RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 4. Multas y penal;
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA a. De acuerdo a la Directriz No 29 de la Xxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx 00 xx xxxxxx xxx 2001 y publicada en La Gaceta No 153, es deber ineludible del Contratista cumplir estrictamente las obligaciones laborales y de seguridad social y seguridad industrial, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento del contrato respectivo, para lo cual el Administrador de Contrato tendrán la responsabilidad de la verificación del cumplimiento de esta obligación. El Contratista se compromete a cumplir con la Legislación Nacional en Salud Ocupacional y la normativa institucional que le sea aplicable de acuerdo con las características de lo contratado.
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Comunicar a LA ENTIDAD de inmediato, después de la suscripción del contrato, al observar fallas o defectos, en cualquier especificación o bien que LA ENTIDAD le hubiere proporcionado, de acuerdo a lo señalado en el Art. 210° del Reglamento. Queda establecido que EL CONTRATISTA no podrá transferir parcial ni totalmente a terceros las obligaciones que asume, teniendo responsabilidad absoluta sobre su ejecución y cumplimiento. Así mismo, bajo ningún motivo podrá alterar, modificar, ni sustituir las características de su propuesta al ejecutar las obligaciones que le corresponden conforme al presente contrato. Cumplir cabalmente con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier manifestación formal documentada, que hayan aportado adicionalmente, en el curso del proceso de selección o en la formalización del contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. Ejecutar la integridad de la prestación contratada, con las mismas características, especificaciones y calidad que se indican en su propuesta, concordante con los Términos de Referencia requeridos y establecidos en las bases. LA ENTIDAD no asumirá ninguna responsabilidad por las obligaciones que contraiga EL CONTRATISTA con su personal (considérese de ser el caso, la Ley Nº 26790 y su Reglamento D.S. Nº 009-97-SA, en lo que respecta al Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo), para la ejecución de la prestación contratada. EL CONTRATISTA no podrá reclamar pago adicional alguno a los conceptos contemplados en su propuesta y fijados en el presente contrato.
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Se xxxxxxx Xxxxx 0 con responsabilidades y obligaciones, pero en las condiciones de contratación se incluirán algunas responsabilidades y obligaciones relacionadas con el proyecto en particular.
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  • RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA El Contratista será responsable de:

  • Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del TRLCSP.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de la indemnización por daño ulterior, las sanciones administrativas y pecuniarias aplicadas a EL CONTRATISTA, no lo eximen de cumplir con las demás obligaciones pactadas ni de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA El contratista tendrá los siguientes derechos y obligaciones:

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • RESPONSABILIDADES DEL CLIENTE El Cliente:

  • OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA En virtud del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga específicamente con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Responsabilidades del Proveedor 14.1 El Proveedor deberá proporcionar todos los Bienes y Servicios Conexos incluidos en el Alcance de Suministros de conformidad con la Cláusula 12 de las CGC, el Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 13 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA La prestación del servicio se efectuará con arreglo a las condiciones que a continuación se estipulan, de las que se derivan los derechos y obligaciones de ambas partes contratantes: - Realización y mantenimiento del Inventario de Mobiliario Urbano, según condicionantes mínimos, establecidos en este Pliego y bajo la supervisión del Departamento de Parques y Jardines. - Ejecutar las labores de inspección periódica del estado del mobiliario urbano, con las frecuencias y características que se especifiquen en la oferta. - Conservación preventiva del conjunto del mobiliario urbano objeto del Concurso según los planes propuestos en la oferta, sujetos a aprobación o modificación por el Departamento de Parques y Jardines, incluidas las labores de limpieza de los elementos. - Operaciones de reparación y mantenimiento del mobiliario urbano in situ, o en taller atendiendo las órdenes de trabajo en los plazos reseñados en este Pliego, así como las comunicaciones del personal técnico del Departamento de Parques y Jardines. - Transporte de elementos de mobiliario urbano tanto a, o de talleres de reparación o almacenes. - Fijación o retirada de elementos anclados con o sin obra de fábrica. - Sustitución de partes o conjuntos completos de elementos, así como la realización de suministros de piezas necesarias para asegurar la continuidad del servicio de los elementos instalados. - Disponer del personal necesario tanto en número como en capacidad profesional y cuantía mínima reseñada para la adecuada realización del servicio. - Disponibilidad de vehículos y equipos en las cuantías mínimas y características que se reseñarán para satisfacer las exigencias xxx Xxxxxx. - Disponibilidad de almacenes, talleres y materiales y repuestos necesarios en cuantías mínimas señaladas, para asegurar el racional desempeño del servicio. - Administración del servicio. - Facilitar presupuestos de sustitución, modificación y conservación de los elementos que en el futuro se precise y que no se encuentren incluidos en este Pliego. - Precintar o retirar de forma inmediata cualquier elemento que represente un peligro y comunicar de forma inmediata al Ayuntamiento las actuaciones. - Entregar parte semanal de trabajos y actuaciones realizadas al Departamento de Parques Jardines.