PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN Cláusulas de Ejemplo

PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN. Procedimientos enfocados en prevenir las enfermedades orales y promover el auto cuidado de la salud oral. Incluye fisioterapia oral (instrucción personalizada para el control de la placa bacteriana, enseñanza técnica de cepillado y uso xx xxxx dental), remoción de cálculos supragingivales (raspado dental) y profilaxis (limpieza placa blanda) y aplicación de barniz de flúor por desmineralización, profilaxis en niños y aplicación de fluor en gel (menores de 15 años). Cubre los procedimientos y medidas terapéuticas necesarias para la reparación de la anatomía y función de cualquier pieza dental afectada por caries, fracturas o desalojo de restauraciones previas. Está incluida la restauración en resina de fotocurado para una o dos superficies en piezas anteriores o posteriores (calza blanca), amalgama en piezas posteriores, así como restauraciones provisionales en óxido de zinc. Se cubrirá la restauración siempre y cuando esté indicada y pueda garantizarse su correcta realización, dientes con pérdidas de tejido superiores al 50% pueden requerir otro manejo (incrustación x xxxxxx). Cubre los procedimientos quirúrgicos necesarios para aliviar alteraciones producidas en los maxilares relacionadas con traumas, fracturas, procesos infecciosos o inflamatorios, defectos anatómicos en los que se requiere intervención quirúrgica para la recuperación de la salud oral. Se incluyen: extracciones simples, extracción quirúrgica o compleja, extracción de terceros molares erupcionados, operculectomía (remoción de capuchón coronario), frenectomía labial o lingual, tratamiento alveolitis, drenaje de absceso intra oral, escisión de torus palatino o lingual bilateral, ventana quirúrgica por fines ortodónticos (ósea o mucosa). Para casos en los que se presenten celulitis (proceso infeccioso que causa inflamación) o abscesos de origen dental que invadan espacios aponeuróticos (espacios anatómicos entre nervios y músculos) solo se prescribirán medicamentos y se realizará la respectiva remisión si se requiere para manejo intrahospitalario de estos pacientes. En ningún caso se cubrirá procedimientos bajo sedación. Cubre el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades del canal dental (nervio) y de la raíz, siempre y cuando esté asociado a patología pulpar de un diente no tratado previamente por endodoncia, es decir, no aplica para re-tratamientos de nervio. Incluye endodoncias en dientes anteriores, premolares y molares, apexificación y apexogénesis en dientes permanentes, desobturac...
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN. Proceso Misional – Programas Sociales Ubicación del Subproceso Profesional en Enfermería para los programas de Promoción y Prevención. Misión de la Ubicación Realizar actividades, procedimientos e intervenciones tendientes a desarrollar acciones de protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública que rige la normatividad vigente. Perfil Profesional en Enfermería con tarjeta profesional, verificación de título profesional y registro ante la Secretaria de Xxxxx xx Xxxxxxxxx. Experiencia Experiencia de 1 año como mínimo en el área Asistencial y/o Clínica DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES Ejecutar el programa según lo establecido por la resolución 412 de 2000 o la norma que lo modifique o adicione. Aplicar y verificar el cumplimiento de las guías del servicio en procedimientos, técnica aséptica y bioseguridad. Mantener comunicación asertiva con los usuarios, familiares, personal a cargo y todo el personal de la institución. Observar las actividades del personal auxiliar de enfermería mediante supervisión directa e indirecta, observando realización de procedimientos y revisando registros de enfermería. Instruir al paciente y a la familia en el proceso de rehabilitación a seguir. Realizar acciones educativas sobre aspectos básicos de salud y promoción del medio ambiente. Informar oportunamente al profesional responsable sobre situaciones de emergencia y riesgos que observe en los pacientes, familia, comunidad o medio ambiente. Desarrollar actividades recreativas y ocupacionales con los pacientes. Colaborar en la identificación de individuos y grupos de la población expuestos a riesgos de enfermar. Informar a individuos y grupos de la comunidad sobre la existencia y utilización de servicios de salud. Diligenciar los registros estadísticos pertinentes a su trabajo. Participar en el adiestramiento y supervisión del personal a su cargo de acuerdo con la programación establecida. Observar, registrar y avisar al médico los cambios clínicos presentados por los pacientes a su cargo o que se encuentran en el servicio. Controlar los suministros y existencias de insumos y medicamentos de los pacientes del servicio. Realizar los pedidos de elementos e insumos para su respectivo servicio necesarios para los pacientes, tramitando ante el área que los provee, en el formato corresponde y en las fechas establecidas. Utilizar los elementos de protección tales como bata, mascarillas y gafas necesarios para dar cumplimiento al Manual de ...
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN. PROCEDIMIENTOS ENFOCADOS EN PREVENIR LAS ENFERMEDADES ORALES Y PROMOVER EL AUTO CUIDADO DE LA SALUD ORAL. INCLUYE FISIOTERAPIA ORAL (INSTRUCCIÓN PERSONALIZADA PARA EL CONTROL DE LA PLACA BACTERIANA, ENSEÑANZA TÉCNICA DE CEPILLADO Y USO XX XXXX DENTAL), LIMPIEZA DENTAL (DETARTRAJE O REMOCIÓN DE CÁLCULOS SUPRAGINGIVALES) Y PROFILAXIS (LIMPIEZA PLACA BLANDA) Y APLICACIÓN DE FLÚOR EN GEL COMO MEDIDA PREVENTIVA EN PACIENTES PEDIÁTRICOS (MENORES DE 15 AÑOS) Y PARA MANEJO SE SENSIBILIDAD EN PACIENTES ADULTOS. CUBRE LOS PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS TERAPÉUTICAS NECESARIAS PARA LA REPARACIÓN DE LA ANATOMÍA Y FUNCIÓN DE CUALQUIER PIEZA DENTAL AFECTADA POR CARIES, FRACTURAS O DESALOJO DE RESTAURACIONES PREVIAS. ESTÁ INCLUIDA LA RESTAURACIÓN EN RESINA DE FOTOCURADO (CALZA BLANCO). SE CUBRIRÁ LA RESTAURACIÓN SIEMPRE Y CUANDO ESTÉ INDICADA Y PUEDA GARANTIZARSE SU CORRECTA REALIZACIÓN, DIENTES CON PÉRDIDAS DE TEJIDO SUPERIORES AL 50% PUEDEN REQUERIR OTRO MANEJO (INCRUSTACIÓN X XXXXXX). LOS TRATAMIENTOS DESCRITOS SE CUBRIRÁN DE ACUERDO CON EL COPAGO DESCRITO EN LA TABLA DE BENEFICIOS DE LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.