VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. La Subgerencia de Contratación designará el Comité Evaluador, el cual se constituye en el órgano responsable de la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes, evaluación de las ofertas presentadas y de la determinación del orden de elegibilidad, con sujeción a lo establecido en el presente documento. En desarrollo de su labor, el Comité Evaluador procederá a la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes y suscribirá las comunicaciones mediante las cuales se soliciten aclaraciones o subsanaciones en el plazo establecido en el cronograma del proceso contenido en el presente documento o en su defecto determinando el plazo durante el cual los interesados pueden contestar y/o aportar los documentos necesarios para aclarar o subsanar. Recibidas las aclaraciones y/o subsanaciones requeridas, el Comité Evaluador las analizará y expedirá el informe de evaluación, al cual se dará traslado por el término establecido en el cronograma del proceso, publicándolo en la plataforma del SECOP II para que los interesados presenten observaciones. Las observaciones al informe de evaluación se resolverán por parte del Comité Evaluador dentro del plazo establecido para el efecto en el cronograma del proceso. NOTA 3: La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el oferente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el Comité Evaluador y únicamente a través de la plataforma del SECOP II.
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. La Subgerencia de Contratación, en coordinación con el área financiera y la dependencia interesada, designará el Comité Evaluador, el cual se constituye en el órgano responsable de la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes, evaluación de las ofertas presentadas y de la determinación del orden de elegibilidad, con sujeción a lo establecido en el presente documento.
VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. De acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los proponentes serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgarán puntaje. En consecuencia, la entidad verificará los factores establecidos como HABILITADO o NO HABILITADO. JURÍDICOS HABILITADO/ NO HABILITADO FINANCIEROS HABILITADO / NO HABILITADO TÉCNICOS HABILITADO / NO HABILITADO La entidad verificará que los proponentes que participen en el proceso de selección se encuentren capaces legalmente para obligarse a cumplir el objeto del contrato y que no estén incursos en inhabilidades o incompatibilidades que impidan la celebración del contrato, derivadas de la ley. El proponente deberá presentar la carta de presentación de la oferta, según el modelo suministrado por la entidad en el FORMATO - CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA y los requisitos establecidos en el presente pliego de condiciones. La carta de presentación de la oferta deberá estar firmada por el proponente si es persona natural, por el representante legal del proponente de la persona jurídica o por el representante designado en el documento de constitución, si se trata de proponente plural, o por el apoderado debidamente facultado. El proponente deberá acreditar su existencia y representación legal, mediante la presentación del certificado original expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio o la entidad competente social, donde se acredite que está constituida con por lo menos un (1) año de anterioridad al cierre del presente proceso y en el que conste que su objeto social está relacionado con el objeto de la presente contratación, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días anteriores a la fecha de cierre del proceso. Si el proponente es persona jurídica, consorcio o unión temporal, deben acreditar que su duración no será inferior al plazo de ejecución del contrato, su liquidación y un (1) año más. Fotocopia de la cedula de ciudadanía del representante legal o apoderado. En caso de unión temporal o consorcio se deberá presentar el documento de identificación de cada uno de los representantes legales o apoderados de los integrantes que la conforman. Igualmente, deberá acreditar la suficiencia de la capacidad del Representante Legal para la presentación de la oferta y para la suscripción del contrato ofre...

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  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

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