CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Cláusulas de Ejemplo

CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. 07.0.1.08.01.0102.1.623.22.42210.001 07.0.1.08.01.0102.1.624.02.42210.001
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. 14.0.1.07.11.0100.3.216.00.22230.005/Q
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. Al tratarse de un contrato que no genera gastos sino ingresos, no es necesario habilitar consignación presupuestaria.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. 24.1.- El gasto está cofinanciado: No.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. Se estará a lo establecido en el apartado “F” (CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA) de la carátula de este pliego.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. El valor estimado del contrato es de 12.757,63€ que comprende el anual por el número de años y todo ello sin IVA Para el gasto que supone esta contratación en el presente ejercicio y que asciende a 1.881,86€ (IVA INCLUIDO ) existe consignación y financiación suficiente con cargo a las partidas 000-0000-00000 del Presupuesto para el año 2.011 comprometiéndose el PMD a consignar los créditos precisos para atender las obligaciones derivadas del cumplimiento del contrato hasta su conclusión. Al estar previsto que este contrato se formalice en el próximo ejercicio presupuestario y que la ejecución del mismo alcance ejercicios posteriores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94.2 LCSP deberán de comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones públicas sujetas a esta Ley.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. Para el gasto que supone esta contratación deberá dotarse de consignación y financiación suficiente con cargo a la partida 254.15320.61907 del Presupuesto para el año 2016.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. 10.1.- Aplicación presupuestaria 61031000 G/412B 22160
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA. Para el gasto que supone esta contratación existe consignación y financiación suficiente con cargo a la partida 184.3330.22799 del presupuesto ordinario para el año 2013 del Patronato Sociocultural.
CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA.  El gasto que supone esta contratación para el ejercicio 2018 (1 de enero a 31 de diciembre) será de 200.760€, más un 4% de IVA que supone 8.030,40€, lo que da un total de 208.790,40€ (aplicación presupuestaria 360.23100.22799).  El gasto que supone esta contratación para el ejercicio 2019 (1 de enero a 31 de diciembre) será de 200.760€, más un 4% de IVA que supone 8.030,40€, lo que da un total de 208.790,40€ (aplicación presupuestaria 360.23100.22799). Al estar previsto que este contrato se formalice en el próximo ejercicio presupuestario y que la ejecución del mismo alcance ejercicios posteriores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110.2 del TRLCSP deberán de comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de las distintas Administraciones públicas sujetas a esta Ley. Al tratarse de un gasto plurianual deberá de dotarse de crédito suficiente en la aplicación presupuestaria que corresponda a los sucesivos presupuestos al objeto de no incurrir en el supuesto de nulidad del artículo 173.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.