Common use of Licencias retribuidas Clause in Contracts

Licencias retribuidas. CVE-2019-7473 El personal, previo aviso o justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y tiempos siguientes: ¾ Por matrimonio, 15 días naturales. ¾ Por nacimiento de hijo, 3 días naturales. ¾ Por fallecimiento de padres, xxxxxxx, cónyuge, hijos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos y nietos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario, de cónyuge, padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por traslado de domicilio habitual 1 día. ¾ Por cumplimiento de un deber inexcusable (el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, 1 día. ¾ Para realizar las funciones sindicales o de representación del personal en los términos legalmente establecidos. ¾ Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.

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Samples: Convenio Colectivo De

Licencias retribuidas. CVE-2019-7473 El personal, Con carácter general los trabajadores/as tendrán derecho al disfrute de los permisos que contempla el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37). En concreto el trabajador/a previo aviso o y justificación, podrá ausentarse del trabajo, trabajo con derecho a remuneración, por alguno algunos de los motivos y tiempos siguientespor el tiempo siguiente: ¾ Por matrimoniomatrimonio del trabajador/a, 15 será de diecisiete días naturalesnaturales para el sector del textil, para el resto del personal afectado por el convenio será de 16 días. ¾ Por nacimiento – Para asistir a bodas de hijoascendentes, 3 días naturales. ¾ Por fallecimiento de padres, xxxxxxx, cónyuge, hijos, hijos políticos, hermanos, descendientes o hermanos y hermanos políticos, abuelos debidamente justificada, un día. – Tres días en los casos de nacimiento de hijo o enfermedad grave o fallecimiento o accidente u hospitalización de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando, con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto el plazo será de 4 días en los desplazamientos de más de 150 Km. y nietos tanto consanguíneos como afines, 2 de 5 días laborales si es en Cantabria los desplazamientos de más de 400 Km. Estos días deberán ser disfrutados mientras dure el hecho causante y 4 en el resto de Españano obligatoriamente consecutivos. ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e – Dos días naturales por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario de cónyuge, padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por traslado de domicilio habitual 1 día. ¾ Por cumplimiento de un deber inexcusable (el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, 1 díaampliables a cuatro cuando el trabajador/a necesite hacer un desplazamiento al efecto. ¾ Para realizar las funciones sindicales – Un día por traslado de domicilio habitual. Dos días para los trabajadores del sector de Mayoristas de Coloniales, Detallistas de ultramarinos y Supermercados. – Un día de libre disposición para los trabajadores/as de Comercio del Mueble. – Ocho horas anuales de libre disposición para todos los subsectores a excepción del comercio del mueble, a partir del 01 de enero de 2.011; horas computables como jornada efectiva de trabajo y cuyo disfrute podrá ser en periodos fraccionados nunca inferiores a dos horas, a opción del trabajador/a. Dichas horas no podrán acumularse al periodo vacacional. Se deberán justificar, pues se establecen para asistencia a instituciones, organismos públicos o asistencia a consultas médicas u hospitalarias. – Veinte horas al año para acompañar a hijos menores de representación 14 años al médico. – Por el tiempo indispensable para el cumplimento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del personal en los términos legalmente establecidossufragio activo. ¾ Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. – Los/as trabajadores/as, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. Las/os afectadas/os podrán sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o por el padre, en caso de que ambos trabajen. El tiempo de lactancia se podrá acumular, previo acuerdo entre empresa y trabajador/a, en descanso continuado durante 19 días que se disfrutarán a continuación del permiso maternal. – Asimismo, quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o a un minusválido físico o psíquico o sensorial que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de su jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. – Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. La reducción de jornada contemplada en estos apartados constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. La concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de la jornada, corresponderá al trabajador/a, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador/a deberá preavisar al empresario con quince días de antelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria. Los permisos relacionados en el presente artículo se extenderán a las parejas de hecho, siempre que se justifique dicha circunstancia con el certificado del Registro de Parejas de hecho que al efecto tenga la Administración correspondiente, o, en su defecto, por no existir el mismo, el certificado de convivencia.

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Samples: Convenio Colectivo De Ámbito Provincial

Licencias retribuidas. CVE-2019-7473 El personalSe establecen las licencias y permisos retribuidos siguientes: 1.–Por matrimonio del trabajador, previo aviso o justificación18 días naturales, podrá ausentarse pudiendo sumarse esta licencia a las vacaciones, si coinciden. 2.–Por nacimiento de hijo, 4 días naturales, disfrutando 2 días naturales a partir del trabajohecho causante y los otros 2 a elección del trabajador, con derecho a remuneración, por alguno en el término de los motivos y tiempos siguientes: ¾ Por matrimonio15 días del hecho causante. 3.–Por defunción de cónyuge, 15 7 días naturales. ¾ Por nacimiento Salvo que el inicio del disfrute de hijola licencia se hubiese producido el mismo día del hecho causante, esta licencia comenzara a computarse desde el día natural siguiente al del hecho causante. 4.–Por enfermedad no grave del cónyuge, con ingreso en clínica, excluido el parto, 2 días naturales. 5.–Por enfermedad grave, o intervención quirúrgica que exija hospitalización acreditada de cónyuge y parientes hasta segundo grado de afinidad o consanguinidad, 2 días naturales. En el supuesto de hospitalización, el disfrute de la Licencia podrá llevarse a cabo a lo largo del período de tiempo que dure tal situación, en las fechas que se convengan entre la Empresa y el Trabajador. En ningún caso, por virtud de este nuevo sistema de disfrute diferido, podrá el Trabajador tener derecho a más días laborables de Licencia que los que le hubieran correspondido de tomar el permiso inmediatamente después del hecho causante. 6.–Por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad: 2 días naturales. 7.–Por defunción de los siguientes parientes consanguíneos: padres, hijos y hermanos, 3 días naturales. ¾ Por fallecimiento Salvo que el inicio del disfrute de padresla licencia se hubiese producido el mismo día del hecho causante, xxxxxxxesta licencia comenzara a computarse desde el día natural siguiente al del hecho causante. 8.–Por defunción de abuelos, cónyuge, hijosnietos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, padres políticos y abuelos y nietos tanto consanguíneos como afines, políticos: 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en naturales. Salvo que el resto inicio del disfrute de Españala licencia se hubiese producido el mismo día del hecho causante, esta licencia comenzara a computarse desde el día natural siguiente al del hecho causante. ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario, 9.–Por matrimonio de cónyugehermanos, padres, hijos, hermanostíos y primos xxxxxxxx, nietos sobrinos xxxxxxxx y abuelos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por traslado de domicilio habitual 1 día. ¾ Por cumplimiento de un deber inexcusable (el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidadhermanos políticos, 1 día. ¾ Para realizar las funciones sindicales o de representación del personal en los términos legalmente establecidos. ¾ Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajodía natural.

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Samples: Convenio Colectivo Autonómico Para La Industria Siderometalúrgica De La Comunidad Foral De Navarra

Licencias retribuidas. CVE-2019cve: BOE-7473 A-2009-19223 El personaltrabajador, previo aviso o justificaciónavisando con la posible antelación y justificándolo adecuadamente, podrá ausentarse del trabajo, trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y tiempos siguientespor el tiempo siguiente: ¾ Por matrimonio, 15 Matrimonio propio: Quince días naturales. ¾ Por Matrimonio de hijos, padres, hermanos del trabajador o de su cónyuge: Un día. Licencia por nacimiento de hijo: se establece en tres días naturales que se disfrutarán inmediatamente después del nacimiento. Esta licencia se ampliará hasta cuatro días si el hecho tiene lugar fuera de la residencia habitual del trabajador, 3 que le obligue a efectuar un desplazamiento superior a 100 Km, o si el empleado se encuentra desplazado en comisión de servicio en España. En el supuesto de que se encuentre en comisión de servicio desplazado fuera de España, este permiso se incrementará en un día adicional (total 5 días). Licencia retribuida con ocasión de fallecimiento, accidente, enfermedad grave u hospitalización de cónyuge o persona en convivencia de hecho y parientes hasta el segundo grado (hijos, padres, hermanos, abuelos y nietos) –en grado de consanguinidad o afinidad–: Tres días naturalessi ocurre en la localidad de residencia o en su zona de influencia (radio de 50 Km.); que se elevarán a cinco si obliga a desplazamientos a localidad distinta fuera de dicha zona. ¾ De estos días, dos serán siempre laborables. Para el reconocimiento, a los efectos de este apartado y del apartado de la licencia por paternidad, de la existencia de persona en convivencia de hecho, según el Art. 6 del vigente Acuerdo Xxxxx, será requisito indispensable justificación documental. Se entenderá por justificación documental: La acreditación del Registro municipal o autonómico, si existiera. En su defecto, la acreditación de estar ambos empadronados en el mismo domicilio. En este caso, deberá aportarse una declaración jurada firmada por la pareja, en la que se hagan constar los datos personales, de ambos miembros así como el compromiso de notificación a la empresa del cese de la relación. Por fallecimiento de padres, xxxxxxx, cónyuge, hijos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos tíos y nietos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de Españasobrinos carnales: Un día natural (sólo por consanguinidad). ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario, de cónyuge, padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por traslado Traslado de domicilio habitual 1 díahabitual: Dos días. ¾ Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable (de carácter público y personal, en las condiciones establecidas en el tiempo imprescindible) ¾ Estatuto de los Trabajadores. Por matrimonio exámenes para la obtención de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidadun título profesional en Centro oficial u oficialmente reconocido, 1 díalos días necesarios para concurrir a los mismos en las oportunas convocatorias. ¾ Para realizar las funciones sindicales o de representación Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del personal en los términos legalmente establecidos. ¾ Por el tiempo indispensable trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo.

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Samples: www.boe.es

Licencias retribuidas. CVE-2019CVE-2011-7473 El personal6691 Se concederán veinte días de permiso retribuidos con el xxxxx xxx xxxxxxx real por matri- monio del trabajador, previo aviso o justificaciónpudiéndose unir con el periodo de vacaciones, podrá ausentarse del trabajo, de acuerdo con derecho a remuneración, por alguno las partes. Tres días en caso de los motivos y tiempos siguientes: ¾ Por matrimonio, 15 días naturales. ¾ Por nacimiento de hijo, 3 días naturales. ¾ Por fallecimiento de padres, xxxxxxx, cónyuge, hijos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos y nietos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 Un día más en el resto supuesto de Españaque el trabajador necesite realizar un desplazamiento. ¾ Por accidente, Cuatro días consecutivos en caso de enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica que precise reposo domiciliariocon hospitalización, independiente- mente del lugar de rehabilitación, o fallecimiento del cónyuge, padres, hijos, hermanos, nietos padres o hijos consanguíneos o de afinidad. El disfrute en los casos referidos a enfermedad grave y abuelos tanto consanguíneos como afines, 2 hospitalización tendrá que producirse dentro del plazo de quince días laborales si es desde el hecho causante. Dos días consecutivos en Cantabria y 4 en el resto caso de España. ¾ Por traslado fallecimiento o enfermedad grave u hospitalización de domicilio habitual 1 día. ¾ Por cumplimiento parientes de un deber inexcusable (el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares hasta 2º segundo grado de consanguinidad o afinidad. En caso de desplazamiento será de dos días más si es superior a 200 Km. El disfrute en los casos referidos a enfermedad grave y hospitalización tendrá que producirse dentro del plazo de quince días desde el hecho causante. Un día por traslado de domicilio habitual. Un día en los casos de boda de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o Afinidad. Un día por fallecimiento de parientes de tercer grado. 18 horas año, 1 día. ¾ Para realizar las funciones sindicales con presentación de justificante para la asistencia al médico del trabajador o de representación parientes de primer grado. Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de nueve meses tendrán derecho a una hora de ausencia del personal trabajo, pudiendo dividir dicho periodo en los términos legalmente establecidosdos fracciones, asimismo, podrán sustituir este derecho por una reducción de la jornada normal en media hora con la misma finalidad. ¾ Por el tiempo indispensable para la realización Quienes por razón de exámenes prenatales y técnicas guarda legal tengan a su cuidado directo algún menor de preparación al parto ocho años o un disminuido físico o psíquico que deban realizarse dentro no desempeñe una actividad retribuida, tendrán derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx, entre al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquél. Estas licencias tendrán la misma efectividad en los casos precisos, tanto para parejas de “derecho” como de “hecho”, siempre que esta circunstancia se acredite.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. CVE-2019-7473 El personal, previo aviso o justificación, podrá ausentarse del trabajo, con Los trabajadores tendrán derecho a remuneración, por alguno de los motivos y tiempos siguienteslas siguientes licencias retribuidas: ¾ - Por matrimonio, 15 días naturalesmatrimonio del trabajador 18 días. ¾ Por nacimiento de hijo, 3 días naturales. ¾ - Por fallecimiento de padres, xxxxxxx, cónyuge, hijos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos y nietos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto Cónyuge 5 días. - Por fallecimiento o enfermedad grave acreditada (se deberá de España. ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario, acreditar la gravedad mediante justificante médico) de cónyuge, padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por traslado de domicilio habitual 1 día. ¾ Por cumplimiento de un deber inexcusable (el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares parientes hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, 1 díaafinidad 3 días. ¾ Para realizar las funciones sindicales o - Por cambio de representación domicilio del personal en los términos legalmente establecidostrabajador 2 días. ¾ - Por el tiempo indispensable para a asistencia médica del personal a consulta del S.N.S. debiendo justificar documentalmente la realización ausencia. - Por nacimiento de exámenes prenatales hijo y técnicas adopción 2 días. - Por matrimonio de preparación al parto hermanos, padres e hijos 1 día. - Por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, que deban realizarse dentro precise reposo domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad 2 días. -Por cirugía mayor ambulatoria, siempre que se requiera acompañamiento, de familiares de 1er grado de consanguinidad o afinidad 1 día. Estas licencias se entienden por días naturales y a disfrutar a partir del hecho causante. En caso de enfermedad grave, el disfrute de la jornada licencia podrá llevarse a cabo a lo largo del periodo de trabajotiempo que dure tal situación, en las fechas que se convengan entre empresa y trabajador. En ningún caso, por virtud de este nuevo sistema de disfrute diferido, podrá el trabajador tener derecho a más días laborables de licencia que los que le hubieran correspondido de tomar el permiso inmediatamente después del hecho causante. En el supuesto de tener derecho al disfrute de estas licencias y para asistir a los actos de las mismas, y en el supuesto de celebrarse fuera de la Comunidad Xxxxx, estas podrán ser ampliadas en uno o dos días según lo requiera el desplazamiento. Igualmente y a efectos de derecho a estas Licencias, se reconocerá a las parejas de hecho los mismos derechos que a los cónyuges, siempre que a la Empresa le conste dicha relación. Los trabajadores afectados por el presente Convenio dispondrán de un Crédito de hasta 8 horas anuales retribuidas durante los años 2.009, 2.010, 2.011 y 2.012, para disfrute de asuntos particulares. Este disfrute se realizará de mutuo acuerdo de la Empresa sin que en ningún caso afecte al trabajo ordinario.

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Samples: Convenio Colectivo Para El Sector De Peluquería en Navarra Años

Licencias retribuidas. CVE-2019-7473 El personalLos trabajadores, previo aviso o y justificación, podrá podrán ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, retribución por alguno de los motivos y tiempos el tiempo siguientes: ¾ Por q Veinte días naturales en caso de matrimonio, 15 . q Cuatro días naturales. ¾ Por naturales en caso de nacimiento de un hijo, 3 con la garantía de que al menos dos son hábiles. q Dos días naturales. ¾ Por fallecimiento de padres, xxxxxxx, cónyuge, hijos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos y nietos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de cónyugeparientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento de 200 kilómetros por cada uno de los viajes de ida y vuelta, padresel plazo será de cuatro días. q Tres días en caso de enfermedad grave y/u hospitalización o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento de 200 kilómetros por cada uno de los viajes de ida y vuelta, hijoslos permisos se aumentarán en un día más de lo señalado en cada caso. En los casos de hospitalización y mientras dure la misma, hermanosel trabajador podrá disponer de los tres días en las fechas que considere más adecuadas a las necesidades familiares derivadas del ingreso. q Un día natural por matrimonio de padre o madre, nietos hijo, hermano o hermano político, en la fecha de celebración de la ceremonia. q Tres días naturales al año, cuyo disfrute se fijará por acuerdo entre la empresa y abuelos tanto consanguíneos como afinesel trabajador. q Dos días por traslado del domicilio habitual. q Por el tiempo preciso para concurrir a exámenes, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional. La empresa podrá exigir al trabajador la acreditación de la asistencia a los exámenes. q Por el resto de España. ¾ Por traslado de domicilio habitual 1 día. ¾ Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable (de carácter público y personal, comprendido el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares hasta 2º grado de consanguinidad ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o afinidadconvencional un período determinado, 1 día. ¾ Para realizar las funciones sindicales o de representación del personal se estará a lo que ésta disponga en los términos legalmente establecidos. ¾ Por el tiempo indispensable para cuanto a la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro duración de la jornada ausencia y a su compensación económica. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de trabajola prestación del trabajo debido en más del 20 por 100 de las horas laborables en un período de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia forzosa con derecho a recuperación del puesto de trabajo cuando finalice la obligación del cumplimiento del deber de carácter público y personal. Si el trabajador recibiera remuneración económica en el cumplimiento del deber o desempeño del cargo, se descontará el importe de la misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en la empresa.

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Samples: Convenio Colectivo Para Salamanca

Licencias retribuidas. CVE-2019-7473 El personal, previo aviso o justificación, podrá ausentarse del Los trabajadores afectados por el presente convenio tendrán derecho a las siguientes licencias retribuidas: Quince días naturales en caso de matrimonio. Tres días laborables por nacimiento de hijo si se produce en la localidad donde esté ubicado el centro de trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y tiempos siguientes: ¾ Por matrimonio, 15 días naturales. ¾ Por nacimiento de hijo, 3 días naturales. ¾ Por fallecimiento de padres, xxxxxxx, cónyuge, hijos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos y nietos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales cuatro si es en Cantabria fuera de la localidad abarcando a provincias limítrofes y 4 cinco días en el resto resto. Tres días laborables en caso de España. ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario, fallecimiento de cónyuge, padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por traslado de domicilio habitual 1 día. ¾ Por cumplimiento de un deber inexcusable (el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. En caso de que se produzca el mismo fuera de la localidad de residencia se ampliará en un día más. Dos días laborables en caso de enfermedad grave o intervención quirúrgica del cónyuge y parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Ampliables en dos días más si se necesitase realizar un desplazamiento a tal efecto. Un día por matrimonio de parientes hasta segundo grado de consanguinidad si se produce en la localidad donde esté ubicado el centro de trabajo, 1 díados si es fuera de la localidad abarcando a provincias limítrofes y tres días en el resto. ¾ Para realizar las funciones sindicales o de representación Un día por traslado del personal en los términos legalmente establecidosdomicilio habitual. ¾ Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable, según las disposiciones vigentes. A los trabajadores que por prescripción de su médico de cabecera tenga que acudir a centro o establecimiento sanitario, situado a más de 25 Km. de su localidad de residencia, se le abonará la jornada completa previo justificante médico. Las horas precisas para asegurar la concurrencia a exámenes públicos u oficiales. Cinco días laborables en cómputo anual para la realización de exámenes prenatales trámites de adopción y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de acogimiento sólo por una sola vez durante toda la jornada de trabajorelación laboral.

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Samples: Convenio Único Convenio Del Metal Convenio

Licencias retribuidas. CVE-2019-7473 El personaltrabajador o la trabajadora, previo aviso o y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con tendrá derecho a remuneraciónlas siguientes licencias retribuidas, por alguno de los siguientes motivos y tiempos siguientespor el tiempo que se determina: ¾ Por matrimonio, 15 Del cónyuge e hijas/os: 5 días naturales. ¾ Por nacimiento de hijoDe madres, padres y hermanas/os consanguíneas/os: 3 días naturales. ¾ Por fallecimiento de padres, xxxxxxx, cónyuge, hijos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos y nietos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario, de cónyugeDe madres, padres, hijos, hermanos, nietos hijas/os y abuelos tanto consanguíneos como afines, hermanas/os políticas/os: 2 días laborales naturales. De nietas/os y abuelas/os: 2 día natural. Si se necesitara hacer un desplazamiento al efecto, si es en Cantabria el mismo estuviera entre 200 y 4 en 300 kilómetros: 1 día más. Si el resto desplazamiento fuese de Españamás de 300 kilómetros: 2 días más. ¾ Por traslado En el caso de que la persona estuviese desplazada fuera de su domicilio habitual 1 díao centro de trabajo, el desplazamiento por fallecimiento se contará desde el lugar de la prestación del trabajo desplazado hasta el domicilio de la persona fallecida. ¾ Por cumplimiento Esta licencia retribuida, también será reconocida a las parejas de un deber inexcusable (el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidadhecho, 1 día. ¾ Para realizar las funciones sindicales o de representación del personal en los términos legalmente establecidosestablecidos al final del presente artículo. ¾ Por Del cónyuge: 3 días naturales. De madres, padres, hijas/os y hermanas/os consanguíneas/os: 2 días naturales. De madres, padres, hijas/os, hermanas políticas/os, nietas/os y abuelas/os: 2 días naturales. Si se necesitara hacer un desplazamiento al efecto, si el tiempo indispensable para mismo estuviera entre 200 y 300 kilómetros: 1 día más. Si el desplazamiento fuese de más de 300 kilómetros: 2 días más. Esta licencia retribuida, también será reconocida a las parejas de hecho, en los términos establecidos al final del presente artículo. En los supuestos que den lugar a licencia retribuida por enfermedad y/u hospitalización, el derecho al disfrute de los días por licencia podrá escalonarse entre varios familiares mientras dure el hecho causante. días naturales. Esta licencia retribuida, también será reconocida a las parejas de hecho, en los términos establecidos en el punto 5 del presente artículo. Trabajadora/o: 16 días naturales. En caso de que coincidan las vacaciones con la realización licencia de exámenes prenatales matrimonio, se sumarán ambos períodos, debiendo avisar la persona a la empresa su intención de contraer matrimonio, antes de fijar los períodos de vacaciones anuales. Madres, padres, hijas/os y técnicas hermanas/os consanguíneas/os o políticas/os: 1 día natural. En este supuesto concreto esta licencia retribuida, también será reconocida a las parejas de preparación al parto que deban realizarse dentro hecho, en los términos establecidos en el punto 5 del presente articulo. consulta por el/la facultativo/a de medicina general, debiendo presentar previamente la persona a la Empresa el volante justificativo de la referida prescripción médica. En los demás casos, hasta 16 horas al año. Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del 20% de las horas laborables en un período de tres meses, la empresa podrá pasar a la persona afectada a la situación de excedencia forzosa. El cómputo del disfrute de las licencias retribuidas por fallecimiento, enfermedad y nacimiento de hijas/os, se iniciará desde el momento en que la persona cesa en el trabajo. Si ha cumplido toda su jornada laboral, empezará el cómputo a partir del día siguiente. A efectos de trabajoeste artículo, se entenderá por parejas de hecho aquellas que pudiendo optar por una unión matrimonial no lo hacen , y acrediten suficientemente la convivencia, en caso de no existir registro oficial de uniones de hecho, al menos con seis meses de anterioridad al disfrute de la licencia. Se establece una licencia no retribuida de 16 horas/año para acompañamiento al médico de familiares de las trabajadoras y los trabajadores.

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Samples: Convenio Colectivo Para 2016 2019 De La Empresa

Licencias retribuidas. CVE-2019-7473 El personal, previo aviso o justificación, podrá ausentarse Todo trabajador afectado por este convenio disfrutará de las siguientes licencias retribuidas. 1.-Por matrimonio del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y tiempos siguientestrabajador: ¾ Por matrimonio, 15 días naturales. ¾ Por 2.-Por nacimiento de hijohijo o adopción: 3 días laborables. 3.-Por defunción del cónyuge e hijos: 6 días naturales 4.-Por accidente o enfermedad graves u hospitalización de padres, 3 hijos, hermanos y cónyuge, 2 días naturales. ¾ Por fallecimiento Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de padrescuatro días. En el supuesto de hospitalización, xxxxxxxel disfrute de la licencia podrá llevarse a cabo a lo largo del periodo de tiempo que dure tal situación. En ningún caso, cónyugepor virtud de este sistema de disfrute diferido, hijos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos y nietos tanto consanguíneos como afines, podrá el trabajador tener derecho a más días laborables de licencia que los que le hubieran correspondido de tomar el permiso inmediatamente después del hecho causante. 5.-Por defunción de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad: 2 días laborales si es en Cantabria y naturales. Cuando, con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de 4 en el resto días. 6.-Por defunción de Españatíos carnales: 1 día natural. ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario, 7.-Por matrimonio de cónyugehermanos, padres, hijos, hermanosprimos xxxxxxxx, nietos sobrinos xxxxxxxx y abuelos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 hermanos políticos: 1 día natural. 8.-Por el tiempo indispensable en el resto de España. ¾ Por traslado de domicilio habitual 1 día. ¾ Por cumplimiento caso de un deber inexcusable (de carácter público. 9.-Un día natural para traslado de domicilio habitual. 10.-Un día natural para la conmemoración de las xxxxx xx xxxxx del trabajador. 11.-Hasta un máximo de 16 horas anuales para consulta médica incluyendo acompañamiento para este fin a cónyuge, hijos o padres. 12.-El trabajador, con motivo de su jubilación al cumplir la edad de 65 años, o de 64 años si es anticipada y haya prestado servicios en la empresa al menos durante 20 años, podrá disponer de una licencia retribuida de hasta tres meses de duración inmediatamente antes de la jubilación. Si no hace uso de este derecho total o parcialmente, el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad, 1 díatrabajado se le retribuirá adicionalmente a razón xxx xxxxxxx a prorrata. ¾ Para realizar Todas las funciones sindicales o de representación del personal licencias reguladas en los términos legalmente establecidosapartados anteriores, excepto la del número 1, se extienden también a las parejas de hecho inscritas. ¾ Por Las anteriores licencias podrán ampliarse con cargo a las vacaciones cuando el tiempo indispensable trabajador acredite razones justificadas para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajoello.

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Samples: negociacion.cec-comercio.com

Licencias retribuidas. CVE-2019CVE-2012-7473 17278 El personaltrabajador, previo aviso o justificacióny por causa justificada, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, trabajo por alguno de los motivos y tiempos siguientesel tiempo que se indica a continuación: ¾ Por matrimoniomatrimonio propio, 15 25 días naturales. ¾ Por nacimiento de hijo, 3 días naturales. ¾ Por fallecimiento de padres, xxxxxxx, cónyuge, hijos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos y nietos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario, de cónyuge, padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por traslado de domicilio habitual 1 día. ¾ Por cumplimiento de un deber inexcusable (el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares hasta 2º sus hijos/as o padres un día, y tres si fuera necesario desplazamiento fuera de la Comunidad. ♦ Nacimiento de hijos/as, tres días. Si fuera necesario desplazamiento a otra Comunidad, se añadirán dos días. ♦ Por enfermedad grave del cónyuge cinco días. Si fuera necesario desplazamiento a otra Comunidad, se añadirán dos días. ♦ Por enfermedad grave de ascendiente o descendiente de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad, 1 tres días. Si fuera necesario desplazamiento a otra Comunidad, se añadirán dos días. ♦ En caso de fallecimiento de familiar de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad, tres días. Si fuese necesario el desplazamiento a otra Comunidad, se añadirán dos días. ♦ Por cambio de domicilio, un día. ¾ Para realizar las funciones sindicales Ejecutable solo cada seis meses. A efectos de definir quienes son los familiares de primer o de representación del personal segundo grado, se estará a lo previsto en los términos legalmente establecidos. ¾ Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.Código Civil según el cuadro siguiente: PRIMER GRADO Cónyuge Padres Hijos Padres Políticos Hijos Políticos SEGUNDO GRADO Abuelos Abuelos Políticos Hermanos Hermanos Políticos Nietos Políticos

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Samples: boc.cantabria.es

Licencias retribuidas. CVE-2019-7473 El personal, previo aviso o justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, a) Las licencias serán retribuidas en los siguientes casos: 1.-Dieciocho días naturales en caso de matrimonio. 2.-Dos días por alguno de los motivos y tiempos siguientes: ¾ Por matrimonio, 15 días naturales. ¾ Por nacimiento de hijo, 3 días naturales. ¾ Por fallecimiento de padres, xxxxxxx, cónyuge, hijos, hijos políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos y nietos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por accidente, enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica sin hospitaliza- ción que precise reposo domiciliario, domiciliario de cónyuge, padres, hijos, hermanos, nietos y abuelos tanto consanguíneos como afines, 2 días laborales si es en Cantabria y 4 en el resto de España. ¾ Por traslado de domicilio habitual 1 día. ¾ Por cumplimiento de un deber inexcusable (el tiempo imprescindible) ¾ Por matrimonio de familiares parientes hasta 2º grado de consanguinidad y afinidad. Cuando por tal motivo el trabajador tenga que hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días. 3.-Cinco días naturales en caso de fallecimiento del cónyuge, hijos, padres, y cuatro días naturales para herma- nos, nietos, abuelos y padres políticos. 4.-Dos días naturales en caso de fallecimiento de hijos, abuelos, o afinidadhermanos políticos. 5.-Tres días naturales, 1 díay hasta cuatro si es fuera de la localidad, por el nacimiento de hijo/a, y si se produce por cesárea, cinco días naturales. ¾ Para realizar las funciones sindicales Y un día laboral por alumbra- miento de hija o hija política. 6.-En caso de representación enfermedad que requiera hospitalización del personal en los términos legalmente establecidoscónyuge, hijos o padres de uno u otro cónyuge, se habitual. ¾ Por 9.-Por el tiempo indispensable imprescindible para el cumplimiento de un deber de carácter público y personal. 10.-Un día en la realización festividad de exámenes prenatales Xxx Xxxxxx xx Xxxxxx, 3 de Noviembre, que en caso de no poderse disfrutar como descanso en dicho día, será posible hacerlo otro día de común acuerdo entre empresa y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajotrabajador. De coincidir este día en domingo o en festivo, se disfrutará otro día.

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