RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cláusulas de Ejemplo

RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Las partes se sujetan al cumplimiento de la Regulación Aplicable emitida por las Autoridades Competentes. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su incumplimiento serán a cargo de la parte que los provoque o incumpla. Los daños y perjuicios que cualquiera de las “PARTES” cause a la otra o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque, quien será responsable de la indemnización que corresponda. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las “PARTES” se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño a un Tercero y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no es responsable según este Contrato y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, la parte que es responsable bajo el Contrato deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, procedimientos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.
RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. La Cooperativa no será responsable cuando la omisión de acreditar el depósito directo o el error en la cantidad de dicho depósito directo resulte a consecuencia de actos de la naturaleza o por circunstancias o causas fuera de su control, a pesar de las precauciones razonables que ésta haya tomado.
RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de acciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. El CONTRATISTA será el único responsable de la ejecución de los trabajos y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de construcción, seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal, a las disposiciones de seguridad e higiene de PETROQUÍMICA para la ejecución de los trabajos, establecidos en el anexo “B-2” del presente contrato y a las instrucciones que al efecto le señale PETROQUÍMICA. Para lo cual se obliga a conocer las normas y reglamentos respectivos que apliquen de acuerdo a los trabajos objeto del presente contrato. Los trabajos que no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el presente contrato o conforme a las órdenes de PETROQUÍMICA dadas por escrito, éste ordenará su demolición, reparación o reposición inmediata con los trabajos adicionales que resulten necesarios, que hará por su cuenta el CONTRATISTA, sin que tenga derecho a retribución adicional alguna por ello. En este caso, PETROQUÍMICA, si lo estima necesario, podrá ordenar la suspensión total o parcial de los trabajos contratados en tanto no se lleven a cabo dichos trabajos adicionales y sin que esto sea motivo para ampliar el monto o plazo señalado en el presente contrato para su terminación. Si el CONTRATISTA realiza trabajos por mayor valor de lo contratado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los trabajos excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello, ni modificación alguna del plazo de ejecución de los trabajos. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte qu...
RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de acciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. Además, LA ENTIDAD PRIVADA SUPERVISORA y LA ENTIDAD PÚBLICA se obligan a otorgar la conformidad de calidad y la conformidad recepción respectivamente, respecto del proyecto y de sus avances, conforme a los documentos estandarizados aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas.
RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. El acceso a La APLICACIÓN se realizará mediante una clave de acceso compuesta de un código de usuario (login) y una contraseña (password). Al CLIENTE se le creará una entidad y los perfiles de usuarios tras haber completado correctamente el proceso de registro del pedido. Los códigos identificativos y claves de acceso proporcionados al CLIENTE tienen carácter personal y son intransferibles, siendo obligación del CLIENTE comunicar a WKE los eventuales cambios o modificaciones que se produzcan en sus datos. Es responsabilidad del CLIENTE prestar la diligencia debida para impedir el acceso o utilización por parte de terceros que accedan o utilicen en su nombre los códigos o claves identificativas. Asimismo, EL CLIENTE es el único responsable de la elección, pérdida, sustracción o utilización no autorizada de cualquier código o clave identificativa y de las consecuencias que de ello se puedan derivar. EL CLIENTE se compromete a: a) Usar diligentemente las claves de acceso. b) Mantener el secreto y confidencialidad de las mismas, no ceder su uso a terceros, ya sea temporal o permanente, ni a permitir su acceso a personas ajenas. c) Comunicar de forma inmediata a WKE la pérdida, robo, extravío, acceso no autorizado o infracción de seguridad de las claves de acceso en el menor plazo de tiempo posible. Mientras no se comuniquen tales hechos, WKE quedará eximido de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse del uso indebido de los identificadores o contraseñas por terceros no autorizados. d) Responder de las actividades que se realicen mediante el uso de la clave de acceso. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (en adelante LSSI) y en la medida de lo que sea aplicable al contrato entre WKE y EL CLIENTE. e) El cliente reconoce y acepta que WKE no controla la utilización que EL CLIENTE hace de la APLICACIÓN ni tiene conocimiento efectivo sobre si la actividad o los datos o la información que envía para su procesamiento por la misma y su posible almacenamiento en los servidores del proveedor autorizado situados en su Data Center en Espacio económico europeo es ilícita no lesiona bienes ni derechos de un tercero. A estos efectos EL CLIENTE declara y garantiza que los datos y la información son de su propiedad o que dispone de una autorización o licencia que le permite tratar los mismos. Por ello la responsabilidad sobre esa información y sobre las actividades lleva...
RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de LAS PARTES, se deberá resarcir a la parte afectada por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la ejecución de la garantía y/o la indemnización correspondiente, conforme establece el artículo 191 del Reglamento núm. 416-23.
RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. Cada una de las Partes cumplirá y responderá por las obligaciones y responsabilidades, tanto contractuales como extracontractuales, que les correspondan por el ejercicio de sus respectivas actividades y negocios, mismas que en ningún caso serán asumidas o atribuibles a la otra Parte como consecuencia de la celebración y cumplimiento del presente Contrato. Sin limitar la generalidad del enunciado anterior, cada Parte ejecutará bajo su propia responsabilidad las obligaciones establecidas en el presente Contrato y las que le sean impuestas por la Ley Aplicable, y cada Parte será responsable del pago de cualesquiera sanciones, liquidaciones, multas y/o penalizaciones que les sean impuestas derivado de lo anterior.
RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. 1. La Obra no se considerará totalmente terminada hasta que el Ingeniero no haya firmado y entregado al Contratante un Certificado de Terminación Definitiva en que se indique que la Obra ha quedado terminada y que el Contratista ha cumplido con todas las obligaciones contraídas en virtud de la Cláusula 47 a su satisfacción. 2. El Contratante no será responsable ante el Contratista por ningún asunto o cuestión que se derive del Contrato o se relacione con éste o con la ejecución de la Obra, a menos que el Contratista haya presentado reclamación por escrito al respecto antes de que se expida el Certificado de Terminación Definitiva y de conformidad con el Contrato.