PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Las valorizaciones, cuyos pagos tienen carácter de pagos a cuenta, se efectuarán proporcionalmente al desarrollo de la obra, en los plazos establecidos en el Contrato. Primero se efectuará el cómputo métrico de las partes de la obra ejecutada con estricta sujeción a las Especificaciones Técnicas y seguidamente se procederá al cálculo de la valorización en función de los metrados ejecutados con los precios unitarios del valor referencial, afectado por el factor de relación, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad ofertados por EL CONTRATISTA; a este monto se agregará, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas.
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. La Sub Gerencia de Logística de la Gerencia General del PODER JUDICIAL, antes de proceder al trámite de pago a EL PROVEEDOR por el cumplimiento de lo pactado contractualmente, controlará que ésta se efectúe descontando las sanciones que pudiera haber incurrido EL PROVEEDOR de acuerdo a la liquidación mensual correspondiente. El procedimiento para el pago mensual será el siguiente: • EL PROVEEDOR presentará a la Oficina de Infraestructura del Poder Judicial la programación mensual del mantenimiento de los DOS ascensores instalados en la Sede CSJ Lima ubicado en Xxxxx Xxxx Xxxxxxx Xx 000 Xxxxxxx xx Xxxx, antes que estos se realicen. • EL PROVEEDOR presentará a la Oficina de Infraestructura del Poder Judicial un informe detallado de todos los trabajos efectuados en el mes, con la conformidad visada por la Oficina de administración de la Sede. • La Oficina de infraestructura del Poder Judicial remitirá a la Sub Gerencia de Logística, el informe con la conformidad mensual del servicio o las observaciones a la Prestación del Servicio, para la aplicación de las respectivas penalidades. • De ser necesarios servicios o repuestos no incluidos en el contrato, EL PROVEEDOR presentará un informe detallado a la Oficina de Infraestructura del Poder Judicial, quienes evaluarán la necesidad y de ser el caso, se remitirá un informe técnico económico a la Sub Gerencia de Logística para las adquisiciones necesarias. • Cabe indicar que todo cambio de piezas o accesorios debe ser coordinado previamente con la Oficina de Infraestructura del Poder Judicial. SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO-CORRECTIVO DE SEIS (10) ASCENSORES EN EDIFICIO XXXXXXXX XXXXXX Y UN (01) ASCENSOR EN
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Las valorizaciones, cuyos pagos tienen carácter de pagos a cuenta, se efectuarán proporcionalmente al desarrollo de la obra, en los plazos establecidos en el Contrato. Primero se efectuará el cómputo métrico de las partes de la obra ejecutada con estricta sujeción a las Especificaciones Técnicas y seguidamente se procederá al cálculo de la valorización en función de los metrados ejecutados con los precios unitarios del Contratista, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad. Al valor así obtenido se multiplicará por el factor de relación y se le añadirá el Impuesto General a las Ventas. Asimismo, el CONTRATISTA declara tener pleno conocimiento de que en caso de que los servicios incluidos en sus gastos generales no sean ejecutados o prestados (por ejemplo: Presencia del Ingeniero Residente o personal profesional en obra, entrega de Pólizas de Xxxxxxx, etc.), en cada valorización o en su defecto en la Liquidación del contrato, se efectuarán los descuentos pertinentes, en base al desagregado que adjunto se presenta, lo que se computará por día calendario dejado de prestar el servicio particular.
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. El OPERADOR realizará los pagos a favor del
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. 8 9 Los pagos a favor del Interventor a que hacen referencia las Cláusulas 6 y 7 del presente 10 Contrato, se efectuarán con arreglo al siguiente procedimiento: 11
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Al tratarse de una garantía independiente, y a primer requerimiento, para pagar el valor garantizado EL FNG no estará obligado a: (i) constatar la validez de la operación subyacente, (ii) constatar el incumplimiento de la obligación u obligaciones que se digan incumplidas o la veracidad de las declaraciones de incumplimiento de Deceval S.A. (o quien fuere competente para ello), (iii) tomar decisión alguna en relación con cualquier controversia de hecho o derecho relativa a la operación subyacente, y (iv) requerir la expedición de una providencia judicial, laudo arbitral, acto administrativo ejecutoriado o no, opinión de peritos, concepto técnico, o un acto de cualquier naturaleza que declare o pruebe la veracidad del incumplimiento de las obligaciones que Deceval S.A. (o quien fuere competente para ello) diga que EL EMISOR incumplió. EL FNG no será responsable por los perjuicios que se puedan causar en caso que una Autoridad Gubernamental, mediante una decisión en firme, impida o retrase el pago por parte de EL FNG de la Garantía en los términos previstos en la misma. Hecho el pago total de la Garantía en los términos que acá se recogen, cesará toda responsabilidad de FNG en lo pasado y para el futuro.
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Las valorizaciones mensuales, cuyos pagos tienen carácter de pagos a cuenta, se efectuarán proporcionalmente al desarrollo del proyecto que conforma la OBRA (Elaboración del Expediente Técnico o Ejecución de la Obra), en los plazos establecidos en el Contrato. Primero se efectuará el cómputo métrico de las partes de la obra ejecutada con estricta sujeción a las Especificaciones Técnicas y seguidamente se procederá al cálculo de la valorización en función de los metrados ejecutados con los precios unitarios ofertados, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad ofertados por EL CONTRATISTA; a este monto se agregará, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al Impuesto General a las Ventas. Asimismo, EL CONTRATISTA declara tener pleno conocimiento de que en caso de que los servicios incluidos en sus gastos generales no sean ejecutados o prestados (por ejemplo: Presencia del Ingeniero Residente o personal profesional en obra, entrega de Pólizas de Xxxxxxx, etc.), en cada valorización o en su defecto en la Liquidación del contrato, se efectuarán los descuentos pertinentes, en base al desagregado que adjunto se presenta, lo que se computará por día calendario dejado de prestar el servicio particular.
PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO. Los contratistas deberán ceñirse al siguiente cuadro para que se realice el pago efectivo. Presentar ante el supervisor contractual informes de ejecución del mismo, actas, certificados de ingreso o recibo xxx xxxxxxx, planillas de seguridad social Contratista Revisión de cada uno de los documentos soportes del pago Supervisor Certificado de aceptación y visto bueno para el pago según ejecución, o certificación de cumplimiento Supervisor Radicación de dos juegos completos de la cuenta de cobro y/o factura con soportes Contratista Causación de la cuenta de cobro o factura Financiera Trámite interno de cancelación de cuentas y/o facturas de cobro Tesorería Archivo de copias en la carpeta respectiva del pago y sus soportes Tesorería Archivo y custodia de la carpeta hasta su próximo movimiento Contratación Certificación de ingreso xxx xxxxxxx de la Empresa. Almacén

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.