RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO. El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO. (art. 52 TRLCSP)
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO. El órgano de contratación, si así se hace constar en la letra D del cuadro de características, podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación. En particular, le corresponderá a quien, en su caso, sea designado como responsable del contrato las siguientes atribuciones: - Proponer al órgano de contratación las penalizaciones a imponer al contratista en caso de incumplimientos del contrato imputables al mismo (art. 212 TRLCSP). - Concurrir a la recepción de los servicios (art. 307 TRLCSP)
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO. El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación. En particular, le corresponderá a quien, en su caso, sea designado como responsable del contrato las siguientes atribuciones: - Proponer al órgano de contratación las penalizaciones a imponer al contratista en caso de incumplimientos del contrato imputables al mismo. - Concurrir a la recepción de las obras y, en su caso, tenerlas por recibidas. Dichas atribuciones se entienden sin perjuicio de las que corresponden al director facultativo de la obra, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo V del Título II del Libro IV de la LCSP.
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO. El órgano de contratación podrá designar a un responsable supervisor como responsable de la ejecución del servicio, el cual supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO. (art. 52 TRLCSP) El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO. El responsable del presente contrato, será el Sr. Jefe de la Unidad de Infraestructuras de este Ayuntamiento, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO. Los servicios objeto de licitación se llevarán a cabo bajo la dirección técnica del personal que al efecto designe la Dirección de Comunicación en calidad de responsables del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 del TRLCSP y 94 del RGLCAP, que ejercerán de una manera continuada y directa las funciones de dirección, inspección y control de la ejecución del contrato, sin perjuicio de que pueda confiar tales funciones a cualquiera de sus órganos. Durante la ejecución del contrato, el adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la ejecución de los trabajos, conforme a las instrucciones de obligado cumplimiento dadas por escrito por la Administración a través del responsable del contrato. El responsable y sus colaboradores, acompañados por la/el delegada/o de la empresa o persona adjudicataria, tendrán libre acceso a los lugares donde se realice el servicio.
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO. (arts 41 y 213 LCSP).
RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO. 22.- Obligaciones del contratista.