PERIODO PROBATORIO Cláusulas de Ejemplo

PERIODO PROBATORIO. Una vez vencido el término para presentar el documento de objeción a la aprehensión, del último notificado del acta de aprehensión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes se procederá a establecer si hay lugar o no a la corrección de la causal de aprehensión, para los efectos previstos en el artículo 554 de este decreto. Si no hubiere lugar a tal corrección se ordenará, mediante auto motivado, la práctica de las pruebas solicitadas o que se decreten de oficio. El auto que decrete las pruebas se notificará por estado. Contra el auto que niegue las pruebas procederá el recurso de reposición, dentro de los diez (10) días hábiles si- guientes a su notificación, y se resolverá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su interposición. Ejecutoriado el auto que decreta pruebas, el término para su práctica será de dos (2) meses. Vencido el periodo probatorio o antes de ello, cuando se hubieren practicado todas las pruebas decretadas, mediante auto se ordenará el cierre de dicho periodo. Contra este auto no procede recurso alguno. Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de dicha providencia, el interesado podrá presentar, a manera de alegatos de conclusión, un escrito donde se pronuncie en relación con las pruebas allegadas al proceso; sin que ello dé lugar a la suspensión de los términos procesales.
PERIODO PROBATORIO. Notificadas en debida forma las partes, la autoridad competente abrirá el proceso a pruebas por un término hasta de un (1) mes y ordenará la práctica de las decretadas en el auto de apertura y de las solicitadas por las partes, siendo estas: pruebas documentales, declaraciones, entrevistas, interrogatorio de parte, prueba testimonial, prueba pericial, entre otras. Desde el inicio del Proceso de Restablecimiento de Derechos, es decir, desde el auto que apertura la investigación, la autoridad administrativa, además de practicar las pruebas que por ley puede y debe evacuar, realizará acciones y gestiones con las demás instituciones, autoridades u organizaciones para garantizar el ejercicio inmediato de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, y remitirá el grupo familiar a los servicios de apoyo que permitan asegurar el empoderamiento, preparación y formación de la familia para la futura integración e inclusión del niño, la niña y el adolescente a su medio familiar y social.
PERIODO PROBATORIO. Por medio del auto de 15 xx xxxxx 2002, el Tribunal Administrativo xx Xxxxxx abrió el periodo probatorio y decretó las pruebas pedidas por las partes.6. 2 Fls. 41 y 42 del C1.
PERIODO PROBATORIO. Con fundamento en las normas legales que rigen la materia, la etapa probatoria deberá estar señalada en el pliego de cargos, la cual no podrá ser inferior a diez (10) días hábiles ni superior a treinta (30) días hábiles. Toda decisión que se adopte debe basarse en razones de hecho y de derecho que determinen las pruebas aportadas o practicadas. El prestador incorporará las pruebas aportadas y deberá decidir sobre la postulación de las pruebas hechas por el usuario o suscriptor y ordenará la práctica de las que considere pertinentes, aun de oficio. Contrato Código: CCU – 2017-001 Versión 1 Página 23 de 24
PERIODO PROBATORIO. Sección 1 El período probatorio es el término de tiempo durante el cual un(a) empleado(a), al ser nombrado(a) o ascendido(a) en un puesto, se encuentra en un período de adiestramiento y prueba, sujeto a evaluaciones periódicas en el desempeño de sus deberes y funciones.
PERIODO PROBATORIO. El juicio deberá abrirse a prueba por el término improrrogable de ocho días, en los primeros dos días de este periodo los peritos emitirán su dictamen. Si dentro de los dos días del periodo probatorio los peritos no dictaminaren, o se produjere discordia entre ellos, el juez nombrara inmediatamente un tercer perito que la dirima.
PERIODO PROBATORIO. 21. Con fundamento en los artículos 6 y 6.1 del Acuerdo relativo para la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, en lo sucesivo Acuerdo Antidumping, se concedió a los productores nacionales, importadores y exportadores, así como a las personas físicas x xxxxxxx que pudieran tener interés jurídico en el resultado de este examen, la debida oportunidad de argumentar y presentar pruebas en el primer periodo probatorio, comprendido del 17 de enero al 28 de febrero de 2003.
PERIODO PROBATORIO. Sección 1: Todo empleado nuevo regular comprendido dentro de la Unidad Apropiada estará sujeto a un período probatorio de tres (3) meses calendarios, excepto para los siguientes puestos cuyo período probatorio será de seis (6) meses: Discotecario (a) Editor (a) Técnico Filmotecario (a) – Bibliotecario (a) Operador (a) de Transmisores Editor (a) de Video, Gráficas y Animación Computarizada. Dicho período podrá ser extendido solamente por mutuo acuerdo de las partes. Para aquellos puestos de nueva creación en el futuro, cuyas funciones requieran un período probatorio mayor al aquí establecido, las parte se reunirán para determinar el período que corresponda.
PERIODO PROBATORIO. El periodo probatorio comenzará el 1 xx xxxxx de 2004 y terminará el 29 xx xxxx de 2004. Durante dicho periodo el Banco determinará si el Director (a) cumple con los requisitos para la posición de Director de Informática, la cual devenga un salario bruto annual de $180,000. El contrato de trabajo con el Banco está sujeto al resultado de las pruebas pre-empleo y verificación de referencias, entre otros requisitos de empleo. El Banco se reserva el derecho absoluto de prescindir de los servicios del Director (a) en cualquier momento durante el periodo probatorio, en cuyo caso entiendo que solamente tendrá derecho a lo dispuesto en ley.
PERIODO PROBATORIO. SECCION 1 Todo aspirante a ingreso como empleado debera haber aprobado primeramente aquellos examenes, escritos o de evaluacion que requiera la Compania.