Common use of RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS Clause in Contracts

RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS. El CONTRATISTA en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y artículos 164 a 167 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la terminación de los SERVICIOS EL CONTRATISTA comunicará a la API la terminación de los mismos, o la de alguna parte de ellos, cuando así sea procedente; las partes convienen que en un plazo xx xxxx días naturales contados a partir de recepción de la notificación, API verificará que tales SERVICIOS estén concluidos, total o parcialmente, según sea el caso, conforme a las especificaciones convenidas y a satisfacción de la API. Si los SERVICIOS objeto de la entrega no satisficieren los requisitos señalados en esta cláusula, con fundamento en el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la API ordenará su reparación a efecto de que éstos se corrijan conforme a las condiciones requeridas en el contrato; mismas que el CONTRATISTA realizará por su cuenta y sin derecho a retribución, en el entendido de que, si no lo hiciere desde luego, devolverá a la API las cantidades pagadas por dichos conceptos, más los intereses correspondientes que se calcularán conforme al procedimiento previsto en el segundo párrafo en relación con el primero del artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. La recepción de los SERVICIOS ejecutados se efectuará dentro de un plazo de quince días naturales contados a partir de la fecha de la notificación de la aceptación de la terminación de los SERVICIOS, con observancia de lo señalado en el artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como el artículo 166 y en su caso 167 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. De toda entrega y recepción de SERVICIOS se levantará un acta conforme al artículo 166 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas que será firmada por quienes intervengan en ella. Si transcurriere el plazo aquí señalado sin que la API, por causas imputables a sí misma, reciba los SERVICIOS, éstos se tendrán por entregados.

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Samples: www.puertomanzanillo.com.mx, Contrato De Prestación De Servicios Relacionados Con Obra Publica a Precios Unitarios Y Tiempo, Contrato De Prestación De Servicios Relacionados Con Obra Publica a Precios Unitarios Y Tiempo

RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS. El CONTRATISTA en cumplimiento La recepción de “LOS SERVICIOS”, ya sea total o parcial, se realizará de acuerdo a lo dispuesto establecido en el artículo los artículos 64 de la Ley “LOPSRM” y 135, 136, 137 y 138 de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismassu Reglamento, y artículos 164 mediante comunicación que por escrito haga “EL CONTRATISTA” a 167 del Reglamento “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de la Ley conclusión de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas“LOS SERVICIOS” que le fueron encomendados, dentro para que ésta, en un plazo de las veinticuatro horas siguientes a 58 (poner plazo), verifique la debida terminación de los SERVICIOS EL CONTRATISTA comunicará a la API la terminación de los mismos, o la de alguna parte de ellos, cuando así sea procedente; las partes convienen que en un plazo xx xxxx días naturales contados a partir de recepción de la notificación, API verificará que tales SERVICIOS estén concluidos, total o parcialmente, según sea el caso, conforme a las especificaciones convenidas y a satisfacción de la API. Si los SERVICIOS objeto de la entrega no satisficieren los requisitos señalados en esta cláusula, con fundamento en el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la API ordenará su reparación a efecto de que éstos se corrijan mismos conforme a las condiciones requeridas establecidas en el contrato; mismas que el CONTRATISTA realizará por su cuenta y sin derecho a retribución. Al finalizar la verificación de “LOS SERVICIOS”, en el entendido de que, si no lo hiciere desde luego, devolverá a la API las cantidades pagadas por dichos conceptos, más los intereses correspondientes que se calcularán conforme al procedimiento previsto en el segundo párrafo en relación “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” contará con el primero del artículo 55 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. La recepción de los SERVICIOS ejecutados se efectuará dentro de un plazo de quince días naturales para proceder a la recepción de estos, mediante el levantamiento del acta correspondiente, quedando “LOS SERVICIOS” prestados bajo su responsabilidad. Recibidos físicamente “LOS SERVICIOS” prestados, “EL CONTRATISTA” y “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” deberán elaborar en un término de no mayor a 60 días naturales el finiquito de estos, en el que se harán constar los créditos a favor y en contra que resulten para cada uno de ellos, describiendo el concepto general que les dio origen y el saldo resultante. De existir desacuerdo entre “LAS PARTES” respecto al finiquito, o bien, “EL CONTRATISTA” no acuda con “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” para su elaboración dentro del plazo señalado en el contrato, está procederá a elaborarlo, debiendo comunicar su resultado a “EL CONTRATISTA” dentro de un plazo xx xxxx días naturales, contados a partir de su emisión; una vez notificado el resultado de dicho finiquito a “EL CONTRATISTA” éste tendrá un plazo de quince días naturales para alegar lo que a su derecho corresponda, si trascurrido este plazo no realiza alguna gestión, se dará por aceptado. Determinado el saldo total, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” pondrá a disposición de “EL CONTRATISTA” el pago correspondiente, mediante su ofrecimiento o la fecha de la notificación de la aceptación de la terminación consignación respectiva, o bien, solicitará el reintegro de los SERVICIOSimportes resultantes, con observancia debiendo, en forma simultánea, levantar el acta administrativa que de lo señalado por extinguidos los derechos y obligaciones asumidos por ambas partes en el artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como el artículo 166 y en su caso 167 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. De toda entrega y recepción de SERVICIOS se levantará un acta conforme al artículo 166 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas que será firmada por quienes intervengan en ella. Si transcurriere el plazo aquí señalado sin que la API, por causas imputables a sí misma, reciba los SERVICIOS, éstos se tendrán por entregadoscontrato.

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Samples: Contrato De Obra Pública Bajo La Condición De Pago a Precio