Informes de seguimiento Cláusulas de Ejemplo

Informes de seguimiento. Entregar los informes solicitados en los formatos entregados por la entidad oferente del estímulo y en los plazos y las condiciones establecidas por el PDE. Acoger, con el acompañamiento del PDE, las observaciones que realice el jurado en el acta de recomendación de ganadores, así como en las planillas de evaluación, así como las que realice el PDE durante la ejecución de la propuesta.
Informes de seguimiento. Los proyectos adjudicados por FONDEQUIP, deberán entregar dos informes de seguimiento, en los cuales se deberá dar cuenta del uso del Equipamiento adquirido. En éstos, se deberá informar el uso que se le ha dado al equipo, diferenciando el de la Institución Beneficiaria y el las Instituciones Asociadas, logros generados con el uso del equipo, avance en los indicadores comprometidos al momento de postular, uso en actividades de formación, publicaciones asociadas al equipo, índice de impacto y citaciones de las mismas, entre otras. Los informes de Seguimiento N°1 y N°2: debe contener los resultados del uso del equipamiento al mes 24 y 48, respectivamente, contados desde la fecha de término del proyecto, según convenio, y debe entregarse en un plazo no superior a 30 días desde la fecha correspondiente.
Informes de seguimiento. El informe de evaluación y seguimiento debe contener como mínimo: Resultados de las evaluaciones finales o informe de progreso realizado por el docente.
Informes de seguimiento. Para la solución técnica de cada una de las áreas de gestión, se deberán obtener los siguientes productos:
Informes de seguimiento. El adjudicatario tiene la obligación de presentar mensualmente un informe de seguimiento del contrato, en el que se detallen los mantenimientos realizados, incidencias y cualquier otro dato que sea solicitado por GIAHSA dentro de los especificados en el presente Pliego. Con la información proporcionada en dichos informes de seguimiento mensuales entregados por el adjudicatario, GIAHSA verificará y evaluará los datos, autorizando ó solicitando su corrección antes de proceder a su aprobación. En caso de que se detectaran irregularidades o incumplimientos, GIAHSA podrá emitir órdenes de ejecución de servicios adicionales, tareas de mantenimiento, o cualquier otra medida para solventar estas irregularidades, sin menoscabo de las penalizaciones que se consideraran oportunas.
Informes de seguimiento. Cada lunes se remitirá al responsable de TI de HSLL un Informe de las incidencias acaecidas en las guardias de la semana anterior especificando como mínimo: fecha y hora de recepción de la llamada, descripción de la incidencia, unidad y persona que la remite, fecha y hora de la resolución, descripción de la resolución • Antes del día 5 de cada mes se remitirá un informe del servicio prestado el mes anterior que contendrá como mínimo: o nº de incidencias y peticiones abiertas por los usuarios por tipo y prioridad en el mes o nº de incidencias y peticiones resueltas por tipo y prioridad en el mes o % de resolución en un tiempo máximo de 24 horas, % de resolución entre 24 y 48 horas, % entre 48 y una semana, % entre 1 semana y 15 días, % superior a 15 días diferenciado en incidencias y peticiones de servicio y por criticidad o tiempo medio y máximo de resolución por tipo y prioridad de las incidencias y peticiones resueltas en el mes o nº de incidencias y peticiones actualmente abiertas por tipo y prioridad o tiempo medio y máximo por tipo y prioridad que llevan esperando las incidencias y peticiones que todavía están abiertas. o Listado detalle de todas aquellas incidencias y peticiones que todavía están abiertas, tiempo que llevan abiertas desde su solicitud y tiempo de desviación sobre la fecha prevista de resolución indicada al usuario. o Cuadro resumen y detalle de Incidencias y peticiones de servicio paradas y tipificadas por motivo xx xxxxxx. o Cuadro de cumplimiento de objetivos, de los SLA’s y penalizaciones del mes o Propuestas de mejora La aceptación de la factura mensual vendrá marcada por la recepción del informe mensual de prestación del servicio.
Informes de seguimiento. El proveedor de formación realizará un seguimiento telefónico de la realización del curso por parte del alumnado. Cuando el contacto telefónico con el alumno/a sea imposible, se llevará a cabo una visita de seguimiento por parte del comercial de formación, quedando evidencia escrita de la misma.
Informes de seguimiento. El proveedor de formación realizará un seguimiento telefónico de la realización del curso por parte del alumnado. Cuando el contacto telefónico con el alumno/a sea imposible, se llevará acabo una visita de seguimiento por parte del comercial de formación. La CEHAT realizará el seguimiento tanto de los requisitos de calidad establecidos como de los exigibles por normativa por parte de la FTFE y el SPEE. Los proveedores deben facilitar la posibilidad de realizar un test que envíe CEHAT. Los tutores que participen en acciones formativas del Plan de CEHAT deben acreditar tener la formación requerida en la ficha técnica y una determinada experiencia docente en la materia que imparten.
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  • APROBACIÓN DE LA POLIZA La póliza es Aprobada: SI Nombre del Responsable: Ingrid Denisse Torres Manchego Cargo: Asesora Jurídica Lotería de Boyacá Fecha de diligenciamiento: 19/09/2016 INGRID DENISSE TORRES MANCHEGO

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • DECLARACIONES Y GARANTÍAS Cada Parte celebra este Contrato en nombre propio y en su capacidad de entidad legal facultada para contratar por sí misma, y reconoce que ninguna Persona tendrá responsabilidad u obligación del cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato, la obligación solidaria prevista en el numeral de las Bases de Licitación y la responsabilidad del Garante en virtud de la Garantía Corporativa. Igualmente, cada Parte declara y garantiza a la otra Parte que: (i) tiene plena capacidad jurídica para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (ii) ha cumplido con todos los requerimientos y obtenido todas las autorizaciones gubernamentales, corporativas y de cualquier otra naturaleza necesarias para la celebración y cumplimiento del presente Contrato; (iii) este Contrato constituye una obligación legal, válida y vinculante la cual puede hacerse valer en su contra de acuerdo con los términos del mismo, y (iv) sus declaraciones en el preámbulo de este Contrato son verdaderas.

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS El trabajo será efectuado en forma eficiente por personal especializado, cuidadoso y debidamente calificado para llevarlo a cabo en estricto acuerdo con el contrato. El CONTRATISTA deberá suministrar suficiente personal de trabajo y equipos y trabajará tantas horas como fueran necesarias, incluyendo sobretiempos, trabajos nocturnos y extraordinarios, para asegurar el desarrollo de los trabajos y de la ejecución de la obra de acuerdo al cronograma, para cumplir con el plazo contractual establecido. Si en opinión del CONTRATANTE, EL CONTRATISTA estuviese atrasado en alguna parte de la obra, en relación con el cronograma, EL CONTRATISTA deberá adoptar todas las medidas que le exija el CONTRATANTE para mejorar el progreso de aquella. En caso de que El CONTRATISTA no adopte las medidas adecuadas, el CONTRATANTE podrá adoptarlas, y todos los costos emergentes correrán por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATANTE podrá inclusive ejecutar partes de la obra con terceros, sin derecho alguno a reclamo por parte del CONTRATISTA, quien se hará cargo de todos los costos resultantes. Queda perfectamente establecido que el CONTRATISTA conoce la importancia y trascendencia de la obra a ejecutar, en cuanto a calidad de ejecución y mano de obra a emplear, así como la exactitud en el cumplimiento de los plazos contractuales. Asume la total responsabilidad en todo y cada uno de estos conceptos. Si el trabajo ejecutado no llenase los requisitos indicados en las especificaciones técnicas o en los planos, se considerará defectuoso y el CONTRANTE ordenará que se lo reconstruya por cuenta del CONTRATISTA. El CONTRATISTA no tendrá derecho a percibir remuneración, ni indemnización alguna por la demolición o reconstrucción de los trabajos rechazados. EL CONTRATISTA no permitirá que se acumulen escombros, desperdicios o basura proveniente de su trabajo en el emplazamiento de las obras y sus inmediaciones comprometiéndose a limpiar su frente de trabajo diariamente al acabar la jornada ordinaria de trabajo. El CONTRATANTE podrá realizar estas tareas con personal a su cargo y descontar el importe de los trabajos realizados de las liquidaciones del CONTRATISTA. A la terminación del trabajo el CONTRATISTA retirará toda la basura o desperdicios del emplazamiento de la obra y de sus inmediaciones, así como todas las herramientas, enseres o materiales sobrantes, dejando completamente limpio el sitio de obras.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.