Asistencia informática a domicilio Cláusulas de Ejemplo

Asistencia informática a domicilio. El servicio a domicilio, sin cargo para usted, sólo si la incidencia no se ha podido solucio- nar por control remoto. Esta asistencia se prestará en días laborables, con un plazo de intervención míni- mo de 48 horas desde la recepción de la incidencia y no incluye, en caso de resul- tar necesarios, el coste de los materiales. La duración máxima del servicio será de dos horas, quedando excluidas de este servicio las averías de los equipos. Sólo se instalarán, en caso de resultar necesario, programas con la licencia opor- tuna. Además, usted podrá solicitar el servicio de asistencia informática a domicilio para solu- cionar cualquier incidencia distinta a la establecida en el párrafo anterior. En este caso, todos los costes, como el desplazamiento, los materiales o la mano de obra, serán a cargo de usted.
Asistencia informática a domicilio. El servicio a domicilio, sin cargo para usted, sólo si la incidencia no se ha podido solucionar por control remoto. Además, usted podrá solicitar el servicio de asistencia informática a do- micilio para solucionar cualquier incidencia distinta a la establecida en el párrafo anterior. En este caso, todos los costes, como el desplaza- miento, los materiales o la mano de obra, serán a cargo de usted. El envío urgente (plazo máximo de tres horas) a su domicilio de un electricista para atender las averías e incidencias relacionadas con el suministro eléctrico que impidan la utilización de sus equipos informáti- cos Nos haremos cargo del desplazamiento y de la mano de obra, siendo el resto de coste a cargo de usted. El servicio se prestará 24 horas al día todos los días del año.
Asistencia informática a domicilio. El servicio a domicilio, sin cargo para usted, sólo si la incidencia no se ha podido solu- cionar por control remoto. Además, usted podrá solicitar el servicio de asistencia informática a domicilio para solu- cionar cualquier incidencia distinta a la establecida en el párrafo anterior. En este caso, todos los costes, como el desplazamiento, los materiales o la mano de obra, serán a cargo de usted. El envío urgente (plazo máximo de tres horas) a su domicilio de un electricista para atender las averías e incidencias relacionadas con el suministro eléctrico que impidan la utilización de sus equipos informáticos Nos haremos cargo del desplazamiento y de la mano de obra, siendo el resto de coste a cargo de usted. El servicio se prestará 24 horas al día todos los días del año. Una vez programada la copia on-line, no tendremos acceso a la información salvaguardada, ni a las claves de acceso. Es responsabilidad de usted, como usuario, conservar las claves de acceso para poder acceder al servicio. El servicio incluye desde la evaluación y diagnóstico del soporte dañado hasta la entrega a domicilio de un nuevo soporte similar o superior al dañado o un DVD. Para poder llevar a cabo esta prestación será preciso disponer físicamente del soporte de almacenamiento de información dañado y su autorización expresa para acceder al conte- nido del mismo. Asimismo, usted y nosotros consideramos como estrictamente confidencial cualquier información, datos, métodos y documentación de la que puedan tener conocimiento como consecuencia de la utilización de la presente garantía. – El uso fraudulento sea realizado por terceros. – La operación fraudulenta sea realizada por Internet. – El uso fraudulento sea realizado en cualquier momento hasta las 48 horas a la notifica- ción de uso fraudulento de las claves, robo, expoliación o extravío a la entidad emisora o de la notificación a la entidad financiera del acceso a las cuentas bancarias. – Sea presentada denuncia ante las autoridades policiales. – Se justifiquen los movimientos indebidos mediante los correspondientes extractos. Cuando usted nos lo notifique, nos ocuparemos de la cancelación de las tarjetas ante sus emisores de éstas. Este servicio se prestará las 24 horas del día todos los días del año. Los trámites telefónicos o por escrito necesarios para gestionar el alta, la baja o realizar modificaciones en el contrato con el proveedor del acceso a Internet. La instalación y configuración en su ordenador personal, mediante conex...
Asistencia informática a domicilio. En ampliación de la asistencia informática telefónica, cuando no sea posible resolver la incidencia por vía telefónica o mediante asistencia remota, se recogerá el dispositivo averiado en el domicilio del asegurado para su reparación en taller o se proporcionará al asegurado la asistencia de un técnico en su domicilio. Se garantiza:  Los gastos de desplazamiento del técnico o los gastos de transporte del dispositivo averiado.  La mano de obra del técnico a domicilio o en el taller  El coste de las piezas de recambio si fueran necesarias, que se facturarían al Asegurado en caso de que aceptara el presupuesto correspondiente.
Asistencia informática a domicilio. El servicio a domicilio, sin cargo para usted, sólo si la incidencia no se ha podido solucio- nar por control remoto. Además, usted podrá solicitar el servicio de asistencia informática a domicilio para solu- cionar cualquier incidencia distinta a la establecida en el párrafo anterior. En este caso, todos los costes, como el desplazamiento, los materiales o la mano de obra, serán a cargo de usted.
Asistencia informática a domicilio. Se garantiza el servicio a domicilio sin cargo para el Asegurado sólo si la incidencia anterior no se ha podido solucionar por control remoto mediante conexiones plenamente operativas. Esta asistencia se prestará en días laborables y no incluye, en caso de resultar necesarios, el coste de materiales. Además, el Asegurado podrá solicitar el servicio de asistencia informática a domi- cilio para solucionar cualquier incidencia distinta a la establecida en el apartado anterior. En este caso, todos los costes, como el desplazamiento, los mate- riales o la mano de obra, serán a cargo exclusivo del Asegurado.
Asistencia informática a domicilio. Se garantiza el servicio a domicilio sin cargo para el Asegurado si la incidencia no se ha podido solucionar por control remoto. Esta garantía sólo es de aplicación si se ha intentado solventar la incidencia mediante conexiones, plenamente operativas, por control remoto previas. Esta asistencia se prestará en días laborables y no incluye, en caso de resultar necesarios, el coste de materiales. El Asegurado podrá solicitar el servicio de asistencia informática a domi- cilio para solucionar cualquier incidencia distinta a la establecida en el párrafo anterior. En este caso, todos los costes, como el desplaza- miento, los materiales o la mano de obra, serán a cargo exclusivo del Asegurado. Este servicio permite al Asegurado ponerse en contacto con un técnico cuali- ficado con el fin de disponer del servicio de copia de seguridad on-line. Los servicios incluidos son: – La instalación del programa de copia de seguridad por un técnico cualifi- cado en una sesión remota. – La configuración del programa para la realización automática de la copia. – El asesoramiento en los ficheros para incluir en la copia de seguridad. – Recomendación en la creación del usuario y la contraseña que permitirá el acceso al servicio y a la información guardada en la copia de seguridad on-line. – El tamaño máximo predeterminado de la copia de seguridad on-line es de 4 Gb.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.