Common use of OBJETO DEL ACUERDO XXXXX Clause in Contracts

OBJETO DEL ACUERDO XXXXX. Es objeto de este acuerdo marco la selección de un empresario, a fin de fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos que en el seno del mismo se celebrarán hasta el 31 de diciembre de 2015, para el suministro de elementos de señalización vertical y trabajos de señalización horizontal en la red viaria del Ayuntamiento de Ciudad Real. La necesidad del presente acuerdo marco viene determinada por la celebración de contratos derivados del mismo que ante la imposibilidad de atender la totalidad de las labores comprendidas en el mismo con medios municipales propios, debido al incremento registrado en la ciudad en los últimos años, así como que la evolución de las técnicas de señalización, exigen un notable esfuerzo para una adecuada gestión de la movilidad del tráfico en el interior de la ciudad, lo que lleva aparejado, necesariamente, la adaptación de las tareas de mantenimiento y conservación de los elementos que conforman la red de señalización horizontal y vertical cuya eficaz gestión, estado e información suministrada, resulta imprescindible para garantizar los niveles de Seguridad Vial que se requieren. El acuerdo marco y los contratos que deriven del mismo, tiene naturaleza administrativa y en todo lo no previsto en este Pliego y en el de prescripciones técnicas, se aplicará lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, (en adelante T.R.L.C.S.P.), supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo, y en su defecto, las normas de derecho privado. El órgano de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Tiene carácter contractual el presente pliego, el de cláusulas técnicas y sus anexos.

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Samples: Pliego De Claúsulas Administrativas Particulares Para La Adjudicación Del Acuerdo Marco De Selección De Un Contratista a Fin De Fijar Las Condiciones a Que Habrán De Ajustarse Los Contratos Que en El Seno Del Mismo Se Celebrarán Hasta El Día 31 De Diciembre De

OBJETO DEL ACUERDO XXXXX. Es 1.1. El contrato que se regula por este Pliego tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero o el arrendamiento, con o sin opción de este acuerdo marco la selección compra, de un empresario, a fin de fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos que productos o bienes muebles especificados en el seno Apartado 3.1 del mismo Cuadro de Características que encabeza y forma parte de aquél, codificado conforme a la nomenclatura CPA y CPV y que se celebrarán hasta el 31 de diciembre de 2015, para el suministro de elementos de señalización vertical y trabajos de señalización horizontal en la red viaria del Ayuntamiento de Ciudad Real. La necesidad del presente acuerdo marco viene determinada por la celebración de contratos derivados del mismo que ante la imposibilidad de atender la totalidad de las labores comprendidas recoge en el mismo Apartado 3.2 del Cuadro de Características, todo ello de conformidad con medios municipales propios, debido al incremento registrado en la ciudad en los últimos años, así como que la evolución de las técnicas de señalización, exigen un notable esfuerzo para una adecuada gestión de la movilidad del tráfico lo indicado en el interior de la ciudad, lo que lleva aparejado, necesariamente, la adaptación de las tareas de mantenimiento art.9 y conservación de los elementos que conforman la red de señalización horizontal y vertical cuya eficaz gestión, estado e información suministrada, resulta imprescindible para garantizar los niveles de Seguridad Vial que se requierenart. El acuerdo marco y los contratos que deriven 196 del mismo, tiene naturaleza administrativa y en todo lo no previsto en este Pliego y en el de prescripciones técnicas, se aplicará lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembrenoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido texto refundido de la Ley de Contratos del Sector PúblicoPúblico (RDL 3/2011); el objeto del contrato vendrá referido al supuesto de entregas sucesivas de una pluralidad de bienes por un precio unitario máximo, (sin que el número total de unidades esté definido con exactitud al tiempo de celebrar el Acuerdo Marco por estar subordinadas las entregas a las necesidades del adquirente. Comprenderá asimismo los contratos basados en adelante T.R.L.C.S.P.)dicho Acuerdo Marco. En caso de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada, supletoriamente las restantes normas se especificará en el Apartado 3.3 del Cuadro de derecho administrativoCaracterísticas. En el supuesto de que los bienes o productos se desglosen en lotes, se indicará en el Apartado 3.4 del Cuadro de Características con la identificación y en su defecto, las normas la codificación conforme a la nomenclatura CPA y CPV que corresponda a cada uno de derecho privadoellos. El órgano número de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Tiene carácter contractual adjudicatarios en el presente pliego, Acuerdo Xxxxx será el de cláusulas técnicas y sus anexos.fijado en el

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OBJETO DEL ACUERDO XXXXX. Es La celebración del presente Acuerdo Marco (en adelante, el “Acuerdo Marco”) tiene por objeto la prestación, a través de este acuerdo marco la selección Central de Contratación, de un empresarioservicio de mediación de riesgos y seguros, cuya gestión corresponde a fin de fijar las condiciones Entidades Locales Adheridas, conforme a que habrán de ajustarse los contratos que lo previsto en el seno del mismo artículo 203 TRLCSP, y en el último párrafo de la Disposición Adicional Quinta de la LBRL. A tales efectos, y de conformidad con el artículo 2.1 y 26.1 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados, se celebrarán hasta el 31 de diciembre de 2015, para el suministro de elementos de señalización vertical y trabajos de señalización horizontal entenderá por mediación aquellas actividades consistentes en la red viaria del Ayuntamiento presentación, propuesta o realización de Ciudad Real. La necesidad del presente acuerdo marco viene determinada por trabajos previos a la celebración de contratos derivados del mismo que ante la imposibilidad un contrato de atender la totalidad seguro o de las labores comprendidas en el mismo con medios municipales propiosreaseguro, debido al incremento registrado en la ciudad en los últimos añoso de celebración de estos contratos, así como que la evolución asistencia en la gestión y ejecución de dichos contratos, en particular en caso de siniestro. En concreto, los servicios a prestar serán los de correduría de seguros y no los de agencia, percibiendo el adjudicatario de cada uno de los Lotes la retribución únicamente de las entidades aseguradoras. El pliego de prescripciones técnicas (en adelante, el “PPT”), que complementa este pliego de señalizacióncláusulas administrativas (en adelante, exigen el “PCA”), detalla las condiciones que regirán la prestación de los servicios. El objeto del Acuerdo Marco se desglosa en lotes independientes correspondientes a diversas zonas geográficas (en adelante, los “Lotes”). Se adjunta como Anexo I una relación de las distintas zonas geográficas que integran cada uno de los Lotes. Cada uno de los Lotes del Acuerdo Xxxxx se celebrará con un notable esfuerzo para una adecuada gestión de la movilidad del tráfico solo empresario. En los contratos basados en el interior de presente Acuerdo Marco celebrados por cada Entidad local Adherida se tomarán como base los términos establecidos en el Acuerdo Marco. Las necesidades administrativas a satisfacer con los Contratos basados en este Acuerdo Xxxxx son la ciudad, lo que lleva aparejado, necesariamente, la adaptación de las tareas de mantenimiento y conservación prestación de los elementos que conforman servicios de mediación en materia de riesgos y seguros a las Entidades Locales adheridas a la red Central de señalización horizontal y vertical cuya eficaz gestión, estado e información suministrada, resulta imprescindible para garantizar los niveles de Seguridad Vial que se requierenContratación. El acuerdo marco y los contratos que deriven La codificación correspondiente a la nomenclatura del mismo, tiene naturaleza administrativa y en todo lo no previsto en este Pliego y en el de prescripciones técnicas, se aplicará lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Vocabulario Común de Contratos del Sector PúblicoCPV 2008 es, (en adelante T.R.L.C.S.P.), supletoriamente las restantes normas para cualquiera de derecho administrativo, y en su defecto, las normas los Lotes: 66518100-5 Servicios de derecho privado. El órgano corretaje de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Tiene carácter contractual el presente pliego, el de cláusulas técnicas y sus anexos.seguros

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Que Rige La Celebración Del Acuerdo Marco Para La Contratación De Los Servicios De Mediación De Riesgos Y Seguros Por La Central De Contratación De La Femp

OBJETO DEL ACUERDO XXXXX. Es 1.1. El contrato que se regula por este Pliego tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero o el arrendamiento, con o sin opción de este acuerdo marco la selección compra, de un empresario, a fin de fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos que productos o bienes muebles especificados en el seno Apartado 3.1 del mismo Cuadro de Características que encabeza y forma parte de aquél, codificado conforme a la nomenclatura CPA y CPV y que se celebrarán hasta el 31 de diciembre de 2015, para el suministro de elementos de señalización vertical y trabajos de señalización horizontal en la red viaria del Ayuntamiento de Ciudad Real. La necesidad del presente acuerdo marco viene determinada por la celebración de contratos derivados del mismo que ante la imposibilidad de atender la totalidad de las labores comprendidas recoge en el mismo Apartado 3.2 del Cuadro de Características, todo ello de conformidad con medios municipales propios, debido al incremento registrado en la ciudad en los últimos años, así como que la evolución de las técnicas de señalización, exigen un notable esfuerzo para una adecuada gestión de la movilidad del tráfico lo indicado en el interior de la ciudad, lo que lleva aparejado, necesariamente, la adaptación de las tareas de mantenimiento art.9 y conservación de los elementos que conforman la red de señalización horizontal y vertical cuya eficaz gestión, estado e información suministrada, resulta imprescindible para garantizar los niveles de Seguridad Vial que se requierenart. El acuerdo marco y los contratos que deriven 196 del mismo, tiene naturaleza administrativa y en todo lo no previsto en este Pliego y en el de prescripciones técnicas, se aplicará lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembrenoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido texto refundido de la Ley de Contratos del Sector PúblicoPúblico (RDL 3/2011); el objeto del contrato vendrá referido al supuesto de entregas sucesivas de una pluralidad de bienes por un precio unitario máximo, (sin que el número total de unidades esté definido con exactitud al tiempo de celebrar el Acuerdo Marco por estar subordinadas las entregas a las necesidades del adquirente. Comprenderá asimismo los contratos basados en adelante T.R.L.C.S.P.)dicho Acuerdo Marco. En caso de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada, supletoriamente las restantes normas se especificará en el Apartado 3.3 del Cuadro de derecho administrativoCaracterísticas. En el supuesto de que los bienes o productos se desglosen en lotes, se indicará en el Apartado 3.4 del Cuadro de Características con la identificación y en su defecto, las normas la codificación conforme a la nomenclatura CPA y CPV que corresponda a cada uno de derecho privadoellos. El órgano número de Contratación ostenta la prerrogativa de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Tiene carácter contractual adjudicatarios en el presente pliego, Acuerdo Xxxxx será el de cláusulas técnicas y sus anexos.fijado en el Apartado

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OBJETO DEL ACUERDO XXXXX. Es 1.1. El contrato que se regula por este Pliego tiene por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero o el arrendamiento, con o sin opción de este acuerdo marco la selección compra, de un empresario, a fin de fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos que productos o bienes muebles especificados en el seno Apartado 3.1 del mismo Cuadro de Características que encabeza y forma parte de aquél, codificado conforme a la nomenclatura CPA y CPV y que se celebrarán hasta el 31 de diciembre de 2015, para el suministro de elementos de señalización vertical y trabajos de señalización horizontal en la red viaria del Ayuntamiento de Ciudad Real. La necesidad del presente acuerdo marco viene determinada por la celebración de contratos derivados del mismo que ante la imposibilidad de atender la totalidad de las labores comprendidas recoge en el mismo Apartado 3.2 del Cuadro de Características, todo ello de conformidad con medios municipales propios, debido al incremento registrado en la ciudad en los últimos años, así como que la evolución de las técnicas de señalización, exigen un notable esfuerzo para una adecuada gestión de la movilidad del tráfico lo indicado en el interior de la ciudad, lo que lleva aparejado, necesariamente, la adaptación de las tareas de mantenimiento art.9 y conservación de los elementos que conforman la red de señalización horizontal y vertical cuya eficaz gestión, estado e información suministrada, resulta imprescindible para garantizar los niveles de Seguridad Vial que se requierenart. El acuerdo marco y los contratos que deriven 196 del mismo, tiene naturaleza administrativa y en todo lo no previsto en este Pliego y en el de prescripciones técnicas, se aplicará lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembrenoviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido texto refundido de la Ley de Contratos del Sector PúblicoPúblico (RDL 3/2011); el objeto del contrato vendrá referido al supuesto de entregas sucesivas de una pluralidad de bienes por un precio unitario máximo, (sin que el número total de unidades esté definido con exactitud al tiempo de celebrar el Acuerdo Marco por estar subordinadas las entregas a las necesidades del adquirente. Comprenderá asimismo los contratos basados en adelante T.R.L.C.S.P.)dicho Acuerdo Marco. En caso de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada, supletoriamente las restantes normas se especificará en el Apartado 3.3 del Cuadro de derecho administrativoCaracterísticas. En el supuesto de que los bienes o productos se desglosen en lotes, se indicará en el Apartado 3.4 del Cuadro de Características con la identificación y en su defecto, las normas la codificación conforme a la nomenclatura CPA y CPV que corresponda a cada uno de derecho privadoellos. El órgano número de Contratación ostenta la prerrogativa adjudicatarios en el Acuerdo Xxxxx será el fijado en el Apartado 3.5 del Cuadro de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta. Tiene carácter contractual el presente pliego, el de cláusulas técnicas y sus anexosCaracterísticas.

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