Common use of SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS Clause in Contracts

SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS. LA ASEA" a través �el lng. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Director de Supervisión de Procesos Industriales!, o quien lo sustituya en el cargo, actuará como Administrador del Contrato, por lo cual supervisará y vigilará en todo tiempo el servicio objeto de este contrato o la persona que este designe, el cual deberá realizarse en los plazos establecidos en el["AN.EXO ÚNICO"j. La supervisión del servicio que realice "LA ASEA"'no libera a "EL PROVEEDOR" del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así, como de r�xxxxxxx por deficiencias en la calidad del servicio una vez concluido éste. Lo anterior, en el entendido de·qu(;) el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita 6 expresa del servicio, 'ni libera i3 "EL PROVEEDOR" de las obligaciones que contrae bajo este contrato. De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisic,iones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las _visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad del servicio establecida en el presente contrato, pudiendo solicitar a "LA ASEA" y a "EL PROVEEDOR" todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. En el caso de atraso en el cumplimiento de las fechas o plazos P,actados para la prestación de los servicios, el Administrador del Contrato, procederá a notificar a · "EL PROVEEDOR" la pena respectiva, preferentemente dentro de los [30 (treinta) Jdías hábiles siguientes a la fecha en que se hayan generado las penas convencionales, notificando, igualmente a la Dirección General de Recursos Financieros, para que ésta reciba de parte de "EL PROVEEDOR", el comprobante que acredite el pago de la pena convencional formato "Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos, Esquema e5cinco", o el que determine en su caso el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Las penas convencionales serán determinadas por el Administrador del Contrato, en función de los servicios no prestados oportunamente.

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SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS. LA ASEA" Las áreas responsables que realizarán la supervisión de los servicios serán: la Gerencia de Riesgos y Seguros de Petróleos Mexicanos y las Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios según el ámbito de su competencia. La Gerencia de Riesgos y Seguros y las Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios, supervisarán que las reclamaciones, los procedimientos, así como el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de seguro se cumplan conforme a través �los términos y condiciones establecidas en la póliza de seguro. Siendo responsabilidad de cada una de las Áreas de Administración de Riesgos o de la Gerencia de Riesgos y Seguros lo relativo a la gestión de documentación y recuperación de sus reclamaciones. Para la verificación parcial o total de la siniestralidad reportada, la Aseguradora dará al Asegurado las facilidades necesarias para tal fin, proporcionando en su caso, copia de los expedientes que se le soliciten por parte de los responsables de la Gerencia de Riesgos y Seguros y de las Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios de Petróleos Mexicanos, según corresponda. Los servidores públicos responsables de administrar y vigilar el lng. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Director cumplimiento del contrato serán aquellos que se encuentren desempeñando dicha función en la Gerencia de Supervisión de Procesos Industriales!Riesgos y Seguros, o quien en las Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios según el ámbito de su competencia. En caso de que algún Servidor Público sea sustituido, será responsable la persona que lo sustituya en el cargo, actuará como Administrador del Contrato, por lo cual supervisará y vigilará en todo tiempo el servicio objeto de este contrato o la persona que este designe, el cual deberá realizarse en los plazos establecidos en el["AN.EXO ÚNICO"j. La supervisión del servicio que realice "LA ASEA"'no libera a "EL PROVEEDOR" del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así, como de r�xxxxxxx por deficiencias en la calidad del servicio una vez concluido éste. Lo anterior, en el entendido de·qu(;) el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita 6 expresa del servicio, 'ni libera i3 "EL PROVEEDOR" de las obligaciones que contrae bajo este contrato. De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisic,ionesAdquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las _visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad del servicio establecida de los servicios establecidos en el presente contrato, pudiendo solicitar a "LA ASEA" Petróleos Mexicanos y a "EL PROVEEDOR" la Aseguradora todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. En el caso La Aseguradora será la única responsable cuando los servicios objeto del contrato, no se hayan realizado de atraso acuerdo con lo estipulado en el cumplimiento mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de PETRÓLEOS MEXICANOS; por lo que en estos casos PETRÓLEOS MEXICANOS podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que la Aseguradora tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta de la Aseguradora; en tal supuesto, la Aseguradora procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión. Si la Aseguradora realiza servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. La Aseguradora tendrá la obligación de contar con todas las fechas o plazos P,actados autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la prestación adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y realizar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, la Aseguradora deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PETRÓLEOS MEXICANOS para la ejecución de los servicios, el Administrador del Contrato, procederá a notificar a · "EL PROVEEDOR" . Las obligaciones de la pena respectiva, preferentemente dentro Aseguradora de los [30 (treinta) Jdías hábiles siguientes acuerdo a la fecha en que se hayan generado póliza, deberán incluir todas las penas convencionalesactividades, notificando, igualmente a la Dirección General de Recursos Financieros, para que ésta reciba de parte de "EL PROVEEDOR", el comprobante que acredite el pago de la pena convencional formato "Pago Electrónico de Derechos, Productos insumos y Aprovechamientos, Esquema e5cinco", o el que determine en su caso el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Las penas convencionales serán determinadas por el Administrador del Contratocaso, en función instalaciones que sean indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios no prestados oportunamenteen los términos de esta póliza.

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SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS. LA ASEA" Las áreas responsables que realizarán la supervisión de los servicios serán: la Gerencia de Riesgos y Seguros de Petróleos Mexicanos y las Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios según el ámbito de su competencia. La Gerencia de Riesgos y Seguros y las Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios, supervisarán que las reclamaciones, los procedimientos, así como el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de seguro se cumplan conforme a través �los términos y condiciones establecidas en la póliza de seguro. Siendo responsabilidad de cada una de las Áreas de Administración de Riesgos o de la Gerencia de Riesgos y Seguros lo relativo a la gestión de documentación y recuperación de sus reclamaciones. Para la verificación parcial o total de la siniestralidad reportada, la Aseguradora dará al Asegurado las facilidades necesarias para tal fin, proporcionando en su caso, copia de los expedientes que se le soliciten por parte de los responsables de la Gerencia de Riesgos y Seguros y de las Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios de Petróleos Mexicanos, según corresponda. Los servidores públicos responsables de administrar y vigilar el lng. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Director cumplimiento del contrato serán aquellos que se encuentren desempeñando dicha función en la Gerencia de Supervisión de Procesos Industriales!Riesgos y Seguros, o quien en las Áreas de Administración de Riesgos de los Organismos Subsidiarios según el ámbito de su competencia. En caso de que algún Servidor Público sea sustituido, será responsable la persona que lo sustituya en el cargo, actuará como Administrador del Contrato, por lo cual supervisará y vigilará en todo tiempo el servicio objeto de este contrato o la persona que este designe, el cual deberá realizarse en los plazos establecidos en el["AN.EXO ÚNICO"j. La supervisión del servicio que realice "LA ASEA"'no libera a "EL PROVEEDOR" del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así, como de r�xxxxxxx por deficiencias en la calidad del servicio una vez concluido éste. Lo anterior, en el entendido de·qu(;) el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita 6 expresa del servicio, 'ni libera i3 "EL PROVEEDOR" de las obligaciones que contrae bajo este contrato. De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisic,iones, Arrendamientos y Servicios del Sector PúblicoLey, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las _visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad del servicio establecida de los servicios establecidos en el presente contrato, pudiendo solicitar a "LA ASEA" Petróleos Mexicanos y a "EL PROVEEDOR" al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. En el caso de atraso en el cumplimiento de las fechas o plazos P,actados para la prestación de los servicios, el Administrador del Contrato, procederá a notificar a · "EL PROVEEDOR" la pena respectiva, preferentemente dentro de los [30 (treinta) Jdías hábiles siguientes a la fecha en que se hayan generado las penas convencionales, notificando, igualmente a la Dirección General de Recursos Financieros, para que ésta reciba de parte de "EL PROVEEDOR", el comprobante que acredite el pago de la pena convencional formato "Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos, Esquema e5cinco", o el que determine en su caso el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Las penas convencionales serán determinadas por el Administrador del Contrato, en función de los servicios no prestados oportunamente.

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SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS. LA ASEA" a través �El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será IV de conformidad con lo indicado en el lngDocumento 18. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, Director de El área responsable que realizará la Supervisión de Procesos Industriales!los Servicios será El Departamento de Protección Ambiental del Complejo Petroquímico Pajaritos, o quien lo sustituya en Dicha supervisión se llevará a cabo en: del Complejo Petroquímico Pajaritos. El Proveedor acepta que el cargoSupervisor de PEMEX PETROQUÍMICA vigilará, actuará como Administrador del Contrato, por lo cual supervisará controlará y vigilará revisará en todo tiempo los Servicios y dará al Proveedor por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de Servicios ejecutados y que sean presentados por el servicio objeto de este contrato o la persona que este designe, el cual deberá realizarse en los plazos establecidos en el["AN.EXO ÚNICO"jProveedor. La supervisión del servicio que realice "LA ASEA"'no PEMEX PETROQUÍMICA a los servicios, no libera a "EL PROVEEDOR" al Proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así, el Contrato así como de r�xxxxxxx por deficiencias en la calidad del servicio los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluido ésteconcluidos los Servicios. Lo anterior, en el entendido de·qu(;) de que el ejercicio de esta ésta facultad no será considerada como aceptación tácita 6 o expresa del serviciode los Servicios, 'ni libera i3 "EL PROVEEDOR" al Proveedor de las obligaciones que contrae bajo este contratoen el Contrato. De conformidad con el artículo los artículos 57 y 58 de la Ley de Adquisic,iones, Arrendamientos y Servicios del Sector PúblicoLey, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las _visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad del servicio establecida y las especificaciones de los Servicios amparados en el presente contratoesta licitación, pudiendo solicitar a "LA ASEA" PEMEX PETROQUÍMICA y a "EL PROVEEDOR" al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. En Por su parte, el caso de atraso proveedor se obliga a tener en el cumplimiento de las fechas o plazos P,actados para la prestación lugar de los servicios, Servicios por el Administrador del Contrato, procederá a notificar a · "EL PROVEEDOR" tiempo que dure la pena respectiva, preferentemente dentro ejecución de los [30 (treinta) Jdías hábiles siguientes mismos, a la fecha en un responsable que se hayan generado las penas convencionales, notificando, igualmente a la Dirección General de Recursos Financieros, para que ésta reciba de parte de "EL PROVEEDOR", deberá conocer el comprobante que acredite el pago de la pena convencional formato "Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos, Esquema e5cinco", o el que determine en su caso el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Las penas convencionales serán determinadas por el Administrador del Contrato, en función alcance de los servicios no prestados oportunamenteServicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los mismos. El responsable del proveedor previamente a su intervención en los Servicios, deberá ser aceptado por PEMEX PETROQUÍMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados en esta convocatoria. En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio del responsable del proveedor y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos antes señalados.

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Samples: Formato De Declaración De Integridad

SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS. LA ASEA" Las áreas de PEMEX-REFINACIÓN que realizarán la supervisión de los servicios serán las Gerencias de Operación y Mantenimiento Marítimo y/o de Almacenamiento y Distribución Golfo de PEMEX-REFINACIÓN. Dicha supervisión se llevará a través �cabo en las diferentes Terminales Marítimas y Residencias de Operaciones Portuarias de PEMEX-REFINACIÓN. El NAVIERO acepta que el lng. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxsupervisor de PEMEX-REFINACIÓN vigilará, Director de Supervisión de Procesos Industriales!, o quien lo sustituya en el cargo, actuará como Administrador del Contrato, por lo cual supervisará controlará y vigilará revisará en todo el tiempo el servicio los servicios, objeto de este contrato o y dará al NAVIERO, por escrito las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la persona forma convenida, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que este designe, sean presentados por el cual deberá realizarse en los plazos establecidos en el["AN.EXO ÚNICO"jNAVIERO. La supervisión del servicio de los servicios que realice "LA ASEA"'no PEMEX-REFINACIÓN no libera a "EL PROVEEDOR" al NAVIERO del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato asícontrato, como de r�xxxxxxx por deficiencias en la calidad del servicio que aparezcan posteriormente una vez concluido ésteconcluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de·qu(;) de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita 6 o expresa del serviciode los servicios, 'ni libera i3 "a EL PROVEEDOR" NAVIERO de las obligaciones que contrae bajo este contrato. De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisic,ionesAdquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las _visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad del servicio establecida en el presente contratoy las especificaciones de los servicios, pudiendo solicitar a "LA ASEA" PEMEX-REFINACIÓN, y a "EL PROVEEDOR" al NAVIERO todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. En El Certificado de Entrega (Delivery Certificate) se elaborará retroactivamente, tomando en consideración la hora establecida en el Aviso de Listo Aceptado de El Buque (Notice of Readiness Accepted), el cual se dará dentro de la ventana establecida y al término de la Libre Plática declarada por las Autoridades Marítimas; previa Inspección Técnica tipo “Check List”, por parte del personal de PEMEX REFINACIÓN la cual será efectuada en presencia de personal del NAVIERO, para verificar que cumple con las especificaciones técnicas y demás documentos requeridos por PEMEX REFINACIÓN. Al momento de la entrega y en caso de atraso que EL BUQUE no apruebe la inspección técnica tipo Check List o no cumpla con los requisitos establecidos en este Contrato, PEMEX-REFINACIÓN no emitirá el cumplimiento certificado de las fechas Entrega (Delivery Certificate) y tendrá derecho de darlo por rescindido, haciendo efectiva la fianza estipulada en la Cláusula 51, sin el perjuicio de cualquier otro reclamo que PEMEX-REFINACIÓN tenga sobre EL NAVIERO en términos de este Contrato. En caso de que la inspección técnica tipo Check List no pueda llevarse a cabo por mal tiempo o plazos P,actados para causas de fuerza mayor dentro de la prestación de los serviciosventana acordada, el Administrador costo del Contratotiempo perdido será compartido 50% por EL NAVIERO y 50% por PEMEX-REFINACIÓN, procederá a notificar a · "EL PROVEEDOR" siempre y cuando la pena respectiva, preferentemente dentro inspección sea finalmente aprobada. En caso de los [30 (treinta) Jdías hábiles siguientes a la fecha en que se hayan generado las penas convencionales, notificando, igualmente a la Dirección General el puerto de Recursos Financieros, para que ésta reciba de parte de "EL PROVEEDOR"entrega no tenga tráfico nocturno, el comprobante tiempo perdido se repartirá de la misma forma señalada. En su caso, el Aviso de Listos no será válido si EL BUQUE no cuenta con el Permiso de Navegación y/o de Importación Temporal. EL NAVIERO garantiza que acredite al momento de la entrega de EL BUQUE aún con el nombre anterior, no está en la Lista Negra de ningún gobierno y no tiene orden de arresto o embargo. Las horas de entrega y devolución de EL BUQUE serán ajustadas al tiempo local (L.T.) y como referencia al Tiempo Universal (U.T.) y el pago de la pena convencional formato "Pago Electrónico tarifa será en base y de Derechosacuerdo al horario antes citado. PEMEX-REFINACIÓN dará a EL NAVIERO aviso de devolución, Productos con 15 días naturales de anticipación, señalando la fecha y Aprovechamientoslos probables puertos de devolución. En la fecha de inicio del contrato, Esquema e5cinco"se elaborará el Certificado de Entrega (Delivery Certificate), o expedido por PEMEX-REFINACIÓN y firmado por los representantes de ambas partes, dando así el que determine en su caso el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Las penas convencionales serán determinadas por el Administrador del Contrato, en función inicio la ejecución de los servicios no prestados oportunamenteobjeto del presente Contrato. En la fecha de terminación del contrato, se elaborará el Certificado de Devolución (Redelivery Certificate), expedido por PEMEX-REFINACIÓN y firmado por los representantes de ambas partes. EL BUQUE será devuelto en un puerto seguro de la Xxxxx Este de la República Mexicana a opción de PEMEX-REFINACIÓN, al desembarque xxx xxxxxx de salida en el último puerto de descarga.

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Samples: Bases De Licitación Pública Nacional