Common use of LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Clause in Contracts

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo. Para la liquidación del contrato el contratista deberá remitir al interventor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato el interventor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007.

Appears in 2 contracts

Samples: contratacion.bogota.unal.edu.co, contratacion.bogota.unal.edu.co

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazoplazo de ejecución. Para la liquidación del contrato el contratista EL CONTRATISTA deberá remitir al interventor supervisor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contratocontrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas al Sistema General de salud, pensiones, riesgos profesionales Seguridad Social y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiarparafiscales, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato el interventor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de por la Ley 1150 de 2007, modificado por el art. 221 de Decreto Ley 19 de 2012, y el Decreto 1082 de 2015 y demás normas que regulan la materia. DÉCIMA CUARTA.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Obra Pública Por Precios Unitarios Fijos Sin Formula De Reajuste, Contrato De Obra Pública Por Precios Unitarios Fijos Sin Formula De Reajuste

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo. Para la liquidación del contrato el contratista EL CONTRATISTA deberá remitir al interventor supervisor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales laborales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato presente Contrato el interventor supervisor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los las correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato No. 01 De 2022 De Fiducia, contratacion.unal.edu.co

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo. Para la liquidación del contrato el contratista EL CONTRATISTA deberá remitir al interventor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato presente Contrato el interventor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo articulo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.

Appears in 1 contract

Samples: contratacion.unicauca.edu.co

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazoplazo de ejecución. Para la liquidación del contrato el contratista deberá remitir al supervisor o interventor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas al Sistema General de salud, pensiones, riesgos profesionales Seguridad Social y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiarparafiscales, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato el supervisor o interventor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007. DECIMA SÉPTIMA.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Suministro De Alimentos Y Prestación De Apoyo Alimentario

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo. Para la liquidación del contrato el contratista EL CONTRATISTA deberá remitir al interventor SUPERVISOR dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato presente Contrato el interventor SUPERVISOR verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas establecidos en la normatividad contractual de la UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazoplazo de ejecución. Para la liquidación del contrato el contratista CONTRATISTA deberá remitir al interventor supervisor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contratocontrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato el interventor supervisor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007. DÉCIMO OCTAVA.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestacion De Servicios

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazoplazo de ejecución del contrato. Para la liquidación del contrato el contratista EL INTERVENTOR deberá remitir al interventor a LA UNIVERSIDAD dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato presente Contrato el interventor SUPERVISOR verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista INTERVENTOR frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran hubieren realizado totalmente los aportes correspondientes, la LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los las correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007.

Appears in 1 contract

Samples: Minuta Del Contrato

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo. Para la liquidación del contrato el contratista EL CONTRATISTA deberá remitir al interventor SUPERVISOR dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato presente Contrato el interventor SUPERVISOR verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los las correspondientes entidades entidades, con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas establecidos en la normatividad contractual de la UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo. Para la liquidación del contrato el contratista CONTRATISTA deberá remitir al interventor supervisor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contratocontrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas al Sistema General de salud, pensiones, riesgos profesionales Seguridad Social y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiarparafiscales, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato el interventor supervisor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del de 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de por la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 19 de 2012 y el Decreto 1082 de 2015 y demás normas que regulan la materia. DÉCIMO OCTAVA.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Prestación De Servicios

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo. Para la liquidación del contrato el contratista EL CONTRATISTA deberá remitir al interventor SUPERVISOR dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato presente Contrato el interventor SUPERVISOR verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron d ebieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazoplazo de ejecución del contrato. Para la liquidación del contrato el contratista EL CONTRATISTA deberá remitir al interventor INTERVENTOR dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato presente Contrato el interventor INTERVENTOR verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran hubieren realizado totalmente los aportes correspondientes, la LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007.

Appears in 1 contract

Samples: Minuta Del Contrato

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo. Para la liquidación del contrato el contratista EL CONTRATISTA deberá remitir al interventor supervisor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales laborales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término plazo de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato presente Contrato el interventor supervisor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los las correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud salud, pensiones y pensionesriesgos laborales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007.

Appears in 1 contract

Samples: Invitación Pública Para Contratar El Suministro De Tarjetas Canjeables Para Adquirir Bienes Y Servicios Por Los Servidores Públicos De La Universidad

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazoplazo de ejecución. Para la liquidación del contrato el contratista CONTRATISTA deberá remitir al supervisor o interventor dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contratocontrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas al Sistema General de salud, pensiones, riesgos profesionales Seguridad Social y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiarparafiscales, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato el supervisor o interventor verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, 2002 modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de por la Ley 1150 de 2007, modificado por el art. 221 de Decreto Ley 19 de 2012, y el Decreto 1082 de 2015 y demás normas que regulan la materia. DÉCIMA SEGUNDA.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Obra

LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. La liquidación del Contrato se sujetará a los términos y oportunidades establecidas en la normatividad contractual de la LA UNIVERSIDAD. La liquidación tendrá lugar al término del contrato sin superar dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la finalización del plazo. Para la liquidación del contrato el contratista EL CONTRATISTA deberá remitir al interventor SUPERVISOR dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de ejecución del Contrato, los soportes que acrediten el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales profes ionales y aportes al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto de Bienestar Familiar y Caja de Compensación Familiar, durante el término de ejecución del contrato. Al momento de liquidar el contrato presente Contrato el interventor SUPERVISOR verificará y dejará constancia del cumplimiento de las obligaciones del contratista CONTRATISTA frente a los aportes mencionados durante su vigencia, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas. En el evento en que no se hubieran realizado totalmente los aportes correspondientes, la LA UNIVERSIDAD deberá retener las sumas adeudadas al sistema y efectuará el giro directo de dichos recursos a los correspondientes entidades con prioridad a los regímenes de salud y pensiones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 de la ley 789 del 2002, modificado por el artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones