Modificación y resolución Cláusulas de Ejemplo

Modificación y resolución. El presente Convenio de Colaboración podrá ser modificado de mutuo acuerdo entre las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento. Serán causa de resolución del Convenio el mutuo acuerdo de las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, así como el acuerdo motivado de una de ellas debido al incumplimiento grave o reiterado de alguna de sus cláusulas, debiendo ser comunicado el incumplimiento mediante preaviso, al menos, con un mes de antelación a la fecha propuesta de resolución.
Modificación y resolución. Previa notificación por escrito dirigida al Participante en el Mercado con una antelación mínima de 60 días, MIBGAS Derivatives podrá modificar el presente Contrato (en todo o en parte) y cualquier documento o proceso operativo y de procedimiento en relación con el presente Contrato para adaptarse a cualquier cambio o requisito normativo, u operativo, si bien dicha modificación surtirá efecto únicamente si no media el rechazo por el Participante xx Xxxxxxx mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara una modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por MIBGAS Derivatives, el presente Contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 60 días después de la notificación por escrito de MIBGAS Derivatives, sin que surta efecto dicha modificación. such data and information from unauthorised disclosure to third parties.
Modificación y resolución. Conforme el artículo 49 g) de la LRJSP, para la modificación de cualquier cláusula de este convenio será necesaria la unanimidad de los sujetos firmantes del mismo, a propuesta de la comisión de seguimiento. El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51.1 de la LRJSP. De conformidad con lo establecido en el artículo 51.2 de la LRJSP, son causas de resolución del convenio, las siguientes:
Modificación y resolución. Previa notificación por escrito dirigida al Participante en el Mercado con una antelación mínima de 60 días, MIBGAS podrá modificar el presente Contrato (en todo o en parte) y cualquier documento o proceso operativo y de procedimiento en relación con el presente Contrato para adaptarse a cualquier cambio o requisito normativo, u operativo, si bien dicha modificación surtirá efecto únicamente si no media el rechazo por el Participante xx Xxxxxxx mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara una modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por MIBGAS, el presente Contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 60 días después de la disclosing party. Any such data or information and any intellectual property rights contained therein shall remain the property of the disclosing party such that the receiving Party shall have no other rights in and to such data or information as set out in this Agreement. Other than as expressly provided for in this Agreement, any data or information provided by one Party to the other shall be kept strictly confidential and the receiving Party shall protect such data and information from unauthorised disclosure to third parties.
Modificación y resolución. Previa notificación por escrito dirigida al Participante en el Mercado con una antelación mínima de 60 días, OMIClear podrá modificar el presente Contrato (en todo o en parte) y cualquier documento o proceso operativo y de procedimiento en relación con el presente Contrato para adaptarse a cualquier cambio o requisito normativo, u operativo, si bien dicha modificación surtirá efecto únicamente si no media el rechazo por el Participante en el Mercado mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara una modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por OMIClear, el presente Contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 60 días después de la notificación por escrito de OMIClear, sin que surta efecto dicha modificación. En caso de que el Participante en el Mercado no rechazara una modificación mediante notificación escrita dentro de los 60 días siguientes a recibir la notificación escrita de OMIClear, se entenderá que ha aceptado dicha modificación del presente Contrato. OMIClear podrá, mediante notificación previa por escrito con una antelación mínima de 75 días dirigida al Participante en el Mercado, modificar las Tarifas previstas en el presente Contrato. Dicha modificación surtirá efecto únicamente si no se rechaza por el Participante en el Mercado mediante notificación escrita. En caso de que el Participante en el Mercado rechazara la modificación mediante notificación escrita durante un plazo de 60 días desde la recepción de la correspondiente notificación por OMIClear, el presente Contrato quedará resuelto en un plazo efectivo de 75 días después de la notificación escrita de OMIClear, sin que surta efecto dicha modificación. En caso de que el Participante en el Mercado no rechazara la modificación mediante notificación escrita dentro de los 60 días siguientes a recibir la notificación escrita de OMIClear, se entenderá que ha aceptado dicha modificación del presente Contrato. Aquellas disposiciones cuya subsistencia se prevea expresamente, o aquellas que, por su naturaleza, subsistan al vencimiento, como, por ejemplo, entre otras, la Cláusula de Confidencialidad x xx Xxx y Jurisdicción de Aplicación, seguirán vigentes a la finalización del presente Contrato.
Modificación y resolución. El Ayuntamiento podrá modificar por razones de interés público las características del servicio contratado para atender a causas imprevistas (imprevisibles), justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato, artículos 219 y 282 del TRLCSP. La resolución normal del contrato, se realizará por el simple transcurso del término fijado como duración del mismo. Esta resolución dará lugar a la reversión sin ninguna indemnización y a la devolución de la fianza definitiva.
Modificación y resolución. 1.- El contrato podrá modificarse por razones de interés público en los casos y en la forma prevista en los artículos 203 a 207 de la LCSP y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 191 del mismo texto legal, y formalizarse conforme al artículo 153. En estos casos las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista en los términos previstos en el artículo 206.1 de la LCSP.
Modificación y resolución. XVI.1. Modificación.- El Ayuntamiento de Castalla podrá modificar por razones de interés público las características del servicio contratado justificando debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato. No tendrán la consideración de modificaciones del contrato las ampliaciones de su objeto que no puedan integrarse en el proyecto inicial mediante una corrección del mismo o que consistan en la realización de una prestación susceptible de utilización o aprovechamiento independiente o dirigida a satisfacer finalidades nuevas no contempladas en la documentación preparatoria del contrato, que deberán ser contratadas de forma separada, pudiendo aplicarse, en su caso, el régimen previsto para la contratación de prestaciones complementarias si concurren las circunstancias previstas en los artículos 155 b) y 158 b). Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 140.
Modificación y resolución. 1. A menos que se indique lo contrario en otra parte de este Acuerdo, el presente documento sólo podrá ser modificado con la aprobación por escrito de las partes, y tales modificacio- nes se considerarán como parte integrante del presente Acuerdo. En todo caso dichas mo- dificaciones deberán ser objeto de informe por parte del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de forma previa a su firma.
Modificación y resolución. El Convenio podrá ser modificado, de pleno acuerdo de las partes, sin que ello afecte a la finalización de las obras de urbanización o las actuaciones vinculadas a su ejecución material o a su posterior funcionamiento. Cualquiera de las partes podrá resolver el Convenio debido al incumplimiento demostrado de alguna de las otras, respecto a cualquiera de las cláusulas del mismo. El incumplimiento deberá ser notificado a la parte incumplidora, mediante preaviso y de forma fehaciente, con antelación de al menos dos meses.