Niveles de servicio mínimos exigidos Cláusulas de Ejemplo

Niveles de servicio mínimos exigidos. El licitador deberá de indicar en su oferta sus compromisos de calidad con relación a la prestación de los servicios que recoja, como mínimo, los parámetros indicados a continuación. En este apartado se recogen además los niveles de calidad (mínimos exigibles) que deberá respetar el prestador del servicio; así como la documentación e información a entregar relativa a la misma. Los parámetros que el operador tendrá que contemplar en sus informes con relación a la calidad técnica de los servicios de enlace son, entre otros:  Indisponibilidad del enlace en % del tiempo Para los enlaces de datos:  Perdida de paquetes (%)  Retardo y Jitter Se aportarán los datos para cada una de las tecnologías de enlace ofertadas tomado como referencia a respetar la recomendación G.826 del UIT-T, o en su defecto la G.821. Para la red de datos mediante VPN se establecen los siguientes valores mínimos: (%) Disponibilidad de los accesos 99,7 % del tiempo Pérdida de paquetes (%) < 0,02 % Retardo - Latencia media no superará los 110 ms para paquetes de 100 bytes. Las medidas referidas al punto de terminación de red se podrán realizar desde el lado de central, siempre que constituyan una adecuada representación de la calidad que se entrega al abonado en dicho punto. En cualquier caso, siempre tendrán mayor validez las medidas realizadas en el extremo del terminal de abonado. El licitador deberá de indicar en su oferta sus compromisos de calidad con relación a la gestión de solicitudes, para los diferentes tipos de enlaces ofertados. Se establecen , como mínimo, los parámetros indicados a continuación para la red VPN. Tiempos para altas, bajas y modificaciones en los servicios definidos. Límite  Altas 30 días  Traslado edificio (*) 3 días  Reconfiguración parámetros acceso 1 día.  Máximo fijado para las bajas 1 día (%) de solicitudes que superen los tiempos definidos. 15 % (%) de solicitudes con reclamaciones u observaciones. 20 % (*) Plazo en edificios con acceso. En caso contrario se tomarían plazos de alta. En lo que hace referencia a las incidencias tanto técnicas como administrativas o de facturación se deberán indicar los tiempos de respuesta medios y máximos comprometidos para su resolución, así como el número máximo de incidencias por tipo de servicio. Se establecen los siguientes valores mínimos para las incidencias técnicas:  Disponibilidad del servicio de atención a incidencias: deberá ser 24 horas los 365 días del año  Tiempo máximo para la resolución de una inci...
Niveles de servicio mínimos exigidos. El licitador deberá de indicar en su oferta sus compromisos de calidad con relación a la prestación de los servicios que recoja, como mínimo, los parámetros indicados a continuación. En este apartado se recogen además los niveles de calidad (mínimos exigibles) que deberá respetar el prestador del servicio; así como la documentación e información a entregar relativa a la misma. El conjunto de obligaciones que se impone a los operadores de redes y servicios de acceso a Internet se fijan en diversas Ordenes Ministeriales y regulaciones, estableciendo las condiciones de calidad, objetivos, sistemas de medición y demás aspectos referidos a la calidad en la prestación de los servicios de acceso a Internet disponible al público. El adjudicatario deberá respetar las condiciones de calidad establecidas en dichas normativas, así como las de carácter internacional. El licitador, en cualquier caso, deberá proporcionar el máximo nivel en la calidad de los servicios contratados. El licitador deberá indicar en su oferta los niveles de servicio que se compromete a asegurar en el acceso a Internet. Se proporcionará, como mínimo, la siguiente información relativa a la calidad de los servicios proporcionados: Se medirán como mínimo los siguientes parámetros:  Número de Paquetes Perdidos: La tasa de pérdida de paquetes caracterizará el nivel de perdida de información durante las comunicaciones.  Tiempo de respuesta a las peticiones: Caracterizará los retardos que se producen en las comunicaciones y por tanto los tipos de servicios que se pueden ofrecer. Los datos se aportarán para los diferentes servicios contratados:  Servicios generales propios del operador (networking del ISP, DNS, etc.)  Servicios específicos solicitados por el DIGV (navegación por la web, correo electrónico, etc.) Dadas las características de alta disponibilidad que requieren los servicios del DIGV, el proveedor deberá garantizar el estado de correcta actividad en todo momento, monitorizando el estado de las líneas y detectando tempranamente cualquier anomalía (problemas en las líneas físicas, problemas de enrutamiento, etc.) para su inmediata resolución y recuperación del servicio. Los requisitos mínimos establecidos en este expediente para los puntos de acceso de la red corporativa son los siguientes:  Disponibilidad del servicio: permanente, 24 horas al día y 365 días al año  Disponibilidad de los accesos: > 99,7 % del tiempo.  Disponibilidad de los anchos xx xxxxx y volúmenes de tráficos garan...

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.