Common use of PREADJUDICACIÓN Clause in Contracts

PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante el Informe/Acta de Preadjudicación, en el plazo de veinte (20) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos), previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (según texto consolidado por la Ley Nº 6.017). La misma seránotificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad de los requisitos exigidos en los pliegos, el orden de mérito (conforme a canon ofertado), el oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco (5) días hábiles los oferentes que no hayan calificado podrán pasar a retirar su correspondiente garantía de mantenimiento de la oferta. Si del orden de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del PBCG. Producido el Informe/Acta de Preadjudicación, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a contar desde su notificación fehaciente, para tomar vista de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon ofrecido, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la Administración en caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCP, el Gobierno mediante la Autoridad que resulte competente resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicándolo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°, inc. d) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017).

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares Que Rige El Procedimiento De Licitación Pública De Etapa Múltiple Para La Concesión De Uso Y Explotación De Carácter Oneroso Del Bien Inmueble Del Dominio Publico De La Ciudad Autónoma De Buenos Aires

PREADJUDICACIÓN. Se preadjudicará un renglón por oferente, si esto no fuera posible se preadjudicarán dos renglones por oferente; y así sucesivamente hasta poder adjudicar todos los renglones. PLIEG-2018-34796088- -DGREC Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los oferentes, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante el Informe/Acta Ofertas, concluida la evaluación de Preadjudicaciónla documentación presentada con la oferta emitirá su dictamen, debidamente fundado, en el plazo cual establecerá el orden de veinte (20) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos), previo Dictamen mérito de la Procuración General oferta y preadjudicará en los términos del Art. 110 de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (2.095 según texto consolidado por Ley N° 6.017. Sin perjuicio de lo establecido y de la Ley Nº 6.017). La misma seránotificada fehacientemente y difundida facultad contemplada en el sitio web Artículo 22 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá aceptar o rechazar la Oferta, cuando no resultare conveniente y publicada sin que ello genere derecho a percibir indemnizaciones por parte del Oferente. El Dictamen de Evaluación de Ofertas –Preadjudicación-se publicará por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados Aires, en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad Página de los requisitos exigidos en los pliegos, el orden de mérito (conforme a canon ofertado), el oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco (5) días hábiles los oferentes que no hayan calificado podrán pasar a retirar su correspondiente garantía de mantenimiento de la oferta. Si Internet del orden de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del PBCG. Producido el Informe/Acta de Preadjudicación, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a contar desde su notificación fehaciente, para tomar vista de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon ofrecido, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la Administración en caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCP, el Gobierno mediante la Autoridad que resulte competente resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y en la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicándolo en el Boletín Cartelera Oficial de la Ciudad Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del organismo licitante. No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de Buenos Aires por los plazos fijados en forma que no afecten la normativa vigente aplicableesencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen El anuncio de la Procuración General preadjudicación será publicado conforme a lo dispuesto por el Artículo 19 xxx Xxxxxx Único de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°, inc. d) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires Bases y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017)Condiciones Generales.

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Samples: Pliego De Especificaciones Técnicas

PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante el Informe/Acta de Preadjudicación, pre adjudicación será efectuada conf rme los d m o lineamientos fijados en el plazo presente Pliego, y sobre la propuesta que resulte más a x x xxxxxxxxxxx, xxxxxxxx xx xx xx xxxxxx. xxx xx xxxx ad, la idoneidad, el precio y demás condiciones de veinte (20) días hábiles contados desde No serán rechaz das las ofertas que contenga defectos de forma que no afecten la apertura M a esencia de los Sobres N° 2 (internos), previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad las mismas ni impidan su ex cta comparación con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (según texto consolidado por la Ley Nº 6.017)as demás ofertas. La misma seránotificada fehacientemente y difundida CO ISION EVALUADORA DE OFERTAS emitirá su dicta en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad de los requisitos exigidos en los pliegos, el orden de mérito dentro del términ xx xxxx a w R e o (conforme a canon ofertado), el oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora 10) dí s contados a partir de la cual durante fecha de apertura de ofertas, el mismo será publicado en el portal xx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en el Bol tín Oficial de la CABA por el término de un plazo (1) ía (conforme lo estip lado por Artículo 19 xxx Xxxxxx xxxx de cinco (5Bases y Condiciones d m e Generales) días hábiles y comunicado a todos los oferentes que a través de BAC. Si no hayan calificado podrán pasar se cumpliera con el plazo establecido, se prorrogará auto áticament por similar plazo y superado éste, se d e a retirar su correspondiente garantía debe justificar en forma fundada los motivos de mantenimiento tal circunstancia a efectos de la toma de m conoci iento por parte de la autori ad comp tente par aprobar la preselección o adjudicación. La Comisión de Evaluaci n de Ofertas podrá intimar, bajo apercibimiento de la ó desestimación de la oferta. Si , l oferente a subsana deficiencias insustanciales de u oferta a r s dentro del orden de mérito resultaren dos o más propuestas término que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del PBCG. Producido el Informe/Acta de Preadjudicación, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a contar desde su notificación fehaciente, para tomar vista de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon ofrecido, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la Administración en caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCP, el Gobierno mediante la Autoridad que resulte competente resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicándolo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados fije en la normativa vigente aplicable. La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°, inc. d) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017)intimación precitada.

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PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante el Informe/Acta de Preadjudicación, en el plazo de veinte siete (207) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos), previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (según texto consolidado por la Ley Nº 6.017). La misma seránotificada será notificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad de los requisitos exigidos en los pliegos, el orden de mérito (conforme a canon ofertado), el oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco tres (53) días retirar su correspondiente garantía de PLIEG-2019-28963610-GCABA-DGCOYPdías hábiles los oferentes que no hayan calificado podrán pasar a retirar su correspondiente garantía de mantenimiento de la oferta. Si del orden de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 42 45 del PBCG. Producido el Informe/Acta de Preadjudicación, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) tres días hábiles a contar desde su notificación fehaciente, para tomar vista de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon ofrecido, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la Administración en caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 48 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCP, el Gobierno GCABA mediante la Autoridad que resulte competente competente, resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires (Texto consolidado por Ley Nº 6.017), y Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicándolo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. La autoridad competente competente, resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°, inc. d) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017).

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares Que Rige El Procedimiento De Licitación Pública

PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante expedirá un dictamen fundado y verificará el Informe/Acta de Preadjudicación, en el plazo de veinte (20) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos), previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (según texto consolidado por la Ley Nº 6.017). La misma seránotificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad cumplimiento de los requisitos exigidos en este Pliego. Solo será pre adjudicado el oferente que cumpla con las condiciones fijadas en el presente y cuya oferta resulte la más conveniente para el GCABA en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica y económica del oferente y los pliegos, el orden precios y porcentajes ofrecidos. No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de mérito (conforme a canon ofertado)forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. Para ser pre adjudicado, el oferente preadjudicado y deberá encontrarse inscripto en el R.I.U.P.P. El anuncio de las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco (5) días hábiles los oferentes que no hayan calificado podrán pasar a retirar su correspondiente garantía de mantenimiento de la oferta. Si del orden de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con pre adjudicaciones será conforme lo establecido en el artículo 42 del PBCGArt. Producido 110º de la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 326/GCBA/17texto consolidado por Ley N° 5454. De conformidad con lo previsto en el Informe/Acta Artículo 20 inciso b) xxx Xxxxxx Único de PreadjudicaciónBases y Condiciones Generales, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a contar para formular impugnaciones, contados desde su notificación fehaciente, el vencimiento del término fijado para tomar vista los anuncios de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación. Se establece como De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, será condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo descriptas en el Banco Ciudad de Buenos Airespárrafo anterior, de un el depósito del cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon ofrecidola oferta preadjudicada, el cual que será efectuado mediante el depósito en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, el que será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramentetotalmente. PLIEG-2018-20742509- -DGRGIEG Las impugnaciones deberán ser presentadas, quedando a favor en la sede de la Administración Unidad Operativa de Adquisiciones sita en sita en Xx. Xxxxxx Xxxxxx 346 5° Piso, La Boca, Comuna 4 de esta Ciudad de Buenos Aires dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y original de la boleta de depósito, caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCGcontrario, no será considerada impugnación. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCPPliego, el Gobierno mediante la Autoridad que resulte competente COMITENTE resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con Aires según lo establecido en el artículo 7°la Ley Nº 1.218, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x texto consolidado Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017)5.666. Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas resueltas, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicándolo debiéndose publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, notificando por este medio a todos los plazos fijados OFERENTES. En caso de que no se presentara ningún oferente la Licitación será declarada desierta. En el supuesto de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, o de que ninguna de las ofertas presentadas se ajuste al servicio requerido para la presente contratación en toda la normativa vigente aplicabledocumentación licitatoria, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes. La autoridad competente resolverá El GCABA se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimiento con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los recursos administrativos previo dictamen oferentes para formular y/o efectuar reclamo alguno, conforme art. 82 de la Ley N° 2.095 -texto consolidado por Ley N° 5.666-, al Artículo 25 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1.274/DGCYC/17 El comitente constituye su domicilio en Xx. Xxxxxx Xxxxxx 346, quinto piso, Comuna 4 de esta Ciudad. Se considerará domicilio del oferente, aquel que oportunamente constituya en su oferta, el cual deberá encontrarse dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De lo contrario, se estará por aquel declarado ante el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de la Ciudad, dependiente del Ministerio de Hacienda, Dirección General de Compras y Contrataciones (Artículo 6º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales). Asimismo, se considerará domicilio electrónico constituido, el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP en el que se tendrán por válidas PLIEG-2018-20742509- -DGRGIEG todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a los términos establecidos en el Artículo 6° xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1274/DGCYC/17. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y surtirá efecto una vez transcurridos 10 (DIEZ) días de su notificación al Gobierno. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°– Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay 458 – de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06. Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse con motivo del presente procedimiento, inc. d) las partes quedan sometidas a la competencia de la Ley de Procedimiento los Juzgados en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (artículo 7º Pliego Único de Bases y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017Condiciones Generales).

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PREADJUDICACIÓN. La Las ofertas serán evaluadas por la U.E.L., constituida como Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante el Informe/Acta de Preadjudicación, sin la presencia de los oferentes, en el un plazo de veinte no mayor a los 5 (20cinco) días hábiles contados desde la apertura apertura. Deberá elegir la oferta más conveniente, respetando los lineamientos xxx Xxxxxx de Condiciones Generales, de los Sobres N° 2 (internos)Pliegos de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares del Llamado y del presente instructivo, previo Dictamen a cuyo fin podrá, indistinta o simultáneamente, analizar la documentación presentada por todos los Proponentes o, en primer lugar, sólo la de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido oferta más baja en la Ley Nº 1.218 (según texto consolidado por la Ley Nº 6.017). La misma seránotificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad de los requisitos exigidos en los pliegos, el orden de mérito (conforme precios para verificar si la misma es una propuesta admisible, procediendo a canon ofertado)evaluar las siguientes en orden creciente de precios en caso contrario. Dentro de ese mismo plazo, la U.E.L. elevará a la U.C.P. el oferente preadjudicado acta de preadjudicación correspondiente, fundamentando las razones de la elección y/o rechazo efectuadas y el orden de prelación establecido, conjuntamente con la copia de todas las ofertas recibidas. La preadjudicación podrá ser efectuada ad referendum de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Educación de la Nación cuando se den los supuestos explicitados en el punto 5.2 in fine. En caso que la preadjudicación no sea otorgada a la oferta de menor precio, deberán quedar debidamente fundamentadas las causales de rechazo su rechazo, conforme a las previsiones contempladas en el Pliego de los restantes oferentes precalificadosCondiciones Generales. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante La U.C.P. deberá evaluar las ofertas elevadas en un plazo de cinco no mayor a 5 (5cinco) días hábiles los oferentes que desde la elevación efectuada por la U.E.L., y podrá vetar la elección hecha por ella por razones fundadas en la calificación y/o antecedentes del oferente y/o requisitos mínimos no hayan calificado podrán pasar a retirar su correspondiente garantía de mantenimiento cumplidos y/o incumplimiento por parte de la ofertaU..E.L. de las pautas de selección previstas en los Pliegos y en el presente Instructivo. Si De no hacerlo en dicho término, y excepto que se trate de una preadjudicación ad referendum en los términos del punto 5.2 in fine, se tendrá por aprobada la elección hecha por la U.E.L.. En caso de vetar la oferta precalificada en primer lugar, evaluará las siguientes ofertas presentadas según orden de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado mérito. En caso de vetar la segunda y la tercera oferta declarará fracasado el mismo canonllamado. En caso de aprobar la preadjudicación efectuada por la U.E.L. ad referendum de la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Educación de la Nación, se procederá de conformidad con lo establecido en conforme el artículo 42 del PBCG. Producido el Informe/Acta de Preadjudicación, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a contar desde su notificación fehaciente, para tomar vista de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon ofrecido, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la Administración en caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCP, el Gobierno mediante la Autoridad que resulte competente resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicándolo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°, inc. d) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017)punto 5.3.4 siguiente.

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PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante expedirá un dictamen fundado y verificará el Informe/Acta de Preadjudicación, en el plazo de veinte (20) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos), previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (según texto consolidado por la Ley Nº 6.017). La misma seránotificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad cumplimiento de los requisitos exigidos en este Pliego. Solo será preadjudicado el OFERENTE que cumpla con las condiciones fijadas en el presente y cuya OFERTA resulte la más conveniente para el GCBA, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica y económica del OFERENTE y los pliegosprecios y porcentajes ofrecidos. Para ser preadjudicado, el orden OFERENTE deberá encontrarse inscripto en el RIUPP. El anuncio de mérito (las preadjudicaciones será conforme a canon ofertado), el oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco (5) días hábiles los oferentes que no hayan calificado podrán pasar a retirar su correspondiente garantía de mantenimiento de la oferta. Si del orden de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del PBCGArtículo 112 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y el Decreto Nº 326/GCBA/17. Producido De conformidad con lo previsto en el Informe/Acta Artículo 20 inciso b) xxx Xxxxxx Único de PreadjudicaciónBases y Condiciones Generales, los oferentes OFERENTES tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a contar para formular impugnaciones, contados desde su notificación fehaciente, el vencimiento del término fijado para tomar vista los anuncios de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentesDado este supuesto, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo se resolverá conforme lo dispuesto en el Banco Ciudad Pliego Único de Buenos AiresBases y Condiciones Generales, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon ofrecidoen su Artículo 20, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramentepárrafo final, quedando a favor de la Administración en caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCP, el Gobierno mediante la Autoridad que resulte competente resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, . De conformidad con lo dispuesto en el mismo acto que disponga la adjudicaciónArtículo 21 del mencionado Pliego, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo será condición de admisibilidad de las impugnaciones descriptas en el sitio web artículo anterior, el depósito del cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, el que será efectuado mediante depósito en la Cuenta Corriente Nº 200.581/2 “Impugnaciones – Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires Aires, Sucursal Centro, perteneciente a la Dirección General de Compras y publicándolo Contrataciones, el que será reintegrado sólo en el Boletín Oficial caso de que la impugnación prospere totalmente. Deberán ser presentadas en la sede de la Ciudad Dirección General de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen Compras y Contrataciones, dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y original de la Procuración General boleta de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°depósito, inc. d) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017)caso contrario, no será considerada impugnación.

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PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante el Informe/Acta de Preadjudicación, en el plazo de veinte cinco (205) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos)2, previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (según texto consolidado por la Ley Nº 6.017). En el Acta de Preadjudicación se indicarán los Oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad de los requisitos exigidos en los Pliegos, el orden de mérito (conforme a canon ofertado), el Oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes Oferentes. Si del orden de mérito resultase que dos o más propuestas han ofertado el mismo canon, se podrá invitar a los Oferentes que las hayan formulado a que mejoren el canon ofertado. Las nuevas propuestas de canon se deberán presentar también bajo sobre cerrado que se abrirá en el día y hora que al efecto se fije, labrándose acta en presencia de los interesados que concurran. El silencio del Oferente invitado a desempatar se entiende como que no modifica su oferta económica. La misma seránotificada nueva propuesta de canon no será pasible de impugnaciones. La Comisión Evaluadora de Xxxxxxx resolverá sin más trámite elaborando el orden de mérito definitivo. De mantenerse el empate se procederá al sorteo público de las ofertas económicas empatadas. En caso que un mismo proyecto haya sido ofertado para más de un Espacio, y que el mismo resulte, a su vez, preadjudicado en más de uno, el Oferente deberá expedirse sobre el Espacio de su preferencia, resultando Preadjudicatario del Espacio no elegido el siguiente Oferente en el orden de mérito. Todo ello, sujeto a aprobación de la Autoridad Competente. El Acta de Preadjudicación será notificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad de los requisitos exigidos en los pliegos, el orden de mérito (conforme a canon ofertado), el oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco (5) días hábiles los oferentes Oferentes que no hayan calificado resultado preadjudicados podrán pasar a retirar su correspondiente garantía Garantía de mantenimiento Mantenimiento de la ofertaOferta. Si del orden PLIEG-2019-37421133-GCABA-DGCOYP Producidos los Informes/Actas de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del PBCG. Producido el Informe/Acta Preselección y de Preadjudicación, los oferentes Oferentes tendrán un plazo de tres (3) tres días hábiles a contar desde su notificación fehaciente, para tomar vista de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones tanto a la preselección como a la preadjudicación. Las impugnaciones deben ser presentadas por escrito exponiendo las razones de hecho y de derecho en que se funden y serán resueltas por el Concedente, previa intervención de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, conforme lo determina la Ley N 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.017). Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentesOferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el la cuenta N° 200.581/2 “Garantía por impugnaciones” del Banco Ciudad de Buenos Aires, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato Contrato tomando el canon base para los casos de impugnaciones a la preselección y de un cinco por ciento (5%) del monto total del Contrato de acuerdo al canon ofrecidoofrecido por el Oferente que hubiese resultado preadjudicado para el caso de impugnaciones a la preadjudicación, presentado el cual correspondiente comprobante de pago ante la Dirección General o la que en el futuro la reemplace. Dicho importe será reintegrado al recurrente oferente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la Administración del GCABA en caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCP, el Gobierno mediante la Autoridad que resulte competente resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicándolo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°, inc. d) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017).

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Samples: Pliego Unico De Bases Y Condiciones Que Rige El Procedimiento De Licitación Pública De Concesión De Obra Pública

PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante expedirá un dictamen fundado y verificará el Informe/Acta de Preadjudicación, en el plazo de veinte (20) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos), previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (según texto consolidado por la Ley Nº 6.017). La misma seránotificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad cumplimiento de los requisitos exigidos en este Pliego. Solo será preadjudicado el OFERENTE que cumpla con las condiciones fijadas en el presente y cuya OFERTA resulte la más conveniente para el PLIEG-2018-16756731- -DGRGIEG GCABA, en virtud de la calidad del servicio, la idoneidad técnica y económica del OFERENTE y los pliegosprecios y porcentajes ofrecidos. Para ser preadjudicado, el orden OFERENTE deberá encontrarse inscripto en el RIUPP. El anuncio de mérito (las preadjudicaciones será conforme a canon ofertado), el oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco (5) días hábiles los oferentes que no hayan calificado podrán pasar a retirar su correspondiente garantía de mantenimiento de la oferta. Si del orden de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del PBCGArtículo 112 de la Ley Nº 2.095, texto consolidado por Ley N˚ 5.666 Y el Decreto Nº 326ƒGCBAƒ17. Producido De conformidad con lo previsto en el Informe/Acta Artículo 20 inciso b) xxx Xxxxxx Único de PreadjudicaciónBases y Condiciones Generales, los oferentes OFERENTES tendrán un plazo de tres (3) días hábiles a contar para formular impugnaciones, contados desde su notificación fehaciente, el vencimiento del término fijado para tomar vista los anuncios de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentesDado este supuesto, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo se resolverá conforme lo dispuesto en el Banco Ciudad Pliego Único de Buenos AiresBases y Condiciones Generales, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato de acuerdo al canon ofrecidoen su Artículo. 20, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramentepárrafo final, quedando a favor de la Administración en caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCP, el Gobierno mediante la Autoridad que resulte competente resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, . De conformidad con lo dispuesto en el mismo acto que disponga la adjudicaciónArtículo 21 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo será condición de admisibilidad de las impugnaciones descriptas en el sitio web artículo anterior, el depósito del cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta preadjudicada, el que será efectuado mediante depósito en la Cuenta Corriente Nº Nº 200.581ƒ2 “Impugnaciones − Fondos en Garantía”, abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires Aires, Sucursal Centro, perteneciente a la Dirección General de Compras y publicándolo Contrataciones, el que será reintegrado sólo en el Boletín Oficial caso de que la impugnación prospere totalmente. Deberán ser presentadas en la sede de la Ciudad Dirección General de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen Compras y Contrataciones, dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y original de la Procuración General boleta de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°depósito, inc. d) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017)caso contrario, no será considerada impugnación.

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Samples: Pliego De Especificaciones Técnicas

PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante el Informe/Acta de Preadjudicación, en el plazo de veinte (20) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos), previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (según texto consolidado por la Ley Nº 6.017). La misma seránotificada será notificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad de los requisitos exigidos en los pliegosPliegos, el orden de mérito (conforme a canon ofertado), el oferente Oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco (5) días hábiles los oferentes que no hayan calificado podrán pasar a retirar su correspondiente garantía Garantía de mantenimiento Mantenimiento de la ofertaOferta. Si del orden Producidos los Informes/Actas de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del PBCG. Producido el Informe/Acta Preselección y de Preadjudicación, los oferentes tendrán un plazo de tres (3) tres días hábiles a contar desde su notificación fehaciente, para tomar vista de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones tanto a la preselección como a la preadjudicación. Las impugnaciones deben ser presentadas por escrito exponiendo las razones de hecho y de derecho en que se funden y serán resueltas por el Concedente, previa intervención de la Procuración Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, conforme lo determina la Ley N 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.017) Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el la cuenta N° 200.581/2 “Garantía por impugnaciones” del Banco Ciudad de Buenos Aires, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato Contrato de acuerdo al canon ofrecidoofrecido por el Oferente, presentado el cual correspondiente comprobante de pago ante la Dirección General o la que en el futuro la reemplace. Dicho importe será reintegrado al recurrente oferente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la Administración del GCBA en caso de ser rechazada total o parcialmente. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCP, el Gobierno mediante la Autoridad que resulte competente resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicándolo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires (artículo 7°, inc. d) de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017).

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Samples: Pliego Unico De Bases Y Condiciones Que Rige El Procedimiento De Licitación Pública De Concesión De Obra Pública, Para El

PREADJUDICACIÓN. La Comisión de Evaluación de Ofertas deberá expedirse mediante el Informe/Acta de Preadjudicación, en el plazo de veinte (20) días hábiles contados desde la apertura de los Sobres N° 2 (internos), previo Dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 1.218 (según texto Texto consolidado por la Ley Nº 6.017). La misma seránotificada será notificada fehacientemente y difundida en el sitio web de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. En ella, se indicarán los oferentes Oferentes precalificados que cumplieron con la totalidad de los requisitos exigidos en los pliegosPliegos, el orden de mérito (conforme a canon ofertado), el oferente Oferente preadjudicado y las causales de rechazo de los restantes oferentes Oferentes precalificados. XXXXX-0000-00000000-XXXXX-XXXXX En la notificación se incluirá también el lugar, fecha y hora a partir de la cual durante un plazo de cinco (5) días hábiles los oferentes Oferentes que no hayan calificado podrán pasar a retirar su correspondiente garantía de mantenimiento de la oferta. Si del orden de mérito resultaren dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se procederá de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del PBCG. Producido el Informe/Acta de Preadjudicación, los oferentes Oferentes tendrán un plazo de tres (3) tres días hábiles a contar desde su notificación fehaciente, para tomar vista de todas las actuaciones y para efectuar impugnaciones a la preadjudicación. La preadjudicación deberá publicarse en el sitio web de las Naciones Unidas. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentesOferentes, la constitución previa de un depósito en dinero en efectivo en el Banco Ciudad de Buenos Aires, de un cinco por ciento (5%) del monto total del contrato Contrato de acuerdo al canon ofrecidoofrecido por el Oferente que hubiere resultado Adjudicatario, el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que la impugnación prospere íntegramente, quedando a favor de la Administración GCABA en caso de ser rechazada total o parcialmente. PLIEG-2019-17920441-GCABA-DGTALMEF Conforme artículo 70 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.017), resultará Adjudicatario aquel Oferente que haya resultado preseleccionado de conformidad con el artículo 44 del presente PBCP y que haya ofrecido el mayor canon. Si del orden de mérito resultasen dos o más propuestas que hayan ofertado el mismo canon, se podrá invitar a los proponentes que las hayan formulado a que mejoren el canon ofertado. Las nuevas propuestas de canon se presentarán también bajo sobre cerrado que se abrirá en el día y hora que al efecto se fije, labrándose acta en presencia de los interesados que concurran. El silencio del Oferente invitado a desempatar, se entiende como que no modifica su oferta, procediéndose en consecuencia. De mantenerse el empate, se procede al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello se fijará día, hora y lugar del sorteo público y se notificará por medio fehaciente a los Oferentes llamados a desempatar. La nueva propuesta de canon no será susceptible de impugnaciones. La Comisión de Evaluación resolverá sin más trámite, elaborando el orden de mérito definitivo. El presente artículo complementa el artículo 46 del PBCG. Vencido el plazo establecido en el artículo 46 del presente PBCPmencionado, el Gobierno GCABA mediante la Autoridad que resulte competente competente, resolverá en forma fundada la adjudicación, previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el artículo 7°, inc. inciso d) de la Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx,x Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (Texto consolidado por Ley Nº 6.017), y Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado por Ley Nº 6.017). Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preselección y/o la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentesOferentes, por medio fehaciente, difundiéndolo en el sitio web de la Ciudad de Buenos Aires y publicándolo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Xxxxxx xx Xxxxxx XxxxXxXxXXxXxx-0xx0x0x0x-0x0x0xx00x0x00x-Xx XXxXxxXxXxx-XXXXXXXX Xxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx por los plazos fijados en la normativa vigente aplicable. La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (artículo 7°, inc. inciso d) de la Ley de Procedimiento Administrativo Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley N° 1.218 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017Texto consolidado ambos textos consolidados por Ley Nº 6.017).

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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones Particulares Que Rige El Procedimientode Licitación Pública Nacional E Internacional, De Etapa Multiple