Definición de Tarjetahabiente titular

Tarjetahabiente titular. Es la persona a cuyo nombre EL BANCO ha expedido una TARJETA, las que deben ser utilizadas conforme a los términos y condiciones del presente Contrato;
Tarjetahabiente titular. Persona física a quien la entidad financiera le ha emitido y autorizado el uso de una tarjeta de débito.
Tarjetahabiente titular. Persona física o jurídica usuaria de la tarjeta de crédito de conformidad con este contrato, y que en calidad de deudora está obligada al pago del crédito.

Examples of Tarjetahabiente titular in a sentence

  • Cuando el Tarjetahabiente titular y/o Adicional no cumplan con las disposiciones estipuladas en el presente contrato, y/o cualquier otra obligación frente al Emisor, especialmente si no cumple con hacer los pagos en la forma establecida según el estado de cuenta.

  • En caso de incumplimiento del Tarjetahabiente titular o de sus fiadores, éstos aceptan como líquidos y exigibles los saldos que el Emisor presente respecto a este contrato, en certificación emitida por un Contador Público Autorizado, la cual para todos los efectos legales constituye título Ejecutivo.

  • En caso de incumplimiento del Tarjetahabiente titular o de sus fiadores, éstos aceptan como líquidos y exigibles los saldos que el ACREEDOR presente respecto a este contrato, en certificación emitida por un Contador Público Autorizado, la cual para todos los efectos legales constituye título Ejecutivo.

  • En caso de incumplimiento del Tarjetahabiente titular, éste acepta como líquidos y exigibles los saldos que el EMISOR presente con respecto al Contrato y este Anexo, mediante certificación emitida por un Contador Público Autorizado, la cual para todos los efectos legales constituye un título ejecutivo, según lo establecido en el artículo seiscientos once del Código de Comercio.

  • El Tarjetahabiente titular se constituirá para todos los efectos en Codeudor Solidario de los Tarjetahabientes adicionales.

  • No obstante, si en el acto de devolver la tarjeta titular o adicional quedara alguna en poder de alguno de los Tarjetahabiente o de terceras personas, el Tarjetahabiente titular asumirá plenamente las transacciones que se efectú en ası́ como la responsabilidad que se derive en cualquier mal usoque se le dé a la tarjeta.

  • Los Tarjetahabientes adicionales que formen parte de este Contrato, por ese solo hecho, se obligan solidariamente con el Tarjetahabiente a favor del Emisor, por todas las obligaciones que se deriven del presente Contrato, por lo que se constituyen codeudores del Tarjetahabiente titular y hacen propias las renuncias y estipulaciones otorgadas en este Contrato por el Tarjetahabiente a favor del Emisor y aceptadas desde hoy las prórrogas o simples esperas que se concedan.

  • Es entendido por el Tarjetahabiente titular, que de solicitar y autorizar por escrito la emisión de una Tarjeta Adicional a su Tarjeta de Crédito, con cargo al crédito que se abre con motivo del presente contrato, le serán aplicables a dicha Tarjeta Adicional todas las disposciones contenidas en el mismo.

  • No obstante, lo dicho en el párrafo anterior, el Tarjetahabiente titular y fiadores serán responsables de los montos que, por cualquier razón, llegasen a sobrepasar la suma límite establecida -sobregiros, y se deberán cancelar los respectivos cargos que pudiere generar la realización de dicho sobregiro, de conformidad con lo establecido en la cláusula tercera.

  • El Tarjetahabiente titular deberá contactar a MMG con al menos -7 días calendario de anticipación a la fecha prevista para el uso del servicio de que se trate.


More Definitions of Tarjetahabiente titular

Tarjetahabiente titular la persona natural o jurídica, según sea el caso, en cuyo nombre se celebra este contrato.
Tarjetahabiente titular. Persona física o moral a quien o para cuyo uso se ha emitido una Tarjeta Bancaria por un Banco Emisor según se menciona en este Contrato, y cuya firma aparece en la Tarjeta Bancaria.
Tarjetahabiente titular. Persona física propietaria de la tarjeta de crédito emitida por el Emisor.
Tarjetahabiente titular. Persona física o jurídica usuaria de la tarjeta de crédito de conformidad con este contrato, y que en calidad de deudora está obligada al pago del crédito. Tarjeta de crédito: Es un instrumento financiero de pago que está vinculado a un crédito revolutivo, que puede ser utilizado por el tarjetahabiente para adquirir bienes o servicios, pagar sumas líquidas y obtener dinero en efectivo.

Related to Tarjetahabiente titular

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis (18/11/2016).

  • Aseguradora Es la compañía de seguros que toma de su cuenta el riesgo.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Entrega significa la transferencia de los bienes del Proveedor al Contratante de acuerdo con los términos y condiciones dispuestos en el Contrato.----------------------

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Vehículo Asegurado Es la unidad automotriz descrita en la carátula de esta póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante entrega originalmente para cada modelo y tipo específico que presenta al mercado. Cualquier otra parte, accesorio, rótulo, conversión, adaptación o modificación a la estructura, instalada a petición del comprador o propietario o por las agencias, distribuidoras, auto instalados o por terceros, no se considerará equipo entregado por el fabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y ser especificada en la carátula de esta póliza. Solo podrán ser objeto de este contrato, vehículos residentes. Se considera como camión de carga al vehículo automóvil grande y potente, que está constituido por una cabina en la que va el conductor y una gran caja o depósito y que está destinado al transporte de carga pesada. Se considera un camión de pasajeros al vehículo con capacidad para gran número de viajeros, destinados al transporte de personas.

  • Salvamento Es el valor que técnicamente se establece a la parte no destruida y aprovechable de un bien después de la ocurrencia de un evento.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Bienes significa todos los productos, materia prima, maquinaria y equipo, y otros materiales que el Proveedor deba proporcionar al Comprador en virtud del Contrato.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Estipulaciones Especiales significa el conjunto de cláusulas que componen la Primera Parte de este Contrato y que contienen los elementos peculiares de la operación.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Desistimiento Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.

  • Empresa significa cualquier entidad constituida u organizada conforme a la legislación aplicable, tenga o no fines de lucro y sea de propiedad privada o gubernamental, incluidas cualesquier sociedad, fideicomiso, participación, empresa de propietario único, coinversión (joint venture) u otra asociación;

  • LUGAR Sistema de Información Pública Gubernamental, denominado Compranet. Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, xxxxxx 0000, xxxxxxx Xxxx, xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, Ciudad de México, Código Postal 03330

  • Pedido Orden de compra puntual remitida al proveedor donde se fijan precios, plazos y condiciones para el aprovisionamiento de un bien o prestación de un servicio previamente adjudicado.