Veracidad de la información Cláusulas de Ejemplo

Veracidad de la información. Tanto la valoración del riesgo como la determinación de la prima del seguro se fundamenta en la información que el asegurado facilita a la Entidad Aseguradora, bien mediante el oportuno cuestionario u otro documento o de forma verbal, para realizar el proyecto y/o la solicitud, por lo que la misma debe ser veraz. Su inexactitud o insuficiencia puede dar lugar a la pérdida del derecho a la prestación si hubiere mediado dolo o culpa grave, o la indem- nización puede reducirse proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiera aplicado de haberse conocido la verdadera enti- dad del riesgo por aplicación de la Regla de Equidad o la Regla proporcional, tal y como se recoge en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro ( artículos 10 y 30).
Veracidad de la información. El Pasajero debe suministrar al Transportador, agencia de viajes u operador turístico, información veraz sobre sus datos personales. En caso de que la información dada sea errónea, incompleta o inexacta, se le exime al Transportador de la responsabilidad de informar al usuario sobre los cambios que ocurran en los vuelos e itinerarios.
Veracidad de la información. El(los) Contratante(s), el(los) Solicitante(s) y su(s) Obligado(s) Solidario(s), manifiestan bajo protesta de decir verdad que la información y/o documentación proporcionada en la presente Póliza, así como en la entrevista personal que en términos de las Disposiciones de carácter general a que se refieren los artículos 492 y 494 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas se les realiza y/o en el cuestionario respectivo, que sirve de base a la Aseguradora para otorgar cada Certificado Individual de Seguro de Caución, es veraz y se encuentra estrictamente apegada a la realidad, responsabilizándose de la misma y que en caso de ser falsa o inexacta, con independencia de las acciones civiles y/o penales.
Veracidad de la información. 16.1. EL (LA)(LOS) PRESTATARIO (A)(S) declara(n) que toda la información y documentación proporcionada es verdadera y en caso de detectarse fraude y falsedad en la misma, estarán sujetos a las acciones legales correspondientes por parte de LA CAJA.
Veracidad de la información. De comprobarse la falta de veracidad de la información requerida por este Gobierno, ya sea con carácter de declaración jurada y/o documentación aportada, acarreará para el oferente y/o adjudicatario una penalidad equivalente al importe constituido en concepto de garantía de mantenimiento de la oferta o garantía de cumplimiento del contrato, según corresponda y sin perjuicio de proceder al descarte de la oferta o caducidad del contrato.
Veracidad de la información. EL TARJETAHABIENTE TITULAR Y/O EL(LOS) TARJETA HABIENTE(S) ADICIONAL(ES) manifiesta que toda la información suministrada a EL BANCO es completa y verdadera y EL BANCO queda expresamente autorizado para verificarla en cualquier forma.
Veracidad de la información. El Acreditado deberá conducirse con la verdad en relación con la información que le soliciten y entregue al Acreditante y/o al Fiduciario de Pago, es decir, que cualquier información presentada por el Acreditado al Acreditante, no sea declarada falsa o dolosamente incorrecta o incompleta.
Veracidad de la información. El Estado deberá conducirse con la verdad en relación con la información que le soliciten y entregue al Acreditante y/o al Fiduciario de Pago, es decir, que cualquier información presentada por el Estado al Acreditante, no sea declarada falsa o dolosamente incorrecta o incompleta.
Veracidad de la información. El contrato se celebra sobre la base de las declaraciones formuladas por el Tomador del seguro, y que motivan la aceptación del riesgo por parte xx Xxxxx y la determinación de la prima. En todo caso, antes de la celebración del contrato de seguro, el tomador debe declarar, de conformidad con el cuestionario que la Entidad le facilite y durante la vigencia del contrato, todas las circunstancias por él conocidas, que puedan influir en la valoración del riesgo. La inexactitud o insuficiencia en dichas declaraciones podrá dar lugar a la pérdida del derecho a la prestación, si hubiera mediado dolo o culpa grave, o la indemnización podrá ser reducida proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiere aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo, por aplicación de la Regla de equidad o la Regla proporcional (Art. 10 y 30, respectivamente, de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro).
Veracidad de la información. EL CONTRATISTA declara bajo la