Transferencia del riesgo Cláusulas de Ejemplo

Transferencia del riesgo. La transferencia del riesgo de pérdida y daño de la Mercancía de ADM se producirá una vez que se entregue dicha Mercancía al Comprador según el Incoterm EXW ICC 2020.
Transferencia del riesgo. 5. Cualquier condición comercial acordada será interpretada de conformidad con los INCOTERMS vigentes en la fecha de formalización del contrato. Si no hubiera sido especificamente pactada condición comercial alguna, la entrega deberá ser efectuada Ex-fábrica (EXW). Si, en caso de entrega Ex-fábrica (EXW), el Proveedor se encarga, a petición del Comprador, de realizar el envío del Producto a su destino, la transferencia
Transferencia del riesgo. 5.1. A menos que se indique expresamente lo contrario, el riesgo pasa al COMPRADOR en el momento en el que se entrega la mercancía al primer transportista.
Transferencia del riesgo. El riesgo de perdida de bienes ciertos, no imputables a los contratantes, pasa al comprador en el momento de su entrega.
Transferencia del riesgo. El riesgo por pérdidas o daños de los Trabajos entregados por el Proveedor se transferirá al Cliente en el momento de la carga de dichos Trabajos en el medio de transporte de la compañía a la que se haya confiado el transporte. El embalaje se llevará a cabo de la manera más minuciosa posible. El envío se realizará de la mejor manera posible, a criterio del Proveedor. A petición del Cliente y por su cuenta y cargo, el Proveedor podrá asegurar los Trabajos enviados contra rotura, daños en tránsito o incendio. En caso de que el Proveedor erigiera los Trabajos, el riesgo de pérdidas o daños de los Trabajos se transferirá en el momento de su aceptación, de conformidad con el Apartado VII. Si el envío se retrasara a petición del Cliente, o por motivos que fueran responsabilidad del Cliente, el riesgo se transferirá al Cliente durante ese tiempo. No obstante, el Proveedor se compromete a contratar, por cuenta del Cliente, los seguros que este pudiera solicitar.
Transferencia del riesgo. 10.1 Cualquiera que sea la parte que asuma el coste del transporte, el riesgo sobre los productos objeto del Pedido se entenderá transmitido del Proveedor a Nemak Spain S.L. desde el momento de la aceptación de la entrega por parte de Nemak Spain S.L. de conformidad con lo establecido en la Estipulación 8 anterior.
Transferencia del riesgo. 7.1. El riesgo se transmite al Comprador cuando la Mercadería haya sido entregada en el lugar acordado con el Comprador.
Transferencia del riesgo. 13.1 El riesgo de pérdida o daño de los productos objeto del acuerdo pasará al Comprador en el momento en que estos productos sean entregados legal y/o efectivamente al Comprador y, por tanto, queden bajo el control del Comprador o de un tercero designado por éste;
Transferencia del riesgo. 1. El riesgo de pérdida accidental o deterioro accidental se transferirá al cliente en el momento en que los productos se entreguen a la persona que realice el transporte o cuando hayan salido del xxxxxxx xx Xxxxxxx Steelconcept para su envío. En el caso de que el cliente recoja los productos, el riesgo de pérdida accidental o deterioro accidental se transferirá al cliente cuando se le notifique la disponibilidad de los productos para su recogida. Los puntos 1 y 2 anteriormente dispuestos también se aplicarán en el caso de las entregas parciales o si Xxxxxxx Steelconcept hubiera asumido servicios adicionales, como los costes de transporte o el montaje de los productos en las instalaciones del cliente.
Transferencia del riesgo. El riesgo se transmitirá al Cliente en el momento en que la mercancía sea entregada al transportista o a la persona designada para realizar el envío. Si el envío o la entrega se retrasa a petición del cliente o como consecuencia de una circunstancia de la que éste es responsable, el riesgo se transmitirá al cliente en el momento de la notificación de la disponibilidad para el envío.