USO DEL INMUEBLE Cláusulas de Ejemplo

USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para ubicar las oficinas sede de la Procuraduría Federal del Trabajo en Orizaba, Veracruz, de la propia Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. “El Arrendador” se obliga a no estorbar ni obstaculizar de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con “La Arrendataria”. “El Arrendador” autoriza a “La Arrendataria” para permitir a terceros el uso del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que “El Arrendador” tenga derecho al pago de contraprestación alguna por ese concepto.
USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para oficinas de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. "EL ARRENDADOR" se obliga a no estorbar ni obstruir de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con “LA ARRENDATARIA”. "EL ARRENDADOR" autoriza a "LA ARRENDATARIA" para permitir a terceros el uso del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que "EL ARRENDADOR" tenga derecho al pago de contraprestación alguna por ese concepto.
USO DEL INMUEBLE. El inmueble individualizado en la cláusula anterior sólo podrá ser usado como oficina en las condiciones descritas en la Cláusula Decimosegundo de este contrato.
USO DEL INMUEBLE. La Institución Arrendataria destinará el local arrendado para la instalación y funcionamiento de las oficinas administrativas del IAIP, y no podrá, en consecuencia, destinarlo a un uso distinto al convenido sin previa autorización de la Sociedad Arrendante. III) PLAZO DEL CONTRATO: El plazo del Arrendamiento es de doce meses, el cual comienza a partir del primero de enero del dos mil diec inueve y vence el treinta y uno de diciembre del mismo año. IV) PRECIO DEL ARRENDAMIENTO: El precio del arrendamiento por el plazo del presente contrato será de SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA mensuales, el cual incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA), pagaderos por medio doce cuotas mensuales fijas y sucesivas, haciendo un total de OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SÉIS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, INCLUYENDO
USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para ubicar las oficinas sede de la Procuraduría Federal del Trabajo en Ensenada, Baja California. “EL ARRENDADOR” se obliga a no estorbar ni obstaculizar de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con “LA ARRENDATARIA”. “EL ARRENDADOR” autoriza a “LA ARRENDATARIA” para permitir a terceros el uso del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que “EL ARRENDADOR” tenga derecho al pago de contraprestación alguna por ese concepto.
USO DEL INMUEBLE. “EL ARRENDATARIO” se obliga a destinar “EL PARQUE” que se le otorga en arrendamiento, para operar comercialmente un parque acuático incluyendo las actividades vinculadas de manera directa e indirecta con dicha operación. Para efectos de la presente cláusula quedarán comprendidas de manera enunciativa, más no limitativa, y siempre y cuando sean acordes al objeto, fines y estipulaciones tanto de las Bases y Reglas como del presente contrato, las siguientes actividades: (i) atracciones acuáticas; (ii) atracciones mecánicas y electromecánicas; (iii) actividades al aire libre; (iv) actividades de aventura, tales como paredes para escalar y tirolesas; (v) espectáculos circenses, con animales, acrobáticos, de automóviles y de motocicletas; (vi) pirotecnia; (vii) exhibiciones, congresos y obras de teatro; y (viii) eventos sociales. Las actividades anteriores podrán realizarse, siempre y cuando sean lícitas; no interfieran con los horarios y actividades del Centro Vacacional IMSS-Oaxtepec y no perturben la paz y la tranquilidad de los visitantes de éste y de la población circunvecina; fomenten la recreación, el descanso, el sano esparcimiento, la convivencia e integración familiar y/o el desarrollo cultural de los asegurados, pensionados y derechohabientes de “EL IMSS”, así como de la población en general; y cumplan con la legislación y reglamentación federal, estatal o municipal. No obstante lo anterior, “EL IMSS” se reserva el derecho de restringir el desarrollo de actividades que interfieran con los horarios del Centro Vacacional IMSS-Oaxtepec y perturben la paz y la tranquilidad de los visitantes de éste y de la población circunvecina. En caso de que alguna de las actividades que realice “EL ARRENDATARIO” implique el uso de animales, deberá solicitar autorización a “EL IMSS” y presentar todos los permisos correspondientes para esta clase de espectáculos, además de los documentos que acrediten la legal posesión de los especímenes que presente y contar con el personal capacitado en su manejo. De igual forma, deberá cumplir sin excepción con la regulación en materia de protección a los animales, a nivel federal, estatal y municipal. Será responsabilidad de “EL ARRENDATARIO” establecer las instalaciones necesarias para el debido manejo y cuidado de los animales que presente. Queda prohibido que “EL ARRENDATARIO” le dé un uso distinto a “EL PARQUE”. En caso contrario, “EL IMSS” podrá dar por rescindido el presente Contrato conforme al procedimiento que se describe e...
USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para ubicar las oficinas sede de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo en, en Saltillo, Coahuila. “EL ARRENDADOR” se obliga a no estorbar ni obstaculizar de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con “LA ARRENDATARIA”. “EL ARRENDADOR” autoriza a “LA ARRENDATARIA” para permitir a terceros el uso del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que “EL ARRENDADOR” tenga derecho al pago de contraprestación alguna por ese concepto.
USO DEL INMUEBLE. El inmueble objeto de este Contrato, se destinará para los fines y usos que “El Instituto” libremente determine, en la inteligencia de que su destino inmediato es para ___________________________. “El Arrendador” se obliga a no estorbar, ni interferir de manera alguna en el uso del inmueble arrendado, a no ser por causas de reparaciones urgentes e indispensables, previo aviso a “El Instituto”. “El Arrendador” autoriza a “El Instituto”, a permitir a terceros el uso parcial del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que el primero tenga derecho al pago de contraprestación alguna por este concepto, en la inteligencia de que “El Instituto” pagará a “El Arrendador” el importe íntegro de la renta mensual pactada.
USO DEL INMUEBLE. Las partes convienen en que el inmueble arrendado se usará para bodegas, taller, etc.). (oficinas, “El arrendador” se obliga a no estorbar ni embarazar de manera alguna el uso del inmueble arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables. “El arrendador” autoriza a “la arrendataria” para permitir a terceros el uso parcial del inmueble, a título gratuito u oneroso, sin que “el arrendador” tenga derecho al pago de contraprestación alguna por este concepto.
USO DEL INMUEBLE. El uso para el que se arrienda “EL BIEN”, es exclusivamente para las instalaciones de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Municipio de Querétaro, no pudiendo “EL ARRENDATARIO” modificarlo sin previo consentimiento de “EL ARRENDADOR”.