Responsabilidad por defectos Cláusulas de Ejemplo

Responsabilidad por defectos. 10.1 En el presente Contrato, y sujeto a lo establecido en la Cláusula 10.2, se entenderá por defecto cualquier disconformidad en los Trabajos con los términos expresamente establecidos en este Contrato resultantes de las circunstancias que existen en los Trabajos en el momento de la transmisión del riesgo al Cliente ("Defectos").
Responsabilidad por defectos. 14.1 El cliente no tendrá derecho alguno por un defecto del suministro o prestaciones cuando sólo se haya producido una ligera disminución de la calidad acordada. En tanto que el suministro o prestación sea defectuoso, y el cliente haya reclamado debidamente de acuerdo con estas condiciones generales, procederemos, a nuestra elección, a un suministro adicional o a subsanar el defecto (Nacherfüllung). A estos efectos siempre se nos ofrecerá esta posibilidad dentro de un plazo razonable. En caso de que el defecto no quedase subsanado y renunciemos a llevar a cabo adicionales intentos de subsanación, el cliente podrá resolver o bien reducir correspondientemente el pago .
Responsabilidad por defectos. 7.1 En caso de existir un defecto material dentro del plazo de prescripción, cuya causa ya existía en el momento de la transferencia del riesgo, el Proveedor podrá, a su discreción, o bien subsanar el defecto o bien entregar un artículo sin defectos como cumplimiento posterior. El defecto se subsanará mediante la sustitución o la reparación del objeto defectuoso en la sede del Proveedor, a menos que las Partes acuerden lo contrario de forma expresa o tácita (por ejemplo, mediante una actuación in situ sin oposición). Las piezas sustituidas pasan a ser propiedad del Proveedor; las disposiciones del apartado 6 se aplican de forma análoga.
Responsabilidad por defectos. A fin de que las Obras y los Documentos del Contratista, así como cada una de las Secciones, puedan estar en las condiciones exigidas en el Contrato (a excepción del uso y desgaste justo), a la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente o tan pronto como sea posible después de esa fecha, el Contratista deberá:
Responsabilidad por defectos. 19. Las cláusulas 20 - 23 que siguen, no se aplicarán en la medida en que los Productos estén cubiertos por la
Responsabilidad por defectos. 18. De conformidad con lo estipulado en las Cláusulas 19-33, ambas incluidas, el Proveedor deberá subsanar cualquier defecto o falta de conformidad (referido a continuación como defecto(s)) resultante de fallos en el diseño, en los materiales o en la fabricación.
Responsabilidad por defectos. En caso de que el Proveedor cumpliera o no con la prestación de los servicios, ocasionando daños totales o parciales, el Proveedor será responsable por todos los daños presentes y futuros que pudieran surgir en relación con dicha acción u omisión. El Proveedor garantiza que los productos entregados, el material utilizado, las partes, los lubricantes, etc. se encuentran libres de todo defecto, son nuevos y adecuados para el propósito previsto, cumplen con toda la normativa técnica pertinente y obedecen estric- tamente a las especificaciones aplicables y exigencias de calidad. El Proveedor deberá reparar todo defecto que fuera atribuible en todo o en parte al Proveedor sin costo alguno en un plazo de 24 horas tras haber detectado el fallo y entregará los productos reparados en su destino de utilización sin costo alguno. A menos que se acuerde lo contrario, la garantía tendrá una validez de 5 años a partir de la entrega de la mercancía. El período de garantía de los productos defectuosos se reanudará tras reparar el defecto. Para casos urgentes, el Comprador podrá realizar todos los trabajos de reparación necesarios por sí mismo o a través de un tercero o bien ofrecer recambios a expensas del Proveedor. En caso de fallos consecutivos, el Proveedor deberá tomar las medidas a su alcance para subsanar inmediatamente el daño o reducir el mismo al mínimo. El Comprador tendrá derecho de solicitar el reemplazo de los productos dañados a expensas del Proveedor (incluyendo las tasas aduaneras, los gastos de embalaje y transporte al consumidor final) cuando el daño fuera imputable en todo o en parte al Proveedor.
Responsabilidad por defectos. (a) El Comprador está obligado a inspeccionar todos los productos inmediatamente después de la recepción, y a notificar inmediatamente a DIT por escrito de cualquier defecto que haya podido identificar, describiendo con exactitud tales defectos. El plazo máximo para las reclamaciones de defectos es de 7 días contados desde la recepción de los productos o de haber retocado la pieza con algún instrumento de trabajo dental.
Responsabilidad por defectos. Terminación de Trabajos Pendientes y Reparación de Defectos A fin de que las Obras y los Documentos del Contratista, así como cada una de las Secciones, puedan estar en las condiciones exigidas en el Contrato (a excepción del uso y desgaste justo), a la fecha de vencimiento del Plazo para la Notificación de Defectos pertinente o tan pronto como sea posible después de esa fecha, el Contratista deberá: terminar los trabajos que queden pendientes en la fecha señalada en el Certificado de Recepción de Obra, dentro del plazo razonable que indique el Ingeniero, y realizar todos los trabajos exigidos para reparar los defectos o daños, conforme notifique el Contratante (o en su nombre) el, o antes del, día de vencimiento del plazo para la Notificación de Defectos correspondiente a las Obras o a la Sección (según proceda). Si se detecta algún defecto u ocurre algún daño, el Contratante (o alguien en su nombre) notificará debidamente al Contratista. El Contratista deberá mantener en perfecto estado de conservación, funcionamiento y limpieza hasta la fecha establecida en el Certificado de Cumplimento, todas las obras construidas y reconstruidas de acuerdo con el Contrato. Esta conservación deberá ser continua y eficaz a juicio del Ingeniero. En cualquier momento, dentro de ese plazo, si se comprobaran desperfectos o defectos de funcionamiento en las obras ejecutadas, el Contratista deberá proceder de inmediato a la reparación o limpieza respectiva, previo aviso al Ingeniero. La obligación del Contratista de realizar los trabajos de completa terminación por su cuenta, es extensiva a los trabajos necesarios para corregir los efectos del uso o desgaste ordinarios, quedando entendido que la limpieza y conservación corrientes durante el período de garantía corresponden al Contratista.
Responsabilidad por defectos. 22. Si el Contratista no hubiese realizado correctamente el mantenimiento especificado en Contrato, o si existiese algún defecto en las piezas por él suministradas en virtud del Contrato, deberá, tras recibir la notificación a que se refiere la Cláusula 24 o una vez hubiere descubierto por sí mismo el fallo, subsanar inmediatamente y a su propia xxxxx el defecto.