USO DE LOS VEHÍCULOS Cláusulas de Ejemplo

USO DE LOS VEHÍCULOS. Las Partes” convienen en que los vehículos arrendados se usarán para dar apoyo a las actividades y servicios del Departamento de Parques y Jardines y del Departamento de Servicios Generales, ambos del Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, sin ser limitativo a que pueda ser utilizado por alguna otra dependencia perteneciente al Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango. DESCRIPCIÓN CAPACIDAD DESTINO
USO DE LOS VEHÍCULOS. La empresa adjudicataria comunicará al Ayuntamiento de Madrid las matrículas –o bastidores- reglamentarios correspondientes a los vehículos ofertados. Por su parte, el Ayuntamiento facilitará a dicha empresa el acceso de estos vehículos a los ámbitos restringidos de la ciudad (APRs y similares) siempre y cuando dicho acceso sea necesario como consecuencia de una actuación propia del presente Pliego. Asimismo, la empresa tendrá las siguientes obligaciones: o Dotará a todos los vehículos de la identificación, los colores y los logotipos corporativos del Servicio que se establezcan o Velará por el buen estado de los vehículos, procediendo a las revisiones o reparaciones que sean oportunas, ante cualquier circunstancia que suponga un riesgo significativo hacia los propios usuarios del vehículo, la población en general, o el medio ambiente. En especial, deberán cambiarse los filtros, el aceite y las bujías en el momento adecuado, se mantendrá a punto el motor y se vigilará la presión correcta de los neumáticos, así como la conservación del alineado. o Realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos. o Circularán únicamente por los lugares habilitados a tal efecto. Como regla general, todos los vehículos de tracción mecánica evitarán circular por el interior de los espacios verdes, salvo en el desempeño de las labores de urgencia -retirada de ramas o árboles caídos, etc.- o Mantendrá apagado el motor del vehículo durante las paradas superiores a tres minutos. Las empresas licitadoras deberán aportar una propuesta relativa a identificación exterior de los vehículos, que comprenda un diseño y características de la misma que sea coherente con el objetivo del contrato y con la uniformidad prevista para el personal asignado al mismo. Esta propuesta incluirá un logo que identifique el servicio, logo que pasará a ser de propiedad municipal y será utilizado además en comunicaciones escritas, electrónicas, etc. El nivel sonoro medio debido al uso de maquinaria al aire libre y vehículos deberá ser inferior a los límites máximos impuestos por la normativa vigente en cada momento, actualmente la Directiva 2000/14/EC modificada por la Directiva 2005/88/CE para uso de maquinaria al aire libre y la Directiva 2007/34/CE sobre el nivel sonoro admisible y el dispositivo de escape de los vehículos de motor.
USO DE LOS VEHÍCULOS. La Empresa adjudicataria comunicará al Servicio Técnico Municipal las matrículas reglamentarias correspondientes a los modelos ofertados. Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones: ▪ Dotará a todos los vehículos de la identificación, los colores y los logotipos corporativos del Servicio. ▪ Velará por el buen estado de los vehículos, procediendo a las revisiones o reparaciones que sean oportunas, ante cualquier circunstancia que suponga un riesgo significativo hacia los propios usuarios del vehículo, la población en general, o el medio ambiente. En especial, deberán cambiarse los filtros, el aceite y las bujías en el momento adecuado, se mantendrá a punto el motor y se vigilará la presión correcta de los neumáticos, así como la conservación del alineado. ▪ Realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos. ▪ Circulará únicamente por los lugares habilitados a tal efecto. Como regla general, todos los vehículos de tracción mecánica no podrán acceder al interior de los espacios verdes, salvo que exista autorización expresa que lo permita, o desempeñen labores propias de la conservación, tales como el suministro de plantas o la retirada de restos vegetales. ▪ Mantendrá apagado el motor del vehículo durante las paradas superiores a 1 minuto. ▪ Evitará la sobrecarga de los vehículos, extrayendo del mismo aquellos objetos que resulten innecesarios. ▪ Una vez finalizada la jornada de trabajo, los vehículos permanecerán custodiados en instalaciones adecuadas, y en ningún caso, permanecerán en la vía pública. ▪ Todos los vehículos deberán cumplir con la normativa legal de seguridad aplicable a los mismos y en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo. ▪ Todos los vehículos automóviles que deban someterse a la Inspección Técnica de Vehículos. Lo harán según establece la normativa en vigor.
USO DE LOS VEHÍCULOS. La Empresa adjudicataria comunicará al responsable del contrato las matrículas reglamentarias correspondientes a los modelos ofertados. Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones:  Velará por el buen estado de los vehículos, procediendo a las revisiones o reparaciones que sean oportunas, ante cualquier circunstancia que suponga un riesgo significativo hacia los propios usuarios del vehículo, la población en general, o el medio ambiente. En especial, deberán cambiarse los filtros, el aceite y las bujías en el momento adecuado, se mantendrá a punto el motor y se vigilará la presión correcta de los neumáticos, así como la conservación del alineado.  Realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos.  Circulará únicamente por los lugares habilitados a tal efecto. Como regla general, todos los vehículos de tracción mecánica no podrán acceder al interior de los espacios verdes, salvo que exista autorización expresa que lo permita.  Mantendrá apagado el motor del vehículo durante las paradas superiores a 1 minuto.  Evitará la sobrecarga de los vehículos, extrayendo del mismo aquellos objetos que resulten innecesarios.
USO DE LOS VEHÍCULOS. 3.1 Sistema de monitoreo y geolocalización (GPS). “EL PROVEEDOR” instalará en cada vehículo un rastreador satelital (GPS), para el seguimiento y control de los mismo. Durante la vigencia del contrato, “EL PROVEEDOR” será responsable del pago del servicio de envío y recepción de datos para el correo funcionamiento del dispositivo GPS. “EL PROVEEDOR” proporcionará a “EL MUNICIPIO” un sistema informático para el monitoreo y control de los vehículos que permita su consulta vía web desde cualquier equipo de cómputo con conexión a internet, que cuente al menos con las siguientes funciones: Visualización de los vehículos en una proyección cartográfica digital. Creación de geocercas, en un área geográfica definida por el administrador para delimitar el recorrido de los vehículos. Consulta sobre la ubicación y actividad de los vehículos las 24 horas del día, los 365 días del año (ubicación, tiempo xx xxxxxx, tiempo de conducción, distancias recorridas, odómetros, consumo y rendimiento de combustible).
USO DE LOS VEHÍCULOS. A. “EL LICITANTE” adjudicado proporcionará un vehículo sustituto temporal en caso de mantenimiento, descompostura o falla mecánica recurrente, que persista por más de 2 (dos) ocasiones, tales como calentamiento de motor, fallas en el sistema electrónico, defectos en el sistema de suspensión y caja de velocidades, entre otros. El cambio se realizará en un lapso no mayor a 24 horas en la Ciudad de México, Área Metropolitana y en el resto de las entidades federativas será de 120 horas, previa emisión del diagnóstico del taller correspondiente o el reporte del seguro en el caso de pérdida total, sin cargo al SNICS.
USO DE LOS VEHÍCULOS. La Empresa adjudicataria comunicará a la Sección de Parques y Jardines las matrículas reglamentarias correspondientes a los modelos ofertados. Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones: • Dotará a todos los vehículos de la identificación, los colores y los logotipos corporativos del Servicio y del Ayuntamiento según criterio de este último. • Dotará a todos los vehículos de señalización luminosa rotativa de obras. • Velará por el buen estado de los vehículos, procediendo a las revisiones o reparaciones que sean oportunas, ante cualquier circunstancia que suponga un riesgo significativo hacia los propios usuarios del vehículo, la población en general, o el medio ambiente. En especial, deberán cambiarse los filtros, el aceite y las bujías en el momento adecuado, se mantendrá a punto el motor y se vigilará la presión correcta de los neumáticos, así como la conservación del alineado. • Realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos. • Circulará únicamente por los lugares habilitados a tal efecto. Como regla general, todos los vehículos de tracción mecánica no podrán acceder al interior de los espacios verdes, salvo que exista autorización expresa que lo permita, o desempeñen labores propias de la conservación, tales como el suministro de plantas o la retirada de restos vegetales. • Mantendrá apagado el motor del vehículo durante las paradas superiores a 1 minuto. • Evitará la sobrecarga de los vehículos, extrayendo del mismo aquellos objetos que resulten innecesarios. • Una vez finalizada la jornada de trabajo, los vehículos permanecerán custodiados en instalaciones adecuadas, y en ningún caso, permanecerán en la vía pública.
USO DE LOS VEHÍCULOS. 6.3.1. K-PARTNERS S.A.P.I. DE C.V. contará con cuatro vehículos sustitutos (2 pick up con conversión a patrulla de policía y 2 sedanes con conversión a patrulla de tránsito), los cuales serán unidades seminuevas o usadas con características y especificaciones técnicas iguales o similares a “LOS VEHICULOS” establecidos en el contrato, a efecto de continuar con la prestación del servicio en caso de que “LOS VEHICULOS” se encuentren en mantenimiento, descompostura y/o sean objeto de un siniestro. El vehículo sustituto se proporcionará en un plazo no mayor a 48 horas contados a partir de que “LOS VEHICULOS” entren a mantenimiento, o bien, que se presente la eventualidad de descompostura o siniestro.
USO DE LOS VEHÍCULOS. La empresa adjudicataria comunicará a la Dirección Técnica Municipal las matrículas reglamentarias correspondientes a los modelos ofertados. Asimismo, tendrá las siguientes obligaciones: -Dotará a todos los vehículos de la identificación, los colores y los logotipos corporativos del Servicio. -Velará por el buen estado de los vehículos, procediendo a las revisiones o reparaciones que sean oportunas, ante cualquier circunstancia que suponga un riesgo significativo hacia los propios usuarios del vehículo, la población en general, o el medio ambiente. En especial, deberán cambiarse los filtros, el aceite y las bujías en el momento adecuado, se mantendrá a punto el motor y se vigilará la presión correcta de los neumáticos, así como la conservación del alineado, etc... -Realizará, con la periodicidad necesaria, lavados tanto en el interior como en el exterior de los mismos para mantenerlos limpios en todo momento. -Circulará únicamente por los lugares habilitados a tal efecto. Como regla general, todos los vehículos de tracción mecánica no podrán acceder al interior de los espacios verdes, salvo que exista autorización expresa que lo permita, o desempeñen labores propias de la conservación, tales como el suministro de plantas o la retirada de restos vegetales. -Mantendrá apagado el motor del vehículo durante las paradas superiores a 1 minuto. -Evitará la sobrecarga de los vehículos, extrayendo del mismo aquellos objetos que resulten innecesarios. -Una vez finalizada la jornada de trabajo, los vehículos permanecerán custodiados en instalaciones adecuadas, y en ningún caso, permanecerán en la vía pública. -Ningún vehículo adscrito al servicio podrá ser empleado para otra finalidad salvo autorización expresa de la Dirección Facultativa, ni podrá salir del termino municipal de Pontevedra sin la pertinente autorización municipal.

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  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • MODELO DE CONTRATO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 29 FRACCIÓN XVI DE LA LEY Y 39 FRACCIÓN II INCISO i) DEL REGLAMENTO, SE ADJUNTA EN EL ANEXO III, EL MODELO DE CONTRATO QUE SERÁ EMPLEADO POR LA CONVOCANTE PARA FORMALIZAR LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DE LA PRESENTE LICITACIÓN, EL CUAL CONTIENE EN LO APLICABLE, LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PREVISTOS EN EL ARTICULO 45 DE LA LEY, MISMOS QUE SERÁN OBLIGATORIOS PARA EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO, EN EL ENTENDIDO DE QUE SU CONTENIDO SERÁ ADECUADO, EN LO CONDUCENTE, CON MOTIVO DE LO DETERMINADO EN LA(S) JUNTA(S) DE ACLARACIONES Y A LO QUE DE ACUERDO CON LO OFERTADO EN LAS PROPOSICIONES DEL LICITANTE, LE HAYA SIDO ADJUDICADO EL FALLO. EN CASO DE DISCREPANCIA, EN EL CONTENIDO DEL CONTRATO EN RELACIÓN CON EL DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, PREVALECERÁ LO ESTIPULADO EN ESTA ÚLTIMA, ASÍ COMO EL RESULTADO DE LAS JUNTAS DE ACLARACIONES.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 13 de enero de 2012

  • Tratamiento de datos de carácter personal Se considera tratamiento de datos de carácter personal las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permitan la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así como las conexiones de datos que resulten de comunicaciones, consultas, interconexiones y transferencias que afecten a cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables. Si el contrato conlleva tratamiento o acceso a datos de carácter personal se estará a lo dispuesto en la disposición adicional 25ª LCSP. Además, la contratista, subcontratista y el personal adscrito a la ejecución deberán cumplir lo siguiente:

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • CALIDAD DE LOS SERVICIOS De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado ante “BANSEFI” a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable. De conformidad con lo establecido por el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se tendrán por recibidos los servicios, si no existe la aceptación de conformidad de los servicios prestados, por parte del personal autorizado de “BANSEFI”.

  • LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS “EL PROVEEDOR”, se obliga a prestar los

  • Origen de los Bienes Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador. Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea. El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos

  • Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros El Alcalde, que actuará como Presidente de la Mesa. — D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Vocal (Secretario de la Corporación). — Xx Xxxxxxxx Xxxxxxx o D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Técnicos Municipales) — Xx Xxxxx de Xxxxxxx Xxxx, Vocal. — D. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Vocal. — D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, que actuará como Secretario de la Mesa.