Common use of VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Clause in Contracts

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El valor estimado del contrato y máximo de ejecución estimado asciende a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL EUROS (146.000.-€) IVA excluido. El sistema de determinación del valor estimado se ha realizado de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP y el correlativo artículo 4 de las normas internas de contratación de CIRJESA. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte. El precio del contrato será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá exceder del presupuesto base de licitación que se establece a continuación, y que deberá expresar el importe del IVA como partida independiente. Además de las prestaciones especificas en la ejecución del contrato a las que queda obligado el adjudicatario del mismo, y que se señalan en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, el precio del contrato, será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá ser superior a TREINTA Y SEIS MIL QUIINIENTOS EUROS (36.500.- €), IVA excluido, por cada uno de los años que esté en vigor el contrato. Los precios ofertados lo serán para el servicio completo prestado por la empresa adjudicatario sin que los mismos tengan relación con la remuneración de los trabajadores que lleven a cabo la prestación que, como se establece más adelante, deberán regirse siempre por la normativa legal y convencional a la que esté sometida la empresa adjudicataria. A estos efectos se considerará incumplimiento de contrato el hecho de que se pague a los trabajadores por debajo xxx xxxxxxx establecido en el convenio colectivo aplicable.

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Samples: Pliego De Condiciones Administrativas Particulares Que Regulará El Procedimiento Abierto Ordinario Para La Contratación De La Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El valor estimado del contrato y máximo de ejecución estimado asciende a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL EUROS (146.000.-€) IVA excluido. El sistema de determinación del valor estimado se ha realizado de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del TRLCSP y el correlativo artículo 4 de las normas internas de contratación de CIRJESA. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte. El precio del contrato será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá exceder del presupuesto base de licitación que se establece a continuación, y que deberá expresar el importe del IVA como partida independiente. Además de las prestaciones especificas en Para la ejecución del contrato marco de obra, el FFIE, estableció un monto agotable para la ejecución de los grupos, el cual determina el Presupuesto de Ejecución Agotable PEA Cuando el FFIE le notifique al CONTRATISTA los proyectos a las que queda obligado el adjudicatario ejecutar, se le asignará a cada uno de ellos un presupuesto de acuerdo con la oferta económica del mismo, y CONTRATISTA. En caso de que se señalan en requiera y de acuerdo con las necesidades del FFIE el presente pliego y en contrato de obra podrá ser adicionado hasta por el de prescripciones técnicasmonto que la entidad lo considere necesario. De acuerdo con lo anterior, el precio MEN Y el FFIE para la ejecución de los contratos marco ha considerado de acuerdo con los grupos regionales un presupuesto oficial estimado de: CUATROCIENTOS VEINTE MIL MILLONES de pesos, distribuidos así: Grupo 1* Caribe $ 70.000.000.000.00 Caribe $ 70.000.000.000.00 Grupo 2 Centro Oriente $ 70.000.000.000.00 Grupo 3 Centro Sur $ 70.000.000.000.00 Grupo 4 Eje Cafetero – Antioquia - Pacifico $ 70.000.000.000.00 Xxxxx 0 Xxxxxx – Bogotá - Cundinamarca $ 70.000.000.000.00 El valor del contrato, será la cantidad ofertada por presupuesto estimado agotable para el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá ser superior a TREINTA Y SEIS MIL QUIINIENTOS EUROS (36.500.- €), IVA excluido, por cada uno de los años contratos marco es un estimado basado en las postulaciones realizadas por las ETC ante el MEN y las priorizaciones de proyectos que esté resultaron viables por la Junta Directiva del FFIE, los proyectos serán asignados a los Contratos Marco mediante actas de servicio y en vigor ellas se estipulara el valor a precio Global Fijo para cada una de las fases en que se desarrollara cada uno de los proyectos. Inicialmente El FFIE asignará los proyectos a cada CONTRATISTA de acuerdo con los proyectos que ya cuentan con la cofinanciación de las ETC y que será el mínimo de proyectos a ejecutar en cada contrato, posteriormente los proyectos serán asignados de acuerdo con los rangos de calificación del Nivel de Desempeño realizados por la interventoría mensualmente respecto a los indicadores de calidad, eficiencia y oportunidad de cada uno de los CONTRATISTAs, en caso de que uno o varios CONTRATISTAs NO se encuentren en el Nivel de Desempeño esperado, El FFIE podrá asignar los proyectos a los CONTRATISTAs que se encuentren en el rango esperado. Si el desempeño del(de los) CONTRATISTA(S) NO es el esperado, el FFIE tendrá la potestad de detener, parcial o totamente, la asignación de proyectos adicionales y asignarlos a otro CONTRATISTA que seleccione. Esta situación, NO generara pago diferente a lo realmente ejecutado y aprobado, por la interventoría y la supervisión del FFIE. Los precios ofertados lo serán oferentes podrán presentar oferta para el servicio completo prestado cualquiera de las 5 Regiones pero solo será adjudicado una por la empresa adjudicatario sin que los mismos tengan relación con la remuneración oferente, no obstante, se podrá adjudicar un máximo de los trabajadores que lleven dos regiones a cabo la prestación que, como un mismo oferente cuando se establece más adelante, deberán regirse siempre por la normativa legal y convencional a la que esté sometida la empresa adjudicataria. A estos efectos se considerará incumplimiento de contrato el hecho de que se pague a los trabajadores por debajo xxx xxxxxxx establecido en el convenio colectivo aplicable.cumplan las siguientes condiciones:

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Samples: Invitación Abierta

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El valor del presente contrato es hasta por la suma de TRECIENTOS NUEVE MILLONES TRECIENTOS VEINTINUEVE MIL SEICIENTOS VEINTICINCO PESOS MCTE ($ 309.329.625). El valor del presupuesto oficial fue estimado a partir de un análisis económico fundamentado en el estudio de dos variables: el cálculo del contrato valor mensual del alquiler de la maquinaria, con base en los valores de contratos celebrados con similar objeto en las vigencias 2016 y máximo 2017, por lo que se permitió fijar el valor del presupuesto oficial del proceso contractual. Al valor del costo mensual, se le adicionan los costos de ejecución estimado asciende administración, imprevistos, utilidad e IVA de utilidad para determinar un costo total. 1 Alquiler de maquinaria pesada Bulldozer 1 $ 23.250.000 $ 28.120.875 El artículo 31 de la Ley 142 de 1994, Modificado por el Artículo 3º Ley 689 de 2001, establece “Los contratos que celebren las entidades estatales que presten los servicios públicos a lo que se refiere esta ley no estarán sujetas a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública…” Por tanto, los contratos que celebren las entidades que presten servicios públicos domiciliarios, sometidas a la cantidad ley 142 de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL EUROS (146.000.-€) IVA excluido1994 se rigen por normas del derecho privado. El sistema Las Empresas de determinación del valor estimado Servicios Públicos se ha realizado suscriben al Régimen de Derecho Privado, para colocarlas en condiciones de igualdad con los particulares, en la forma que mejor garantice la libre competencia…” de acuerdo al artículo 30 de la Ley 142 de 1994, en desarrollo a lo dispuesto en los artículos 333 y 365 de Constitución Política. De conformidad con lo establecido el Artículo 13 de la Ley 1150 de 2007 las entidades estatales que por disposición legal cuenten con un régimen contractual excepcional al del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, aplicarán en desarrollo de su actividad contractual, acorde con su régimen legal especial, los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal de que tratan los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, respectivamente según sea el artículo 88 caso y estarán sometidas al régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto legalmente para la contratación estatal. Que el acuerdo de Junta Directiva No 01-2013 por medio del TRLCSP cual se modifica adiciona y complementa el correlativo artículo 4 de las normas internas manual de contratación de CIRJESA. A todos la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Puerto Asís Empresa de Servicios Públicos, en su artículo 24 establece la modalidad de Contratación de Menor Cuantía, para los efectoscontratos de cuantías de hasta 400 smlmv, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte. El precio del contrato será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá exceder del presupuesto base de licitación que se establece a continuación, y que deberá expresar el importe del IVA como partida independiente. Además de las prestaciones especificas en la ejecución del contrato a las que queda obligado el adjudicatario del mismo, y que se señalan en el presente pliego cual clasifica el proceso contractual a realizar. La Empresa de Acueducto, Alcantarillado y en Aseo ESP de Puerto Asís, cuenta con un estatuto contractual que compila sus propios procedimientos internos para la selección de contratistas bajo el de prescripciones técnicas, el precio régimen del contrato, será derecho privado que la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá ser superior a TREINTA Y SEIS MIL QUIINIENTOS EUROS (36.500.- €), IVA excluido, por cada uno de los años que esté en vigor el contrato. Los precios ofertados lo serán para el servicio completo prestado por la empresa adjudicatario sin que los mismos tengan relación con la remuneración de los trabajadores que lleven a cabo la prestación que, como se establece más adelante, deberán regirse siempre por la normativa legal y convencional a la que esté sometida la empresa adjudicataria. A estos efectos se considerará incumplimiento de contrato el hecho de que se pague a los trabajadores por debajo xxx xxxxxxx establecido en el convenio colectivo aplicablerige.

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Samples: eaaap.gov.co

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El valor estimado del contrato presente contrato, teniendo en cuenta la eventual prórroga, es el siguiente: 25.844 € X 4 años = 103.376 € Están facultados para contratar los corredores o corredurías de seguros, como personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas ni les afecten las causas de incompatibilidad, ni las prohibiciones de contratar que señala en artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre) y máximo de ejecución estimado asciende a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL EUROS (146.000.-€) IVA excluidoque acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. El sistema de determinación Los licitadores, ya sean personas físicas o jurídicas, deberán acreditar, además, que su finalidad o actividad tiene relación directa con el objeto del valor estimado se ha realizado de conformidad con lo establecido contrato, según resulte, en el artículo 88 del TRLCSP y el correlativo artículo 4 caso de las normas internas segundas, de contratación los respectivos Estatutos o reglas fundacionales, y disponer de CIRJESAuna organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por Igualmente los licitadores comprenden los tributos que le sean deberán acreditar encontrarse al corriente en el pago de aplicación según sus obligaciones tributarias con el Estado Español, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento xx Xxxxx y al corriente en el pago de sus obligaciones con la Seguridad Social, así como en el Impuesto de Actividades Económicas, previstas por las disposiciones vigentes. Asimismo, en el presente contrato, sólo podrán presentar proposiciones los Corredores y Corredurías de Seguros constituidas y autorizadas para realizar con dicha condición la actividad mercantil de mediación de seguros privados, conforme a excepción del IVAlo dispuesto en la Ley 26/2006, de 17 de julio. En particular, los proponentes deberán figurar inscritos en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos a que figurará en cuantía apartese refiere el artículo 52 de dicha ley, cumplir los requisitos que determinan los artículos 26 y siguientes y respetar las incompatibilidades de los artículos 31 y 32. El precio del contrato será la cantidad ofertada corredor o sociedad de correduría deberá tener capacidad de operar con cualquier compañía aseguradora, por el licitador que resulte adjudicatario, lo que no podrá exceder del presupuesto base optar al presente concurso aquellas que tengan un contrato en exclusiva con una aseguradora. Los proponentes deberán disponer de licitación que se establece a continuaciónuna sucursal u oficina comercial propia, y que deberá expresar abierta al público, en la ciudad xx Xxxxx, excluyéndose la mera asesoría jurídica externa. La ubicación de la oficina en la ciudad tendrá el importe del IVA como partida independientecarácter de obligación contractual esencial, debiendo estar instalada en el momento de presentar la oferta. El licitante indicará en su oferta la dirección de la misma. Además contarán con personal suficiente para llevar a cabo las funciones propias del servicio que han de prestar, así como las prestaciones especificas de administración y de siniestros. Deberá adscribir al presente contrato al menos una persona especializada en la materia, que será la responsable de canalizar toda la información que conlleve la ejecución del contrato a las que queda obligado el adjudicatario del mismo, y conforme a los medios de solvencia que se señalan solicitan en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, el precio del contrato, será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá ser superior a TREINTA Y SEIS MIL QUIINIENTOS EUROS (36.500.- €), IVA excluido, por cada uno de los años que esté en vigor el contrato. Los precios ofertados lo serán para el servicio completo prestado por la empresa adjudicatario sin que los mismos tengan relación con la remuneración de los trabajadores que lleven a cabo la prestación que, como se establece más adelante, deberán regirse siempre por la normativa legal y convencional a la que esté sometida la empresa adjudicataria. A estos efectos se considerará incumplimiento de contrato el hecho de que se pague a los trabajadores por debajo xxx xxxxxxx establecido en el convenio colectivo aplicablepliego.

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Samples: www.procasacadiz.es

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El valor estimado del contrato por la prestación del servicio objeto de este concurso para el periodo de 2 años de contrato más un año más de prórroga, (tres años en total) es de 116.424,00 € , que incluye el coste de la prestación del servicio y máximo los ingresos derivados de ejecución estimado asciende a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL EUROS (146.000.-€) IVA excluidoventa del aceite. El sistema presupuesto máximo por un año de determinación contrato, por la prestación del valor estimado se ha realizado servicio de conformidad con lo establecido en el artículo 88 recogida es de 16.870,00 € IVA no incluido. El presupuesto de la duración cierta del TRLCSP y el correlativo artículo 4 contrato por la prestación del servicio de las normas internas de contratación de CIRJESA. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas recogida por los licitadores comprenden años de contrato es de 33.740 € IVA no incluido. Se deduce el valor del contrato de 116.424,00 € IVA no incluido para tres años, de la suma del coste de recogida de los tributos residuos cuantificado para tres años en 50.610,00 € IVA no incluido y de los ingresos que le sean se derivan de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción la venta del IVA, aceite recogido en tres años que figurará se cuantifica en cuantía aparte65.814,00 € IVA no incluido. El contrato se adjudica por precios unitarios. El precio del contrato será la cantidad ofertada unitario de licitación por vaciado es de 15,9124 €/contenedor vaciado, IVA no incluido. El precio unitario de vaciado a ofertar viene dado por el licitador cociente entre el precio ofertado por la prestación global del servicio de recogida de aceite y 61 que resulte adjudicatarioes el nº de contenedores objeto de recogida. El precio ofertado por la prestación global del servicio de recogida ha de incluir todas las tareas vinculadas a esa recogida de aceite según el Pliego de Prescripciones Técnicas, que no podrá exceder incluye el vaciado de los contenedores, el acondicionamiento del presupuesto base aceite y su almacenaje, el mantenimiento y limpieza xx xxxxx y de licitación contenedores , los costes de entrega al centro recuperador etc. El precio ofertado por la prestación global del servicio de recogida de aceite es el que resulta de multiplicar el precio unitario de vaciado de un contenedor por el número total de vaciados anuales de todo el parque de contenedores. El precio unitario de vaciado es el que se establece a continuación, y que deberá expresar el importe del IVA como partida independiente. Además tendrá en cuenta para la valoración de las prestaciones especificas en la ejecución del contrato a las que queda obligado el adjudicatario del mismo, y que se señalan en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, el precio del contrato, será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá ser superior a TREINTA Y SEIS MIL QUIINIENTOS EUROS (36.500.- €), IVA excluido, por cada uno de los años que esté en vigor el contrato. Los precios ofertados lo serán para el servicio completo prestado por la empresa adjudicatario sin que los mismos tengan relación con la remuneración de los trabajadores que lleven a cabo la prestación que, como se establece más adelante, deberán regirse siempre por la normativa legal y convencional a la que esté sometida la empresa adjudicataria. A estos efectos se considerará incumplimiento de contrato el hecho de que se pague a los trabajadores por debajo xxx xxxxxxx establecido en el convenio colectivo aplicableoferta económica.

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Samples: Pliego De Prescipciones Técnicas Particulares Para La Contratación Del Servicio De Recogida Selectiva De Aceite Vegetal Doméstico Usado

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El valor estimado del procedimiento de adjudicación de este contrato será el procedimiento abierto y máximo de ejecución estimado asciende a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL EUROS (146.000.-€) IVA excluido. El sistema de determinación del valor estimado se ha realizado realiza de conformidad con lo establecido en las Instrucciones de Contratación de la Fundación PTS Granada. La oferta lo será por la ejecución de la totalidad de la obra anteriormente señalada, que comprenda, siendo la correspondiente a la de Seguridad y Salud invariable en precio, y por tanto se ofertará obligatoriamente al tipo de licitación, al entender esta Fundación que dicho concepto no puede estar afecto por baja alguna. El valor estimado del contrato es de TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Euros, (3.250.000,00 Euros), cuantía que se verá incrementada con el artículo 88 Impuesto sobre el valor añadido (I.V.A), que legalmente le sea de aplicación. Se considera como cantidad máxima el presupuesto tipo de licitación señalado en la cláusula anterior. Por consiguiente los licitadores deberán ajustarse al mismo, o bien, rebajarlo en su cuantía. Por la Mesa de Contratación será rechazada cualquier oferta que supere el tipo de licitación fijado en este Pliego. El Presupuesto de SEGURIDAD Y SALUD QUE ASCIENDE A LA CANTIDAD DE TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTE Y OCHO Euros. (38.528,00 Euros), que se verá incrementada con el Impuesto sobre el valor añadido (I.V.A), que legalmente le sea de aplicación. Este presupuesto será ofertado al tipo, al entender la Fundación que la seguridad y salud no puede ser objeto de baja. Se deducirá por parte de la Fundación para Control de Calidad de la obra el 1,0% sobre el importe de adjudicación que haya ofertado la adjudicataria. Esta deducción obedece a que la Fundación contratará y abonará directamente, y sin intervención del TRLCSP y el correlativo artículo 4 adjudicatario, a la empresa especializada que se encargue del Control de Calidad de las normas internas obras en cuestión. No obstante se pone de contratación de CIRJESA. A todos manifiesto que en los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte. El precio precios descompuestos del contrato será se encuentra incluida la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá exceder del presupuesto base de licitación que se establece a continuación, y que deberá expresar el importe del IVA como partida independiente. Además de las prestaciones especificas en la ejecución del contrato a las que queda obligado el adjudicatario del mismo, y que se señalan en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, el precio del contrato, será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá ser superior a TREINTA Y SEIS MIL QUIINIENTOS EUROS (36.500.- €), IVA excluido, por cada uno parte proporcional de los años que esté en vigor el contrato. Los precios ofertados lo serán para el servicio completo prestado por la empresa adjudicatario sin que los mismos tengan relación con la remuneración de los trabajadores que lleven a cabo la prestación que, como se establece más adelante, deberán regirse siempre por la normativa legal ensayos y convencional a la que esté sometida la empresa adjudicataria. A estos efectos se considerará incumplimiento de contrato el hecho de que se pague a los trabajadores por debajo xxx xxxxxxx establecido en el convenio colectivo aplicablecontroles obligatorios.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Que Han De Regir La Licitación Del Contrato De Ejecución De La Segunda Fase De Las Obras De Construcción Del Centro De Empresas Del Parque Tecnológico De Ciencias De La Salud De Granada Por Procedimiento Abierto

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El Corresponde al análisis económico que soporta el valor estimado del contrato a suscribir, teniendo en cuenta entre otros costos, los siguientes: Honorarios de años anteriores, variaciones de tasas de cambio, impuestos, contribuciones y pagos parafiscales, seguros y garantías, costos de transporte e instalación, utilidad, administración e imprevistos y demás costos directos o indirectos necesarios para la ejecución del contrato. Es función de la dependencia solicitante, de acuerdo con el estudio xx xxxxxxx y análisis del sector realizado, determinar el monto del presupuesto. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, EDUBAR S.A. deberá incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos de presupuestos en la estimación de aquellos. Tratándose de concursos de méritos, no se deberá publicar las variables utilizadas para calcular el valor estimado del contrato y máximo en cuanto a los concursos en materia de ejecución arquitectura se deberá tener en cuenta lo señalado en el Decreto 2326 de 1995. Si el contrato es de concesión, no se deberá publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración, tal como lo señala la ley. El valor estimado asciende debe anotarse en pesos colombianos, discriminando el IVA, el cual por disposición del presente manual se entiende incluido en el valor del contrato. En caso contrario, deberá hacerse la salvedad, para que sea tenida en cuenta al momento de expedir la disponibilidad y registro presupuestal por parte de la coordinación de presupuesto. Previamente, la dependencia que genera la necesidad, debe haber realizado consulta a la coordinación de presupuesto, sobre la disponibilidad de recursos presupuestales para amparar la obligación que se pretende contraer con la celebración del contrato y los rubros que la componen; actividad que se demuestra anexando al estudio previo, el certificado de disponibilidad presupuestal expedido por la coordinación de presupuesto, de acuerdo con la solicitud y con el diligenciamiento del siguiente recuadro, que detalla la información extraída de la certificación. Los contratos que no requieren certificado de disponibilidad presupuestal son aquellos sobre los cuales EDUBAR S.A. no causa erogación alguna en su presupuesto tales como: los convenios que celebre en los que reciba dinero, los contratos de arrendamiento en los que actué en calidad de arrendador, los comodatos, usufructo, entre otros. Para estimar el valor del contrato, se hace necesario indicar las variables utilizadas para calcular el presupuesto de la contratación y los rubros que lo componen. Cuando el valor del contrato sea determinado por precios unitarios, se deberá incluir la forma como se calculó para establecer el presupuesto y soportar los cálculos para su estimación. El funcionario responsable, se contactará directamente con la coordinación de compras y logística o remitirá por correo electrónico las especificaciones del bien o servicio que requiera estudio xx xxxxxxx, con la finalidad de obtener el apoyo necesario para la realización de actividades tendientes a calcular el presupuesto, previo análisis del sector correspondiente. Lo anterior en aras de establecer los costos y valores unitarios que a precios xx xxxxxxx reales, podría demandar la celebración y ejecución del contrato, consultando precios, especificaciones, cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL EUROS (146.000.-€) IVA excluidobienes, obras y servicios etc. El sistema Deberá detallarse claramente las especificaciones técnicas de determinación los bienes o características de los servicios a contratar con la finalidad de permitir la correcta realización del valor estimado se ha realizado estudio xx xxxxxxx. La calidad de conformidad con lo establecido la información plasmada en el artículo 88 del TRLCSP estudio xx xxxxxxx y el correlativo artículo 4 análisis del sector será responsabilidad de la coordinación de compras y logística, así como del funcionario que suscribe el estudio previo, motivo por el cual deberán trabajar mancomunadamente para que el resultado se ajuste a la realidad con el menor margen de diferencia posible. De acuerdo con la naturaleza de la contratación y los lineamientos presupuestales de EDUBAR S.A., la forma de pago definida debe mantener las normas internas condiciones económicas existentes al momento de contratación de CIRJESA. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte. El precio la suscripción del contrato será la cantidad ofertada y facilitar su ejecución al contratista. Por regla general, sólo se establecerán pagos contra servicio prestado, bien o producto entregado, recibido a satisfacción por el licitador que resulte adjudicatariosupervisor o interventor del contrato y acreditación de estar al día en la seguridad social y parafiscales. Cuando se trate de contratos de obra pública el último pago podrá ser contra acta de liquidación del contrato. Para cada pago pactado deberá establecerse el porcentaje o valor y los requisitos de tramitar el mismo. En los estudios previos se deberá señalar:  El monto del anticipo o pago anticipado si lo hubiere, que no podrá exceder del presupuesto base 50% del valor total del contrato.  El porcentaje de licitación amortización, que se establece efectuará preferiblemente en los primeros pagos del contrato.  La constitución de la garantía que debe otorgar el contratista con el fin de amparar el buen manejo y correcta ejecución del anticipo o en caso de pago anticipado la garantía de devolución del mismo. Con el fin de salvaguardar los recursos de EDUBAR S.A., se efectúan dos (2) recomendaciones:  No supeditar el inicio del plazo de ejecución de los contratos al giro de los recursos pactados en calidad de anticipo o pago anticipado, toda vez que, dentro del proceso de selección correspondiente, se efectúan exigencias y revisiones orientadas a continuación, verificar la solvencia económica y técnica del contratista que deberá expresar el importe del IVA como partida independiente. Además de las prestaciones especificas en lo capacitan para iniciar la ejecución del objeto contractual sin condicionamientos económicos.  En todo caso, el giro de recursos en cualquier modalidad deberá efectuarse hasta tanto se haya verificado el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato. Dentro de las distintas formas de pago que pueden llegar a pactarse en los contratos se encuentran:  Precios unitarios: Cuando el objeto del contrato a las que queda obligado el adjudicatario del mismo, y que se señalan desagrega en el presente pliego capítulos o ítems de obra y en el precio unitario de prescripciones técnicascada ítem de obra.  Administración delegada: Se presenta cuando se convienen unos procedimientos para que se reembolsen los verdaderos costos de ejecución del objeto contratado y se pacta un porcentaje a título de honorarios a favor del contratista.  Reembolsos de gastos y honorarios: Cuando se establece una metodología para que el contratista financie la obra con sus propios recursos, pero donde el precio contratante, periódicamente, le reembolsa los gastos efectuados y le reconoce unos honorarios, generalmente porcentaje sobre costos.  Precio Global: el valor establecido en la cláusula de valor es vinculante y genera, por lo mismo, obligaciones mutuas pues señala la contraprestación a que tiene derecho el contratista por su trabajo pero, a su vez, señala para él la obligación de ejecutar la totalidad de la obra por ese precio. Es por lo mismo, una cláusula que señala el verdadero valor total del contrato, será la cantidad ofertada por pues el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá ser superior contrato se celebró a TREINTA Y SEIS MIL QUIINIENTOS EUROS (36.500.- €), IVA excluido, por cada uno de los años que esté en vigor el contrato. Los precios ofertados lo serán para el servicio completo prestado por la empresa adjudicatario sin que los mismos tengan relación con la remuneración de los trabajadores que lleven a cabo la prestación que, como se establece más adelante, deberán regirse siempre por la normativa legal y convencional a la que esté sometida la empresa adjudicataria. A estos efectos se considerará incumplimiento de contrato el hecho de que se pague a los trabajadores por debajo xxx xxxxxxx establecido en el convenio colectivo aplicableprecio determinado.

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Samples: edubar.com.co

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El valor estimado del contrato y máximo es de ejecución estimado asciende a la cantidad de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL EUROS OCHO MILLONES DE PESOS (146.000.-€$ 8.000.000) IVA excluido. El sistema de determinación del MCTE el cual es el valor estimado previamente en los estudios del sector realizados por el Xxxxxxxxx xx Xxx Xxxxxxxxx xx Mariquita - Tolima.  COMISION O REMUNERACION FIDUCIARIA Para el efecto, se ha realizado estimado la suma máxima de conformidad con lo establecido 2.7 SMLV salarios mínimos mensuales ($ 2.000.000), por concepto de la comisión o remuneración fiduciaria la cual incluye la totalidad de los costos y gastos en que pueda incurrir el artículo 88 del TRLCSP y el correlativo artículo 4 de las normas internas de contratación de CIRJESA. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte. El precio del contrato será fiduciario para la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá exceder del presupuesto base de licitación que se establece a continuación, y que deberá expresar el importe del IVA como partida independiente. Además de las prestaciones especificas en la adecuada ejecución del contrato a las que queda obligado el adjudicatario del mismo, y que se señalan en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas, el precio del contrato, será incluyendo entre otras, la cantidad ofertada gestión por la administración de los recursos que se transfieren al Encargo Fiduciario, la inversión de los mismos, la gestión, procedimiento, seguimiento y control de los pagos, los costos y gastos relacionados con el soporte informático, las comisiones por el licitador uso de sistemas transaccionales, los gastos de personal, Para fijar éste último valor, el Municipio tomó como referencia estudios xx xxxxxxx recientemente celebrados por entidades públicas a fin de determinar el promedio del valor de la comisión por administración de los recursos a entregar a la sociedad fiduciaria, análisis éste que resulte adjudicatariose detalla en el Análisis del Sector adjunto al presente estudio. El ofrecimiento económico (valor de la comisión) debe ser igual o inferior al valor del presupuesto oficial estimado del contrato, que no podrá ser superior teniendo en cuenta el plazo de ejecución del mismo. El pago de la Comisión se liquidará por mes vencido, previa presentación de la Factura ante el Municipio y aprobación por parte del Supervisor. Para la vigencia 2018 se pagará el equivalente a TREINTA 2.7 SMLMV de la vigencia 2017, incrementado en un 5%. De igual manera se hace necesario realizar la siguiente apreciación sobre los recursos entregados en administración:  RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN Por concepto de RECURSOS ENTREGADOS EN ADMINISTRACIÓN: TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES SETENTA Y CINCO MIL SESENTA Y SEIS MIL QUIINIENTOS EUROS PESOS (36.500.- €)$378.075.066) MCTE, IVA excluido, por el cual se discrimina para cada uno vigencia así: $ 113.422.520 $ 264.652.546 El desembolso de los años que esté recursos entregados en vigor el contrato. Los precios ofertados lo serán para el servicio completo prestado por la empresa adjudicatario sin que los mismos tengan relación con la remuneración de los trabajadores que lleven a cabo la prestación que, como administración se establece más adelante, deberán regirse siempre por la normativa legal y convencional a la que esté sometida la empresa adjudicataria. A estos efectos se considerará incumplimiento de contrato el hecho de que se pague a los trabajadores por debajo xxx xxxxxxx establecido en el convenio colectivo aplicable.realizará así:

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Samples: www.sansebastiandemariquita-tolima.gov.co

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. 4.1. El Presupuesto base licitación y el valor estimado del contrato y máximo de ejecución estimado asciende a la cantidad de CIENTO se fija en CINCO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL EUROS CON VEINTIOCHO CENTIMOS (146.000.-€5.541.769,28 €) IVA excluidoIGIC no incluido, a los meros efectos de determinar el procedimiento de adjudicación y las normas de publicidad puesto que el contrato se licita a razón de precios unitarios, por encima del cual no se admitirá oferta alguna. El sistema de determinación del En el citado valor estimado se ha realizado incluye la amortización de conformidad con lo establecido las actuaciones programadas contenida en el artículo 88 del TRLCSP y el correlativo artículo 4 programa de las normas internas inversiones, pero a los efectos de contratación de CIRJESA. A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte. El precio del contrato será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá exceder del presupuesto base de licitación que se establece a continuación, y que deberá expresar el importe del IVA como partida independiente. Además de las prestaciones especificas en la ejecución del contrato la citada prestación sólo será de obligada ejecución para el contratista si el Cabildo de Gran Canaria, como entidad titular de la instalación autoriza y financia las mismas. En caso de autorizarlo MIGC comunicará esta decisión al contratista para que proceda a la ejecución de la citada prestación con arreglo al PPTP y a las que queda obligado el adjudicatario del mismodeterminaciones de este Pliego. Las anualidades máximas de la licitación, y incluyendo todas las prestaciones son las siguientes: Se ha de considerar por todos los licitadores al confeccionar sus ofertas, a efectos de la licitación, que se señalan consideran las anualidades completas 2018-2021. En caso de acordarse la prórroga en la ejecución la primera anualidad de prórroga abarcará la anualidad 2022 completa y la segunda anualidad de prórroga la anualidad 2023, en la que el presente pliego y en precio unitario de aplicación será el de prescripciones técnicas, el precio del contrato, será la cantidad ofertada por el licitador que resulte adjudicatario, que no podrá ser superior última anualidad de ejecución correspondiente a TREINTA Y SEIS MIL QUIINIENTOS EUROS (36.500.- €), IVA excluido, por cada uno la duración inicial sin incluir amortización de los años que esté en vigor el contratolas inversiones. Los precios ofertados lo serán para el servicio completo prestado por la empresa adjudicatario sin que los mismos tengan relación con la remuneración de los trabajadores que lleven a cabo la prestación que, como se establece más adelante, licitadores deberán regirse siempre por la normativa legal y convencional a la que esté sometida la empresa adjudicataria. A estos efectos se considerará incumplimiento de contrato el hecho de que se pague respetar esta distribución temporal a los trabajadores por debajo xxx xxxxxxx establecido en efectos de la confección de sus ofertas, siendo causa de rechazo de la proposición incumplir estas determinaciones. El IGIC estimado de aplicación asciende al 7%, no obstante serán los licitantes los que determinen el convenio colectivo aplicabletipo de aplicación.

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Samples: Pliego De Clausulas Particulares Del Contrato De Servicios De Mantenimiento, Limpieza Y Adecuacion De Equipos Y Sistemas De Las Instalaciones