PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS. (arts 157 y 150 TRLCSP).
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS. 41 2.5. ACUERDOS MARCO (NO CENTRALIZADOS). 43
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS. El procedimiento de adjudicación más utilizado durante los años 2012, 2013 y 2014 ha sido el procedimiento abierto, representando un 76,32% un 86,69% y un 90,81% respectivamente del total. Así, en el año 2012 se adjudicaron por procedimiento abierto 419 contratos; en el año 2013 se formalizaron por este procedimiento 482 contratos y en el año 2014, 583 contratos. Por otra parte, en el año 2012 se adjudicaron por procedimiento negociado 130 contratos; en el año 2013 se formalizaron por procedimiento negociado 74 contratos y en el año 2014 se formalizaron por este procedimiento 59 contratos. El mayor volumen de gasto se ha generado durante las tres anualidades a través del procedimiento abierto, representando un 97,33% en el año 2012; un 99,83% en el año 2013 y un 99,40% en el año 2014. En el año 2012 por procedimiento abierto se generó un gasto de 672.209.901 euros; en el año 2013 se generó un gasto de 3.222.436.966 euros y en el año 2014 se generó un gasto por procedimiento abierto de 1.572.698.347 euros. En relación con el volumen de gasto generado a través de procedimiento negociado este ha sido de 18.457.199 euros en 2012; de 5.546.008 euros en 2013 y de 9.414.799 euros en 2014. El número de contratos adjudicados por procedimiento abierto atendiendo a una pluralidad de criterios ha sido de 363 en el año 2012, pasando a formalizarse 380 contratos por este procedimiento en 2013 y 428 en el año 2014. El número de contratos adjudicados atendiendo a un único criterio precio ha sido de 56 en el año 2012, formalizándose 102 contratos atendiendo a un único criterio precio en el año 2013 y 155 en el año 2014. El volumen de gasto generado en 2012 mediante procedimiento abierto atendiendo a una pluralidad de criterios fue de 660.029.533 euros; en 2013 de 3.199.661.494, y en 2014 de 1.442.097.705 euros. El volumen de gasto generado mediante procedimiento abierto atendiendo a un único criterio precio ha sido de 12.180.368 euros en 2012; de 22.775.472 en 2013, y de 130.600.641 en 2014, lo que supone que en el año 2013 se adjudicó a través de un único criterio precio un 0,71% del total adjudicado por procedimiento abierto, frente al 1,81 del año 2012 y al 8,30 del año 2014. Tramitación de Emergencia - - - - Pluralidad de criterios Único criterio precio Pluralidad de criterios Único criterio precio Pluralidad de criterios Único criterio precio 600 Abierto Negociado 21,2% 26,6% 86,6% 78,8% 73,4% 2012 2013 2014 Abierto 419 482 15,04% 583 20,95% 39,14% ⚫ Pluralidad de cri...
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS. El procedimiento de contratación será exclusivamente de licitación electrónica. No obstante, en el caso de que al presentar la oferta los licitadores se encontraran con una incidencia técnica que haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, se procederá en la forma establecida en la Cláusula séptima de este pliego. La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante procedimiento abierto simplificado y tramitación ordinaria o urgente, según lo indicado en el Anexo I, teniendo en cuenta los criterios de adjudicación y ponderación que se detallan en el citado anexo, por ser los adecuados para evaluar las proposiciones que se oferten respecto a las características del suministro de que se trata. En caso de que tras aplicar los criterios de adjudicación se produzca un empate entre dos o más ofertas, se resolverá mediante la aplicación de los criterios sociales señalados en el art. 147.2 de la LCSP en el orden establecido y referidos al momento de finalización del plazo de presentación de ofertas. La documentación acreditativa de dichos criterios se presentará en el momento en que se produzca el empate.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS. 6.1.- Procedimiento de adjudicación: Teniendo en cuenta que, de conformidad con lo establecido en los artículos 23.2, 93.4, 134, 141 y 144 LCSP, para determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación se ha de partir del valor estimado de la contratación a realizar, el presente contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, tomando como base los criterios de adjudicación que se indican en apartado siguiente, por ser los adecuados para evaluar el interés de las mejoras que se oferten respecto a las características de los bienes a suministrar.
PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS. 10.1.- Por razón de la cuantía (valor estimado del contrato) el procedimiento será abierto. La tramitación se llevará a cabo por procedimiento ordinario.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.