TARIFAS Y CARGOS Cláusulas de Ejemplo

TARIFAS Y CARGOS. Por el servicio prestado al Cliente en virtud de estas Condiciones Especiales, el Cliente pagará a la Distribuidora según la tarifa correspondiente la suma de (a) el Cargo fijo por factura, (b) el Cargo por metro cúbico de gas multiplicado por los metros cúbicos de consumo, y (c) los restantes Cargos que resulten exigibles según lo establecido por las Condiciones Generales del Reglamento.
TARIFAS Y CARGOS. Por el servicio prestado al Cliente en virtud de estas Condiciones Especiales, el Cliente pagará a la Distribuidora la suma de (a) el Cargo fijo por factura,
TARIFAS Y CARGOS. 8.1 Las Tarifas de VC se establecen por Producto por transacción. Serán aplicadas y cargadas a cada Pasajero, por cada uno de los trayectos de vuelo reservados, según el Producto escogido, las Condiciones del Contrato y las Condiciones Tarifarias aplicables al mismo. Adicional a los impuestos y cargos establecidos por las autoridades competentes, al Pasajero se le cobrará la adquisición de cualquier Servicio Adicional (Anexo VI y X).
TARIFAS Y CARGOS. Por el servicio prestado al Cliente en virtud de estas Condiciones Especiales, el Cliente pagará a la Distribuidora la suma de (a) el Cargo fijo por factura, (b) el Cargo por metro cúbico de gas, el que no podrá ser superior a la Tarifa para el Servicio Gran Usuario - Venta "ID" menos el precio del gas incluido en la Tarifa del Servicio Gran Usuario - Venta "ID", menos el costo del gas retenido, y el total multiplicado por los METROS CUBICOS (m3) transportados y (c) los restantes Cargos que resulten exigibles según lo establecido en la normativa vigente.
TARIFAS Y CARGOS. Por el servicio prestado al Cliente en virtud de estas Condiciones Especiales, el Cliente pagará a la Distribuidora la suma de (a) el Cargo fijo por factura, (b) el Cargo mensual pactado por metro cúbico de capacidad diaria reservada multiplicado por los metros cúbicos de capacidad diaria reservada, con más el Cargo por metro cúbico de Gas pactado multiplicado por los metros cúbicos transportados, los que sumados y divididos por los metros cúbicos transportados no podrán exceder la Tarifa del Servicio de Venta de Gas FT menos el precio del gas incluido en la Tarifa FT menos, de corresponder, la Tarifa del Servicio de Transporte Firme del Transportista («TF») hasta el punto de entrega del Transportista al Distribuidor, considerándose, un factor de carga del 100 %; y (C) los restantes cargos que resulten exigibles según lo establecido por las Condiciones Generales del Reglamento.
TARIFAS Y CARGOS. 8.1 Las Tarifas de VAC se establecen por Producto por transacción. Serán aplicadas y cargadas a cada Pasajero, por cada uno de los trayectos de vuelo reservados, según el Producto escogido, las Condiciones del Contrato y las Condiciones Tarifarias aplicables al mismo. Adicional a los impuestos y cargos establecidos por las autoridades competentes, al Pasajero se le cobrará la adquisición de cualquier Servicio Adicional (Anexo VI).
TARIFAS Y CARGOS. Por el servicio prestado al Cliente en virtud de estas Condiciones Especiales, el Cliente pagará a la Distribuidora la suma de (a) el Cargo fijo por factura, (b) el Cargo mensual pactado por METRO CUBICO (m3) de capacidad diaria reservada multiplicado por los METROS CUBICOS (m3) de capacidad diaria reservada, con más el Cargo por metro cúbico de gas pactado multiplicado por los METROS CUBICOS (m3) transportados, los que sumados y divididos por los METROS CUBICOS (m3) transportados no podrán exceder la Tarifa del Servicio de Venta Firme "GNC" menos el precio del gas incluido en la Tarifa Venta Firme "GNC", menos el costo del gas retenido, menos, de corresponder, la Tarifa del Servicio de Transporte Firme del Transportista (TF) hasta el Punto de Entrega del Transportista al Distribuidor, considerándose un factor de carga del CIEN POR CIENTO (100%); y (c) los restantes Cargos que resulten exigibles según lo establecido por las Condiciones Generales del Reglamento.
TARIFAS Y CARGOS. Por el servicio prestado al Cliente en virtud de estas Condi- ciones Especiales, el Cliente pagará a la Distribuidora la suma de (a) el Cargo fijo por factura, (b) el Cargo por metro cúbico de gas, el que no podrá ser superior a la Tarifa para el Servicio Gran Usuario - Venta “ID” menos el precio del gas incluido en la Tarifa del Servicio Gran Usuario - Venta “ID”, menos el costo del gas retenido, y el total multiplicado por los METROS CÚBICOS (m3) transportados y (c) los restantes Cargos que re- sulten exigibles según lo establecido en la normativa vigente.
TARIFAS Y CARGOS. Por el servicio prestado al Cliente en virtud de estas Condiciones Especiales, el Cliente pagará a la Distribuidora según la correspondiente Tarifa como máximo la suma de (a) el Cargo Fijo por factura, (b) el Cargo por metro cúbico de Gas multiplicado por los metros cúbicos, y (c) los restantes cargos que resulten exigibles según lo establecido por las Condiciones Generales del Reglamento.
TARIFAS Y CARGOS. A cambio de recibir nuestro Servicio de AT&T Phone, el cliente se compromete a pagar, y acepta que podemos cargar su tarjeta de crédito o débito registrada con nosotros, los cargos descritos en el inciso 1.9, la Lista de tarifas de U-Verse y los siguientes cargos: facturación. Es posible que se aplique una tarifa de degradación si realizan cambios en el Servicio de AT&T Phone dentro de los treinta (30) días posteriores a la provisión del Servicio de AT&T Phone o en pedidos de programación posteriores.