EMPATE DE OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

EMPATE DE OFERTAS. En caso de paridad de ofertas, se solicitará a través de PBAC, a los respectivos proponentes que, y dentro del término de tres (3) días, formulen una mejora de precios. El silencio del oferente se entiende como mantenimiento de la propuesta sin modificación. Si el importe de los renglones igualados no excede de 5 UC, se procede directamente a adjudicar por sorteo público de las ofertas empatadas – artículo 20, apartado 3º, del Anexo I del Decreto Nº 1.300/16.
EMPATE DE OFERTAS. En caso de empate en el precio de dos o más ofertas admisibles, el Comitente notificará fehacientemente a las interesadas la designación del lugar, fecha y hora en que se procederá al desempate en acto público, con las mismas formalidades que el acto de apertura de ofertas Cada empresa presentará su nueva oferta en un sobre cerrado, conforme las previsiones del punto 3.1 del presente. La falta de presentación de una nueva oferta por parte de una empresa se considerará como mantenimiento sin cambio de su oferta original. En caso de nueva paridad, la preadjudicación recaerá en el Oferente de mayor capacidad de contratación anual.
EMPATE DE OFERTAS. En caso, que después de la mejora de oferta, subsistiera el empate de las mismas, se debe proceder al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello se debe fijar día, hora y lugar del sorteo público y notificarse por medio fehaciente a los oferentes lla- mados a desempatar. El sorteo se debe realizar en presencia de los interesados, si asistieran, labrándose el acta correspondiente.
EMPATE DE OFERTAS. En caso de empate en el precio de dos o más ofertas admisibles, la U.C.P. notificará fehacientemente a las interesadas la designación del lugar, fecha y hora en que se procederá al desempate en acto público, con las mismas formalidades que el acto de apertura de ofertas Cada empresa presentará su nueva oferta en un sobre cerrado, conforme las previsiones del punto 3.1 del presente. La falta de presentación de una nueva oferta por parte de una empresa se considerará como mantenimiento sin cambio de su oferta original. En caso de nueva paridad, la preadjudicación recaerá en el Oferente de mayor capacidad de contratación anual.
EMPATE DE OFERTAS. 16. Mejora de oferta.
EMPATE DE OFERTAS. Si se presentaren dos o más ofertas iguales, entre algunas de las ofertas admisibles y convenientes, se solicitará a los proponentes respectivos que formulen una mejora de precios sin alterar el resto de las condiciones de sus ofertas originales, por escrito y en sobre cerrado, hasta la fecha y hora que les fije el Organismo. Además de la aplicación en el caso de los postulados de la Ley Provincial B N° 4.187, se tomarán en cuenta los siguientes elementos de juicio para determinar la adjudicación, y en la medida que sean necesarios por subsistir la igualdad:
EMPATE DE OFERTAS. En caso de igualdad de precios entre dos o más ofertas válidas, la CEO solicitará a los respectivos oferentes, que por escrito y dentro del término del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios. El silencio por parte del oferente invitado a mejorar se considerará como el mantenimiento de su oferta en idénticos términos en los que la presentó. De subsistir el empate, se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello, se fijará día, hora y lugar del sorteo público, debiendo notificarse a los oferentes llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados y se labrará el acta correspondiente.
EMPATE DE OFERTAS. Se considerará empate técnico de ofertas, conforme lo normado por el artículo 20, apartado 4º, del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, cuando la diferencia entre las ofertas más convenientes (por precio unitario de renglón o monto global, según corresponda) no sea superior al dos por ciento (2%). En este caso, la preadjudicación corresponde a la propuesta que ofrezca mayor cantidad de elementos de origen nacional. De subsistir el empate, se solicitará a los proponentes que, por escrito y dentro de los tres (3) días, formulen una mejora de precios. Las nuevas propuestas que se presenten, son abiertas en el lugar, día y hora establecidos en el requerimiento, labrándose el Acta pertinente. El silencio del oferente invitado a desempatar, se entiende como mantenimiento de la propuesta sin modificación. De mantenerse el empate, se analizará la posibilidad de adjudicar en base a otras ventajas como: mayor cantidad de criterios sustentables incorporados a la oferta, mayor cantidad de elementos de mejor calidad o características diferenciales similares. Si ninguno de estos criterios resultara de aplicación, se preadjudicará finalmente a la oferta económica más baja. En caso que exista paridad exacta de ofertas, es decir, sin ningún tipo de diferencia numérica entre las propuestas más convenientes, se seguirán los pasos previstos para el empate técnico, con la salvedad que agotadas todas las instancias de desempate (esto es: i) constatación de mayor cantidad de elementos de origen nacional, ii) pedido de mejora de precios, iii) análisis de otras ventajas tales como criterios sustentables, mayor cantidad de elementos de mejor calidad o características diferenciales) se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello, deberá fijarse día, hora y lugar del sorteo público y notificarse a los oferentes llamados a desempatar.
EMPATE DE OFERTAS. Corresponde al Expediente N° 22700-19529/18
EMPATE DE OFERTAS. En caso de empate en el precio de dos o más ofertas admisibles, la Universidad notificará fehacientemente a las interesadas la designación del lugar, fecha y hora en que se procederá al desempate en acto público, con las mismas formalidades que el acto de apertura de ofertas Cada empresa presentará su nueva oferta en un sobre cerrado, conforme las previsiones del punto 3.1 del presente. La falta de presentación de una nueva oferta por parte de una empresa se considerará como mantenimiento sin cambio de su oferta original. En caso de nueva paridad, la pre adjudicación recaerá en el Oferente de mayor capacidad de contratación anual.