Common use of RESPONSABILIDAD SOBRE DAÑOS Clause in Contracts

RESPONSABILIDAD SOBRE DAÑOS. La Adjudicataria será responsable de los daños ocasionados por sus trabajos y/o agentes en las construcciones o cosas existentes en el edificio de propiedad del Banco o de terceros, fijas o móviles, y estará obligada a reparar o reemplazar por completo y a su xxxxx, según lo indique la Supervisión, todo elemento o parte de él que por causa de su intervención fuera afectado. Si, en cada caso, la Adjudicataria deseara formular algún descargo al respecto, deberá dejar expresa constancia de esta situación en la respectiva Orden de Servicio al notificarse del hecho. En este caso, el plazo comunicado podrá ser reconsiderado por el Banco. Dicho descargo no será considerado si se realizara con posterioridad al plazo otorgado o si la empresa expresara, en principio, su conformidad en la respectiva comunicación. Vencido el plazo, el Banco procederá - con cargo a la Adjudicataria - a efectuar la reparación y/o reposición, ya sea con materiales y mano de obra propios o a contratar con terceros, según ello mejor responda a sus intereses, aplicándose además un recargo del 10% en concepto de gastos administrativos, el que será deducido de las respectivas facturas. Igual temperamento se adoptará cuando las reposiciones o reparaciones efectuadas por la empresa no conformaran al Banco. Asimismo, la responsabilidad de la Adjudicataria alcanza a los accidentes que ocurran, en razón de los trabajos contratados, a sus obreros, propiedades o terceras personas, ya sea por su culpa directa, por acción de los elementos o por causas eventuales y estará a su cargo la reparación y/o indemnización del daño producido. VI -

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RESPONSABILIDAD SOBRE DAÑOS. La Adjudicataria adjudicataria será responsable de los daños ocasionados por sus trabajos y/o agentes en las construcciones o cosas existentes en el edificio los edificios, de propiedad del Banco o de terceros, fijas o móviles, y estará obligada a reparar o reemplazar por completo y a su xxxxx, según lo indique la SupervisiónSuperintendencia de los trabajos, todo elemento o parte de él él, que por causa de su intervención fuera afectado. Las reparaciones o reposiciones deberán efectuarse dentro de los plazos que determine el Banco en cada oportunidad. Si, en cada caso, la Adjudicataria adjudicataria deseara formular algún descargo al respecto, deberá dejar expresa constancia de esta situación en la respectiva Orden de Servicio al notificarse del hecho. En este caso, caso el plazo comunicado podrá podría ser reconsiderado por el Banco. Dicho descargo no será considerado aceptado si se realizara con posterioridad al plazo otorgado o si la empresa expresara, en principio, su conformidad en la respectiva comunicaciónLugar y fecha: 10/05/2012-CP N° Zorras Eléctricas.doc Firma y sello (*) – Marcar con “X” lo que corresponda. Vencido el plazo, el Banco procederá - con cargo a la Adjudicataria - a efectuar la reparación y/o reposición, ya sea con materiales y mano Fórm. 1580-C (VII-2001) B.C.R.A. Gerencia de obra propios o a contratar con terceros, según ello mejor responda a sus intereses, aplicándose además un recargo del 10% en concepto Contrataciones Licitación Pública 01 Compulsa de gastos administrativos, el que será deducido de las respectivas facturas. Igual temperamento se adoptará cuando las reposiciones o reparaciones efectuadas por la empresa no conformaran al Banco. Asimismo, la responsabilidad de la Adjudicataria alcanza a los accidentes que ocurran, en razón de los trabajos contratados, a sus obreros, propiedades o terceras personas, ya sea por su culpa directa, por acción de los elementos o por causas eventuales y estará a su cargo la reparación y/o indemnización del daño producido. VI -Precios (*) 02 X N° 63/12 Contratación Directa 03 Expediente N° Oferta N° Hoja N° 100.219/12 8

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RESPONSABILIDAD SOBRE DAÑOS. La Adjudicataria será responsable de los daños ocasionados por sus trabajos y/o agentes en las construcciones o cosas existentes en el edificio de propiedad del Banco o de terceros, fijas o móviles, y estará obligada a reparar o reemplazar por completo y a su xxxxx, según lo indique la Supervisión, todo elemento o parte de él que por causa de su intervención fuera afectado. Si, en cada caso, la Adjudicataria deseara formular algún descargo al respecto, deberá dejar expresa constancia de esta situación en la respectiva Orden de Servicio al notificarse del hecho. En este caso, el plazo comunicado podrá ser reconsiderado por el Banco. Dicho descargo no será considerado si se realizara con posterioridad al plazo otorgado o si la empresa expresara, en principio, su conformidad en la respectiva comunicación. Vencido el plazo, el Banco procederá - con -con cargo a la Adjudicataria - Adjudicataria- a efectuar la reparación y/o reposición, ya sea con materiales y mano de obra propios o a contratar con terceros, según ello mejor responda a sus intereses, aplicándose además un recargo del 10% en concepto de gastos administrativos, el que será deducido de las respectivas facturas. Igual temperamento se adoptará cuando las reposiciones o reparaciones efectuadas por la empresa no conformaran al Banco. Asimismo, la responsabilidad de la Adjudicataria alcanza a los accidentes que ocurran, en razón de los trabajos contratados, a sus obreros, propiedades o terceras personas, ya sea por su culpa directa, por acción de los elementos o por causas eventuales y estará a su cargo la reparación y/o indemnización del daño producido. VI X -

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RESPONSABILIDAD SOBRE DAÑOS. La Adjudicataria será responsable de los daños ocasionados por sus trabajos y/o agentes en las construcciones o cosas existentes en el edificio de propiedad del Banco B.C.R.A. o de terceros, fijas o móviles, y estará obligada a reparar o reemplazar por completo y a su xxxxx, según lo indique la Supervisión, todo elemento o parte de él que por causa de su intervención fuera afectado. Si, en cada caso, la Adjudicataria deseara formular algún descargo al respecto, deberá dejar expresa constancia de esta situación en la respectiva Orden de Servicio al notificarse del hecho. En este caso, el plazo comunicado podrá ser reconsiderado por el Banco. B.C.R.A. Dicho descargo no será considerado si se realizara con posterioridad al plazo otorgado o si la empresa expresara, en principio, su conformidad en la respectiva comunicación. Vencido el plazo, el Banco B.C.R.A. procederá - con -con cargo a la Adjudicataria - Adjudicataria- a efectuar la reparación y/o reposición, ya sea con materiales y mano de obra propios o a contratar con terceros, según ello mejor responda a sus intereses, aplicándose además un recargo del 10% en concepto de gastos administrativos, el que será deducido de las respectivas facturas. Igual temperamento se adoptará cuando las reposiciones o reparaciones efectuadas por la empresa no conformaran al Banco. B.C.R.A. Asimismo, la responsabilidad de la Adjudicataria alcanza a los accidentes que ocurran, en razón de los trabajos contratados, a sus obreros, propiedades o terceras personas, ya sea por su culpa directa, por acción de los elementos o por causas eventuales y estará a su cargo la reparación y/o indemnización del daño producido. VI X -

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