Procedimientos electrónicos Cláusulas de Ejemplo

Procedimientos electrónicos. Los procedimientos de selección se realizan en forma electrónica y se difunden, íntegramente, a través del SEACE, conforme a la Directiva que emita el OSCE.
Procedimientos electrónicos. Para el caso de la presente licitación, todos los actos del procedimiento se llevarán a cabo de forma electrónica y serán notificados a los licitantes a través del sistema CompraNet. Una vez iniciado el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, las propuestas presentadas de manera electrónica no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los licitantes. Los licitantes deberán presentar sus propuestas electrónicas cumpliendo con los requerimientos del sistema CompraNet y los señalados en esta convocatoria.
Procedimientos electrónicos. La CONVOCANTE podrá celebrar las juntas de aclaraciones que considere necesarias, atendiendo a las características de “Los Bienes”objeto del procedimiento de adquisición. Las personas que deseen participar en el acto de junta de aclaraciones con carácter de “LOS LICITANTES” deberán presentar sus preguntas, considerando lo siguiente: 1. Presentar a través de medios electrónicos de comunicación, desde la entrega de la invitación y hasta 24 horas previas al acto de junta de aclaraciones, escrito a que se refiere el tercer párrafo del artículo 33 Bis de la Ley y cuarto párrafo del artículo 45 del REGLAMENTO de la Ley, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad su interés en participar en el procedimiento de adquisición; el escrito de referencia deberá acompañarse con las solicitudes de aclaración Formato 1 de la Sección VIII, mismas que deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, serán desechadas por la CONVOCANTE. 2. Tanto el escrito de interés como las aclaraciones a la convocatoria deberán ser enviadas debidamente firmadas en formato PDF , a través del sistema de
Procedimientos electrónicos. Conforme a lo establecido por el artículo 26 Bis, Fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los actos se llevarán a cabo sin la presencia de “Los Licitantes”. En términos del artículo 29, Fracción VII de la LEY y en términos delos artículos 39 Fracción III, inciso i) y 48, Fracción V del REGLAMENTO, con el objeto de acreditar su personalidad jurídica, “Los Licitantes” o sus representantes deberán presentar el escrito indicado en el Formato 3 de la Sección VIII. En los términos de la Fracción II del artículo 35 de la LEY y el artículo 39, Fracción III, inciso j) del REGLAMENTO, en el acto de presentación y apertura las propuestas presentadas serán rubricadas por un servidor público designado por la CONVOCANTE, y en su caso, por un representante de “Los Licitantes”en lo concerniente a: Propuesta Técnica 11 de la Convocatoria Propuesta Económica 12 de la Convocatoria
Procedimientos electrónicos. Los procedimieltos de selecciól se realizal el forma electrólica y se difuldel, íltegramelte, a través del SEACE, colforme a la Directiva que emita el OSCE.
Procedimientos electrónicos. CONVENIO MARCO Circunstancias en que procede la utilización de Convenio Marco Productos Servicios PROCESO DE LICITACIÓN PÚBLICA Y PRIVADA. Publicación en ChileCompra de la Licitación. Etapas de la Licitación

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  • PROCEDIMIENTOS La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas para la efectividad de la fianza, en relación con los artículos 166 y 178 de la propia ley.

  • Procedimiento (a) El Tribunal sólo tendrá competencia para conocer de los puntos de la controversia. Adoptará su propio procedimiento y podrá por propia iniciativa designar los peritos que estime necesarios. En todo caso, deberá dar a las partes la oportunidad de presentar exposiciones en audiencia.

  • PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN  Tener conocimientos de los planos eléctricos.  Contar con personal competente para la ejecución del trabajo.  Desenergizar circuitos eléctricos presentes en la estructura a intervenir.  Verificación xxx xxxxx efectivo de tensión (Verificación ausencia de tensión).  Prevenir cualquier posible realimentación.  Bloqueo y señalización de la zona de trabajo.  Instalación y verificación de puesta a tierra de la zona de trabajo.  Verificación de la calidad de los materiales.  Funcionalidad y operación.  Tener conocimientos de los planos eléctricos  Verificar que el área a intervenir permita la ejecución de la salida.  Localizar y replantear en el terreno.  Desinstalar redes eléctricas y elementos varios.  Instalar herrajes, diagonales, aisladores etc.  Realizar pruebas  Cumplir con estándares exigidos por el RETIE, RETILAP, NTC 2050 y las normas ICONTEC aplicables  Suministro de certificado del producto emitido por autoridad competente.  Limpieza del lugar. MATERIALES: Si No N/A • Los materiales instalados deben ser de iguales o mejores características a los especificados. • Aislador de suspensión ANSI 52-1 • Xxxxxxx xx xxxxxx de 2,5 m • Diagonal metálica en varilla tipo 1 • Grapa terminal tipo recto • Desconectador cuchillo monofásico 400 A – 15kV • Xxxxx xx xxx tipo 5 (5/8” x 545 mm ) • Espárrago de 16 x 508 mm 5/8” x 20” • Tuerca de ojo alargado • Tornillo xx xxxxx galvanizado 5/8” x 5” • Tornillo xx xxxxx galvanizado 5/8” x 8”  Cualquier otro que se considere necesario. EQUIPO:  Herramienta menor  Aparejos  Cuerdas  Poleas  Cualquier otra que se considere necesaria. DESPERDICIOS Incluidos No N/A Si MANO DE OBRA Incluidos Si No N/A TRANSPORTE Incluidos Si No N/A

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria.

  • Procedimiento sancionador La notificación de las faltas requerirá comunicación escrita al trabajador o trabajadora haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan, quien deberá acusar recibo o firmar el enterado de la comunicación. Las sanciones que en el orden laboral puedan imponerse, se entienden siempre sin perjuicio de las posibles actuaciones en otros órdenes o instancias. La representación legal o sindical de los trabajadores y trabajadoras en la empresa, si la hubiese, deberá ser informada por la dirección de las empresas de todas las sanciones impuestas por faltas graves y muy graves. Los delegados y delegadas sindicales en la empresa, si los hubiese, deberán ser oídos por la dirección de las empresas con carácter previo a la adopción de un despido o sanción a un trabajador o trabajadora afiliada al Sindicato, siempre que tal circunstancia conste y esté en conocimiento de la empresa.

  • Procedimientos De Licitación Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II. Datos de la Licitación (DDL) Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación Sección IV. Formularios de la Oferta Sección V. Países Elegibles PARTE 2 –Requisitos de los Bienes y Servicios Sección VI. Lista de Requerimientos PARTE 3 – Contrato Sección VII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VIII.

  • Descubrimientos 20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder.

  • PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN (Art. 37, b de la Ley N° 2051)

  • PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO 1. Al ocurrir algún siniestro que pudiera dar lugar a indemnización conforme a este seguro, el Asegurado tendrá la obligación de: