RECLAMACIÓN DE DAÑOS. 3.1. El Asegurador garantiza la reclamación al tercero responsable identificable, tanto por vía amistosa como judicial, de las indemnizaciones correspondientes a los Asegurados por los daños y perjuicios causados, por imprudencia o dolosamente, que a continuación se relacionan: -daños corporales a su persona; -daños materiales a los bienes muebles de su propiedad; -perjuicios patrimoniales derivados de los daños corporales o materiales antes indicados.
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