NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL Cláusulas de Ejemplo

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL. Para iniciar o ejecutar cualquiera de las operaciones disponibles en esta fecha en los cajeros automáticos o cualquier otra operación que en el futuro se implante en ellos y lo haga necesario, o restante operativa iniciada o ejecutada en virtud de la tarjeta correspondiente, la ENTIDAD comunicará al TITULAR y a los BENEFICIARIOS un Número de Identificación Personal para cada una de las Tarjetas que ambas partes (la ENTIDAD y el TITULAR o el BENEFICIARIO) se obligan a mantener en secreto. El citado Número de Identificación Personal será susceptible de ser modificado a voluntad del TITULAR o de los BENEFICIARIOS, siguiendo al efecto el sistema técnico que en cada momento la ENTIDAD tenga establecido.
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL. Para realizar cualquiera de las opera- ciones disponibles en esta fecha en los cajeros automáticos o cualquier otra operación que en el futuro se implante en ellos y que lo haga necesario, el Banco comunicará al titular y a los beneficiarios un Número de Identificación Personal, personal e intransferible, para cada una de las Tarjetas que ambas partes (el Ban- co y el Titular o el beneficiario) se obligan a mantener en secreto. El citado Número de Identificación Per- sonal será susceptible de ser modificado a voluntad del Titular o de los benefi- ciarios, siguiendo al efecto el sistema técnico que en cada momento el Banco tenga establecido.
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL. CashPak entregará al Usuario un número de identificación personal (“PIN”). El PIN es personal e intransferible por lo que el Usuario no debe proporcionarlo a nadie y le servirá para realizar retiros de efectivo en los cajeros automáticos afiliados a la red Mastercard y otras transacciones que requieran del PIN para completar una operación. Asimismo, el Usuario se compromete a ser el único responsable ante CashPak por el uso indebido de su número PIN, así como de los retiros que se efectúen en los Cajeros Automáticos por un tercero.
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL. El Emisor entregará al Usuario un número de identificación personal (“PIN”). El PIN es personal e intransferible por lo que el Usuario no debe proporcionarlo a nadie y le servirá para realizar retiros de efectivo en los cajeros automáticos afiliados a la red Mastercard y otras transacciones que requieran del PIN para completar una operación. Asimismo, el Usuario se compromete a ser el único responsable ante CashPak por el uso indebido de su número PIN, así como de los retiros que se efectúen en los Cajeros Automáticos por un tercero. CLAUSULASEPTIMA(COMISIÓN): El Usuario se obliga a pagar a El Emisor las cantidades que se deriven de las comisiones relacionadas con el uso de la tarjeta págalo todo conforme al ANEXO 1.
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL. También se le pedirá que establezca un Número de Identificación Personal ("PIN") durante el proceso de activación de la Tarjeta. No debe escribir ni guardar su PIN junto a su Tarjeta. Nunca compartas tu PIN con nadie. Si cree que alguien ha obtenido acceso no autorizado a su PIN, debe ponerse en contacto con nosotros inmediatamente siguiendo los procedimientos indicados en la Sección 4(C) ("Su responsabilidad en caso de transferencias no autorizadas") más adelante.
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL. Para realizar cualquiera de las operaciones disponibles en los cajeros automáticos, el Banco comunicará al Titular y a los beneficiarios, un Número de Identificación Personal (PIN) para cada una de las Tarjetas. El PIN es personal e intransferible (no puede ser comunicado a terceros) y podrá ser modificado por Titular, o los beneficiarios, conforme al sistema que establezca el Banco.
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL. (PIN): Código numérico seleccionado por el TARJETAHABIENTE de carácter personal, secreto, confidencial e intransferible, requerido para realizar TRANSACCIONES con TARJETA DE DÉBITO en un PUNTO DE VENTA y otros sistemas electrónicos. 18.
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL. (PlN): Número de identificación personal confidencial, en adelante conocido como PlN, proporcionado por EL BANCO a EL CLIENTE el cual será utilizado por éste para efectuar operaciones en los Cajeros Automáticos.

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  • Identificación Con antelación a la prestación del servicio, LEGÁLITAS solicitará al USUARIO los datos que sean necesarios para comprobar el derecho al mismo. Dichos datos han sido recabados en todo caso del propio USUARIO. Este servicio es personal e intransferible.

  • Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas 20.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus Ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes podrán presentar sus Ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. Los Oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas Ofertas. En el caso de Ofertas enviadas por correo o entregadas personalmente, el Oferente pondrá el original y todas las copias de la Oferta en dos sobres interiores, que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIAS”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar. 20.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: (a) estar dirigidos al Contratante a la dirección proporcionada en los DDL; (b) llevar el nombre y número de identificación del Contrato indicados en los DDL y CEC; y (c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL. 20.3 Además de la identificación requerida en la Subcláusula 20.2 de las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. 20.4 Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente.

  • Identificación de Defectos 33.1 El Gerente de Obras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Gerente de Obras considere que pudiera tener algún defecto.

  • DATOS PERSONALES Apellido Paterno Apellido Materno Prenombres LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO: / / Lugar día/mes/año NACIONALIDAD: ESTADO CIVIL: DOCUMENTO DE IDENTIDAD: DIRECCIÓN: LOCALIDAD DISTRITO TELÉFONO CELULAR CORREO ELECTRÓNICO COLEGIO PROFESIONAL DE: (SI/NO APLICA) REGISTRO N° LUGAR DEL REGISTRO DATOS DEL PADRE: PRENOMBRES Y APELLIDOS: DATOS DE MADRE: PRENOMBRES Y APELLIDOS: Ayacucho,…………………………………............... "AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO" De mi consideración: El que suscribe identificado con DNI Nº .............................,con RUC N° …………………….……………, domiciliado en ........................................................................., que se presenta como postulante a la Convocatoria sobre Contratación Administrativa de Servicios, DECLARO BAJO JURAMENTO que:

  • MEDIOS PERSONALES El adjudicatario queda obligado, desde el momento del comienzo del contrato, a tomar a su cargo, mediante subrogación de los contratos de trabajo, al personal de la actual concesionaria que se especifica en el Anexo I de este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, incluyendo categoría, antigüedad, retribuciones salariales, convenio colectivo de aplicación y tipo de contrato. El adjudicatario atenderá la correcta prestación de los servicios empleando para ello el personal técnico, administrativo, operarios, etc., precisos en cada momento, viniendo obligado a mantener un personal mínimo, que deberá quedar plenamente reflejado y justificado en su oferta, conforme establece el Pliego de Prescripciones Técnicas. Los licitadores acompañarán en la Memoria complementaria a su oferta, propuesta detallada de las previsiones de plantilla y relación de puestos de trabajo que se comprometen a mantener durante la vigencia del contrato, con expresión de sus características esenciales. El concesionario tiene el deber de comunicar al Ayuntamiento la plantilla y relación de puestos de trabajos adscritos a los servicios, al inicio de la concesión -conforme a su oferta-; así como las modificaciones que introdujera al respecto, las cuales precisarán autorización del Ayuntamiento. Una vez adjudicado el contrato conforme a la plantilla propuesta, la contratación de nuevo personal -según demanden las necesidades de los servicios- no podrá llevarla a cabo el adjudicatario sin la previa autorización del Ayuntamiento; responsabilizándose aquél de los correspondientes despidos en caso de incumplimiento. Se indicará asimismo en la Memoria complementaria a la oferta, el número de días de trabajo y el horario que en función de la organización de los trabajos prevista, se considere más operativo. No obstante, éste deberá ser aprobado por los Servicios Técnicos Municipales en función de las necesidades de los servicios y para una mejor prestación de las labores previstas y adaptación a las condiciones de la ciudad. El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx no tendrá ninguna relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole, con el personal del adjudicatario ni durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo de su cuenta todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que nacieran con motivo de este contrato de gestión de servicio público. El contratista asumirá, en cuanto a sus obligaciones como empresario, todas las derivadas de las Leyes Laborales vigentes en cada momento. Todo el personal deberá estar dado de alta en la Seguridad Social y tener seguro de accidentes, estando al corriente en el pago de las correspondientes cuotas. El personal adscrito al servicio deberá estar debida y correctamente uniformado. En caso de falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestido o falta de respeto o consideración con el público de dicho personal, será responsable el contratista frente a este Ayuntamiento, que podrá imponerle las sanciones correspondientes. En este sentido los licitadores especificarán en sus ofertas el equipo personal y uniforme con que proponen dotar a todos los trabajadores para cada uno de sus cometidos, así como la forma, calidad, color de los tejidos, y la periodicidad y fecha de entrega. Se especificarán uniformes xx xxxxxx, invierno y lluvia para operarios, encargados, conductores, etc., así como todo el equipo de seguridad personal y especial para las operaciones o labores que así lo exijan; todo ello de acuerdo con la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud. Todo el personal deberá estar perfectamente identificado, debiendo proponer el licitador el sistema de identificación que estime más eficaz. Los licitadores deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para los aspectos relacionados con la formación del personal, seguridad y salud, y cualquier otro que se considere conveniente.

  • Clasificación del personal La clasificación del personal afectado por el presente Convenio es meramente enun- ciativa y no supone obligación de tener cubiertas todas las plazas enumeradas, si las necesidades de la actividad de la empresa no lo requieren.

  • PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES A efectos del presente Contrato, se entenderá por “datos personales” toda información guardada, procesada o transmitida por el Grupo Iberdrola relativa a una persona identificada o identificable, así como cualquier otro significado de acuerdo con la legislación aplicable en materia de protección de datos personales. Los datos personales se considerarán “Información Protegida” a efectos de la aplicación de las medidas necesarias de Ciberseguridad y protección de la información que se establecen en la cláusula 9 de estas CG. Los datos personales de los representantes de las Partes, así como del resto de personas de contacto que puedan intervenir en el Contrato serán tratados, respectivamente, por las Partes, que actuarán, de forma independiente, como responsables del tratamiento de los mismos. Dichos datos serán tratados para dar cumplimiento a los derechos y obligaciones contenidas en el Contrato. La base jurídica del tratamiento es dar cumplimiento al Contrato así como cumplir con las obligaciones legales de las Partes. Los datos se mantendrán mientras esté en vigor la relación contractual establecida en el Contrato, y, una vez finalizada ésta, debidamente bloqueados, hasta la prescripción de las posibles acciones legales aparejadas. Los datos serán tratados únicamente por las Partes y aquellos terceros a los que aquéllas estén legal o contractualmente obligados a comunicarlos (como es el caso de terceros prestadores de servicios a los que se haya encomendado algún servicio vinculado con la gestión o ejecución del Contrato). Los titulares de los datos podrán ejercer, en los términos establecidos por la legislación vigente, los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos, así como solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o solicitar la portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito a cada una de las Partes, a través de las direcciones indicadas en el Contrato y, en el caso de Iberdrola, dirigiéndose a xx.xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx. En caso de obtener satisfacción de sus derechos, podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos u otra autoridad competente. Las Partes se comprometen expresamente a informar sus trabajadores y resto de personas de contacto de los términos de la presente cláusula, manteniendo indemne a la contraparte de los daños que pueda conllevar la falta de cumplimiento de esta obligación.

  • Garantía personal Se respetarán las situaciones personales que con carácter de cómputo anual excedan del convenio manteniéndose estrictamente “ad personam”.

  • TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES De conformidad con lo establecido en la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, el Asegurado queda informado y da su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para el tratamiento y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales al banco de datos de titularidad de La Positiva, ubicado en su domicilio indicado en la presente póliza. La Positiva utilizará estos datos, conjuntamente con otros que se pongan a disposición durante la relación comercial, y con aquellos obtenidos en fuentes accesibles al público, con la finalidad de analizar y manejar los riesgos materia del aseguramiento, gestionar la contratación y seguimiento de pólizas de seguros y evaluar la calidad del servicio. Asimismo, La Positiva utilizará los datos personales con fines publicitarios y comerciales a fin de remitir al Asegurado información sobre productos y servicios en el mercado financiero y de seguros que considere de su interés. El Asegurado reconoce y acepta que La Positiva podrá encargar el tratamiento de los datos personales a un tercero, y que se podrá realizar un procesamiento automatizado o no con dichos terceros por temas técnicos o comerciales. Los datos proporcionados serán incorporados, con las mismas finalidades a las bases de datos de empresas subsidiarias, filiales, asociadas, afiliadas o miembros del Grupo Económico al cual pertenece y/o terceros con los que éstas mantengan una relación contractual. Los datos suministrados por el Asegurado son esenciales para las finalidades indicadas. Las bases de datos donde se almacena la información cuentan con estrictas medidas de seguridad. En caso el Asegurado decida no proporcionarlos, no será posible la prestación de servicios por parte La Positiva. Conforme x xxx, el Asegurado está facultado a ejercer los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición que se detallan en xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx, mediante el procedimiento que se indica en dicha dirección electrónica.

  • DATOS DE CARÁCTER PERSONAL De acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, los licitadores aceptan la incorporación de sus datos a los ficheros automatizados corporativos de ACUASUR así como el tratamiento automatizado de los mismos, para las finalidades de gestión de la Sociedad. Los licitadores podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos establecidos en la legislación vigente. ACUASUR mantendrá la más absoluta confidencialidad respecto a los datos de carácter personal de los licitadores a los que haya tenido acceso con motivo de la tramitación del procedimiento, quedando sujeta, en cuanto a su tratamiento, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás disposiciones aplicables en la materia. Sin perjuicio de las disposiciones de la LCSP y de las cláusulas de este pliego relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, ACUASUR no podrá divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. El contratista, por su parte, deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que le hubiere dado el referido carácter en el contrato o que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que la propia naturaleza de los datos afectados aconseje un plazo superior que, en todo caso, habrá de reflejarse en el contrato.