Medición de la obra Cláusulas de Ejemplo

Medición de la obra. Los medición de los trabajos ejecutados de acuerdo al contrato será realizada por la Inspección el último día hábil administrativo de cada mes, con la asistencia del Representante Técnico del Contratista, el que deberá ser citado, a esos efectos, por Orden de Servicio. La ausencia del Representante Técnico del Contratista no impedirá la medición, que se realizará de oficio por el Inspector, y determinará la improcedencia de reclamos sobre el resultado de la misma. En caso de haberse autorizado la ejecución de trabajos adicionales, su medición y certificación se realizará por separado de los correspondientes a la obra básica. Los resultados de las mediciones se asentarán en el Libro de Ordenes de Servicios que lleva la Inspección. Si, en caso de estar presente, el Representante Técnico expresare disconformidad con la medición, se labrará un acta, con los fundamentos de la misma, la que se resolverá junto con la medición final. Sin perjuicio de ello, el Contratista podrá formular ante el Comitente dentro de los cinco días corridos xx xxxxxxx el acta los reclamos a los que se crea con derecho, solicitando la revisión de la medición impugnada. El Comitente deberá resolver el reclamo dentro de los diez días del mismo. Transcurrido dicho plazo sin que se pronuncie, se entenderá que el reclamo ha sido denegado. Las mediciones parciales tienen carácter provisorio y están supeditadas al resultado de las mediciones finales que se realicen para las recepciones provisorias, parciales o totales, salvo para aquellos trabajos cuya índole no permita una nueva medición.
Medición de la obra. Los trabajos ejecutados serán medidos de acuerdo al plan de ejecución acordado y de obra realmente ejecutada lo cual será verificado y autorizado por el Supervisor de Obra. El Contratante no pagará los rubros de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en el Contrato. El Contrato no está sujeto a ajuste de precios.
Medición de la obra. Los trabajos ejecutados de acuerdo al Contrato serán medidos por períodos mensuales, que cerrarán el último día hábil de cada mes. La medición se realizará el primer día hábil siguiente al del vencimiento del período mensual y estará a cargo del Supervisor de Obra y del Contratista o de su Representante Técnico.
Medición de la obra. El Ingeniero, cuando requiera la medición de alguna parte de la Obra, notificará al Contratista o al agente o representante autorizado del Contratista, quien deberá acudir de inmediato o enviar a un agente calificado para que asista al Ingeniero en la realización de dicha medición y deberá proporcionar todos los detalles que cualquiera de ellos necesite. En caso de que el Contratista no acudiera u olvidara enviar a dicho agente o dejara de hacerlo, se considerará que la medición efectuada por el Ingeniero o aprobada por este es la medida correcta del trabajo. La finalidad de la medición es cerciorarse de la cantidad de trabajo ejecutado por el Contratista y, por consiguiente, determinar el valor de los pagos mensuales.
Medición de la obra. La Dirección realizará mensualmente, en la forma establecida en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, la medición de las unidades de obra ejecutadas durante el periodo de tiempo anterior. El Contratista o su representante podrán presenciar la realización de tales mediciones, para lo cual serán avisados por escrito por el Director facultativo de la obra. Para la medición serán válidos los levantamientos topográficos y los datos que hayan sido conformados por el Director facultativo de obra y por el representante del Contratista. Caso de disconformidad de éste se reputarán válidos los de aquél, debiendo constar en el Acta, que de la medición se extienda, la disconformidad del contratista. La inasistencia del Contratista o de su representante a la medición no implicará su invalidez si han sido debidamente avisados, y se reputarán como válidos los datos que se extraigan, debiendo dejarse constancia de dicha inasistencia. En aquellos casos en que no estén previstos los factores de conversión de peso a volumen, que se realizará únicamente en los casos autorizados por el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, se adoptarán los que disponga el Director de obra, quien justificará por escrito el Contratista de valores adoptados. El Contratista deberá situar en los puntos que designe el Director facultativo de obra las básculas o instalaciones necesarias, debidamente contrastadas, para efectuar los pesajes de material requeridos por el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Para las obras o partes de obras cuyas dimensiones y características hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas, el Contratista está obligado a avisar a la Dirección con la suficiente antelación, a fin de que ésta pueda realizar las correspondientes mediciones y toma de datos levantando los planos que las definan, cuya conformidad suscribirá el Contratista o su delegado. A falta de aviso anticipado cuya existencia corresponde probar al Contratista, queda éste obligado a aceptar las decisiones de la Administración contratante sobre el particular. El Director facultativo de obra, tomando como base las mediciones de las unidades de obra ejecutada y los precios contratados, redactará mensualmente la correspondiente relación valorada al origen. No podrá omitirse la redacción de dicha relación valorada mensual por el hecho de que, en algún mes la obra realizada haya sido de pequeño volumen o incluso nula, a menos que la Administración hubiese acordado la suspensión...
Medición de la obra. 110.1.- La medición de los trabajos ejecutados de acuerdo al Contrato será realizada por la Inspección de Obra el último Día de cada mes, con la asistencia del Representante Técnico del Contratista, el que deberá ser citado, a esos efectos, por orden de servicio en los términos de lo previsto en el artículo 79 del PCG. La ausencia del Representante Técnico no impedirá la medición, que se IF-2019-48248915-APN-DNIN#APNAC realizará de oficio por el Inspector de Obra, y determinará la improcedencia de reclamos sobre el resultado de la misma. Los resultados de las mediciones se asentarán en el Libro de Órdenes de Servicios que lleva la Inspección de Obra. Si, en caso de estar presente, el Representante Técnico expresare disconformidad con la medición, se labrará un acta con los fundamentos de la misma y se extenderá el certificado con los resultados obtenidos por la Inspección de Obra, difiriendo para la liquidación final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiera acuerdo, de corresponder.
Medición de la obra. 52 Responsabilidad de las Partes 53 Atribuciones
Medición de la obra. Los trabajos ejecutados de acuerdo al contrato serán medidos por períodos mensuales, que cerrarán el último día de cada mes. La medición se realizará el primer día hábil administrativo siguiente al del vencimiento del período mensual. Será efectuada por el Inspector de Obras con asistencia del Representante Técnico del Contratista, el que deberá ser citado, a esos efectos, por Orden de Servicio. Su ausencia determinará la no procedencia de recla- mos sobre el resultado de la medición. El Contratista proporcionará las personas competentes, los medios y los materiales que requiera el Inspector de Obras para efectuar las mediciones. Los resultados de las mediciones se asentarán en el Registro de Mediciones que llevará el Inspector de Obras y serán comunicados al Contratista por Orden de Servicio dentro de los dos (2) días hábiles de finalizadas. Si, en caso de estar presente, el Representante Técnico expresase disconformidad con la medición, se labrará un acta, con los fundamentos de la misma, la que se resolverá junto con la medición final.
Medición de la obra. Los trabajos ejecutados de acuerdo al contrato serán medidos por períodos mensuales. La medición será efectuada conjuntamente por la Inspección de Obra y Representante Técnico del Contratista, el que deberá ser citado, a esos efectos, por Orden de Servicio. Su ausencia determinará la no procedencia de reclamos sobre el resultado de la medición.- Si, en caso de estar presente, el Representante Técnico expresare disconformidad con la medición, se labrará un acta, con los fundamentos de la misma, la que se resolverá junto con la medición final.-

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