Common use of PROPIEDAD Clause in Contracts

PROPIEDAD. La información entregada por la Parte Reveladora es propiedad exclusiva de ésta y deberá ser tratada como confidencial y resguardada bajo este entendido por la Parte Receptora, durante el término que se fija en el presente Acuerdo a partir de la fecha en que se entregue la información. Cada una de las Partes, a solicitud de la otra, devolverá y hará que sus Representantes devuelvan a la Parte Reveladora toda la Información Confidencial que de ella hayan recibido o de sus respectivos Representantes, incluidas, pero no limitadas a todos las copias, extractos y otras reproducciones de la información confidencial, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que cualquiera de las Partes notifique por escrito a la otra su intención de no continuar las negociaciones, previo requerimiento en tal sentido y , además, cada una de las Partes destruirá y hará que sus Representantes destruyan todo el material que hayan creado con fundamento en la Información Confidencial entregada por la Parte Reveladora si así se le solicitare. En todo caso, el hecho de no recibir una comunicación en el sentido a que alude el párrafo anterior, no libera a la parte que ha recibido la información de su deber de custodia, en los términos señalados en el presente documento.

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PROPIEDAD. La información entregada por la Parte Reveladora parte reveladora es propiedad exclusiva de ésta y deberá ser tratada como confidencial y resguardada bajo este entendido por la Parte Receptoraparte receptora, durante el término que se fija en el presente Acuerdo acuerdo a partir de la fecha en que se entregue la información. Cada una de las Partespartes, a solicitud de la otra, devolverá y hará que sus Representantes representantes devuelvan a la Parte Reveladora parte reveladora toda la Información Confidencial información confidencial que de ella hayan recibido o de sus respectivos Representantesrepresentantes, incluidas, pero no limitadas a todos las copias, extractos y otras reproducciones de la información confidencial, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que cualquiera de las Partes notifique por escrito a la otra su intención de no continuar las negociaciones, previo partes realice requerimiento en tal sentido y , además, cada una de las Partes partes destruirá y hará que sus Representantes representantes destruyan todo el material que hayan creado con fundamento en la Información Confidencial información confidencial entregada por la Parte Reveladora parte reveladora si así se le solicitare. En todo caso, el hecho de no recibir una comunicación en el sentido a que alude el párrafo anterior, no libera a la parte que ha recibido la información de su deber de custodia, en los términos señalados en el presente documento.

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PROPIEDAD. La información entregada por la Parte Reveladora es propiedad exclusiva de ésta y deberá ser tratada como confidencial y resguardada bajo este entendido por la Parte Receptora, durante el término que se fija en el presente Acuerdo a partir de la fecha en que se entregue la información. Cada una La Parte Receptora admite, reconoce y consiente que toda la Información Confidencial de las Partesla Parte Reveladora es propiedad exclusiva de la Parte Reveladora y que se da a conocer únicamente con el presentación de oferta al proceso de selección, y en caso de resultar adjudicatario, para la ejecución del contrato. La Parte Receptora a solicitud de la otraParte Reveladora, devolverá y hará que sus Representantes devuelvan a la Parte Reveladora toda la Información Confidencial que de ella hayan recibido o de sus respectivos Representantes, incluidas, pero no limitadas a todos todas las copias, extractos y otras reproducciones de la información confidencial, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que cualquiera de las Partes se notifique por escrito a tal solicitud. Además, la otra su intención de no continuar las negociaciones, previo requerimiento en tal sentido y , además, cada una de las Partes Parte Receptora destruirá y hará que sus Representantes destruyan todo el material que hayan creado con fundamento en la Información Confidencial entregada por la Parte Reveladora si así se le solicitare. En todo caso, el hecho de no recibir una comunicación en el sentido a que alude el párrafo anterior, no libera a la parte Parte Receptora que ha recibido la información de su deber de custodia, en los términos señalados en el presente documento.

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PROPIEDAD. La información entregada por la Parte Reveladora es propiedad exclusiva de ésta y deberá ser tratada como confidencial y resguardada bajo este entendido por la Parte Receptora, durante el término que se fija en el presente Acuerdo a partir de la fecha en que se entregue la información. Cada una La Parte Receptora admite, reconoce y consiente que toda la Información Confidencial de las Partesla Parte Reveladora es propiedad exclusiva de la Parte Reveladora y que se da a conocer únicamente con el propósito de facilitar a la parte Receptora la información confidencial necesaria para efectos de la presentación de oferta al proceso de selección, y en caso de resultar adjudicatario, para la ejecución del contrato. La Parte Receptora a solicitud de la otraParte Reveladora, devolverá y hará que sus Representantes devuelvan a la Parte Reveladora toda la Información Confidencial que de ella hayan recibido o de sus respectivos Representantes, incluidas, pero no limitadas a todos todas las copias, extractos y otras reproducciones de la información confidencial, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que cualquiera de las Partes se notifique por escrito a tal solicitud. Además, la otra su intención de no continuar las negociaciones, previo requerimiento en tal sentido y , además, cada una de las Partes Parte Receptora destruirá y hará que sus Representantes destruyan todo el material que hayan creado con fundamento en la Información Confidencial entregada por la Parte Reveladora si así se le solicitare. En todo caso, el hecho de no recibir una comunicación en el sentido a que alude el párrafo anterior, no libera a la parte Parte Receptora que ha recibido la información de su deber de custodia, en los términos señalados en el presente documento.

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