Common use of Ingresos Clause in Contracts

Ingresos. Los ingresos para LAS PARTES serán determinados por el valor asignado a cada uno por cada operación de pago o recaudo multiplicado por el número de transacciones que se ejecuten de cada una de éstas. Estos serán liquidados en forma automática por la plataforma. 1. LAS PARTES tendrán derecho a los ingresos determinados en la Cláusula Octava del presente documento. 2. CONEXRED podrá modificar las participaciones en función de los cambios realizados por los titulares de los servicios. Dichos cambios deberán ser comunicados con dos días hábiles de antelación a EL PARTÍCIPE. 3. ESTADO DE CUENTA Y ACTAS DE LIQUIDACIÓN DE INGRESOS. A través de la Plataforma se remitirán los Estados de Cuenta y el Acta de Liquidación de los ingresos de acuerdo con el informe de las transacciones efectuadas por EL PARTÍCIPE y de conformidad con la distribución de los ingresos determinada por las partes. EL PARTÍCIPE deberá objetar o confirmar dicha información vía correo electrónico y dicho correo será suficiente para avalar la información, para tal fin tendrá un plazo de 48 horas y en caso de no realizar ninguna objeción será entendida como una aceptación tácita de tal liquidación de ingresos. 4. EL PARTÍCIPE realizará las transacciones a los usuarios bajo las tarifas indicadas por la plataforma. EL PARTÍCIPE no podrá cobrar a los usuarios ninguna suma adicional por concepto de estos servicios. 5. En caso que al realizar la respectiva liquidación se determine un saldo a favor de EL PARTÍCIPE, CONEXRED podrá optar, por cargar dicho valor en cupo para ser utilizado por EL PARTÍCIPE que podrá ser utilizado para esta u otras relaciones comerciales entre las Partes, compensación que se acuerda constituye mecanismo de extinción de las obligaciones dinerarias a favor de EL PARTÍCIPE producto del presente contrato. El cupo de ventas inicial corresponde al valor de Moneda Corriente ($ M/CTE). EL GESTOR tendrá a su potestad incrementarlo previo análisis de su uso, rotación, garantías y políticas para el incremento del cupo vigente. En todo caso se tendrá como máximo permitido la suma de ($ ) que le es asignado en la plataforma. Este valor será el máximo permitido y se incluirá en el cupo el otorgado en virtud de cualquier otra relación contractual. PARÁGRAFO SEGUNDO: FECHA XX XXXXX: El presente contrato contempla ( ) Fecha(s) xx Xxxxx, realizando la liquidación días y comprenderá las transacciones efectuadas entre las 0:00 y las 24:00, de . En caso de no pago en la fecha acordada, el sistema se bloquea y CONEXRED cobrará los intereses xx xxxx aplicando la tasa de interés diario máxima vigente y permitida por ley. PARAGRAFO TERCERO: FECHA DE PAGO: EL PARTICIPE debe cancelar la suma descrita en el Estado de Cuenta el día hábil siguiente a la fecha xx xxxxx. En caso que no se realice el pago en la fecha indicada, CONEXRED podrá cobrar intereses moratorios. Esta tasa se aplicará por mes o proporcionalmente por fracción de mes según el tiempo en xxxx. Las partes expresamente renunciarán a cualquier requerimiento judicial o extrajudicial para ser constituido en xxxx. El Bloqueo se realizará a las 0:00 horas del día siguiente a la fecha de pago, cuando no se haya realizado el mismo. EL PARTÍCIPE deberá reembolsar a CONEXRED los dineros que por concepto de la ejecución del presente contrato le adeude mediante consignación a las Cuentas y Bancos que sean informados.

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Samples: www.puntored.co

Ingresos. Los ingresos para LAS PARTES serán determinados por el valor asignado a cada uno por cada operación La contratación de pago o recaudo multiplicado por el número de transacciones que trabajadores y trabajadoras se ejecuten de cada una de éstas. Estos serán liquidados en forma automática por la plataforma. 1. LAS PARTES tendrán derecho a los ingresos determinados en la Cláusula Octava del presente documento. 2. CONEXRED podrá modificar las participaciones en función de los cambios realizados por los titulares de los servicios. Dichos cambios deberán ser comunicados con dos días hábiles de antelación a EL PARTÍCIPE. 3. ESTADO DE CUENTA Y ACTAS DE LIQUIDACIÓN DE INGRESOS. A través de la Plataforma se remitirán los Estados de Cuenta y el Acta de Liquidación de los ingresos realizará de acuerdo con lo que determina el informe artículo 16º del Estatuto de los Trabajadores. Cuando los ingresos se celebren por concurso oposición, en los grupos profesionales de obreros, subalternos, administrativos y técnicos, los tribunales estarán formados por un Maestro de Taller del oficio correspondiente a las plazas a cubrir, o un Jefe administrativo o un Técnico designado de común acuerdo por la empresa y el Comité de Empresa y un número igual de miembros, en representación de la empresa y Comité de Empresa. El empresario comunicará, a los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras, el o los puestos de trabajo que piensa cubrir, las condiciones que deben reunir los aspirantes y las características de las transacciones efectuadas por EL PARTÍCIPE pruebas de selección, salvo que la inmediatez de la contratación impida la comunicación, en cuyo caso se efectuará posteriormente. Se realizarán las pruebas de ingreso que se consideren oportunas y de conformidad se clasificará al personal con la distribución arreglo a las funciones para las que ha sido contratado. Las nuevas contrataciones se notificarán a los representantes de los ingresos determinada por trabajadores y trabajadoras. Se considerarán dichos grupos profesionales en base a lo establecido en los Anexos I y II del Convenio. En virtud de lo dispuesto en el art. 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, la retribución de los trabajadores o trabajadoras cuya contratación sea de esta naturaleza, será la reflejada en las partestablas salariales. EL PARTÍCIPE deberá objetar o confirmar dicha información vía correo electrónico Asimismo, los trabajadores y dicho correo será suficiente para avalar la información, para tal fin tendrá un plazo de 48 horas y en caso de no realizar ninguna objeción será entendida como una aceptación tácita de tal liquidación de ingresos. 4. EL PARTÍCIPE realizará las transacciones trabajadoras a los usuarios bajo las tarifas indicadas por la plataforma. EL PARTÍCIPE no podrá cobrar que hace referencia este apartado, que sean contratados con una edad inferior a los usuarios ninguna suma adicional 21 años, se les garantizará el salario correspondiente al de oficial de 3ª cuando cumplan la citada edad. * Contratos en prácticas A tenor de lo establecido en el art. 11.1. del Estatuto de los Trabajadores, la retribución de los trabajadores y trabajadoras contratados bajo esta modalidad será la siguiente: Según lo dispuesto en el artículo 15.1.b del Estatuto de los Trabajadores el contrato eventual por concepto circunstancias de estos serviciosla producción, podrá tener una duración máxima de 12 meses en un período de 18 meses. 5. En caso que al realizar Durante la respectiva liquidación se determine un saldo a favor de EL PARTÍCIPE, CONEXRED podrá optar, por cargar dicho valor en cupo para ser utilizado por EL PARTÍCIPE que podrá ser utilizado para esta u otras relaciones comerciales entre las Partes, compensación que se acuerda constituye mecanismo de extinción de las obligaciones dinerarias a favor de EL PARTÍCIPE producto vigencia del presente contrato. El cupo Convenio se podrán transformar los contratos de ventas inicial corresponde al valor de Moneda Corriente ($ M/CTE). EL GESTOR tendrá a su potestad incrementarlo previo análisis de su uso, rotación, garantías y políticas duración determinada o temporales en contratos para el incremento del cupo vigente. En todo caso se tendrá como máximo permitido la suma de ($ ) que le es asignado en la plataforma. Este valor será el máximo permitido y se incluirá en el cupo el otorgado en virtud de cualquier otra relación contractual. PARÁGRAFO SEGUNDO: FECHA XX XXXXX: El presente contrato contempla ( ) Fecha(s) xx Xxxxx, realizando la liquidación días y comprenderá las transacciones efectuadas entre las 0:00 y las 24:00, de . En caso de no pago en la fecha acordada, el sistema se bloquea y CONEXRED cobrará los intereses xx xxxx aplicando la tasa de interés diario máxima vigente y permitida por ley. PARAGRAFO TERCERO: FECHA DE PAGO: EL PARTICIPE debe cancelar la suma descrita en el Estado de Cuenta el día hábil siguiente a la fecha xx xxxxx. En caso que no se realice el pago en la fecha indicada, CONEXRED podrá cobrar intereses moratorios. Esta tasa se aplicará por mes o proporcionalmente por fracción de mes según el tiempo en xxxx. Las partes expresamente renunciarán a cualquier requerimiento judicial o extrajudicial para ser constituido en xxxx. El Bloqueo se realizará a las 0:00 horas del día siguiente a la fecha de pago, cuando no se haya realizado el mismo. EL PARTÍCIPE deberá reembolsar a CONEXRED los dineros que por concepto fomento de la ejecución del presente contrato le adeude mediante consignación contratación indefinida, conforme a lo dispuesto en las Cuentas y Bancos que sean informadosnormas legales o reglamentarias de aplicación.

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Samples: Convenio Colectivo De La Industria, Servicios E Instalaciones Del Metal De La Comunidad De Madrid, Suscrito Por Las Centrales Sindicales, Federacion De Metal, Construccion Y Afines De Madrid De Ugt Y Federacion De Industria

Ingresos. Los ingresos para LAS PARTES serán determinados por son cuando la empresa en el ejercicio de su actividad vende bienes o presta servicios a terceros, ya sea dentro o fuera del territorio nacional, a cambio de ellos, percibe dinero o nacen derechos de cobro a su favor, que hará efectivos en las fechas estipuladas. Esto hace que, el patrimonio empresarial aumente, y este incremento no se debe a nuevas aportaciones de los socios. Para el autor Zans en su libro contabilidad básica II (2012), señala que los ingresos son incrementos en los beneficios, producidos a los largo del periodo contable, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como decrementos de las obligaciones, que dan como resultado aumentos del patrimonio neto, y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios a este patrimonio (p.20) Para el autor Pulido en su libro Las normas internacionales de información financiera (NIC/NIIF) (2014) los ingresos supone un incremento de los recursos económicos de una entidad, producido a lo largo del ejercicio, en forma de entradas o de incrementos de valor de los activos, o bien, un decremento en el valor asignado de los pasivos, que originan aumentos en el patrimonio neto, y no están relacionados con aportaciones de los partícipes del capital (p. 28). El marco conceptual para la preparación y presentación de Estados financieros define al ingreso como incrementos en los beneficios económicos, producidos a cada uno por cada operación de pago o recaudo multiplicado por el número de transacciones que se ejecuten de cada una de éstas. Estos serán liquidados lo largo del periodo contable, en forma automática de entradas o incrementos de valor en los activos, o bien como decrementos de las obligaciones, que dan como resultado aumentos del patrimonio neto, y no están relacionadas con las aportaciones de los propietarios (p. 82). Los ingresos pueden también producirse al ser canceladas obligaciones, como por ejemplo, una entidad puede suministrar bienes y servicios a un prestamista, en pago por la plataformaobligación de reembolsar el capital vivo de un préstamo. 1. LAS PARTES tendrán derecho Al generarse un ingreso, pueden recibirse o incrementar su valor diferentes tipos de activos; como por ejemplos, el efectivo, las cuentas por cobrar y los bienes y servicios recibidos a los ingresos determinados en la Cláusula Octava del presente documento. 2. CONEXRED podrá modificar las participaciones en función cambio de los cambios realizados bienes o servicios suministrados.  El efectivo: Para el autor Xxxxxxx en su libro Auditoria de estados financieros (2006) comprende las disponibilidades en bancos, cajas, fondos fijos y variables, así como los valores equivalentes como metales preciosos y monedas conmemorativas. Incluye los sistemas de control interno sobre dichos conceptos y las revelaciones necesarias en el estado de posición financiera (p. 87).  Las cuentas por los titulares cobrar: Para el autor Xxxxxxx, en su libro Auditoria del sector solidario (2014), define las cuentas por cobrar de esta manera: Xxxxxxx nos señala también que las cuentas por cobrar igualmente, registran adelanto de dinero a empleados de los servicioscuales se espera rendición y legalización de cuentas en breve termino, y demás sumas por cobrar devengadas por cualquier otro concepto (p. 161). Dichos cambios deberán ser comunicados con dos días hábiles Xxxxxxx señala que estas cuentas corresponden al valor de antelación a EL PARTÍCIPE. 3. ESTADO DE CUENTA Y ACTAS DE LIQUIDACIÓN DE INGRESOS. A través los derechos de la Plataforma entidad como consecuencia de la venta de bienes y la prestación de un servicio en desarrollo del objeto social, cuando estas operaciones se remitirán soportan en una factura o cuenta de cobro (p. 162). Court nos señala que estas cuentas por cobrar hacen referencia principalmente a las facturas, letras y otros documentos pendientes de cobro por las actividades principales de la compañía o generalmente llamadas comerciales, no consideran intereses (p. 5). El Marco Conceptual para la Información Financiera, nos aclara esta definición más detallada de los Estados de Cuenta y el Acta de Liquidación de ingresos: “Los ingresos incluyen tanto los ingresos de acuerdo con actividades ordinarias como las ganancias” (p. 22). A continuación, el informe de las transacciones efectuadas por EL PARTÍCIPE y de conformidad con marco conceptual para la distribución de información financiera nos detalla sobre estos dos aspectos, los ingresos determinada por las partes. EL PARTÍCIPE deberá objetar o confirmar dicha información vía correo electrónico y dicho correo será suficiente para avalar la información, para tal fin tendrá un plazo de 48 horas y en caso de no realizar ninguna objeción será entendida como una aceptación tácita de tal liquidación de ingresos. 4. EL PARTÍCIPE realizará las transacciones a los usuarios bajo las tarifas indicadas por la plataforma. EL PARTÍCIPE no podrá cobrar a los usuarios ninguna suma adicional por concepto de estos servicios. 5. En caso que al realizar la respectiva liquidación se determine un saldo a favor de EL PARTÍCIPE, CONEXRED podrá optar, por cargar dicho valor en cupo para ser utilizado por EL PARTÍCIPE que podrá ser utilizado para esta u otras relaciones comerciales entre las Partes, compensación que se acuerda constituye mecanismo de extinción de las obligaciones dinerarias a favor de EL PARTÍCIPE producto del presente contrato. El cupo de ventas inicial corresponde al valor de Moneda Corriente ($ M/CTE). EL GESTOR tendrá a su potestad incrementarlo previo análisis de su uso, rotación, garantías y políticas para el incremento del cupo vigente. En todo caso se tendrá como máximo permitido la suma de ($ ) que le es asignado en la plataforma. Este valor será el máximo permitido y se incluirá en el cupo el otorgado en virtud de cualquier otra relación contractual. PARÁGRAFO SEGUNDO: FECHA XX XXXXX: El presente contrato contempla ( ) Fecha(s) xx Xxxxx, realizando la liquidación días y comprenderá las transacciones efectuadas entre las 0:00 actividades ordinarias y las 24:00, de . En caso de no pago en la fecha acordada, el sistema se bloquea y CONEXRED cobrará los intereses xx xxxx aplicando la tasa de interés diario máxima vigente y permitida por ley. PARAGRAFO TERCERO: FECHA DE PAGO: EL PARTICIPE debe cancelar la suma descrita en el Estado de Cuenta el día hábil siguiente a la fecha xx xxxxx. En caso que no se realice el pago en la fecha indicada, CONEXRED podrá cobrar intereses moratorios. Esta tasa se aplicará por mes o proporcionalmente por fracción de mes según el tiempo en xxxx. Las partes expresamente renunciarán a cualquier requerimiento judicial o extrajudicial para ser constituido en xxxx. El Bloqueo se realizará a las 0:00 horas del día siguiente a la fecha de pago, cuando no se haya realizado el mismo. EL PARTÍCIPE deberá reembolsar a CONEXRED los dineros que por concepto de la ejecución del presente contrato le adeude mediante consignación a las Cuentas y Bancos que sean informados.ganancias:

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Samples: Carta De Presentación

Ingresos. Los ingresos para LAS PARTES serán determinados representan flujos de entrada de recursos, en forma de incrementos del activo o disminuciones del pasivo o una com- binación de ambos, que generan incrementos en el patrimonio, devengados por la venta de bienes, por la prestación de servicios o por la ejecución de otras actividades realizadas durante un período, que no provienen de los aportes de capital”. 49 Ver artículos 138, 139, 143 y 144 del Código de Comercio aplicables al contrato de cuentas en participación por remisión expresa establecida en el artículo 514 del Código de Comercio. La excepción de practicar retención en la fuente sobre ciertos pagos se aplica, por supuesto, cuando en alguno de los extremos de la relación contractual una de las partes es un partícipe activo quien obra en el mar- co de un contrato de cuentas en participación. Así pues, por ejemplo, el partícipe activo que en virtud del contrato de cuentas en participación venda bienes o productos agrícolas o pecuarios sin procesamiento indus- trial, o con transformación industrial primaria, cualquiera fuere su cuantía, y se le haga el pago por medio de la Bolsa Nacional Agropecuaria, no será el mismo objeto de retención por expresa disposición del artículo 1 del Decreto 508 xx xxxxx de 199450. El partícipe activo es el obligado a la declaración, pago y certificación de la retención en la fuente que se practique a terceros en virtud del contrato de cuentas en participación. Quien efectúe un pago por un bien o servicio vendido o prestado por el valor asignado a cada uno por cada operación socio gestor en virtud del contrato de pago o recaudo multiplicado por el número cuentas en participación, habrá de transacciones que se ejecuten de cada una de éstas. Estos serán liquidados en forma automática por la plataforma. 1. LAS PARTES tendrán derecho a los ingresos determinados practicarle retención en la Cláusula Octava fuente sobre el impuesto xx xxxxx a la tarifa aplicable, salvo que el gestor tenga la calidad de autorretenedor del presente documentoim- puesto xx xxxxx, caso en el cual será este último quien se practicará la retención sobre el total del pago recibido. 2. CONEXRED Tampoco podrá modificar las participaciones en función de los cambios realizados por los titulares de los servicios. Dichos cambios deberán ser comunicados con dos días hábiles de antelación a EL PARTÍCIPE. 3. ESTADO DE CUENTA Y ACTAS DE LIQUIDACIÓN DE INGRESOS. A través de la Plataforma se remitirán los Estados de Cuenta y el Acta de Liquidación de los ingresos de acuerdo con el informe de las transacciones efectuadas por EL PARTÍCIPE y de conformidad con la distribución de los ingresos determinada por las partes. EL PARTÍCIPE deberá objetar o confirmar dicha información vía correo electrónico y dicho correo será suficiente para avalar la información, para tal fin tendrá un plazo de 48 horas y en caso de no realizar ninguna objeción será entendida como una aceptación tácita de tal liquidación de ingresos. 4. EL PARTÍCIPE realizará las transacciones a los usuarios bajo las tarifas indicadas por la plataforma. EL PARTÍCIPE no podrá cobrar a los usuarios ninguna suma adicional por concepto de estos servicios. 5. En caso que al realizar la respectiva liquidación se determine un saldo a favor de EL PARTÍCIPE, CONEXRED podrá optar, por cargar dicho valor en cupo para ser utilizado por EL PARTÍCIPE que podrá ser utilizado para esta u otras relaciones comerciales entre las Partes, compensación que se acuerda constituye mecanismo de extinción de las obligaciones dinerarias a favor de EL PARTÍCIPE producto del presente contrato. El cupo de ventas inicial corresponde al valor de Moneda Corriente ($ M/CTE). EL GESTOR tendrá a su potestad incrementarlo previo análisis de su uso, rotación, garantías y políticas para el incremento del cupo vigente. En todo caso se tendrá como máximo permitido la suma de ($ ) que le es asignado efectuársele retención en la plataformafuente al gestor, sobre el impuesto a la renta, cuando este sea una “pequeña empresa”51. Este valor será Cuando el máximo permitido y se incluirá en el cupo el otorgado en virtud socio gestor tenga la calidad de cualquier otra relación contractual. PARÁGRAFO SEGUNDO: FECHA XX XXXXX: El presente contrato contempla ( ) Fecha(s) xx Xxxxx, realizando la liquidación días y comprenderá las transacciones efectuadas entre las 0:00 y las 24:00, agente de . En caso de no pago retención en la fecha acordadafuente, el sistema se bloquea y CONEXRED cobrará los intereses xx xxxx aplicando la tasa este habrá de interés diario máxima vigente y permitida por ley. PARAGRAFO TERCERO: FECHA DE PAGO: EL PARTICIPE debe cancelar la suma descrita en el Estado de Cuenta el día hábil siguiente a la fecha xx xxxxx. En caso que no se realice el pago practicarle retención en la fecha indicada, CONEXRED podrá cobrar intereses moratorios. Esta tasa se aplicará por mes o proporcionalmente por fracción de mes según el tiempo en xxxx. Las partes expresamente renunciarán a cualquier requerimiento judicial o extrajudicial para ser constituido en xxxx. El Bloqueo se realizará a las 0:00 horas del día siguiente a la fecha de pago, cuando no se haya realizado el mismo. EL PARTÍCIPE deberá reembolsar a CONEXRED los dineros que por concepto de la ejecución del presente contrato le adeude mediante consignación a las Cuentas y Bancos que sean informados.fuente al inactivo por

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Samples: www.icdt.co

Ingresos. Los ingresos Las personas que ingresen al Grupo Deudor Asegurado con posterioridad a la celebración del Contrato de Seguro, y que hayan otorgado su consentimiento para LAS PARTES serán determinados por ser Deudores Deudor Asegurados dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a su ingreso, quedarán aseguradas con las mismas condiciones en que fue contratada el valor asignado Contrato de Seguro, desde el momento en que adquirieron las características para formar parte del Grupo Deudor Asegurado. Con independencia de lo previsto en el párrafo anterior, tratándose de personas que soliciten sin ingreso al Grupo Deudor Asegurado con posterioridad a cada uno por cada operación la celebración del Contrato y que hayan dado su consentimiento después de pago o recaudo multiplicado por los 30 días naturales siguientes a la fecha en que hubieran adquirido el número derecho a formar parte del mismo, la Aseguradora, dentro de transacciones los 30 días naturales siguientes a la fecha en que se ejecuten de cada una de éstashaya comunicado esa situación, podrá exigir requisitos médicos para asegurarlas, si no lo hace quedarán aseguradas con las misma condiciones en que fue contratada la póliza. Estos serán liquidados en forma automática por Cuando la plataforma. 1. LAS PARTES tendrán derecho Aseguradora exija requisitos médicos u otros para asegurar a los ingresos determinados en la Cláusula Octava del presente documento. 2. CONEXRED podrá modificar las participaciones en función de los cambios realizados por los titulares de los servicios. Dichos cambios deberán ser comunicados personas a que se refiere el párrafo anterior, contará con dos días hábiles de antelación a EL PARTÍCIPE. 3. ESTADO DE CUENTA Y ACTAS DE LIQUIDACIÓN DE INGRESOS. A través de la Plataforma se remitirán los Estados de Cuenta y el Acta de Liquidación de los ingresos de acuerdo con el informe de las transacciones efectuadas por EL PARTÍCIPE y de conformidad con la distribución de los ingresos determinada por las partes. EL PARTÍCIPE deberá objetar o confirmar dicha información vía correo electrónico y dicho correo será suficiente para avalar la información, para tal fin tendrá un plazo de 48 horas y 30 días naturales, contando a partir de la fecha en caso que se hayan cumplido dichos requisitos para resolver sobre la aceptación o no de asegurar a la persona, de no realizar ninguna objeción será entendida como una aceptación tácita hacerlo se entenderá que la acepta con la mismas condiciones en que fue contratada la póliza. (Artículo 17 del Reglamento del Seguro de tal liquidación Grupo para la Operación de ingresosVida y del Seguro Colectivo para las Operaciones de Accidentes y Enfermedades). 4. EL PARTÍCIPE realizará las transacciones a los usuarios bajo las tarifas indicadas por Las personas que se separen definitivamente del Grupo Deudor Asegurado, dejarán de estar Asegurados desde el momento de la plataforma. EL PARTÍCIPE no podrá cobrar a los usuarios ninguna suma adicional por concepto de estos servicios. 5separación, quedando automáticamente sin validez el Certificado Individual expedido. En caso que al realizar este caso, la respectiva liquidación se determine un saldo Aseguradora restituirá la parte de la prima neta no devengada de dichos integrantes calculada en días exactos, a favor de EL PARTÍCIPEquienes la hayan aportado, CONEXRED podrá optar, por cargar dicho valor en cupo para ser utilizado por EL PARTÍCIPE que podrá ser utilizado para esta u otras relaciones comerciales entre las Partes, compensación que se acuerda constituye mecanismo de extinción de las obligaciones dinerarias a favor de EL PARTÍCIPE producto del presente contrato. El cupo de ventas inicial corresponde al valor de Moneda Corriente ($ M/CTE). EL GESTOR tendrá a su potestad incrementarlo previo análisis de su uso, rotación, garantías y políticas para el incremento del cupo vigente. En todo caso se tendrá como máximo permitido la suma de ($ ) que le es asignado en la plataformaproporción correspondiente. Este valor será el máximo permitido (Artículo 18 del Reglamento del Seguro de Grupo para la Operación de Vida y se incluirá en el cupo el otorgado en virtud del Seguro Colectivo para las Operaciones de cualquier otra relación contractual. PARÁGRAFO SEGUNDO: FECHA XX XXXXX: El presente contrato contempla ( ) Fecha(s) xx Xxxxx, realizando la liquidación días Accidentes y comprenderá las transacciones efectuadas entre las 0:00 y las 24:00, de . En caso de no pago en la fecha acordada, el sistema se bloquea y CONEXRED cobrará los intereses xx xxxx aplicando la tasa de interés diario máxima vigente y permitida por ley. PARAGRAFO TERCERO: FECHA DE PAGO: EL PARTICIPE debe cancelar la suma descrita en el Estado de Cuenta el día hábil siguiente a la fecha xx xxxxx. En caso que no se realice el pago en la fecha indicada, CONEXRED podrá cobrar intereses moratorios. Esta tasa se aplicará por mes o proporcionalmente por fracción de mes según el tiempo en xxxx. Las partes expresamente renunciarán a cualquier requerimiento judicial o extrajudicial para ser constituido en xxxx. El Bloqueo se realizará a las 0:00 horas del día siguiente a la fecha de pago, cuando no se haya realizado el mismo. EL PARTÍCIPE deberá reembolsar a CONEXRED los dineros que por concepto de la ejecución del presente contrato le adeude mediante consignación a las Cuentas y Bancos que sean informadosEnfermedades).

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Samples: Contrato De Seguro De Vida Grupo Deudor Y Desempleo