Plus extrasalarial de transporte Cláusulas de Ejemplo

Plus extrasalarial de transporte. Con independencia xxx xxxxxxx, durante 11 meses, los trabajadores tendrán derecho a percibir un Plus extrasalarial de transporte consistente en: AÑO 2010: 20 * 112,49 euros/mes si tienen el 50 % o más de la jornada anual. * 56,24 euros/mes si tienen menos del 50% y más del 25% de la jornada anual. * 34,03 euros/mes si tienen el 25% ó menos de la jornada anual. AÑO 2011: * 113,61 euros/mes si tienen el 50 % o más de la jornada anual. * 56,80 euros/mes si tienen menos del 50% y más del 25% de la jornada anual. * 34,37 euros/mes si tienen el 25% ó menos de la jornada anual. AÑO 2012: * 115,31 euros/mes si tienen el 50 % o más de la jornada anual. * 57,65 euros/mes si tienen menos del 50% y más del 25% de la jornada anual. * 34,89 euros/mes si tienen el 25% ó menos de la jornada anual.
Plus extrasalarial de transporte. Todos los trabajadores como mínimo con media jornada tendrán derecho a percibir, durante los 11 meses de actividad laboral, un plus de transporte y en la cuantía que se establece en el ANEXO I. Cuando su jornada inferior, con independencia de la cuantía de la misma, percibirá el 50%, de este plus según se establece en las tablas del anexo.
Plus extrasalarial de transporte. Con el fin de compensar los gastos que se producen a los tra- bajadores para acudir a sus puestos de trabajo, teniendo en cuen- ta la movilidad de los mismos, y cualesquiera que sea la distancia a recorrer, se establece el plus extrasalarial de transporte, el cual se devengará por cada día que se acude efectivamente al trabajo, en la cuantía que para todos los grupos y categorías se determinan en las tablas anexas al presente Convenio.
Plus extrasalarial de transporte. Se establece este plus extrasalarial, para el personal operativo de la empresa cuyo objeto es mitigar los gastos que ocasionan al trabajador sus desplazamientos dentro de la localidad, así como desde su domicilio a los centros de trabajo y su regreso. Dicho plus se fijará por parte de la Dirección de la Empresa en función de las dificultades de acceso a los centros de trabajo, con la cuantía máxima de 735,96 euros anuales, que corresponde a once mensualidades de 66,90 euros. No obstante, con el fin de facilitar la labor administrativa, dicho importe se repartirá en 12 mensualidades.
Plus extrasalarial de transporte. Con el fin de compensar los gastos que se producen a los trabajadores para acudir a sus puestos de trabajo, teniendo en cuenta la movilidad de los mismos, que constituye una característica del Sector, y cualquiera que sea la distancia a recorrer, se establece un Plus Extrasalarial de Transporte para todas las Categorías o Grupos y Niveles en las cuantías que se especifican en la Tabla del Anexo III. Este plus se percibirá por día realmente trabajado de lunes a viernes de cada semana. Dicho devengo sustituye a los Pluses de Distancia y Transporte establecidos en las Ordenes Ministeriales de 10 de febrero, 4 xx xxxxx y 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 x Xxxxxxxxxx xx 0 xx xxxxx de 1963.
Plus extrasalarial de transporte. Con independencia xxx xxxxxxx, durante 11 meses, los trabajadores tendrán derecho a percibir un plus extrasalarial de transporte consistente en:
Plus extrasalarial de transporte. El plus de transporte resarce al trabajador por su desplazamiento desde el lugar de su residencia hasta su centro habitual de trabajo y a la inversa. En el año 2016, todo el personal que realice su trabajo en jornada completa, percibirá por este concepto un complemento men- sual de 73,16 €, incluso en vacaciones. En el año 2017, todo el personal que realice su trabajo en jornada completa, percibirá por este concepto un complemento men- sual de 73,31 €, incluso en vacaciones. En el año 2018, todo el personal que realice su trabajo en jornada completa, percibirá por este concepto un complemento men- sual de 73,97 €, incluso en vacaciones. En el año 2019, todo el personal que realice su trabajo en jornada completa, percibirá por este concepto un complemento men- sual de 74,49 €, incluso en vacaciones. En el año 2020, todo el personal que realice su trabajo en jornada completa, percibirá por este concepto un complemento men- sual de 75,01 €, incluso en vacaciones. En consecuencia, la cuantía del mismo estará directamente vinculada al número de horas efectivamente trabajadas.
Plus extrasalarial de transporte. Con independencia xxx xxxxxxx, durante 11 meses, los trabajadores tendrán derecho a percibir un Plus extrasalarial de transporte consistente en: * 99,17 euros/mes si tienen el 50% o más de la jornada anual. * 49,58 euros/mes si tienen menos del 50% y más del 25% de la jornada anual. * 30 euros/mes si tienen el 25% ó menos de la jornada anual.
Plus extrasalarial de transporte. Artículo 28.- Plus de distancia.
Plus extrasalarial de transporte. Para compensar los gastos que se producen a los trabajadores para desempeñar sus puestos de trabajo, percibirán un plus de transporte de 104,00 € (ver tabla salarial) mensuales para el año 2018; para los demás años de vigencia será el establecido en la Tabla Salarial. Se percibirá de forma proporcional a los días trabajados.