SERVICIO DE HOSPEDAJE Cláusulas de Ejemplo

SERVICIO DE HOSPEDAJE. El cual consistirá en obtener un hotel de 5 estrellas, como mínimo 10 habitaciones dobles y 5 sencillas,que se encuentre ubicado dentro de 00 xx x xx xxxxxxx xxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx.
SERVICIO DE HOSPEDAJE. Los participantes, deberan remitir la carta de reservaci6n a favor del Institute Nacional de Ecologfa y Cambia Climiitico (INECC), de la agencia y/o portal oficial de alojamiento para participantes de la COP25 (MundoTour y/o ADSMundo) al momenta de presentar sus propuestas tecnica y econ6mica, que asegure el hospedaje para las 4 personas servidoras pDblicas adscritas at INECC, adjuntando la direcci6n y ubicaci6n del hotel. Las habitaciones deberan ser individuates (4 sencillas o estc'.indar), por un total. de 15 noches por cada persona servidora pUblica del INECC (60 noches en total) y con una estancia del 30 de noviembre a! 15 de diciembre de 2019, como se detalla en el siguiente cuadro: TIPO HABITACl6N NO MERO DE HABITACIONES NO MERO DE NOCHES Estiindar l 15 Estander l 15 Esttindar l 15 No. ESTANCIA 1 Del 30 de noviembre al 15 de didembre de 2019 2 Del 30 de noviembre al 15 de diciembre de 2019 3 Del 30 de noviembre al 15 de didembre de 2019
SERVICIO DE HOSPEDAJE. DEL 01 DE FEBRERO AL 7 DE FEBRERO DE 2015 FINANZAS 24/08/2016 201 SECRETARÍA DE FINANZAS AA-915002994-N138-20 ARTICULO 42 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO VIP VIAJES, S.A. DE C.V. POR CUMPLIR LAS CONDICIONES LEGALES, TÉCNICAS YECONÓMICAS REQUERIDAS POR LA CONVOCANTE Y OFERTAR EL PRECIO MÁS BAJO FINANZAS DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES CONTRATO FEDERAL 114 24/12/2014 $80,958.00 $0.00 LA FORMA DE PAGO SERÁ DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA PRESENTACIÓN Y ACEPTADA LA FACTURA CON LAS NOTAS DE REMISIÓN QUE AMPAREN LA ENTREGA, INSTALACIÓN Y PUESTA EN OPERACIÓN. NO APLICARA EL PAGO DE ANTICIPOS NI EL RECONOCIMIENTO DE INTERESES.
SERVICIO DE HOSPEDAJE. El número y distribución de habitaciones se requiere de acuerdo con lo siguiente: Dobles 33 33 Salida Sencillas 2 2 Salida Habitación estándar para ocupación: Doble (2 camas matrimoniales o individuales)  Margen para No cobro de habitaciones no ocupadas (No show) del 10% de las reservaciones confirmadas.  Considerar en el costo de la habitación el servicio de botones, camaristas, estacionamiento para hospedados y personal de apoyo, así como impuestos.
SERVICIO DE HOSPEDAJE. El cual consistirá en obtener un hotel de 5 estrellas, como mínimo 5
SERVICIO DE HOSPEDAJE. En caso la mascota del AFILIADO necesite servicio de hospedaje, I365 gestionará la estadía en la localidad incluido la alimentación con un: CO- PAGO DE S/.25.00 POR DÍA, UN MÁXIMO DE 3 DÍAS, AL SIGUIENTE DÍA EL AFILIADO ASUME LA ESTADÍA A UN COSTO PREFERENCIAL Y CON UN MÁXIMO DE 2 EVENTOS. En caso el AFILIADO requiera para su mascota el servicio de baño, I365 coordinará con um centro especializado para la atención con un: CO- PAGO DE S/.25.00 Y UN MÁXIMO DE 2 EVENTOS. En caso la mascota del AFILIADO necesite servicio refuerza anual (vacuna) y desparasitado, I365 gestionará con un profesional la atención con un: CO- PAGO DE S/.25.00 POR DÍA, UN MÁXIMO DE 1 EVENTO.
SERVICIO DE HOSPEDAJE. Habitación Estándar para ocupación: • Sencilla (1 cama Queen size x Xxxx size). • Doble (2 camas Queen size o matrimonial). 1.1. Características mínimas, de equipamiento en habitaciones: Aire acondicionado, servicio de caja de seguridad, baño privado, secadora, teléfono, mesa de trabajo, radio reloj despertador y/o servicio de despertador, ropería limpia, TV a color e internet. El número de habitaciones requeridas: Tabla 1.2 Tipo de Habitación Noche del Lunes 13 Noche xxx Xxxxxx 14 Noche del Miércoles 15 (Llegada del grupo 2) Noche del Jueves 16 Viernes 17 Salida Evento Fecha Sede Hotel Sede CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE APOYO DE LOGÍSTICA PARA LA REUNIÓN NACIONAL DE DESARROLLO COMUNITARIO Y PARTERÍA Lunes 13 al viernes 17 xx xxxxxx de 0000 Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx Hotel 5 Estrellas ubicado en el Municipio de Toluca. Dobles 81 81 86 86

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.