OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

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OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA se obliga a OBLIGACIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO: El contratista deberá, en un plazo no mayor a tres (3) días posteriores a la suscripción del contrato, entregar la siguiente información: 1. Presentar el cronograma general del contrato, la metodología de trabajo para la ejecución de las actividades objeto del contrato, organigrama, los cuales serán revisados y aprobados por la Interventoría antes de la suscripción del acta o emisión de orden de inicio del contrato. 2. Entregar a la Interventoría, las hojas de vida del equipo de trabajo de acuerdo con lo establecido en el Numeral “Personal mínimo y dedicaciones mínimas” y mantener el personal mínimo exigido para la ejecución del contrato, así como la afiliación al sistema de seguridad social integral de todo el personal propuesto, estos documentos serán revisados y aprobados por la Interventoría antes de la suscripción del acta o emisión de orden de inicio del contrato. 3. Presentar el plan de gestión social y el plan de gestión del riesgo, los cuales serán revisados y aprobados por la Interventoría antes de la suscripción del acta o emisión de orden de inicio del contrato. 4. Constituir en el plazo establecido, las garantías respectivas del contrato y mantenerlas vigentes en los términos establecidos. Las garantías deberán presentarse y contar con la respectiva aprobación por parte de LA CONTRATANTE, como requisito para la suscripción del acta o emisión de orden de inicio del contrato. 5. Presentar a la interventoría, para su aprobación, todos los documentos señalados en la documentación previa a la suscripción del acta de inicio u orden de inicio, del presente estudio previo. 6. Elaborar el Plan de Manejo Ambiental y el Plan de Manejo de Tránsito para aprobación por parte de la Interventoría.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. 1. Ejecutar el contrato de acuerdo a las especificaciones técnicas, los anexos técnicos y demás documentos que hagan parte del proceso de contratación. 2. Cumplir todos los requerimientos técnicos, administrativos y financieros de calidad y de cumplimiento del objeto contractual. 3. Mantener durante todo el plazo de ejecución del contrato, el equipo de trabajo requerido por la entidad, de acuerdo con las calidades y perfiles ofertados, garantizando que cada uno cuente con los elementos, insumos y/o herramientas necesarias para el desarrollo de las actividades requeridas. En caso de que el contratista requiera cambiar alguno de los profesionales y demás personal ofrecido, este deberá tener un perfil igual o superior al ofertado. En todo caso, el interventor deberá aprobar, previamente, el reemplazo. Será por cuenta del CONTRATISTA el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución de la obra, igualmente la elaboración de los subcontratos necesarios, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal con la SDSCJ. 4. Presentar para aprobación de la Interventoría, dentro de los cinco (5) días siguientes a la suscripción del acta de inicio del contrato, el personal mínimo obligatorio para el desarrollo de la obras, de conformidad con los parámetros y calidades exigidos en el contrato. 5. Garantizar que el personal profesional requerido para cumplir con el objeto contractual, no estará comprometido en más del 100% de su tiempo incluyendo la dedicación requerida para la ejecución del contrato derivado del presente proceso e incluyendo otros contratos en ejecución con la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia. Por tanto, la interventoría verificará que el personal profesional presentado para la ejecución del contrato por parte del CONTRATISTA, tenga por lo menos el porcentaje de dedicación mínima de disponibilidad en tiempo, requerido por la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia para la ejecución del contrato. 6. Garantizar la disponibilidad del recurso técnico, tecnológico, humano, físico, etc, que adicionalmente se requiera para la correcta ejecución y desarrollo del proyecto. 7. Presentar a la Entidad dentro de los cinco (5) días hábiles de cada mes, un informe mensual avalado por el interventor en medio físico y magnético, que detalle y precise los aspectos técnicos, administrativos, financieros, contables, ambientales, sociales, entre otro...
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA a. Encontrarse al día en el pago de los aportes parafiscales durante la ejecución del contrato. b. El cuidado, vigilancia y seguridad de las instalaciones físicas y los elementos que se encuentren dentro de ellas. La compañía deberá responder por los elementos que se extravíen de las oficinas por causas imputables al servicio de vigilancia. El contratistas pagará los deducibles a que haya lugar por siniestro o hurtos ocurridos en las instalaciones objeto del contrato, que se reclamen a la compañía de seguros. Igualmente cuando el valor de la reclamación no sea posible por el deducible, la compañía de vigilancia repondrá el bien por uno con iguales o mejores características al extraviado, en un término máximo de siete (7) días hábiles. Lo anterior sin perjuicio de las acciones legales que lleve a cabo la compañía de seguros frente al contratista. Todo lo anterior se entiende enmarcado en que previamente se realizarán las investigaciones administrativas entre las partes, tendientes a determinar responsabilidades. c. ▇▇▇▇▇ durante la jornada de trabajo por la seguridad de los funcionarios, contratistas y visitantes que permanezcan en el área objeto de vigilancia. d. Mantener la presencia de vigilantes sin interrupción, durante los horarios establecidos para cada puesto, de acuerdo con la modalidad del servicio contratado. e. Ejercer control en todos los puestos de vigilancia requeridos mediante la coordinación y supervisión del Jefe de Servicios Generales o quien haga sus veces, para que cumplan los requisitos exigidos en el presente Pliego de Condiciones y manual de obligaciones. f. Designar el coordinador de los vigilantes y asignar por parte de la empresa supervisores de ronda 24 horas que cumpla con los requisitos que establece el pliego. g. El coordinador que se asigne para la ejecución del contrato deben ser de disponibilidad permanente y disponer de un móvil para hacer recorridos permanentes por los puestos. h. Ejecutar las medidas especiales de control que le imparta verbalmente o por escrito el supervisor del contrato (Jefe del Departamento de Gestión de Servicios Generales). i. Disminuir o aumentar la cantidad de vigilantes, por solicitud escrita del supervisor del contrato. j. Reubicar los puestos de vigilancia cuando así se requiera, previa solicitud escrita del supervisor del contrato. k. Mantener debidamente capacitado al personal que presta servicio de vigilancia, en los diferentes puestos requeridos por la Entidad. l. Cumplir sus obligaciones ...
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, serán de su cuenta las siguientes: 1. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y Seguridad y Salud. A este efecto, de conformidad con lo previsto en el art. 119 del TRLCSP, se informa que los licitadores podrán obtener información sobre obligaciones relativas a la protección y condiciones de trabajo vigentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el Servicio de Relaciones Laborales y Economía Social de la Dirección General de Trabajo, Industria y Comercio; y en el Instituto Riojano de Salud Laboral. Los licitadores manifestarán en su solicitud si han tenido en cuenta en sus ofertas el cumplimiento de las anteriores obligaciones. 2. La empresa que resulte adjudicataria deberá presentar al Responsable del contrato, en su caso, su sistema de gestión de la prevención: información esquemática de su estructura preventiva y de cómo se refleja ésta en sus procedimientos de trabajo, así como la siguiente documentación: − Modalidad preventiva elegida por la empresa, servicio de prevención (propio, concertado, etc.) − Nombre y apellidos y cargo responsable y/o gestor del servicio de Prevención. − Plan de Prevención de la empresa, evaluación de riesgos y planificación preventiva asociada a la actividad a realizar por la contrata. − Relación nominal actualizada de trabajadores de la contrata, acreditación de su formación e información en prevención de riesgos laborales y cualificación acorde a las tareas a realizar. La empresa deberá acreditar igualmente que los trabajadores están informados de los riesgos a los que están expuestos y han recibido formación al respecto. − Presencia de recursos preventivos en las tareas que así lo requieran. Y documentación acreditativa de la capacidad técnica de los recursos preventivos presentes, de conformidad con los artículos 30, 31 y 32 bis de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995, de 8 de noviembre. − Se debe informar al Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de los accidentes de trabajo ocurridos por su personal en nuestros centros de trabajo, facilitando la investigación del mismo
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA se
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. En virtud del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga específicamente con LA UNIVERSIDAD a cumplir con las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. No sobrepasar por ningún motivo el valor del contrato, salvo previa firma del contrato adicional. Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos por el SENA. Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta. Permanecer ▇ ▇▇▇ y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y Contratación de aprendices. Las demás contempladas en el artículo 5 de la ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual ▇▇▇▇▇▇▇ las demás instrucciones que le sean dadas por el supervisor del contrato, que se deriven o tengan relación con el objeto del contrato. Cláusula de indemnidad: El contratista mantendrá indemne al SENA contra todo reclamo, demanda, acción legal y costos que puedan causarse o surgir por daños o perjuicios originados en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes, durante la ejecución del objeto y de las obligaciones del contrato Reemplazar o restituir a su ▇▇▇▇▇, sin que implique modificación al plazo de entrega, los materiales en su totalidad si algún elemento que lo compone resultase defectuosos o de mala calidad o con especificaciones diferentes o inferiores a los requeridos por la entidad, sin costo adicional para la entidad. Si el PROVEEDOR no restituye los elementos dentro del término señalado por el SENA, éste podrá proceder a declarar el siniestro de incumplimiento y/o a solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato. Cumplir con las especificaciones técnicas y operativas ofrecidas en la propuesta. Mantener los precios establecidos en la oferta que acompaña la propuesta presentada por el proponente seleccionado. Informar al supervisor del contrato sobre cualquier irregularidad que advierta en desarrollo del contrato. Entregar materiales de excelente calidad, libre de defectos, vencimientos e imperfecciones y cumplir con las especificaciones técnicas y de seguridad, de acuerdo con las normas de calidad del producto. Entregar al SENA la totalidad de los materiales en el Almacén del Centro Industrial y del Desarrollo Tecnológico de Barrancabermeja, de acuerdo con las especificaciones dadas en la ficha técnica y demás condiciones requeridas por la entidad en la Invitación Pública y la comunicación de acept...
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. Son las previstas en la cláusula 30 ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares rige el acuerdo marco en que se basa el presente contrato.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. En desarrollo del objeto en mención, EL CONTRATISTA adquiere las siguientes obligaciones específicas: 1. Las obligaciones que correspondan o sean de la naturaleza del contrato y que permitan garantizar el cumplimiento del objeto contratado. 2. Cumplir totalmente con las condiciones técnicas y comerciales ofrecidas en la propuesta.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA. [La entidad incluirá las obligaciones específicas que considere conveniente, de acuerdo con la naturaleza y objeto del contrato, al igual que los mecanismos que tenga cada Entidad para controlar el cumplimiento de las obligaciones del Contratista]