptará órdenes para su ejecución en un mercado cuando, a su exclusivo juicio, tenga directamente, o a través de las entidades antes referidas, plena capacidad operativa y el mismo ofrezca la adecuada seguridad jurídica y de procedimientos para la realización de operaciones. Todas las operaciones sobre Valores se efectuarán por Miraltabank por cuenta del Cliente previa orden del Cliente, en la que habrán de indicarse expresamente, al menos, los siguientes datos: Tipo de operación, Identificación de la clase de Valor, Mercado o Entidad en el caso de órdenes relativas a acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva nacionales o extranjeras, Número de títulos o contratos o importe efectivo, Cambio o precio de los títulos o contratos, Vigencia temporal de la orden, Divisa de la operación, Identificación del ordenante, Identificación del número de Cuenta de Valores a la que se asignará la orden; tipo de orden (mercado, límite, stop, etccinco años.). El Cliente deberá cursar sus órdenes por vía telemática, con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato. La aceptación puntual por parte de Miraltabank de una orden presencial o entregada en soporte papel no vincula a la entidad para aceptar en el futuro órdenes por dichas vías. Miraltabank canalizará al correspondiente mercado o entidad toda orden que le transmita el Cliente cumpliendo con los requisitos señalados, tan pronto como la reciba y siempre que el mercado esté abierto o la entidad acepte la orden, según el caso. Dicha orden se ejecutará, cuando las condiciones xxx xxxxxxx o la entidad lo permitan, de conformidad con las normas que resulten de aplicación. Miraltabank dispone de los procedimientos necesarios para adoptar las medidas razonables que permitan obtener el mejor resultado posible para las operaciones de sus clientes, así como de sistemas de gestión de órdenes que permiten una rápida y correcta ejecución y posterior asignación de las mismas. Un mayor detalle de estas medidas se recoge en la Política de Mejor Ejecución. El Cliente ha obtenido la debida información de esta Política manifestando su conformidad a la misma. El Cliente conoce que Miraltabank mantendrá esta Política actualizada y disponible en todo momento en el sitio xxx.xxxxxxxxxxx.xxx La Política de Mejor Ejecución aplicada por Miraltabank especifica los criterios para determinar la mejor ejecución para los Clientes (minoristas). Dichos criterios también deberán ser observados por los miembros xx xxxxxxx seleccionados por Miraltabank para la ejecución de las órdenes de los clientes. Miraltabank advierte de que si hay una instrucción específica por parte del Cliente podría no aplicarse la Política de Mejor Ejecución lo cual podría impedir la adaptación de medidas por parte de Miraltabank para obtener el mejor resultado posible. En consecuencia, se entenderá que el Banco cumple con sus obligaciones de adoptar los medios razonables para alcanzar el mejor resultado posible al ejecutar o recibir y transmitir a terceros para su ejecución órdenes del Cliente cuando se limite a seguir instrucciones especificas del Cliente.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Apertura De Cuenta De Partícipe

ÓRDENES DEL CLIENTE. Las órdenes de suscripción, traspaso o reembolso serán formuladas por el CLIENTE al COMERCIALIZADOR por cualquiera de los medios aceptados por éste con la debida claridad y precisión en cuanto a su alcance y sentido, de la manera que se indica a continuación, y serán ejecutadas por la ENTIDAD dentro de los plazos que en ellas se indiquen o con la mayor celeridad posible: * En virtud la primera aportación, el cliente deberá indicar en la solicitud de suscripción del Fondo que ésta corresponde a la primera suscripción. Esta documentación deberá cumplimentarse para cada uno de los Fondos en que se desee invertir. * La ENTIDAD adjudicará un código de cliente al Titular/es de la solicitud. Este código será el que identificará siempre al Partícipe. * El medio de pago autorizado será el de transferencia bancaria a favor del Fondo. No se considerará hecho el ingreso en la cuenta del Fondo hasta la fecha de abono de la trasferencia. * Para la tramitación de REEMBOLSOS, el Partícipe deberá entregar al COMERCIALIZADOR directamente, o bien a la ENTIDAD, según proceda, una orden de reembolso, teniendo presente que la firma del Partícipe deberá estar reconocida por el COMERCIALIZADOR o por la Sociedad Gestora. Se recomienda entregar las órdenes de reembolso al COMERCIALIZADOR con el fin de agilizar la operativa. * El titular autoriza expresamente que, en caso de solicitud de traspaso, se cedan los datos personales de su Fondo a la Entidad de destino que solicitara, por cuenta del mismo, dicho traspaso. Suscripción a nombre de varios titulares, poderes y autorizaciones: El CLIENTE puede ser tanto una, como varias personas físicas o jurídicas. Se pacta expresamente que cuando la titularidad esté ostentada por más de una persona, actuarán de forma solidaria y con disponibilidad indistinta, de manera que se entenderá que los cotitulares se conceden poder recíproco, para que cualquiera de ellos, indistinta y solidariamente, pueda realizar en representación de los restantes, todos los derechos dimanantes de este Contratocontrato, Miraltabank queda facultada para transmitir así como toda clase de actos de reembolso y traspaso de las órdenes cursadas participaciones suscritas. No obstante lo anterior, las modificaciones, renuncias o revocaciones de las facultades de los cotitulares, deberán ser ordenados por la totalidad de los cotitulares. En todo caso, todos ellos responderán solidariamente por el Cliente, a otro intermediario habilitado para su ejecución, liquidando, cuando proceda, incumplimiento de cualquiera de las operaciones efectuadas, constituyendo y cancelando los oportunos depósitos y firmando cuantos documentos sean necesarios o convenientes a los expresados finesobligaciones contenidas en el presente contrato. En caso de que el Cliente ordenefallecimiento de alguno de los titulares se estará a lo contenido en las disposiciones hereditarias. Asimismo, los herederos, legatarios o crea haber colocadoejecutores testamentarios del fallecido no podrán disponer de las participaciones mientras no acrediten su derecho a suceder al causante o a disponer de los mismos, una instrucción u orden a través previa acreditación, en su caso, del cumplimiento de las obligaciones fiscales vigentes y la aportación de la Plataforma, pero el Cliente no haya recibido confirmación documentación necesaria para realizar los cambios de liquidación/negociación asimismo en la Plataforma, el Cliente debe ponerse en contacto con Miraltabank para verificar si se ha transmitido o no o titularidad pertinentes. El Partícipe Titular conoce las circunstancias por las que no se ha confirmado por el Banco al Cliente. Por lo que respecta autorizaciones dadas a la suscripción o traspasos que el Cliente puede ordenar de fondos de inversión extranjeros al amparo del presente Contrato respecto de los cuáles Miraltabank actúe como distribuidor o sub-distribuidorterceros, se informa de que el comercializador será el responsable de la llevanza del registro de partícipe, figurando en el registro de la sociedad gestora de cada fondo únicamente el comercializador. De esta forma las participaciones suscritas por el Cliente figurarán en una cuenta global en la que Miraltabank aparecerá como el comercializador o distribuidor o sub-distribuidor. Miraltabank actuará, en el ámbito del presente Contrato, con sujeción a las reglas y usos de los mercados en los que los Valores se negocien, intentando conseguir la mejor contraprestación total (precio del instrumento financiero y costes) y en todo caso, atendiendo a la Política de Mejor Ejecución. El Cliente será único responsable de cuantas órdenes sean transmitidas por él, así como de cuantas incidencias pudieran derivarse con motivo responsabiliza de las mismas debiendo mantener indemne y acepta los reembolsos y disposiciones pertinentes. Asimismo, está obligado a Miraltabank notificar por escrito a la Sociedad Gestora la revocación de cualquier daño o perjuicio que a ésta se le pudiera causar en relación con las mismas. Las operaciones sobre valores e instrumentos financieros se ejecutarán a través los poderes cancelados, independientemente de las oportunas entidades debidamente habilitadas para llevar a cabo la ejecución inscripciones que puedan causarse en el mercado de que se trateRegistro Mercantil, teniendo en cuenta que Xxxxxxxxxxx sólo aceptará órdenes para su ejecución en un mercado cuando, si a su exclusivo juicio, tenga directamente, o a través de las entidades antes referidas, plena capacidad operativa y el mismo ofrezca la adecuada seguridad jurídica y de procedimientos para la realización de operaciones. Todas las operaciones sobre Valores se efectuarán por Miraltabank por cuenta del Cliente previa orden del Cliente, en la que habrán de indicarse expresamente, al menos, los siguientes datos: Tipo de operación, Identificación de la clase de Valor, Mercado o Entidad en el caso de órdenes relativas a acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva nacionales o extranjeras, Número de títulos o contratos o importe efectivo, Cambio o precio de los títulos o contratos, Vigencia temporal de la orden, Divisa de la operación, Identificación del ordenante, Identificación del número de Cuenta de Valores a la que se asignará la orden; tipo de orden (mercado, límite, stop, etc.)ello estuviera obligado. El Cliente deberá cursar sus órdenes por vía telemática, con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato. La aceptación puntual por parte de Miraltabank de una orden presencial COMERCIALIZADOR o entregada en soporte papel no vincula a la entidad para aceptar en el futuro órdenes por dichas vías. Miraltabank canalizará LA ENTIDAD confirmará al correspondiente mercado o entidad toda orden que le transmita el Cliente cumpliendo con los requisitos señalados, tan pronto como la reciba y siempre que el mercado esté abierto o la entidad acepte la orden, según el caso. Dicha orden se ejecutará, cuando las condiciones xxx xxxxxxx o la entidad lo permitan, de conformidad con las normas que resulten de aplicación. Miraltabank dispone de los procedimientos necesarios para adoptar las medidas razonables que permitan obtener el mejor resultado posible para las operaciones de sus clientes, así como de sistemas de gestión de órdenes que permiten una rápida y correcta ejecución y posterior asignación de las mismas. Un mayor detalle de estas medidas se recoge en la Política de Mejor Ejecución. El Cliente ha obtenido la debida información de esta Política manifestando su conformidad a la misma. El Cliente conoce que Miraltabank mantendrá esta Política actualizada y disponible en todo momento en el sitio xxx.xxxxxxxxxxx.xxx La Política de Mejor Ejecución aplicada por Miraltabank especifica los criterios para determinar la mejor ejecución para los Clientes (minoristas). Dichos criterios también deberán ser observados por los miembros xx xxxxxxx seleccionados por Miraltabank para CLIENTE la ejecución de las órdenes recibidas que se entenderán conformes si el CLIENTE no manifiesta su disconformidad dentro de los clientesquince días naturales siguientes a aquel en el que reciba del COMERCIALIZADOR o la ENTIDAD la correspondiente notificación. Miraltabank advierte En caso de fallecimiento del CLIENTE, la ENTIDAD quedará exonerada de cualquier responsabilidad derivada o que si hay una instrucción específica por parte del Cliente podría no aplicarse la Política se pudiera derivar de Mejor Ejecución lo cual podría impedir la adaptación operaciones efectuadas con anterioridad al conocimiento de medidas su muerte por parte de Miraltabank para obtener la ENTIDAD. Las actuaciones del COMERCIALIZADOR o la ENTIDAD se desarrollarán siguiendo las órdenes dadas por el mejor resultado posibleCLIENTE que se integrarán, en su caso, en el archivo de justificantes de órdenes y en el archivo de operaciones. En consecuencia, se entenderá relación con las actuaciones que el Banco cumple con COMERCIALIZADOR o la Sociedad Gestora lleve a cabo, tomando en consideración las instrucciones o indicaciones dadas por el CLIENTE, que tengan la apariencia de haber sido suministradas por el Titular o sus obligaciones apoderados, en cuanto a las participaciones en el Fondo de adoptar los medios razonables para alcanzar Inversión, el mejor resultado posible al ejecutar Titular acepta indemnizarles y hacerse cargo de todas las reclamaciones, demandas, responsabilidades, costas, daños, pérdidas, gastos y consecuencias de cualquier naturaleza que pudieran ser promovidas contra el COMERCIALIZADOR o recibir y transmitir la Sociedad Gestora o que éstas puedan sufrir, contraer o sostener, por razón o en función de haber actuado siguiendo tales indicaciones. El Titular renuncia a terceros para cualquier reclamación contra la Sociedad Gestora o el COMERCIALIZADOR por su ejecución órdenes del Cliente cuando se limite a seguir actuación en el sentido indicado por las instrucciones especificas del Clienteque les haya cursado.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Apertura De Cuenta

ÓRDENES DEL CLIENTE. En virtud de este Contrato, Miraltabank queda facultada para transmitir las Las órdenes cursadas serán formuladas por el Cliente, CLIENTE a otro intermediario habilitado para su ejecución, liquidando, cuando proceda, las operaciones efectuadas, constituyendo y cancelando los oportunos depósitos y firmando cuantos documentos sean necesarios o convenientes a los expresados fines. En caso de que el Cliente ordene, o crea haber colocado, una instrucción u orden ESFERA CAPITAL a través de los diferentes medios facilitados por la Plataforma, pero el Cliente no haya recibido confirmación de liquidación/negociación asimismo en la Plataforma, el Cliente debe ponerse en contacto con Miraltabank para verificar si se ha transmitido o no o las circunstancias por las que no se ha confirmado por el Banco al Cliente. Por lo que respecta a la suscripción o traspasos que el Cliente puede ordenar de fondos de inversión extranjeros al amparo del presente Contrato respecto de los cuáles Miraltabank actúe como distribuidor o sub-distribuidor, se informa de que el comercializador será el responsable de la llevanza del registro de partícipe, figurando en el registro de la sociedad gestora de cada fondo únicamente el comercializador. De esta forma las participaciones suscritas por el Cliente figurarán en una cuenta global en la que Miraltabank aparecerá como el comercializador o distribuidor o sub-distribuidor. Miraltabank actuará, en el ámbito del presente ContratoEntidad, con sujeción a las reglas la debida claridad y usos de los mercados precisión en los que los Valores se negocien, intentando conseguir la mejor contraprestación total (precio del instrumento financiero y costes) y en todo caso, atendiendo a la Política de Mejor Ejecución. El Cliente será único responsable de cuantas órdenes sean transmitidas por él, así como de cuantas incidencias pudieran derivarse con motivo de las mismas debiendo mantener indemne a Miraltabank de cualquier daño o perjuicio que a ésta se le pudiera causar en relación con las mismas. Las operaciones sobre valores e instrumentos financieros se ejecutarán a través de las oportunas entidades debidamente habilitadas para llevar a cabo la ejecución en el mercado de que se trate, teniendo en cuenta que Xxxxxxxxxxx sólo aceptará órdenes para su ejecución en un mercado cuando, cuanto a su exclusivo juicio, tenga directamente, o a través de las entidades antes referidas, plena capacidad operativa alcance y el mismo ofrezca la adecuada seguridad jurídica y de procedimientos para la realización de operacionessentido. Todas las operaciones sobre Valores se efectuarán por Miraltabank por cuenta del Cliente previa orden del Cliente, en la que habrán de indicarse expresamente, ESFERA CAPITAL informará al menos, los siguientes datos: Tipo de operación, Identificación de la clase de Valor, Mercado o Entidad en el caso de órdenes relativas a acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva nacionales o extranjeras, Número de títulos o contratos o importe efectivo, Cambio o precio de los títulos o contratos, Vigencia temporal de la orden, Divisa de la operación, Identificación del ordenante, Identificación del número de Cuenta de Valores a la que se asignará la orden; tipo de orden (mercado, límite, stop, etc.). El Cliente deberá cursar sus órdenes por vía telemática, con sujeción a los términos y condiciones del presente Contrato. La aceptación puntual por parte de Miraltabank de una orden presencial o entregada en soporte papel no vincula a la entidad para aceptar en el futuro órdenes por dichas vías. Miraltabank canalizará al correspondiente mercado o entidad toda orden que le transmita el Cliente cumpliendo con los requisitos señalados, tan pronto como la reciba y siempre que el mercado esté abierto o la entidad acepte la orden, según el caso. Dicha orden se ejecutará, cuando las condiciones xxx xxxxxxx o la entidad lo permitan, de conformidad con las normas que resulten de aplicación. Miraltabank dispone de los procedimientos necesarios para adoptar las medidas razonables que permitan obtener el mejor resultado posible para las operaciones de sus clientes, así como de sistemas de gestión de órdenes que permiten una rápida y correcta ejecución y posterior asignación de las mismas. Un mayor detalle de estas medidas se recoge en la Política de Mejor Ejecución. El Cliente ha obtenido la debida información de esta Política manifestando su conformidad a la misma. El Cliente conoce que Miraltabank mantendrá esta Política actualizada y disponible en todo momento en el sitio xxx.xxxxxxxxxxx.xxx La Política de Mejor Ejecución aplicada por Miraltabank especifica los criterios para determinar la mejor ejecución para los Clientes (minoristas). Dichos criterios también deberán ser observados por los miembros xx xxxxxxx seleccionados por Miraltabank para CLIENTE la ejecución de las órdenes recibidas que se entenderán conformes si el CLIENTE no manifiesta su disconformidad dentro de los clientesquince días naturales siguientes a aquel en el que reciba de ESFERA CAPITAL la correspondiente información. Miraltabank advierte En caso de fallecimiento del CLIENTE, ESFERA CAPITAL quedará exonerada de cualquier responsabilidad derivada o que se pudiera derivar de operaciones efectuadas con anterioridad al conocimiento de su muerte por parte de ESFERA CAPITAL. Las actuaciones de ESFERA CAPITAL se desarrollarán siguiendo las órdenes dadas por el CLIENTE que se integrarán, en su caso, en el archivo de justificantes de órdenes y en el archivo de operaciones. En relación con las actuaciones que ESFERA CAPITAL lleve a cabo, tomando en consideración las instrucciones o indicaciones dadas por el CLIENTE, que tengan la apariencia de haber sido suministradas por el CLIENTE o sus apoderados, en cuanto a los valores o el efectivo vinculados al Contrato de Apertura de Cuenta para la contratación, custodia y administración en ESFERA CAPITAL, el CLIENTE acepta indemnizarles y hacerse cargo de todas las reclamaciones, demandas, responsabilidades, costas, daños, pérdidas, gastos y consecuencias de cualquier naturaleza que pudieran ser promovidas contra ESFERA CAPITAL o que ésta pueda sufrir, contraer o sostener, por razón o en función de haber actuado siguiendo tales indicaciones. El CLIENTE renuncia a cualquier reclamación contra ESFERA CAPITAL por su actuación en el sentido indicado por las instrucciones que les haya cursado. ESFERA CAPITAL podrá permitir al CLIENTE el envío de órdenes o instrucciones por correo electrónico a través de la dirección facilitada por el CLIENTE. Las condiciones asociadas a la operativa por este canal serán las mismas que las recogidas en este contrato, garantizándose la seguridad y confidencialidad de las transacciones. Las órdenes o instrucciones por correo electrónico del CLIENTE deberán realizarse a la dirección: xxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx. El CLIENTE acepta expresamente la validez de las órdenes e instrucciones por correo electrónico a través de su dirección facilitada, así como declara conocer adecuadamente el funcionamiento de este canal. En virtud del Artículo 3 de la DIRECTIVA 2006/73/CE DE LA COMISIÓN EUROPEA, la provisión de información mediante comunicaciones electrónicas se considerará apropiada en el contexto en que la actividad entre la empresa y el cliente sea, o vaya a ser, llevada a cabo si existen pruebas de que si hay una instrucción específica el cliente tiene acceso regular a Internet. Se considerará que la comunicación por parte del Cliente podría no aplicarse CLIENTE de una dirección de correo electrónico a efectos del desarrollo de esa actividad constituye una prueba válida. El Titular, en la Política realización de Mejor Ejecución lo cual podría impedir la adaptación de medidas por parte de Miraltabank para obtener el mejor resultado posible. En consecuenciaoperaciones, se entenderá que el Banco cumple con sus obligaciones de adoptar los medios razonables para alcanzar el mejor resultado posible al ejecutar o recibir declara, acepta y transmitir a terceros para su ejecución órdenes del Cliente cuando se limite a seguir instrucciones especificas del Cliente.conoce:

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Apertura De Cuenta